# Expediente 23815: Proyecto para eliminar la Agencia Espacial está archivado

- Página: https://elcenso.com/leyes/23815
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: LEY PARA LA DEROGATORIA DE LA AGENCIA ESPACIAL COSTARRICENSE (AEC)
- Publicada: 2023-07-18
- La Gaceta: 130
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El expediente 23815, que proponía derogar la ley que creó la Agencia Espacial Costarricense, quedó archivado en 2023 y no ha vuelto al plenario.

## A quién le toca

- Personas que trabajan o investigan en el sector aeroespacial en Costa Rica
- Estudiantes y profesionales de ingeniería interesados en la agencia
- Empresas del clúster aeroespacial con operaciones en el país

## A quién beneficia

- El Estado dejaría de destinar recursos a una agencia que no ha podido funcionar
- Se liberarían los más de ¢13 mil millones de colones que costaría ponerla en marcha

## Qué cambia

- Costa Rica quedaría sin agencia espacial si el proyecto se aprobara
- Los convenios internacionales en materia espacial quedarían sin institución que los ejecute
- El expediente está archivado y no avanza sin una decisión política de reactivarlo

## Explicación

### Qué propone

El proyecto 23815 propone derogar la Ley 9960, que creó la Agencia Espacial Costarricense (AEC) ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Si se aprobara, la agencia desaparecería y quedaría sin efecto la ley del 26 de marzo de 2021.

El texto tiene un solo artículo. Dice: "Se deroga la ley 'Crea la Agencia Espacial Costarricense (AEC)', Ley número 9960 del 26 de marzo del 2021" ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

Los diputados que lo presentaron son Jorge Eduardo Dengo Rosabal, Luis Diego Vargas Rodríguez y Johana Obando Bonilla ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El proyecto justifica la derogatoria en que la ley original no se pudo aplicar. Según el texto, "ninguno de los plazos contenidos en la ley se hayan cumplido" ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

También señala que la puesta en marcha costaría "más de ¢13 mil millones de colones" ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### En qué va el trámite

El expediente está archivado. El último movimiento registrado es del 22 de setiembre de 2023, cuando el expediente se remitió a comisión [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

El trámite muestra que el proyecto se presentó el 29 de junio de 2023 y se publicó en La Gaceta el 18 de julio de 2023 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Luego pasó a la Comisión de Tecnología y Educación (Área V) el 14 de setiembre de 2023.

El 21 de setiembre de 2023 ingresó al orden del día de esa comisión [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Al día siguiente, el 22 de setiembre, se trasladó de comisión y se archivó.

El plazo cuatrienal vence el 29 de junio de 2027 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Para que sea ley necesitaría salir del archivo, dictaminarse en comisión y pasar dos debates en el plenario ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Carlos Alvarado Briceño, exministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, apoyó la derogatoria en una audiencia ante la Comisión Especial de Reforma y Modernización del Estado ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=yfNcQZkevY0&t=10s)). Dijo que "tal y como están definidas las condiciones y requisitos se hace imposible ejecutar los planes y proyectos" ([video, 00:00:30](https://www.youtube.com/watch?v=yfNcQZkevY0&t=30s)).

Sobre la necesidad de una agencia espacial, Alvarado respondió: "en estos momentos para implementar la política pública no el Ministerio de ciencia innovación y tecnología telecomunicaciones tiene Pues también la potestad" ([video, 00:01:00](https://www.youtube.com/watch?v=yfNcQZkevY0&t=60s)).

El diputado Jorge Dengo dijo que la ley original "descansa no tiene una una sostenibilidad eh asegurada" ([video, 00:01:45](https://www.youtube.com/watch?v=yfNcQZkevY0&t=105s)). Agregó que depende del superávit de otras instituciones ([video, 00:01:58](https://www.youtube.com/watch?v=yfNcQZkevY0&t=118s)).

La ministra de Ciencia y Tecnología, Paula Bogantes Zamora, también apoyó el expediente 23815 ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=6IXeQQKa9VQ&t=10s)). Explicó que se requieren "cerca de 1000 millones de colones anuales para la planilla" ([video, 00:00:44](https://www.youtube.com/watch?v=6IXeQQKa9VQ&t=44s)).

