# Expediente 22784: Archivaron el plan de préstamos del INVU para energía solar en casas

- Página: https://elcenso.com/leyes/22784
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: LEY DE PRODUCCIÓN DOMÉSTICA DE ENERGÍA RENOVABLE PARA AUTOCONSUMO
- Publicada: 2021-12-02
- La Gaceta: 232
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El proyecto 22.784, que proponía que el INVU diera préstamos para paneles solares en viviendas, fue archivado en octubre de 2023 y su plazo de cuatro años vence en noviembre de 2025.

## A quién le toca

- Personas que tienen o tendrían un sistema de ahorro o préstamo con el INVU para su vivienda
- Familias que querían financiar paneles solares u otra energía renovable no convencional para autoconsumo
- El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, que habría ampliado sus operaciones de crédito

## A quién beneficia

- El proyecto proponía que los sistemas de ahorro y préstamo del INVU también financiaran energía renovable no convencional para el autoconsumo de la vivienda
- El texto no creaba un fondo nuevo ni fijaba montos: solo ampliaba las operaciones que el INVU ya podía financiar

## Qué cambia

- El expediente está archivado desde el 9 de octubre de 2023 y no llegó a primer debate
- El plazo cuatrienal vencía el 16 de noviembre de 2025
- Para que la propuesta vuelva a discutirse haría falta presentar un proyecto nuevo

## Explicación

El proyecto de ley 22.784 está archivado. La Asamblea Legislativa lo envió al archivo el 9 de octubre de 2023, después de que la comisión de Ambiente (Área IV) emitiera un dictamen negativo por mayoría [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El expediente se presentó el 16 de noviembre de 2021 y su plazo cuatrienal vencía el 16 de noviembre de 2025.

### Qué propone

El proyecto proponía agregar un nuevo subinciso 5 al inciso k) del artículo 5 de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, N.° 1788, de 24 de agosto de 1954 ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Ese artículo enumera las atribuciones esenciales del INVU. El inciso k) permite al Instituto "Establecer sistemas de ahorro o de préstamos que se destinen, exclusivamente, a financiar las siguientes operaciones relacionadas con la casa de habitación de las personas que se suscriban a dichos sistemas" ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El nuevo subinciso 5 que se proponía añadir decía: "Desarrollo de proyectos de producción de energía renovable no convencional para el autoconsumo" ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

En palabras simples: si una persona ya tenía un sistema de ahorro o préstamo con el INVU para su casa, ese sistema también podría financiar la instalación de paneles solares u otras fuentes de energía renovable no convencional para que la vivienda se abastezca a sí misma. El texto no creaba un fondo nuevo ni fijaba montos. Solo abría la posibilidad dentro de los sistemas que ya existen.

El diputado proponente fue José María Villalta Flórez-Estrada ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La exposición de motivos del proyecto argumentaba que la energía hidroeléctrica no es una fuente sostenible y que urge facilitar el acceso de todas las familias a fuentes alternativas.

### En qué va el trámite

El expediente está archivado. Así consta en el registro del Sistema de Información Legislativa: el 9 de octubre de 2023 el Plenario archivó el expediente con un dictamen de mayoría negativo [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

El recorrido fue este: el proyecto se presentó el 16 de noviembre de 2021 y se envió a la Imprenta Nacional el 24 de noviembre de 2021 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El 4 de mayo de 2022 se recibió en el archivo. El 5 de agosto de 2022 se remitió a la comisión de Ambiente (Área IV). La comisión lo votó el 29 de agosto de 2023 y lo remitió a la Secretaría del Directorio el 25 de setiembre de 2023. El Plenario lo recibió ese mismo 25 de setiembre y lo archivó el 9 de octubre de 2023.

El plazo cuatrienal vencía el 16 de noviembre de 2025 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Como el archivo ocurrió antes, el proyecto no llegó a primer debate.

