El proyecto de turismo para Upala, Guatuso y Los Chiles ya es la Ley 10410
La Ley 10410 declara de interés público el turismo en Upala, Guatuso y Los Chiles y permite al Estado apoyar infraestructura, pymes y convenios de cooperación en esos cantones.
Título oficial DECLARACION DE INTERES PUBLICO EL DESARROLLO TURISTICO DE LOS CANTONES DE UPALA, GUATUSO Y LOS CHILES
Atención: La ley permite al Estado firmar asociaciones público-privadas y convenios de cooperación en turismo sin que el texto fije montos, plazos ni controles específicos.
La letra pequeña
Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.
A quién le sirve: Habitantes y pymes de Upala, Guatuso y Los Chiles
La declaratoria de interés público cubre solo esos tres cantones y no se extiende a otros territorios.
Se declara de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Upala, Guatuso y Los Chiles
1, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Habitantes de Upala, Guatuso y Los Chiles que trabajan en turismo o tienen una pyme vinculada al sector
- Instituciones públicas, autónomas y semiautónomas que pueden firmar convenios con esos cantones
- Empresas privadas que podrían participar en asociaciones público-privadas de turismo en la zona
A quién beneficia
- El Estado podrá promover infraestructura e inversiones en turismo en los tres cantones
- El Estado podrá apoyar iniciativas de desarrollo local y pymes turísticas de habitantes de la zona
- Las instituciones públicas quedan instadas a gestionar convenios de cooperación con los cantones
Qué cambia
- La ley no asigna un monto específico ni un plazo de ejecución
- La ley no obliga a las instituciones a firmar convenios: las insta a gestionarlos
- La ley rige desde su publicación, el 20 de noviembre de 2023
La explicación completa
La Asamblea lo aprobó y la Presidencia de la República lo firmó el 20 de setiembre de 2023, según el texto de SINALEVI 1.
Qué propone
La Ley 10410 declara de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Upala, Guatuso y Los Chiles 1. Con eso, el Estado, por medio de sus instituciones públicas, podrá promover infraestructura e inversiones en turismo en la zona, bajo un esquema de desarrollo sostenible y manejo adecuado del medio ambiente.
El texto también permite al Estado apoyar iniciativas de desarrollo local y actividades de pequeñas y medianas empresas de habitantes de esos cantones, siempre que estén vinculadas al turismo 1.
Además, insta a las instituciones del sector público, autónomas y semiautónomas a gestionar mecanismos de apoyo y cooperación con los tres cantones 1. Esos mecanismos pueden incluir recursos, convenios de cooperación, iniciativas y asociaciones público-privadas.
El proyecto original tenía tres artículos separados (art. 1) (art. 2) (art. 3). La ley vigente los fusionó en dos: el artículo 1 junta la declaratoria y el apoyo a pymes, y el artículo 2 deja la invitación a las instituciones públicas 1.
La ley rige a partir de su publicación 1.
En qué va el trámite
El trámite terminó: el expediente 23085 se convirtió en la Ley 10410, vigente desde su publicación 1.
El recorrido en el Sistema de Información Legislativa muestra que el proyecto se presentó el 1 de mayo de 2022 y se envió a la Imprenta Nacional el 12 de mayo de 2022 2. La Comisión de Turismo (Área V) lo recibió el 8 de setiembre de 2022, lo votó y dictaminó el 14 de marzo de 2023, y lo remitió a la Secretaría del Directorio el 25 de abril de 2023.
El plazo cuatrienal para que el expediente siguiera vivo vencía el 1 de mayo de 2026 2. No hizo falta esperar: la ley ya está publicada 1.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10410 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
El artículo 50 de la Constitución ordena al Estado procurar el mayor bienestar a todos los habitantes, estimular la producción y el más adecuado reparto de la riqueza, y garantizar un ambiente sano y ecológicamente equilibrado Constitución, art. 50. La ley calza con ese mandato cuando habla de desarrollo sostenible y manejo adecuado del medio ambiente 1.
El artículo 89 incluye entre los fines culturales de la República proteger las bellezas naturales y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico Constitución, art. 89. La ley retoma esa idea al permitir apoyo estatal a pymes turísticas locales 1.
El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. La ley no traslada competencias a las municipalidades: solo insta a instituciones públicas a cooperar con los cantones 1. Eso deja una duda sobre cómo se coordinará con los gobiernos locales, pero no un choque evidente.
El artículo 124 exige dos debates, aprobación legislativa, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley Constitución, art. 124. La ficha del expediente registra el paso por comisión y plenario 2, y SINALEVI reporta la ley vigente y firmada 1.
Qué puede hacer usted
La ley ya está publicada, así que las herramientas para cambiar su texto durante el trámite legislativo ya no aplican 1.
Puede pedir información a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa sobre el estado de tramitación de proyectos y la legislación aprobada guía, p. 27.
Puede presentar una propuesta de ley nueva mediante el formulario web de la Asamblea, aunque ese mecanismo no garantiza que sea acogido, discutido ni votado guía, p. 27.
Si detecta un manejo irregular de fondos públicos en la ejecución de la ley, puede denunciar ante la Contraloría General de la República por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal de denuncia electrónica guía, p. 68.
Si considera que una actuación pública viola un derecho constitucional, puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, expresando el hecho, el derecho violado y las pruebas guía, p. 23.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto dinero se ha invertido ni se invertirá en los tres cantones por esta ley.
El dossier no indica qué instituciones públicas han firmado convenios de cooperación tras la publicación de la ley.
El dossier no permite saber cuántas pymes turísticas se han beneficiado.
El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.
