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Proyecto para ampliar plazo de condonación de cargas sociales quedó archivado

El expediente 23.795 proponía dar 30 meses en vez de un plazo menor para acogerse a la condonación de deudas con la CCSS, pero quedó archivado en 2023.

Título oficial REFORMA AL ARTÍCULO 4 INCISO B DE LA LEY DE AUTORIZACIÓN Y CONDONACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES, LEY N° 10.232, DEL 29 DE ABRIL DEL 2022

Atención: El proyecto está archivado y no cambia controles ni beneficios de forma directa.

A quién le toca

  • Patronos que deben cargas sociales a la CCSS
  • Trabajadores independientes que deben cuotas a la CCSS
  • Personas que querían acogerse a la condonación de la Ley 10.232

A quién beneficia

  • Ampliaba el plazo para acogerse a la condonación de cargas sociales
  • Buscaba equiparar los plazos de la Ley 10.232 con la Ley 10.363

Qué cambia

  • El proyecto no se convirtió en ley porque quedó archivado
  • El plazo de la Ley 10.232 sigue como estaba en el texto original

La explicación completa

Qué propone

El proyecto 23.795 propone cambiar el artículo 4, inciso b, de la Ley 10.232 para que el plazo de condonación de cargas sociales sea de 30 meses contados desde la entrada en vigencia de esa ley. [S1]

El texto actual del artículo 4, inciso b, dice que el plazo para acordarse es de treinta meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley, sea a través del pago en un solo tracto, o bien, a través de un acuerdo de pago con la institución. (art. 4)

La exposición de motivos del proyecto explica que busca equiparar los plazos de la Ley 10.232 con los de la Ley 10.363, Ley del Trabajador Independiente, que entró a regir el 3 de mayo de 2023. [S1]

Según el texto, la Ley 10.232 tenía un plazo que vencía en diciembre de 2023, mientras que la Ley 10.363 tiene plazos que van más allá de esa fecha. [S1]

El proyecto también menciona que la reglamentación de la Ley 10.363 podría hacerse dentro del reglamento vigente de la Ley 10.232, el decreto 9298 del 1 de diciembre de 2022. [S1]

En qué va el trámite

El expediente 23.795 está archivado. [S1]

El proyecto se presentó el 15 de junio de 2023. [S1]

El 4 de julio de 2023 se envió a la Imprenta Nacional para su publicación. [S1]

El 8 de setiembre de 2023 se recibió en el Archivo. [S1]

El 14 de setiembre de 2023 se remitió el expediente a la Comisión de Sociales (Área II). [S1]

Ese mismo día, la comisión recibió el proyecto. [S1]

El 19 de setiembre de 2023 ingresó en el orden del día y se debatió en comisión. [S1]

El 13 de diciembre de 2023 la comisión votó y emitió dictamen. [S1]

El 27 de febrero de 2024 la comisión remitió el expediente a la Secretaría del Directorio. [S1]

El 28 de febrero de 2024 el Plenario recibió el expediente en la Secretaría del Directorio. [S1]

El plazo cuatrienal vencía el 15 de junio de 2027. [S1]

Para que fuera ley, faltaba el primer debate, el segundo debate y la sanción del Poder Ejecutivo. Constitución, art. 124

Lo que se dijo en la Asamblea

La grabación disponible es de una comisión que rindió informe sobre el expediente 21.522, no sobre el 23.795. [V1 00:00:15]

En esa grabación, un diputado explicó que la comisión eliminó lo que la Sala Constitucional declaró inconstitucional en una resolución notificada a la Asamblea. [V1 00:01:07]

El mismo diputado dijo que la condonación debe basarse en parámetros razonables y objetivos en atención al principio de igualdad. [V1 00:01:38]

Otro legislador señaló que no es una comisión dictaminadora, sino una comisión a la que se acude después de que la Sala indica qué pretensiones son inconstitucionales. [V1 00:02:17]

El informe de esa comisión se envió al Plenario para su discusión final. [V1 00:03:01]