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre este proyecto. La sesión del 29 de setiembre de 2023 en Puntarenas habla de obras en Puntarenas, educación y pesca ([video, 01:50:06](https://www.youtube.com/watch?v=onq7_FyqNi0&t=6606s)). La sesión del 8 de marzo de 2022 trata sobre el Día Internacional de la Mujer y la licencia de maternidad ([video, 02:01:56](https://www.youtube.com/watch?v=XxkVzC4OO7o&t=7316s)). La sesión del 16 de marzo de 2023 discute emprendimiento, educación y un benemeritazgo de bandas de concierto ([video, 01:24:12](https://www.youtube.com/watch?v=6adMB0VkNOk&t=5052s)). Ninguna de las tres menciona el expediente 22.784 ni la producción doméstica de energía renovable.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre lo que proponía el texto y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. El proyecto solo ampliaba las operaciones que el INVU podía financiar con sus sistemas de ahorro y préstamo ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 50 de la Constitución ordena al Estado procurar el mayor bienestar y garantizar un ambiente sano y ecológicamente equilibrado ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Facilitar el financiamiento de energía renovable para viviendas va en esa dirección. El artículo 89 incluye entre los fines culturales de la República proteger las bellezas naturales ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 124 exige dos debates en días distintos no consecutivos y la sanción del Poder Ejecutivo para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El expediente 22.784 no llegó a primer debate, así que ese requisito nunca se cumplió [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

### Qué puede hacer usted

El proyecto está archivado, así que las herramientas para incidir en una comisión o en el Plenario ya no aplican a este expediente. Lo que sí puede hacer es pedir información sobre el estado de cualquier proyecto en la corriente legislativa. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda información inmediata sobre el estado de tramitación de los proyectos de ley y las actas del Plenario y de comisión ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

También puede presentar una propuesta de ley por la vía del formulario web de la Asamblea. Ese mecanismo no garantiza que la propuesta sea acogida, discutida ni votada ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

Si en el futuro se presenta otro proyecto sobre energía para autoconsumo, la guía describe cómo incidir en comisión: entrevistas con los diputados y argumentos de fondo sobre la importancia de aprobar o modificar el proyecto ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué la comisión de Ambiente emitió un dictamen negativo por mayoría.

El dossier no incluye el texto del dictamen ni las razones que se discutieron en la comisión.

El dossier no dice si el proponente o algún diputado intentó reactivar el expediente antes del vencimiento cuatrienal.

## Frente a la Constitución

El texto solo ampliaba las operaciones de crédito del INVU y va en la dirección del artículo 50 sobre ambiente sano. El expediente no llegó a primer debate, así que el requisito del artículo 124 nunca se cumplió.

## Qué puede hacer usted

- Pedir información sobre el estado de tramitación de proyectos de ley: Acudir a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa, que brinda información inmediata sobre el estado de los proyectos, las órdenes del día y las actas de Plenario y comisión (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Presentar una propuesta de ley por formulario web: Rellenar el formulario web en la página de la Asamblea. No hace falta presentar el texto completo. La Oficina de Iniciativa Popular recopila las propuestas y las remite a los diputados, que deciden si las adoptan. No hay garantía de que sea discutida ni votada (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Incidir en comisión con entrevistas a diputados: Entrevistarse con los diputados de la comisión y argumentar con motivos de fondo la importancia de aprobar o modificar el proyecto (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)

## Fuentes

1. Expediente 22784: LEY DE PRODUCCIÓN DOMÉSTICA DE ENERGÍA RENOVABLE PARA AUTOCONSUMO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-12-02. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Plenario Legislativo, Sesión Solemne Provincia de Puntarenas, viernes 29 setiembre 2023. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-09-29. https://www.youtube.com/watch?v=onq7_FyqNi0
3. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #100, martes 08 de marzo 2022. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-03-09. https://www.youtube.com/watch?v=XxkVzC4OO7o
4. Plenario Legislativo, sesión ordinaria # 153, jueves 16 de marzo 2023.. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-03-17. https://www.youtube.com/watch?v=6adMB0VkNOk
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY DE PRODUCCIÓN DOMÉSTICA DE ENERGÍA
RENOVABLE PARA AUTOCONSUMO

JOSÉ MARÍA VILLALTA FLÓREZ-ESTRADA
DIPUTADO

EXPEDIENTE N.º 22.784

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

NOTA: A solicitud del proponente, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley.
PROYECTO DE LEY

LEY DE PRODUCCIÓN DOMÉSTICA DE ENERGÍA
RENOVABLE PARA AUTOCONSUMO

Expediente N.° 22.784

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La humanidad atraviesa una crisis climática especialmente grave que urge de acciones radicales para evitar que la temperatura del planeta y el agotamiento de los recursos naturales sean incompatibles con la permanencia de la vida en la tierra.