Fuentes
- Ley 10410: Declaración de interés público el desarrollo turístico de los Cantones de Upala, Guatuso y los Chiles (Vigente)
- Expediente 23085: DECLARACION DE INTERES PUBLICO EL DESARROLLO TURISTICO DE LOS CANTONES DE UPALA, GUATUSO Y LOS CHILES
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PROYECTO DE LEY
DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE UPALA, GUATUSO Y LOS CHILES
EXPEDIENTE N.° 23.085
PABLO SIBAJA JIMÉNEZ DIPUTADO
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES
PROYECTO DE LEY
DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE UPALA, GUATUSO Y LOS CHILES
Expediente N.° 23.085
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, señala que: “Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.”. (…).“
De acuerdo con los principios y objetivos de la agenda 2030, se establece que: “El turismo es una de las fuerzas motrices del crecimiento económico mundial y actualmente responsable de la creación de 1 de cada 11 puestos de trabajo. Dando acceso a oportunidades de trabajo decente en el sector turístico, la sociedad, y en particular los jóvenes y las mujeres, puede beneficiarse de la mejora de las capacidades y del desarrollo profesional. La contribución del sector a la creación de empleo se reconoce en la meta 8.9”.
Es un hecho que el turismo es una actividad que propicia el aprovechamiento y protección del medio ambiente, gracias a la forma en que interactúan las personas con la naturaleza a diferencia de otras actividades económicas donde el ambiente es explotado de manera no sostenible en el tiempo. En la actividad turística la naturaleza es el gran atractivo y, consecuentemente, las comunidades toman conciencia de la importancia de protegerla no solo por su valor como ecosistema, sino también por el valor económico que genera protegerla y aprovecharla de manera sostenible.
Upala es el segundo cantón más extenso de la provincia de Alajuela constituido en su mayoría por extensas llanuras en las que se desarrolla la actividad agropecuaria, -es uno de los mayores productores de frijoles en nuestro país-, y de acuerdo con el último censo del año 2011 cuenta con una población de alrededor de cuarenta y cuatro mil habitantes, con poca escolaridad. Afortunadamente, el turismo ha crecido en los últimos años, encontrándose entre sus atractivos más visitados el Parque Nacional Volcán Tenorio, el hermoso Río Celeste, la Laguna Dantas, entre otros, propiciándose el turismo ecológico que ha tomado gran auge en visitantes nacionales y extranjeros.
El cantón de Los Chiles, si bien es cierto, tiene como principal actividad económica la agricultura basada en la siembra de granos básicos, hortalizas y ganadería de engorde. Un hecho de importancia socioeconómica para sus casi veinticuatro mil habitantes fue la construcción del Puesto Fronterizo de las Tablillas en el año 2012, puerta de entrada a Centroamérica. El turismo por su parte se ha constituido en otra fuente de ingresos con el crecimiento del turismo rural y de aventura, en este cantón sus visitantes pueden realizar observación de aves, pesca artesanal, deportiva, paseos en lancha con hermosas vistas del Río Frío, otro de sus atractivos es el Refugio de Vida Silvestre Caño Negro donde el turista puede disfrutar de la naturaleza virgen y la vida silvestre en paz.
El cantón de Guatuso cuna de un territorio indígena nativo de Costa Rica los Maleku, convenientemente situado cerca de muchas de las atracciones más buscadas por los turistas en Costa Rica como es el caso de las Cavernas de Venado, Lago de Cote, el Parque Nacional Volcán Arenal y la Fortuna de San Carlos.
En nuestro país el turismo ha sido uno de las principales actividades vinculadas al desarrollo económico lo que le ha permitido concebirse como una actividad económica sobresaliente, en opinión de este diputado su desarrollo debe continuar estimulándose a lo largo y ancho de nuestro territorio, a través de incentivos y beneficios a empresarios y comunidades para la efectiva realización de programas y proyectos en coordinación con la academia y las diferentes instituciones públicas.
La declaratoria de interés público del desarrollo turístico que propongo en esta iniciativa de ley permitirá incentivar la atracción de inversión pública y privada, sobre todo la infraestructura, el desarrollo del comercio y hotelería, para la atracción del turismo nacional y extranjero en las zonas antes mencionadas. El desarrollo turístico es necesario para crear nuevas fuentes de empleo en armonía con la naturaleza y con una adecuada distribución de la riqueza, así como para aprovechar la biodiversidad de la zona que es poco explotada, desde el punto de vista turístico.
En virtud de las consideraciones anteriores, someto a conocimiento de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley, para su aprobación por parte de los señores diputados y las señoras diputadas.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE UPALA, GUATUSO Y LOS CHILES
ARTÍCULO 1- Declaración de interés público
Se declara de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Upala, Guatuso y Los Chiles; para lo cual, el Estado, por medio de sus instituciones públicas, deberá promover el desarrollo de la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona, bajo un esquema de desarrollo sostenible y un manejo adecuado del medio ambiente, que fortalezcan la condición social y económica de dichos cantones.
ARTÍCULO 2- Se insta a las instituciones del sector público, las instituciones autónomas y semiautónomas, para que, dentro del marco jurídico respectivo, gestionen los mecanismos de apoyo y cooperación con los cantones de Upala, Guatuso y Los Chiles para la ejecución de esta ley, mediante cualquier tipo de recursos o alternativas, convenios de cooperación, iniciativas y asociaciones público-privadas, con el fin de promover el desarrollo turístico en los cantones.
ARTÍCULO 3- El Estado podrá apoyar todas las iniciativas que promuevan el desarrollo local y las actividades de las pequeñas y medianas empresas de los habitantes de dichos cantones vinculadas al desarrollo turístico.
Rige a partir de su publicación.
Pablo Sibaja Jimenez Diputado
12 de mayo de 2022
NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.