# Expediente 23467: Archivado el proyecto que atrasaba la Ley de Contratación Pública

- Página: https://elcenso.com/leyes/23467
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: REFORMA AL TRANSITORIO XI DE LA LEY N°9986 LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
- Publicada: 2023-01-11
- La Gaceta: 3
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El expediente 23.467 murió en comisión: proponía pasar la entrada en vigencia de la Ley 9986 del 1 de diciembre de 2022 al 1 de junio de 2023.

## A quién le toca

- A las empresas que contratan con el Estado y a las instituciones públicas que compran bienes y servicios
- A cualquier persona que use servicios públicos prestados por contratistas del Estado

## A quién beneficia

- Ninguno: el proyecto está archivado y no cambió ninguna norma

## Qué cambia

- La Ley 9986 sigue vigente con el plazo original de su transitorio XI
- La Ley 7494, Ley de Contratación Administrativa, sigue derogada

## Explicación

### Qué propone

El expediente 23.467 está archivado. No es ley y no cambió nada. no, la Ley 9986, Ley General de Contratación Pública ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo único del proyecto pedía reformar el transitorio XI de la Ley 9986 para que dijera: "Rige a partir del 01 de junio del 2023. Se mantiene en vigencia la Ley N.° 7494 Ley de Contratación Administrativa, de 02 de mayo 1995" ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

Hoy el transitorio XI dice que la Ley 9986 rige dieciocho meses después de su publicación en La Gaceta ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Esa publicación fue el 31 de mayo de 2021, en La Gaceta 103, Alcance 109. Con ese plazo, la ley empezaba a regir el 1 de diciembre de 2022.

El proyecto quería ganar seis meses más. Mientras tanto, seguiría aplicándose la Ley 7494, Ley de Contratación Administrativa, del 2 de mayo de 1995 ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

tampoco. Lo que sí aparece es que el artículo 136 de la Ley 9986 ordena al Poder Ejecutivo reglamentar la ley, pero no fija plazo para esa reglamentación ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El dossier no incluye el texto del artículo 136 ni el del artículo 11 de la Ley 9986. Solo los menciona el propio proyecto. El proyecto dice que el artículo 11 habla de pagos y que remite a "los plazos que se establezcan en el reglamento" ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### En qué va el trámite

El expediente 23.467 está archivado. Su trámite se detuvo en la Comisión de Asuntos Jurídicos (Área VII).

El proyecto se presentó el 17 de noviembre de 2022 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Se envió a la Imprenta Nacional el 13 de diciembre de 2022. El 9 de febrero de 2023 el Plenario lo asignó a comisión.

La comisión recibió el expediente el 1 de marzo de 2023 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Lo debatió y votó el 25 de abril de 2023, y ese mismo día emitió dictamen. El 28 de abril de 2023 lo remitió a la Secretaría del Directorio.

El plazo cuatrienal vencía el 17 de noviembre de 2026 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El dossier no registra ningún paso posterior al 28 de abril de 2023. Tampoco dice si el dictamen fue positivo o negativo.

Para que un proyecto sea ley hacen falta dos debates en días distintos, la aprobación de la Asamblea y la sanción del Poder Ejecutivo ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Este proyecto no llegó a primer debate.

### Lo que se dijo en la Asamblea

No hay grabaciones. El dossier no incluye ninguna grabación de la Asamblea sobre este expediente.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre lo que proponía el proyecto y la Constitución del dossier.

El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea la potestad de "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Reformar un transitorio de una ley vigente cae dentro de esa atribución.

El artículo 124 exige dos debates, aprobación y sanción para convertir un proyecto en ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El expediente 23.467 no completó esos pasos, así que nunca produjo efectos jurídicos.

El artículo 182 ordena que los contratos de obra pública, las compras con fondos públicos y los arrendamientos de bienes del Estado se hagan mediante licitación, "de acuerdo con la ley en cuanto al monto respectivo" ([Constitución, art. 182](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto no tocaba ese artículo ni el régimen de licitaciones. Solo movía la fecha de entrada en vigencia de la ley que regula esos contratos.

### Qué puede hacer usted

Este proyecto ya está archivado, así que no hay nada que frenar en la corriente legislativa. Pero la Ley 9986 sí está vigente y usted puede vigilar cómo se aplica.

Puede pedir información a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa sobre el estado de cualquier expediente ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)). Esa oficina brinda "información inmediata acerca del estado de la tramitación de los proyectos de ley".

Puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha una irregularidad en un contrato público ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se reciben en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Puede pedir acceso a los departamentos administrativos para informarse sobre asuntos de interés público. Ese derecho lo garantiza el artículo 30 de la Constitución ([Constitución, art. 30](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si el dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos fue positivo o negativo.

