# Expediente 23517: El proyecto de Ebais en Belén ya es la Ley 10588

- Página: https://elcenso.com/leyes/23517
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: DESAFECTACIÓN, REUNIÓN DE FINCAS Y AFECTACIÓN A NUEVO USO PÚBLICO DE INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE BELÉN, PARA DONACIÓN A FAVOR DE LA CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
- Publicada: 2023-02-07
- La Gaceta: 22
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

La Asamblea convirtió en la Ley 10588 el proyecto que desafecta dos terrenos municipales en La Asunción de Belén para donarlos a la CCSS y construir un Ebais.

## A quién le toca

- Vecinos del distrito de La Asunción, en Belén de Heredia, que usarían el nuevo Ebais
- Personas que hoy usan la cancha multiuso y el parque de la Urbanización Manantiales de Belén
- La Municipalidad de Belén, que dona terrenos municipales
- La Caja Costarricense de Seguro Social, que recibe el terreno con condición

## A quién beneficia

- La CCSS recibe un terreno para construir el Ebais de La Asunción
- Los vecinos de La Asunción tendrían un Ebis más cerca
- La Municipalidad de Belén conserva un terreno de 478 metros cuadrados como área recreativa

## Qué cambia

- La CCSS tiene cinco años para construir el Ebais o debe devolver el terreno
- La cancha y el área verde actuales cambian de uso
- La Municipalidad de Belén debe traspasar el inmueble ante la Notaría del Estado o notario público

## Cláusulas a revisar

- **Donación condicionada a la CCSS** (4): La ley autoriza donar terrenos municipales a la CCSS, con la condición de construir el Ebais en cinco años o devolver el inmueble. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Belén a donar a la Caja Costarricense de Seguro Social, el terreno, luego de efectuada la reunión de fincas consignada en el artículo 3 de esta Ley, para que realice exclusivamente la construcción del Ebais de La Asunción"
- **Cambio de uso de área recreativa** (1): La finca que hoy se usa como cancha multiuso y parque pasa a ser terreno para construir, y se compensa con otra finca de 478 metros cuadrados que pasa a Parque. Texto: "Se desafecta de su uso actual de cancha multiuso y parque, para asignarle legalmente destino de terreno para construir"

## Explicación

El proyecto de ley 23.517 ya no está en trámite: se convirtió en la Ley 10588, que está vigente desde su publicación. [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103383&param2=143673&param3=1) La ley desafecta terrenos de la Municipalidad de Belén y autoriza donarlos a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para construir un Ebais en La Asunción, distrito 3 de Belén. 

### Qué propone

El proyecto proponía desafectar de su uso actual de cancha multiuso y parque una finca municipal en La Asunción, para darle destino de terreno para construir. ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) Esa finca está inscrita en el folio real de Heredia, matrícula 4-160707-000, plano H-459429-1997. 

 ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El proyecto autorizaba reunir las dos fincas colindantes para tener un solo terreno donde construir el Ebais de La Asunción. ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) Y autorizaba a la Municipalidad de Belén a donar ese terreno a la CCSS para que construya exclusivamente el Ebais. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

La donación tenía una condición: la CCSS debía construir el Ebais en un plazo máximo de cinco años, contados desde la inscripción de la donación. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) Si no lo hacía, debía devolver el inmueble a la Municipalidad de Belén, libre de impuestos. 

 ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) Con eso compensaba el cambio de uso de la finca del artículo 1. 

Las escrituras las otorgaría la Municipalidad de Belén ante la Notaría del Estado o ante notario público, libre de impuestos. ([art. 6](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

La ley que resultó, la 10588, cambió el texto. Habla de "mutación demanial" y describe la finca 4-160707-000 con un plano distinto, H-38019-2023, y una medida de 401,00 metros cuadrados. [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103383&param2=143673&param3=1) También faculta a la Notaría del Estado para corregir datos de los inmuebles. 

### En qué va el trámite

El proyecto ya terminó su trámite: es la Ley 10588, vigente. [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103383&param2=143673&param3=1) El expediente 23.517 se presentó el 21 de diciembre de 2022 y se publicó en La Gaceta el 7 de febrero de 2023. [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

La comisión de Heredia recibió el proyecto el 27 de febrero de 2023 y lo votó con dictamen el 4 de marzo de 2024. [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx) El 1 de abril de 2024 el expediente llegó a la Secretaría del Directorio del Plenario. 