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto del proyecto 23.795 y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. [S4]

El artículo 73 de la Constitución dice que los seguros sociales están a cargo de una institución autónoma llamada Caja Costarricense de Seguro Social. Constitución, art. 73

El proyecto no cambia esa administración, solo amplía el plazo para acogerse a la condonación. (art. 4)

El artículo 124 de la Constitución establece que todo proyecto debe tener dos debates en días distintos no consecutivos y la sanción del Poder Ejecutivo para ser ley. Constitución, art. 124

El expediente 23.795 no llegó a primer debate, así que no completó ese trámite. [S1]

Qué puede hacer usted

El expediente está archivado, así que las herramientas para incidir en comisiones o en el Plenario ya no aplican a este proyecto. [S1]

Si quiere proponer una idea parecida, puede llenar el formulario web de la Asamblea Legislativa. No necesita presentar el texto completo, basta con plantear la propuesta de forma sencilla. guía, p. 27

La Oficina de Iniciativa Popular recopila esas iniciativas y las remite a los diputados para que decidan si las adoptan. guía, p. 27

Si quiere consultar el estado de un proyecto de ley, la Oficina de Iniciativa Popular brinda información sobre la tramitación, las órdenes del día y la legislación aprobada. guía, p. 27

Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué el expediente 23.795 quedó archivado después de recibirse en la Secretaría del Directorio el 28 de febrero de 2024. [S1]

El dossier no incluye el dictamen que emitió la Comisión de Sociales (Área II) el 13 de diciembre de 2023. [S1]

El dossier no permite saber si el plazo de la Ley 10.232 ya venció o si se prorrogó por otra norma. [S2]

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El proyecto solo amplía un plazo y no toca la administración de los seguros sociales ni el trámite legislativo.

  1. Constitución, art. 73"La administración y el gobierno de los seguros sociales estarán a cargo de una institución autónoma, denominada Caja Costarricense de Seguro Social."
    Esta ley, art. 4"El plazo para acogerse a la condonación es de treinta meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley, sea a través del pago en un solo tracto, o bien, a través de un acuerdo de pago con la institución"

    Sin choque aparente El proyecto no cambia quién administra los seguros sociales, solo el plazo para pedir la condonación.

  2. Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo"
    Esta ley, art. Único"Rige a partir de su publicación."

    Sin choque aparente El proyecto no llegó a primer debate, así que no completó el trámite que exige la Constitución.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:01:07

    "esta comisión lo que hace es eliminar lo que fue declarado inconstitucional por la sala constitucional en la resolución que fue notificada precisamente a esta asamblea legislativa"

    Rinden informe del proyecto que autoriza condonación para formalización y recaudación de cargas s

  • 00:01:38

    "la condonación debe basarse en parámetros razonables y objetivos en atención al principio de igualdad"

    Rinden informe del proyecto que autoriza condonación para formalización y recaudación de cargas s

  • 00:02:17

    "esta no es una comisión dictaminadora esta es una comisión a la que tenemos que acudir después de que la sala nos indica qué pretensiones contenidas en el proyecto de ley en la versión que fue aprobada en primer debate son inconstitucionales"

    Rinden informe del proyecto que autoriza condonación para formalización y recaudación de cargas s

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Expediente 23795: REFORMA AL ARTÍCULO 4 INCISO B DE LA LEY DE AUTORIZACIÓN Y CONDONACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES, LEY N° 10.232, DEL 29 DE ABRIL DEL 2022 Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2023-07-07
  2. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  3. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL ARTÍCULO 4, INCISO B, DE LA LEY DE AUTORIZACIÓN Y CONDONACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES, LEY N.° 10.232, DE 29 DE ABRIL DE 2022

ADA GABRIELA ACUÑA CASTRO DIPUTADA

EXPEDIENTE N.° 23.795

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL ARTÍCULO 4, INCISO B, DE LA LEY DE AUTORIZACIÓN Y CONDONACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES, LEY N.° 10.232, DE 29 DE ABRIL DE 2022

Expediente N.º 23.795

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La presente iniciativa de ley pretende resolver un eventual problema en la aplicación de dos leyes que, al haberse aprobado y entrado a regir casi con seis meses de diferencia, existe un riesgo de que puedan generarse perjuicios por la aplicación de plazos de vigencia diferenciados.

