El proyecto de turismo para 8 cantones de Cartago ya es la Ley 10411
La Ley 10411 declara de interés público el turismo en ocho cantones de Cartago y permite al Estado apoyar infraestructura e inversiones turísticas, con énfasis en pequeñas y medianas empresas.
Título oficial DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE TURRIALBA, JIMÉNEZ, PARAÍSO, CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO, LA UNIÓN Y OREAMUNO
A quién le toca
- Vecinos de Turrialba, Jiménez, Paraíso, Cartago, Alvarado, El Guarco, La Unión y Oreamuno
- Pequeñas y medianas empresas turísticas de esos ocho cantones
- Municipalidades de los ocho cantones
A quién beneficia
- El Estado puede promover infraestructura e inversiones turísticas en los ocho cantones
- El Estado puede apoyar iniciativas de desarrollo local vinculadas al turismo
- Las pequeñas y medianas empresas turísticas tienen mención expresa en la ley
Qué cambia
- La declaratoria de interés público no asigna un monto fijo de dinero
- La ley no crea un fondo nuevo ni un impuesto
- El apoyo estatal queda sujeto a lo que decidan las instituciones públicas
La explicación completa
El proyecto que usted pudo seguir como expediente 23.176 ya no está en trámite: se convirtió en la Ley 10411, publicada el 20 de noviembre de 2023 1.
Qué propone
La Ley 10411 declara de interés público el desarrollo turístico de Turrialba, Jiménez, Paraíso, Cartago, Alvarado, El Guarco, La Unión y Oreamuno, todos de la provincia de Cartago 1.
Con esa declaratoria, el Estado podrá promover infraestructura e inversiones en turismo en esos cantones 1. La ley pide que se haga con énfasis en el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas.
El texto también ordena que el desarrollo sea sostenible, con turismo inclusivo y manejo adecuado del medio ambiente 1.
El artículo 2 permite al Estado apoyar iniciativas de desarrollo local y actividades de pequeñas y medianas empresas de los habitantes de esos cantones, siempre que estén vinculadas al turismo 1.
La ley rige desde su publicación 1.
En qué va el trámite
El expediente 23.176 se presentó el 16 de junio de 2022 y vencía el 16 de junio de 2026 2. Pasó por la comisión de Turismo y por la comisión de Cartago.
Ya no hay trámite pendiente: el proyecto se convirtió en la Ley 10411, vigente desde el 20 de noviembre de 2023 1.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10411 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
El artículo 50 de la Constitución dice que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes y que toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado Constitución, art. 50. La ley recoge esa idea cuando pide desarrollo sostenible y manejo adecuado del medio ambiente 1.
El artículo 89 incluye entre los fines culturales proteger las bellezas naturales y conservar el patrimonio histórico y artístico Constitución, art. 89. La ley menciona el Monumento Nacional Guayabo y otros sitios turísticos (art. 1).
El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. La ley no traslada esa administración a otra entidad: solo permite al Estado apoyar iniciativas 1.
El artículo 121 da a la Asamblea Legislativa la atribución de dictar las leyes Constitución, art. 121. La Ley 10411 se aprobó por esa vía 1.
Qué puede hacer usted
La ley ya está vigente, así que las herramientas para cambiar su texto durante el trámite legislativo ya no aplican. Quedan las de control y participación local.
Puede pedir información a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa sobre el estado de tramitación de proyectos y la legislación aprobada guía, p. 27.
Puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en proyectos turísticos guía, p. 68. Las denuncias se reciben en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025.
Puede pedir un cabildo en su municipalidad para discutir asuntos de interés para la comunidad guía, p. 37. El Concejo Municipal es el titular de la potestad para convocar consultas populares.
Puede objetar el contenido del plan regulador de su cantón, porque cualquier persona u organización civil puede hacerlo guía, p. 66.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto dinero se ha invertido en los cantones desde que rige la Ley 10411.
El dossier no incluye el decreto ejecutivo de publicación de la Ley 10411 en La Gaceta.
El dossier no permite saber qué proyectos concretos se han aprobado al amparo de la ley.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10411 y los artículos constitucionales del dossier.
Constitución, art. 50"El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado."
Esta ley, art. 1"bajo un esquema de desarrollo sostenible, turismo inclusivo y el manejo adecuado del medio ambiente, que fortalezcan la condición social y económica de los cantones señalados"
Sin choque aparente La Constitución pide bienestar y ambiente sano. La ley recoge ambos puntos cuando habla de desarrollo sostenible y manejo del medio ambiente.
Constitución, art. 89"Entre los fines culturales de la República están: proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación"
Esta ley, art. 1"Se declara de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Turrialba, Jiménez, Paraíso, Cartago, Alvarado, El Guarco, La Unión y Oreamuno"
Sin choque aparente La Constitución manda proteger bellezas naturales y patrimonio. La ley promueve turismo en zonas con volcanes, ríos y sitios arqueológicos.
Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal"
Esta ley, art. 2"El Estado podrá apoyar todas las iniciativas que promuevan el desarrollo local y las actividades de la pequeña y mediana empresas de los habitantes de los cantones"
Sin choque aparente La Constitución deja la administración local en manos del municipio. La ley solo permite al Estado apoyar iniciativas, no sustituir al municipio.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica"
Esta ley, art. 1"Se declara de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Turrialba, Jiménez, Paraíso, Cartago, Alvarado, El Guarco, La Unión y Oreamuno"
Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea la potestad de dictar leyes. La Ley 10411 se aprobó por esa vía.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 10411: Declaratoria de interés público para el desarrollo turístico de los Cantones de Turrialba, Jiménez, Paraíso; Cartago Alvarado, El Guarco, La Unión y Oreamuno (Vigente)
- Expediente 23176: DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE TURRIALBA, JIMÉNEZ, PARAÍSO, CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO, LA UNIÓN Y OREAMUNO
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PROYECTO DE LEY
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE TURRIALBA, JIMÉNEZ, PARAÍSO, CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO, LA UNIÓN Y OREAMUNO
EXPEDIENTE N° 23.176
ROSAURA MENDEZ GABOA Y OTROS SEÑORAS DIPUTADAS Y SEÑORES DIPUTADOS
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES
NOTA: A solicitud de los proponentes, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley PROYECTO DE LEY
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE TURRIALBA, JIMÉNEZ, PARAÍSO, CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO, LA UNIÓN Y OREAMUNO
Expediente N°23.176
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Me he permitido presentar este proyecto de ley, debido a la gran y variada cantidad de sitios turísticos que se encuentran en los cantones de Turrialba, Jiménez, Paraíso, Cartago, Alvarado, El Guarco, la Unión y Oreamuno, y al potencial turístico que representa estos sitios para promover el desarrollo socioeconómico de sus pobladores, esto sumado a la necesidad de brindar los apoyos requeridos para la generación de nuevas fuentes de empleo, y mantener los que se tienen actualmente, creo de vital importancia la declaratoria de interés público para el desarrollo turístico de los 8 cantones de la provincia de Cartago.
Por otro lado, en nuestro país el turismo es esencial para nuestra economía, datos del Estado de la Nación indican que previo a la Pandemia este sector significaba alrededor de 5% del PIB. Según datos del Instituto Costarricense de Turismo, el país cerro el año 2021 con el ingreso de 1347055 turistas, de los cuales el 94% arribó por vía aérea. Siendo Estados Unidos el principal mercado emisor de turistas hacia Costa Rica, seguido de Europa.
Evidentemente, miles de personas viven de la actividad del turismo o se benefician del mismo, gracias a los diversos destinos turísticos a nivel nacional, como parques nacionales, miradores, volcanes, una gran herencia indígena, ríos, entre otros.
Importante señalar que la provincia de Cartago cuenta con una variada oferta de destinos turísticos, por ejemplo, el turismo religioso se ve representado por la visita de nacionales y extranjeros a la Basílica de los Ángeles en Cartago. Según estimaciones del Sistema de Información Cultural de Costa Rica, aproximadamente 2 millones de personas caminan hacia la Basílica cada dos de agosto cada año.
Así mismo, en el cantón de Oreamuno se encuentra el Volcán Irazú, siendo este el coloso más visitado a nivel nacional, según datos del Ministerio de Ambiente y Energía, en 2020 lo visitaron más de 30 mil turistas. En este mismo cantón, se encuentra el Sanatorio Duran, el cual en el pasado fue un hospital para pacientes enfermos de tuberculosis. Actualmente este es visitado por cientos de personas al año, ya que se ha convertido en un sitio histórico de gran interés para los turistas. De igual forma en Orosi y Ujarrás del cantón de Paraíso, existen miradores y pueblos rurales que son visitados todos los años por cientos de turistas nacionales y extranjeros. La Represa de Cachi, también ubicada en Paraíso, específicamente en el Valle de Orosi, es un atractivo de turismo rural, ya que la represa se encuentra rodeada de frondosos bosques, extensas plantaciones de café, ríos y cascadas.
En el cantón de Tres Ríos se encuentra el Cerro La Carpintera, lugar agradable para los fanáticos del turismo de montaña, perfecto para hacer senderismo o rutas de ciclismo. Es un lugar donde se respira aire fresco, cerca de la ciudad. En el mismo cantón, se pueden encontrar centros comerciales y restaurantes que permiten el turismo gastronómico.
En el cantón de Alvarado, cuya cabecera es Pacayas, tiene el mayor potencial para realizar turismo rural y de montaña, además es una las mayores rutas gastronómicas del país, esto aunado que en la zona existen diversos emprendimientos de vecinos que se dedican a proyectos productivos rurales.
Por su parte La Unión de Cartago es un cantón muy céntrico, por lo cual cuenta con una amplia oferta gastronómica, para aquellos nacionales o extranjeros que les interese realizar este tipo de turismo.