La ley se ejecutó en San José el 11 de noviembre de 2024. [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103383&param2=143673&param3=1) El plazo cuatrienal del expediente vencía el 21 de diciembre de 2026. [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

### Lo que se dijo en la Asamblea

El dossier no incluye discusiones de este proyecto en el Plenario. Las sesiones transcritas (S6, S8) tratan otros temas: seguridad pública, tarifas de electricidad, becas, pensiones y jornadas de trabajo. ([video, 00:16:06](https://www.youtube.com/watch?v=JJiY8VgTCSs&t=966s)) ([video, 00:18:50](https://www.youtube.com/watch?v=rFsa_fRBurc&t=1130s)) Por eso no hay citas de personas hablando sobre el Ebais de Belén.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y la Constitución del dossier. La Asamblea tiene la potestad de dictar leyes. ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1))

La desafectación y donación de un bien municipal toca la autonomía de las municipalidades. ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) El proyecto no obliga a la Municipalidad: la autoriza a donar, y el acuerdo del Concejo Municipal consta en el expediente. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

La donación busca construir un Ebais, y la Constitución pone los seguros sociales a cargo de la CCSS. ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) El texto también invoca el derecho a la vida y la salud. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) ([Constitución, art. 21](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1))

El artículo 5 cambia el uso de una finca de facilidades comunales a Parque para compensar el cambio de uso de otra. ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) La Constitución manda al Estado garantizar el derecho al deporte y la recreación. ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) El Censo no ve en ese cambio un choque con ese artículo.

### Qué puede hacer usted

La ley ya está vigente, así que las herramientas de incidencia durante el trámite legislativo ya no aplican a este proyecto. [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103383&param2=143673&param3=1)

Si vive en Belén y quiere dar seguimiento a la construcción del Ebais, puede pedir información a la Municipalidad de Belén sobre el cumplimiento del plazo de cinco años. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

Puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de recursos públicos municipales. ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)) Las denuncias se reciben en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal institucional. 

Puede pedir un cabildo al Concejo Municipal para discutir asuntos de interés de la comunidad, como el uso de los terrenos. ([guía, p. 37](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=37))

### Lo que no sabemos

El dossier no dice en qué fecha exacta se publicó la Ley 10588 en La Gaceta.

El dossier no explica por qué la ley final cambió el plano y la medida de la finca del artículo 1 respecto del proyecto original.

El dossier no dice si la CCSS ya aceptó la donación ni si la construcción del Ebais empezó.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10588 y los artículos de la Constitución del dossier. La Asamblea puede legislar y la donación se autoriza, no se impone a la Municipalidad.

## Qué puede hacer usted

- Pedir información a la Municipalidad de Belén sobre el plazo de construcción: Solicitar por escrito a la Municipalidad de Belén el estado del traspaso y del cumplimiento del plazo de cinco años para construir el Ebais. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presentarla en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal institucional de la Contraloría. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Cabildo municipal: Solicitar al Concejo Municipal de Belén la celebración de un cabildo, que es la reunión pública del Concejo con los habitantes del cantón. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=37)

## Fuentes

1. Ley 10588: Desafectación, reunión de fincas y afectación a nuevo uso público de inmuebles propiedad de la Municipalidad de Belén, para donación a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 11/11/2024. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103383&param2=143673&param3=1
2. Expediente 23517: DESAFECTACIÓN, REUNIÓN DE FINCAS Y AFECTACIÓN A NUEVO USO PÚBLICO DE INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE BELÉN, PARA DONACIÓN A FAVOR DE LA CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2023-02-07. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
3. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #147, lunes 06 de marzo 2023.. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-03-07. https://www.youtube.com/watch?v=JJiY8VgTCSs
4. Debate Legislativo: Jornadas 4/3, jueves 01 junio 2023. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-06-01. https://www.youtube.com/watch?v=rFsa_fRBurc
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

DESAFECTACIÓN, REUNIÓN DE FINCAS Y AFECTACIÓN A NUEVO USO PÚBLICO DE INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD
DE BELÉN, PARA DONACIÓN A FAVOR DE LA CAJA
COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

Horacio Alvarado Bogantes
Y OTROS SEÑORES DIPUTADOS
Y SEÑORAS DIPUTADAS

EXPEDIENTE N.º 23.517

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

DESAFECTACIÓN, REUNIÓN DE FINCAS Y AFECTACIÓN A NUEVO USO PÚBLICO DE INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD
DE BELÉN, PARA DONACIÓN A FAVOR DE LA CAJA
COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

Expediente N.º 23.517

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La Municipalidad de Belén tiene como interés primordial, en conjunto con la Caja Costarricense del Seguro Social, contar con un terreno que permita la construcción de un Ebais en La Asunción, Distrito N.° 3, del cantón de Belén.