Bogantes mencionó problemas para escoger al director por los requisitos específicos y la falta de terrenos en Liberia para el centro aeroespacial ([video, 00:00:54](https://www.youtube.com/watch?v=6IXeQQKa9VQ&t=54s)).

Dengo respondió que "la ley Nunca debió aprobarse" ([video, 00:01:12](https://www.youtube.com/watch?v=6IXeQQKa9VQ&t=72s)).

Ronald Chan Díaz, de la comisión paritaria aeroespacial del Colegio de Ingenieros, pidió derogar la ley ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=o9j6YBgb34A&t=10s)). Su recomendación fue: "aprobar la actual ley de derogación" y crear un comité para una nueva ley con apoyo del CFIA ([video, 00:00:47](https://www.youtube.com/watch?v=o9j6YBgb34A&t=47s)).

La diputada Rocío Alfaro preguntó si era mejor una reforma integral en vez de derogar ([video, 00:01:26](https://www.youtube.com/watch?v=o9j6YBgb34A&t=86s)). Chan respondió que "las dos opciones son válidas" ([video, 00:02:06](https://www.youtube.com/watch?v=o9j6YBgb34A&t=126s)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el artículo único del proyecto y la Constitución del dossier. Derogar una ley es una facultad de la Asamblea ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 121 dice que corresponde a la Asamblea "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto usa esa facultad al proponer derogar la Ley 9960 ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 124 exige dos debates en días distintos, aprobación y sanción del Ejecutivo para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El expediente no llegó a esa etapa [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

El artículo 176 pide que la gestión pública sea "sostenible, transparente y responsable" y que los gastos no superen los ingresos ([Constitución, art. 176](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto menciona la crisis fiscal como motivo para derogar ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Esa referencia calza con el principio de sostenibilidad fiscal, pero no genera un choque.

### Qué puede hacer usted

El expediente está archivado, así que las herramientas de participación para proyectos en trámite no aplican directamente. Aun así, puede pedir información sobre el estado del expediente en la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

Esa oficina brinda "información inmediata acerca del estado de la tramitación de los proyectos de ley" ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

También puede presentar una propuesta de ley por el formulario web de la Asamblea. La guía aclara que esas propuestas "no tienen garantía de ser acogidos, discutidos ni votados" ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

Si quiere que se reactive el tema, puede escribir a los diputados de la Comisión de Tecnología y Educación. La guía recomienda "entrevistas con los diputados proponiendo y argumentando con motivos de fondo" ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué el expediente se archivó el 22 de setiembre de 2023.

El dossier no indica si el proyecto volverá al plenario antes del vencimiento cuatrienal en 2027.

El dossier no aclara si la Ley 9960 sigue vigente o si fue modificada después de 2023.

## Frente a la Constitución

El proyecto usa la facultad de la Asamblea para derogar leyes y no contradice los artículos revisados.

## Qué puede hacer usted

- Consultar el estado del expediente en la Oficina de Iniciativa Popular: Pedir información sobre el expediente 23815 en la Asamblea Legislativa (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Presentar una propuesta de ley por formulario web: Llenar el formulario en la página de la Asamblea. No requiere texto completo (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Entrevistar a diputados de la comisión: Escribir a los diputados de la Comisión de Tecnología y Educación con argumentos de fondo (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)

## Fuentes

1. Expediente 23815: LEY PARA LA DEROGATORIA DE LA AGENCIA ESPACIAL COSTARRICENSE (AEC). Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2023-07-18. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
3. Exministro apoya derogar Agencia Espacial Costarricense. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2024-01-18. https://www.youtube.com/watch?v=yfNcQZkevY0
4. MICITT apoya derogar ley de creación de agencia espacial costarricense. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-10-19. https://www.youtube.com/watch?v=6IXeQQKa9VQ
5. Piden derogar Ley de Agencia Espacial Costarricense. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2024-01-15. https://www.youtube.com/watch?v=o9j6YBgb34A
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY PARA LA DEROGATORIA DE LA AGENCIA ESPACIAL COSTARRICENSE (AEC)

JORGE EDUARDO DENGO ROSABAL
Y OTRO SEÑOR DIPUTADO
Y SEÑORA DIPUTADA

EXPEDIENTE N.° 23.815

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

NOTA: A solicitud de la parte interesada, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley.
PROYECTO DE LEY

