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Proyecto para cambiar sesiones de la Asamblea venció sin ser ley

El expediente 23261, que proponía mover las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea, se archivó el 6 de agosto de 2026 por vencimiento del plazo cuatrienal.

Título oficial REFORMA DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

A quién le toca

  • A los diputados y diputadas, porque cambiaría cuándo sesionan de forma ordinaria y extraordinaria.
  • Al Poder Ejecutivo, porque perdería la convocatoria de las sesiones extraordinarias al inicio del período.
  • A cualquier persona que siga la agenda legislativa, porque cambia el calendario de discusión de leyes.

A quién beneficia

  • La Asamblea tendría la iniciativa legislativa al inicio de cada período constitucional.
  • El Poder Ejecutivo dejaría de controlar la agenda en los primeros meses de gobierno.

Qué cambia

  • El proyecto no es ley: se archivó el 6 de agosto de 2026.
  • Para revivirlo haría falta presentar una nueva reforma constitucional.
  • Una reforma así exige dos tercios de los votos y tres debates.

La explicación completa

Qué propone

El proyecto 23261 ya no está en trámite: se archivó. Proponía cambiar las fechas de las sesiones de la Asamblea Legislativa. Hoy la Constitución dice que las sesiones ordinarias van del primero de agosto al treinta y uno de octubre y del primero de febrero al treinta de abril Constitución, art. 116. El proyecto quería invertir eso. Las ordinarias irían del primero de mayo al treinta y uno de julio y del primero de noviembre al treinta y uno de enero (art. único). Las extraordinarias quedarían del primero de agosto al treinta y uno de octubre y del primero de febrero al treinta de abril. La idea era que la Asamblea, y no el Poder Ejecutivo, tuviera la iniciativa al inicio de cada período constitucional.

En qué va el trámite

El expediente se archivó el 6 de agosto de 2026 por vencimiento del plazo cuatrienal del artículo 119 2. El trámite empezó el primero de agosto de 2022, cuando se presentó la proposición en el Plenario. Al día siguiente entró en el orden del día. Nunca salió de ahí. El plazo de cuatro años venció el primero de agosto de 2026 y el archivo se formalizó el 6 de agosto. Para que fuera ley hacía falta el trámite de reforma constitucional del artículo 195: tres lecturas, dictamen de comisión, dos tercios de los votos y mensaje presidencial Constitución, art. 195. Nada de eso ocurrió.

Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre el expediente 23261. La sesión del 12 de octubre de 2026 habla de una consulta de constitucionalidad sobre transporte aéreo y de otros proyectos 00:39:17. La sesión del 27 de octubre de 2026 discute un régimen sancionador del Poder Judicial y otros temas 02:09:13. El video sobre los 29 o 38 votos explica las mayorías que exige la Constitución 00:00:10. Ninguna de esas intervenciones menciona el proyecto 23261.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre lo que proponía el proyecto y la Constitución. El artículo 116 vigente fija las fechas de las sesiones Constitución, art. 116. El proyecto quería reformar ese mismo artículo por la vía del artículo 195, que permite reformas parciales a la Constitución Constitución, art. 195. El artículo 121 le da a la Asamblea la atribución de abrir y cerrar sus sesiones Constitución, art. 121. El proyecto movía esas fechas, pero no le quitaba esa atribución. La duda sería de procedimiento: el artículo 195 pide tres lecturas con intervalos de seis días y dos tercios de los votos. El expediente se archivó antes de completar esos pasos 2.

Qué puede hacer usted

El proyecto ya está archivado, así que no hay nada que incidir en este expediente. Si quiere que un tema así vuelva a discutirse, puede usar el formulario web de la Asamblea para presentar propuestas de ley guía, p. 27. No necesita el texto completo, basta con plantear la idea. La Oficina de Iniciativa Popular recopila esas propuestas y las remite a los diputados. Esa vía no garantiza que el proyecto se discuta ni se vote. Para una reforma constitucional, la iniciativa popular también existe y sigue el trámite del artículo 195 guía, p. 26.

Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué el proyecto nunca salió del orden del día. El dossier no registra votación alguna sobre el expediente 23261. El dossier no indica si algún diputado retiró su firma.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El proyecto reformaba el artículo 116 por la vía del artículo 195. No se encontró choque de fondo, solo dudas de procedimiento por el archivo anticipado.

  1. Constitución, art. 116"La Asamblea Legislativa se reunirá cada año el día primero de mayo, aun cuando no haya sido convocada, y sus sesiones ordinarias durarán seis meses, divididas en dos períodos: del primero de agosto al treinta y uno de octubre y del primero de febrero al treinta de abril."
    Esta ley, art. único"La Asamblea Legislativa se reunirá cada año el día primero de mayo, aun cuando no haya sido convocada, y sus sesiones ordinarias durarán seis meses, divididas en dos períodos: del primero de mayo al treinta y uno de julio y primero de noviembre al treinta y uno de enero."