Para esos efectos, en el año 1998, el gobierno local recibe como área publica el terreno según plano catastrado H-459429-97 con un área de 1189.71 m2, producto de un fraccionamiento de la finca 156767, propiedad de la Asociación Watch Tower Bible, en el distrito de la Asunción.

El área publica en cuestión a la fecha ha sido utilizada como cancha multiuso y Parque con Juegos Infantiles, terreno localizado al costado este de la Urbanización Manantiales de Belén, con frente a calle publica y dentro de cuadrante Urbano.

Ante la necesidad de que el distrito de la Asunción cuente con un nuevo Ebais que satisfaga las necesidades de la Comunidad, la Municipalidad estableció una propuesta para utilizar parte de la finca del partido de Heredia, inscrita al Folio Real 160707, plano de catastro 4-2257595-2021 que corresponde a las 2/3 partes de esta y con uso de Facilidades Comunales, terreno ubicado donde actualmente se localiza la cancha deportiva multiuso , mismo que se localiza, 100 metros norte de la Iglesia de la Asunción y que corresponde a una excelente opción y que además cumple con una serie de las fortalezas como las que se detallan:

• Terreno propiedad de la Municipalidad de Belén.
• Uso de suelo acorde con el proyecto.
• Ubicación ideal.
• Accesibilidad a la población.
• Seguridad para los usuarios.
• Área adecuada.
• Agua potable disponible y con medidor ya instalado.
• Acceso a conexión a sistema de tratamiento de aguas residuales.
• Servicio de electricidad.
• Otros.

Esta propuesta fue avalada por el Concejo Municipal de acuerdo con los informes que fueron preparados por la administración y de conocimiento de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), siguiendo así que, por medio del acuerdo del Concejo Municipal de la sesión ordinaria N.° 0905-2021 celebrada el 9 de febrero de 2021,se conoce el oficio AMB-MC-026-2021 del Alcalde Municipal por medio del cual traslado el memorando DTO-024-2021, suscrito por José Zumbado, director del Área Técnica Operativa, que se refiere al oficio de la CCSS ,relacionado con el terreno para el Ebais de la Asunción, donde se requiere la autorización del Alcalde o Alcaldesa Municipal para la firma de la escritura correspondiente y en cumplimiento del acuerdo de la sesión ordinaria N.° 7404-2020, en el que: SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y EN FORMA DEFINITIVAMENTE APROBADA: PRIMERO: Avalar el oficio del Director del Área Técnica Operativa. SEGUNDO: Autorizar al Alcalde o Alcaldesa Municipal para la firma de la escritura correspondiente.

Con base a lo anterior, la Administración Municipal, lleva a cabo el trámite de segregación en cabeza propia del terreno para el Ebais de la Asunción, según plano catastrado 4-2257595-2021 y generándose la finca del partido de Heredia, inscrita al Folio Real 4-0268440-000, con un uso para construir y con el propósito de un posterior traspaso a la CCSS para la construcción del EBAIS ASUNCIÓN.

La motivación para aumentar las condiciones de salubridad, universalidad y accesibilidad a los servicios públicos de los vecinos de La Asunción, Distrito 3 de Belén; nos lleva a plantearnos la necesidad de suplir algunas de las limitaciones que sufren por las distancias que deben trasladarle para recibir esos servicios por parte de El Estado, por esta razón resulta de vital importancia lograr que el sector cuente con instalaciones propias para garantizar el derecho a la vida, la salud y la protección de sus derechos humanos.

En virtud de lo anterior, y considerando que si bien, registralmente los inmuebles contemplados para donar a la CCSS, aparecen en el Registro Público como bienes con naturaleza patrimonial propiedad de la Municipalidad de Belén, de hecho, tales bienes tienen asignado un destino público, que requiere legalmente modificarse, garantizando el derecho de los vecinos a contar siempre con un área que compense ese uso actual, en virtud de lo cual, la Municipalidad de Belén, adoptó el correspondiente Acuerdo en Sesión Ordinaria N.° 75-2022, celebrada el 14 de diciembre del año 2022.