LEY PARA LA DEROGATORIA DE LA AGENCIA ESPACIAL COSTARRICENSE (AEC)

Expediente N.° 23.815

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Por medio de la Ley número 9960, Ley de Creación de la Agencia Espacial Costarricense (AEC) publicada el 28 de mayo de 2021 en el diario Oficial de la Gaceta alcance N.° 106 a la Gaceta N.° 102, se crea la Agencia Espacial Costarricense. Dicha ley se tramitó mediante el expediente N.° 21.330, presentado por la ex diputada Aida Montiel Héctor y de acuerdo a la exposición de motivos su objetivo principal es el siguiente:

“Este proyecto de ley, pretende crear ese ente catalizador y promotor de desarrollo científico, una agencia espacial que venga a impactar de manera positiva en la calidad de vida de los costarricenses y por supuesto, estos servicios constituirán espacios de colaboración con otros organismos y agencias espaciales del mundo, respetando en todo momento las directrices de Naciones Unidas sobre el uso pacífico del espacio exterior.”

Adicionalmente, en la exposición de motivos se justifica la propuesta legislativa, en el sentido que “viene a invertir en innovación, en modificar el estilo de desarrollo, y en crear una estrategia de crecimiento a corto y mediano plazo”. Lo cual impacta “significativamente la economía nacional, produciendo cadenas de valor agregado para distintas ramas productivas”. Incluso, se considera “absolutamente necesaria a fin de convertirse en un motor de crecimiento nacional” donde se “… reduzca el desempleo y que promuevan la utilización de profesionales especializados en el área espacial que ya están en el país y que constituyen una masa crítica de alto valor.”

A pesar de las buenas intenciones perseguidas por la ley, la mala redacción de su texto y la imposibilidad material del Gobierno para financiarla han provocado que, a hoy, ninguno de los plazos contenidos en la ley se hayan cumplido.
El proyecto establecía, entre sus variados transitorios, que el Consejo Directivo de la agencia se conformaría en un plazo no mayor a los 45 días naturales luego de entrar en vigencia (28 de mayo de 2021).

Luego de esto, ese consejo tendría otros 30 días para nombrar a un director ejecutivo.

La ministra de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, Paola Vega, confirmó a este medio que ese órgano se creó y sesionó por primera vez el 5 de agosto y que, a este momento, no existe ni siquiera un cartel abierto para contratar a un director: “Los plazos que estableció la ley no podían cumplirse, por ejemplo, yo puedo nombrar al director, pero ¿con cuál presupuesto? Exploramos la posibilidad de una designación en primer lugar, pero para contratarlo se necesita presupuesto y la ley da un año para definir las fuentes de financiamiento, entonces claramente no hay una concordancia entre el presupuesto y el nombramiento.

“Pero además la forma en la que técnicamente se planteó el presupuesto hace, según nos dijo el propio Ministerio de Hacienda, que a como está redactado eso nada más no se puede aplicar, además de todo un problema que hay con los requisitos”, explicó Vega.

Según la jerarca, los requisitos definidos en la ley para ese director son tan restrictivos y exigentes que, aunque se sacó un cartel inicial el 27 de julio anterior y se amplió por una semana más hasta el 9 de agosto, ninguno de los postulantes estuvo cerca de cumplir con los atestados necesarios. Señala que: “Además de ser muy exigentes, muy altos, eran demasiados. Lo que estamos trabajando es en solicitar una reforma de ley para poder poner requisitos alcanzables y contar con personas que en este país existen, pero que necesitan requisitos más flexibles”.

La falta de un director también frena la elección y adquisición del terreno en Guanacaste que albergaría la agencia, pues según la ley es él el encargado de evaluar y seleccionar la locación.

Esa falta de congruencia entre los requisitos y directrices de la propia ley, es la que al día de hoy mantiene esta ley sin aplicar, que ya de por sí había sido cuestionada por su costo en medio de la estrechez fiscal actual.