    Sin choque aparente El proyecto cambia las fechas de las sesiones ordinarias. No hay choque: es una reforma al mismo artículo por la vía constitucional.

  2. Constitución, art. 121"Designar el recinto de sus sesiones, abrir y cerrar éstas, suspenderlas y continuarlas cuando así lo acordare"
    Esta ley, art. único"Las sesiones extraordinarias se realizarán del primero de agosto al treinta y uno de octubre y primero de febrero al treinta de abril."

    Sin choque aparente La Asamblea conserva la atribución de abrir y cerrar sesiones. El proyecto solo mueve las fechas.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  2. Expediente 23261: REFORMA DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2022-08-01
  3. Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #78, 12 Octubre 2026 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-10-12
  4. Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #87, 27 Octubre 2026 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-10-28
  5. 29 o 38 votos la diferencia que define las leyes Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-05-13
  6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • El video "Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #91, 05 Noviembre 2026 2026-11-05 18:29" no tiene subtítulos; no se citó.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

ALEJANDRO JOSÉ PACHECO COTO Y OTROS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS

EXPEDIENTE N.º 23.261

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Expediente N.° 23.261

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Recientemente se aprobó la Reforma del artículo 116 de la Constitución Política, Ley N.° 9850, publicada en la Gaceta No. 227, Alcance 240, fecha de publicación 10 de setiembre del 2020. Esta propuesta se justificó en que: “La iniciativa pretende que las sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa se realicen del 1 de febrero al 30 de abril y del 1 de agosto al 31 de octubre. Por consiguiente, las extraordinarias irían del 1° de mayo al 31 de julio y del 1 de noviembre al 31 de enero. Con esta distribución, se consigue que al inicio de cada período constitucional, la nueva administración, en particular, el nuevo Presidente de la República, pueda implementar su agenda de proyectos y cuente con la posibilidad de promover su programa de gobierno en los primeros 100 días de estar en el poder. Ese Programa de Gobierno, que el electorado mayoritariamente aprobó con su voto, debe tener prioridad, al inicio de cada periodo constitucional, por encima de las iniciativas individuales de cada diputado, e incluso por encima de las iniciativas partidistas de las fracciones con representación dentro del Congreso. No tiene sentido que el inicio de un gobierno recién electo, se vea frenado al no tener la capacidad de promover su propia agenda en la Asamblea Legislativa. De esta forma se garantiza el buen funcionamiento del sistema democrático, y la mejorar distribución de las potestades y responsabilidades políticas de cada uno de los Poderes de la Republica.”

Una vez iniciado este nuevo período constitucional 2022-2026, se ha notado claramente en estos primeros meses, que el Gobierno entrante y el presidente de la República no ha manejado ni implementado la agenda de proyectos en la Asamblea Legislativa, siendo inoperante y poco efectivo para llevar la iniciativa en el proceso de formación de la ley, desde el inicio de su gestión. Esto nos da una primera conclusión de que el Poder Ejecutivo no está preparado para dar inicio al proceso legislativo. Es por lo anterior, que se hace necesario y urgente que haya un nuevo cambio constitucional en las fechas de las sesiones ordinarias y extraordinarias, teniendo la Asamblea Legislativa la iniciativa desde el inicio de cada período constitucional.

Por las razones expuestas someto a consideración de los señores diputados y las señoras diputadas el presente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 116 de la Constitución Política. El texto dirá:

Artículo 116- La Asamblea Legislativa se reunirá cada año el día primero de mayo, aun cuando no haya sido convocada, y sus sesiones ordinarias durarán seis meses, divididas en dos períodos: del primero de mayo al treinta y uno de julio y primero de noviembre al treinta y uno de enero.

Las sesiones extraordinarias se realizarán del primero de agosto al treinta y uno de octubre y primero de febrero al treinta de abril.

Una legislatura comprende las sesiones ordinarias y extraordinarias celebradas entre el primero de mayo y el treinta de abril siguiente.

Rige a partir de su publicación.

Alejandro José Pacheco Castro Leslye Rubén Bojorges León

María Marta Carballo Arce Melina Ajoy Palma

María Daniela Rojas Salas Carlos Felipe García Molina

Vanessa De Paul Castro Mora Horacio Alvarado Bogantes

Carlos Andrés Robles Obando Danny Vargas Serrano

Carolina Delgado Ramírez Gilberth Jiménez Siles

Diputados y diputadas

NOTAS: Este proyecto se encuentra en el orden del día del Plenario Legislativo desde el día primero de agosto del año 2022.

El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 09-08-2022)

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