De manera que, se somete a conocimiento de la Asamblea Legislativa, solicitando respetuosamente su debida aprobación, el siguiente proyecto de ley.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

DESAFECTACIÓN, REUNIÓN DE FINCAS Y AFECTACIÓN A NUEVO USO PÚBLICO DE INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD
DE BELÉN, PARA DONACIÓN A FAVOR DE LA CAJA
COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

### ARTÍCULO 1- Se desafecta de su uso actual de cancha multiuso y parque, para asignarle legalmente destino de terreno para construir, la finca propiedad de la Municipalidad de Belén, cédula jurídica número tres -cero uno cuatro-cero cuatro dos cero nueve cero (3-014-042090), inscrita en el Registro Nacional, bajo el sistema de folio real de la provincia de Heredia, matrícula número cuatro -uno seis cero siete cero siete - cero cero cero (4-160707-000), plano catastrado número H-cuatro cinco nueve cuatro dos nueve -uno nueve nueve siete (H-459429-1997), que se describe así: ubicada en el distrito Tercero: La Asunción, cantón Sétimo: Belén, de la provincia de Heredia, cuyos linderos son: al norte con identificador predial número 4070300014240M; al sur: Acera y Calle Pública, al este con lote segregado, y al oeste con, identificador predial número 40703016253100, identificador predial número 40703016257800, y en parte identificador predial 40703016257900.

### ARTÍCULO 2- Se desafecta de su uso actual de facilidades comunales, para asignarle legalmente destino de terreno para construir, la finca propiedad de la Municipalidad de Belén, cédula jurídica número tres -cero uno cuatro -cero cuatro dos cero nueve cero (3-014-042090), inscrita en el Registro Nacional, bajo el sistema de folio real de la provincia de Heredia, matrícula número cualro- dos seis ocho cuatro cuatro cero-cero cero cero (4-268440-000), ubicada en el distrito Tercero: La Asunción, cantón Sétimo: Belén, de la provincia de Heredia, con una medida de setecientos noventa y tres metros cuadrados y plano H-2257595-2021.

### ARTÍCULO 3- Se autoriza la reunión de fincas de las propiedades colindantes desafectadas en los artículos 1 y 2, con la finalidad de contar con un terreno para la construcción de un Ebais en el distrito de la Asunción de Belén.

### ARTÍCULO 4- Se autoriza a la Municipalidad de Belén a donar a la Caja Costarricense de Seguro Social, el terreno, luego de efectuada la reunión de fincas consignada en el artículo 3 de esta Ley, para que realice exclusivamente la construcción del Ebais de La Asunción, mediante traspaso ante la Notaría del Estado o Notario Público, para su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad. La Caja Costarricense del Seguro Social deberá aceptar la donación condicionada a que, en el plazo máximo de cinco años, contados a partir de la fecha de inscripción de la donación, a realizar la construcción del Ebais de La Asunción en la finca resultante indicada en el artículo 3. En caso de no realizarlo, la Caja Costarricense del Seguro Social deberá realizar la devolución del inmueble a favor de la Municipalidad de Belén mediante traspaso ante la Notaría del Estado o Notario Público, libre de impuestos, para su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad.

### ARTÍCULO 5- Se desafecta del uso público de facilidades comunales la propiedad de la Municipalidad de Belén, cédula jurídica número tres - cero uno cuatro -cero cuatro dos cero nueve cero (3-014- 042090), que está inscrita en el Registro Público, bajo el sistema de folio real de la provincia de Heredia, matrícula número cuatro- dos cinco cinco cero uno cero - cero cero cero (4-255010-000), plano catastrado número H-cero tres siete cinco tres cinco siete - uno nueve nueve siete (H-0375357-1997), que se describe de la siguiente manera: terreno situado en el distrito tres, Asunción, cantón siete Belén, provincia de Heredia, cuya naturaleza es Facilidades Comunales; mide: cuatrocientos setenta y ocho metros con diecinueve decímetros cuadrados (478, 19 m2), colinda al norte con calle pública, al sur con Lote 14 y 15; al este con calle púbica y al oeste con resto reservado denominado Juegos Infantiles.
Se le asigna a dicha finca inscrita con matrícula de folio real 4-255010-000 naturaleza de Parque, compensando el cambio de uso de la finca inscrita en el folio real 4-160707-000, desafectada en el artículo 1, ambas fincas ubicadas en el distrito tercero, La Asunción y propiedad de la Municipalidad de Belén.

### ARTÍCULO 6- Las escrituras correspondientes a esta Ley, las otorgará la Municipalidad de Belén ante la Notaría del Estado o bien ante Notario Público, libre de impuestos, ante el Registro Público de la Propiedad.

Rige a partir de su publicación.

Horacio Alvarado Bogantes Ada Gabriela Acuña Castro

Jonathan Jesús Acuña Soto Rosalía Brown Young

Diputados y diputadas

NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 02-02-2023).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/23517). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.