El dossier no incluye el texto completo del artículo 136 ni del artículo 11 de la Ley 9986.

El dossier no explica por qué el expediente quedó sin más trámite después del 28 de abril de 2023.

El dossier no incluye el texto del transitorio XI original de la Ley 9986, solo la versión que el proyecto quería aprobar.

## Frente a la Constitución

El proyecto reformaba un transitorio de una ley vigente, lo que cae dentro de la potestad legislativa del artículo 121. No llegó a ser ley, así que no produjo efectos.

## Qué puede hacer usted

- Consultar el estado de un expediente en la Oficina de Iniciativa Popular: Pida información sobre la tramitación del expediente en la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Derecho de acceso a información pública: Solicite acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público, con base en el artículo 30 de la Constitución (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Expediente 23467: REFORMA AL TRANSITORIO XI DE LA LEY N°9986 LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2023-01-11. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
3. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL TRANSITORIO XI DE LA LEY N.°9986,
LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

ROSAURA MÉNDEZ GAMBOA
DIPUTADA

EXPEDIENTE N.° 23.467

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL TRANSITORIO XI DE LA LEY N.°9986,
LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Expediente N.° 23.467

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El 18 de mayo del 2021 el Plenario legislativo aprobó el proyecto 21.546, “Ley General de Contratación Administrativa”, pasando a ser la Ley 9986, cuyo objetivo fue impulsar una reforma normativa dirigida a actualizarla y ajustarla a las demandas, requerimientos y posibilidades del presente, ya que la actual, que data del 1 de mayo de 1996, enfrenta ya un rezago importante en cuanto a las tecnologías de información, la eficiencia transaccional y el dimensionamiento del control.

Incluso, el 9 de marzo del 2021, la entonces ministra de la Presidencia, señora Geannina Dinarte, en declaraciones a la prensa manifestó con relación a este tema, que “Este proyecto de ley es parte de las reformas necesarias para la contención del gasto público y propiciar mayor eficiencia y transparencia en la gestión pública”.

En el transitorio número XI de esta Ley N.° 9986, se plantea que esta rige dieciocho meses después de su publicación en La Gaceta. Dicha publicación se materializó el 31 de mayo de 2021, específicamente en La Gaceta 103, Alcance 109. Siendo así, esta ley regiría a partir del 1 de diciembre del año 2022.

Asimismo, en el artículo 136 de la ley, relacionado con la reglamentación de esta, se plantea que “el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley”. No obstante, en dicho artículo no se especifica el plazo para que dicha reglamentación esté lista, por lo que, al día de hoy, a pocos días de entrar en vigencia la ley, no se cuenta con este importante instrumento que busca brindar seguridad jurídica a todos los operadores de esta.

Lo anterior se justifica, aún más, al analizar el artículo 11 de la ley, relacionado con los pagos a realizar, cuando plantea que “Una vez recibida a satisfacción la obra, el bien o el servicio y presentada la factura conforme a derecho, la Administración procederá con el pago del precio al contratista según lo establecido en cada contrato y dentro de los plazos que se establezcan en el reglamento”. (El resaltado es nuestro).

Otro aspecto fundamental a tomar en cuenta es que con fundamento en el artículo 14 de la Ley General de Control Interno, el cual establece todo un marco jurídico de valoración del riesgo, el Estado costarricense en forma responsable debe tomar todas las medidas que sean necesarias, a fin de identificar y analizar los riesgos relevantes asociados al logro de los objetivos y metas institucionales, para colocarlos en un nivel de riesgo organizacional aceptable.

Por lo expuesto anteriormente, este proyecto de ley pretende aumentar el plazo de la vacancia de la Ley 9986, “Ley General de Contratación Administrativa”, a fin de garantizar a todos sus operadores y beneficiarios, la correcta implementación de esta.

Por todo lo anteriormente señalado, presento a consideración de los señores diputados y señoras diputadas, el siguiente proyecto de ley.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

REFORMA DEL TRANSITORIO XI DE LA LEY N.°9986,
LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

### ARTÍCULO ÚNICO- Refórmese el transitorio XI Ley 9986, Ley General de Contratación Pública, para que se lea de la siguiente manera:

### Transitorio XI- Rige a partir del 01 de junio del 2023. Se mantiene en vigencia la Ley N.° 7494 Ley de Contratación Administrativa, de 02 de mayo 1995.

Rosaura Méndez Gamboa
Diputada

NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 13-12-2022).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/23467). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.