El problema jurídico que se pretende corregir radica en que, por una parte, existe un plazo establecido para que los trabajadores y patronos puedan acogerse a la condonación establecida en la Ley 10232, el cual vencerá el próximo mes de diciembre de 2023. Mientras que, por otra parte, recientemente, se aprobó la Ley 10.363, Ley del Trabajador Independiente, que dispone de plazos que superan el mes de diciembre 2023 y, sumado a esto, se dispone de un plazo previo a la vigencia de la ley hasta de seis meses para la debida reglamentación, pudiendo generar un potencial conflicto normativo o, al menos, indefensión en los potenciales beneficiarios a la hora de solicitar y aplicar los beneficios creados en ambas leyes.

Esto a pesar de que ambas leyes están estrechamente vinculadas en cuanto al objeto, finalidad y sector de población con posibilidades de acogerse a los beneficios que se conceden, y, tratándose de dos normativas que deben ser reglamentadas en sus condiciones, requisitos y trámites para su implementación por parte de la Caja Costarricense del Seguro Social, resulta necesaria su regulación integral y en plazos análogos, en cumplimiento de los principios de lógica, seguridad jurídica y simplificación de trámites.

La idea es lograr la equiparación en los plazos de aplicación de la ley objeto de esta reforma y la nueva ley que entró a regir el 3 de mayo de 2023, Ley 10.363, Ley del Trabajador Independiente, la cual señala plazos que se extienden más allá de lo dispuesto en la primera ley aprobada (Ley 10.232). Resulta probable que la reglamentación de la última ley aprobada se haga dentro del mismo reglamento vigente de la Ley 10.232, sea el 9298 del 01 de diciembre del 2022, “Reglamento de condonación para la aplicación de la Ley 10.232 denominada “Ley Autorización de Condonación para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales", para lo cual se pretende que haya uniformidad y seguridad jurídica en la aplicación de ambas leyes, otorgando una extensión razonable del plazo establecido en el inciso b del artículo 4 de la Ley 10.232 que le permitirá a las autoridades de la CCSS brindar más información a los potenciales beneficiarios, dar capacitación a sus funcionarios y aclarar dudas de los distintos sectores en cuanto a la integración de los beneficios de ambas leyes, a partir de la inclusión de los aspectos vinculados con la prescripción que deberán ser aplicados por la CCSS para evitar cualquier indefensión.

Por esas razones, y tratándose de una temática de interés nacional y orden público, someto a consideración de las señoras legisladoras y los señores legisladores la presente propuesta de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 4, INCISO B, DE LA LEY DE AUTORIZACIÓN Y CONDONACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES, LEY N.° 10.232, DE 29 DE ABRIL DE 2022

ARTÍCULO ÚNICO- Reforma del artículo 4, inciso b), de la Ley de Autorización y Condonación para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, Ley N.° 10.232, de 29 de abril de 2022. El texto es el siguiente:

Artículo 4- Reglas comunes

Para el trámite de la condonación de adeudos de los patronos y trabajadores independientes ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aplican las siguientes reglas:

a) (…).

b) El plazo para acogerse a la condonación es de treinta meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley, sea a través del pago en un solo tracto, o bien, a través de un acuerdo de pago con la institución de conformidad con la normativa establecida al efecto en el Reglamento que regula la formalización de acuerdos de pago por deudas de patronos y trabajadores independientes con la Caja Costarricense de Seguro Social, vigente a la fecha de rige de esta ley.

Rige a partir de su publicación.

Ada Gabriela Acuña Castro Diputada

NOTAS: El expediente legislativo aún no tiene comisión asignada.

El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 04-07-2023).

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