El cantón del Guarco, otro cantón de la provincia cuenta con turismo recreacional y gastronómico. En la localidad se pueden encontrar varios restaurantes con miradores al Valle Central, además de fincas y ranchos recreacionales donde se puede hacer turismo de un día, incluso picnic.
Por su parte en el cantón de Turrialba existe una gran diversidad de ofertas turísticas que llaman la atención de nacionales y extranjeros que disfrutan del turismo rural, de aventura, ecológico y de montaña. El Parque Nacional Volcán Turrialba recientemente reabrió sus puertas después de varios años cerrado debido a su actividad volcánica. Según el Instituto Costarricense de Turismo, esta zona cuenta con un amplio potencial turístico, opinión que comparte la Municipalidad de Turrialba y la Cámara de Turismo de Turrialba, quienes fueron impulsadores en la reapertura.
El Monumento Nacional Guayabo, que se encuentra ubicado en Turrialba, en el distrito de Santa Teresita, siendo manifiesto de la gran herencia indígena que tiene Costa Rica. Son aproximadamente 20 hectáreas de área protegida que comprenden el sitio arqueológico, mismas que se construyeron en un período de tiempo que se ubica entre el año 1000 antes de Cristo y 1400 después de Cristo; para una ocupación prolongada de aproximadamente 2400 años. Este monumento ostenta la designación de Patrimonio Mundial de la Ingeniería Civil, denominación concedida por la Asociación Estadounidense de Ingenieros Civiles, una de las entidades más prestigiosas del mundo en este ámbito.
Turrialba y Jiménez son la cuna del turismo de aventura, cientos de turistas se desplazan a estos cantones para realizar rafting en el rio Pacuare y Pejibaye. En el distrito de Santa Rosa, propiamente en Aquiares existen dos cataratas que son visitadas por turistas, así como en Santa Cruz, están las Cataratas La Muralla y Las Trillizas.
Muchos más lugares turísticos tienen la provincia de Cartago y sus diferentes cantones, mariposarios, Jardines Botánicos, tours culturales y en pueblos antiguos, tours gastronómicos, entre otros, razón por la cual me he permitido presentar este proyecto de ley, consciente de la necesidad que tienen estos cantones de encontrar soluciones prontas y efectivas a sus problemas socioeconómicos.
Razón por lo cual, estoy emulando los alcance de la Ley N° 10.121 de reciente creación, con el objeto de ampliar y dar una mayor cobertura a su alcance y poder brindar los beneficios que establece, a los 8 cantones de la provincia de Cartago, que requieren también el apoyo por parte del estado y sus instituciones, para que faciliten la implementación y promoción de políticas públicas dirigidas a fortalecer el desarrollo de la actividad turística, de las medianas y pequeñas empresas que cumple un rol muy importante en la generación de empleo, junto con sus habitantes, para el desarrollo de esta región.
Por todo lo anterior, esta propuesta de ley establece la declaratoria de interés público para el desarrollo turístico de estos cantones, iniciativa que no debe, ni se puede postergar más, por la urgencia de promover los incentivos que faciliten la atracción de inversión por parte de entes públicos, así como entes privados, principalmente en temas de: generación de empleo, infraestructura, el desarrollo del comercio y hotelería, para el mejoramiento de la atracción del turismo nacional y extranjero.
El apoyo del estado y sus instituciones debe ser decidido de inmediato, no sólo para la pronta recuperación de este sector, sino también para facilitar y fomentar la inversión en obras de infraestructura que requiere la región, para la atracción de turistas, que finalmente se convierte en fuentes de empleo y desarrollo para la región.
Por los motivos antes expuestos someto a consideración de los señores diputados y las señoras diputadas el presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES DE TURRIALBA, JIMÉNEZ, PARAÍSO, CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO, LA UNIÓN Y OREAMUNO
ARTÍCULO 1- Declaración de interés público
Se declara de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Turrialba, Jiménez, Paraíso, Cartago, Alvarado, El Guarco, La Unión y Oreamuno, todos de la provincia de Cartago; para lo cual, el Estado, por medio de sus entes públicos, podrá promover el desarrollo de infraestructura e inversiones en turismo en dichos cantones, bajo un esquema de desarrollo sostenible, turismo inclusivo y el manejo adecuado del medio ambiente, que fortalezcan la condición social y económica de los cantones señalados.
ARTÍCULO 2- Participación del Estado
El Estado podrá apoyar todas las iniciativas que promuevan el desarrollo local y las actividades de la pequeña y mediana empresas de los habitantes de los cantones de Turrialba, Jiménez, Paraíso, Cartago, Alvarado, El Guarco, La Unión y Oreamuno, de la Provincia de Cartago, que estén vinculadas al desarrollo del turismo.
Rige a partir de su publicación.
Rosaura Méndez Gamboa Paulina Ramírez Portuguez
Oscar Izquierdo Sandí Luis Fernando Mendoza Jiménez
Pedro Rojas Guzmán Alejandro Pacheco Castro
Antonio Ortega Gutiérrez Paola Nájera Abarca
Johana Obando Bonilla Diputadas y diputados
23 de junio de 2022
NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.