En ese contexto, una de las discusiones más pertinentes gira alrededor de las fuentes de energía. Si bien, para el caso de Costa Rica la principal fuente de energía es la hidroeléctrica, no se puede afirmar que consiste en una fuente de energía sostenible.

Los impactos ambientales y en la salud humana son múltiples. Entre ellas, se incluyen las siguientes:

La retención de agua en los reservorios modifica el régimen hidrológico e hidráulico de las corrientes de agua.

La descomposición de la materia orgánica en los embalses puede promover la generación de gases de efecto invernadero (GEI) como el metano (se estima que las represas son las responsables de 1.3% de las emisiones globales de GEI).

Generalmente, se produce la disminución de especies nativas y se promueve la diseminación anómala de especies exóticas más adaptadas a las condiciones lenticas. Además, el represamiento de los ríos dificulta la libre circulación de especies migratorias causando la fragmentación del hábitat. La interrupción de la conectividad también reduce los sitios de desove, reproducción y sus habitas, afectando la población diversa de fauna. La disminución en la concentración de oxígeno disuelto causa la mortandad de peces y otras especies acuáticas.

De igual manera, las inundaciones por el llenado del reservorio, generan una pérdida de flora ribereña, migración de especies de aves, reptiles y mamíferos, que pierden su hábitat y los espacios para la alimentación.
La transformación de los ecosistemas genera afectaciones en la producción y modo de vida de las poblaciones humanas que deben ser desplazadas, no solo del espacio que será inundado sino de áreas aledañas.

Las actividades de sustento como la pesca deben ser modificadas debido al impacto que tiene la infraestructura sobre la población de peces. Esto atenta contra la seguridad y autonomía alimentaria de las poblaciones, cuyos medios de sustento dependen cada vez más del mercado externo. Así mismo, debido al desplazamiento de la población, las nuevas áreas requeridas para el desarrollo de actividades agrícolas y pecuarias implican transformaciones de la cobertura del suelo que conlleva una reducción significativa de los bosques primarios.

A partir de estos impactos socioambientales relacionados con la energía hidroeléctrica, es evidente que esta actividad no se corresponde con una verdadera “energía limpia”. Por el contrario, su utilización contribuye al cambio climático principalmente por las emisiones de gases de efectos invernadero y la reducción de la biodiversidad, ambas, son causales de la crisis climática.

En este contexto, urge que Costa Rica facilite y fomente el tránsito hacia una matriz energética distinta, que no sea dependiente de una única fuente y, para ello, es fundamental aumentar el acceso de todas las familias costarricenses al abastecimiento a través de fuentes alternativas, de manera que las oportunidades en este sentido no se centren únicamente en los sectores económicamente más acomodados, considerando incluso, que éstos corresponden a un porcentaje ni siquiera significativo de la población; siendo que es urgente implementar medidas con un alcance generalizado.

Reconociendo lo anterior, la presente iniciativa de ley pretende una reforma a la Ley Orgánica del Instituto Nacional de la Vivienda y Urbanismo, N.° 1788, de 24 de agosto de 1954, para establecer sistemas de ahorro y préstamos que se destinen a proyectos de producción de energía renovable no convencional para el autoconsumo.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

LEY DE PRODUCCIÓN DOMÉSTICA DE ENERGÍA
RENOVABLE PARA AUTOCONSUMO

### ARTÍCULO ÚNICO- Reforma a la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo

Se adiciona un Nuevo subinciso 5, al inciso k) del artículo 5 de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, N.° 1788, de 24 de agosto de 1954. El texto es el siguiente:

### Artículo 5- El Instituto tendrá las siguientes atribuciones esenciales:

[…]

k) Establecer sistemas de ahorro o de préstamos que se destinen, exclusivamente, a financiar las siguientes operaciones relacionadas con la casa de habitación de las personas que se suscriban a dichos sistemas:

[…]

5- Desarrollo de proyectos de producción de energía renovable no convencional para el autoconsumo.

[…].

Rige a partir de su publicación.

José María Villalta Flórez-Estrada
Diputado

23 de noviembre de 2021

NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.

El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/22784). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.