La misma Contraloría General de la República, señala mediante el oficio DFOE-PG-0307 enviado por la CGR a la Asamblea Legislativa el 20 de junio de 2020, “al no contarse con análisis técnico que sustente la viabilidad y conveniencia de la creación de esta agencia, resulta también incierto si el recurso inicial y el período por el que está dispuesto permitirá a la ACE contar con la capacidad de asegurar la sostenibilidad de su funcionamiento”. Igualmente indica dicha institución también se pronunció en contra de que se asignaran a la Agencia “aportes de las instituciones del Sector Público No Financiero”, explicando que el proyecto no indicaba qué montos se transferirían, con qué periodicidad y cuán obligatorio es para las entidades.
La misma ministra de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, Paola Vega, confirmó a un medio de comunicación, las siguientes declaraciones:

“Los plazos que estableció la ley no podían cumplirse, por ejemplo, yo puedo nombrar al director, pero ¿con cuál presupuesto? Exploramos la posibilidad de una designación en primer lugar, pero para contratarlo se necesita presupuesto y la ley da un año para definir las fuentes de financiamiento, entonces claramente no hay una concordancia entre el presupuesto y el nombramiento.

“Pero además la forma en la que técnicamente se planteó el presupuesto hace, según nos dijo el propio Ministerio de Hacienda, que a como está redactado eso nada más no se puede aplicar, además de todo un problema que hay con los requisitos”, explicó Vega. Según la jerarca, los requisitos definidos en la ley para ese director son tan restrictivos y exigentes que, aunque se sacó un cartel inicial el 27 de julio anterior y se amplió por una semana más hasta el 9 de agosto, ninguno de los postulantes estuvo cerca de cumplir con los atestados necesarios.

“Además de ser muy exigentes, muy altos, eran demasiados. Lo que estamos trabajando es en solicitar una reforma de ley para poder poner requisitos alcanzables y contar con personas que en este país existen, pero que necesitan requisitos más flexibles”, dijo.

El hecho de que a falta de un director también frena la elección y adquisición del terreno en Guanacaste que albergaría la agencia, pues según la ley es él el encargado de evaluar y seleccionar la locación.

Esa falta de congruencia entre los requisitos y directrices de la propia ley, es la que al día de hoy mantiene varada a la AEC, que ya de por sí había sido cuestionada por su costo en medio de la estrechez fiscal actual.

En virtud de lo anterior resulta importante a efecto de justificar ampliamente el propósito de la presente iniciativa, citar parte de la respuesta del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación ante la consulta realizada por este diputado por medio del oficio AL-FPLP-12-OFI-154-2023 en la que se consulta sobre el detalle del ejercicio de la Agencia Espacial Costarricense, al respecto indican en el oficio MICITT-DM-OF-514-2023 del 15 de junio del 2023 lo siguiente:

“3. El articulo 09 por su parte establece que la agencia espacial tendrá una Dirección Ejecutiva cuyo titular será nombrado y removido de acuerdo al Consejo Directivo, con base en esto le solicito me indique el nombre de la persona a cargo de la persona a cargo de esta dirección y sus atestados.

El artículo 09 de la Ley N.° 9960 determina los requisitos que debe cumplir la persona a nombrar en la Dirección Ejecutiva de la AEC. Al respecto en el año 2021 el Consejo Directivo de la Agencia abrió concurso público para recibir postulaciones de las personas interesadas, según consta en el acta número 02-2021 del Consejo se recibieron 8 postulaciones sin embargo de las cuales ninguno de los interesados cumple a cabalidad los requisitos estipulados en la Ley. Por lo que en está acta se constituyó el acuerdo:

“ACUERDO 4. Por unanimidad se acuerda solicitar criterio jurídico sobre la posibilidad de nombrar ad honorem por el término de un año, a un Director(a) Ejecutivo (a) de la Agencia Espacial Costarricense y los alcances en materia de rendición de cuentas y exigencia de cumplimiento de funciones que puede pedir el Consejo Directivo a una persona nombrada ad honorem. ACUERDO EN FIRME. –
-----------“

El criterio jurídico solicitado fue emitido el 20 de octubre de 2021 por medio de la nota MICITT-DM-OF-968-2021, el cual indicó:

“Es decir, tanto el nombramiento como la remoción de la persona que ostentará la dirección ejecutiva del AEC la debe realizar el Consejo Directivo, esto por mandato de ley, pero ese nombramiento será por periodos quinquenales, salvo remoción del cargo anticipado por las causales que corresponda.

En consecuencia, la ley bajo examen no contempla la posibilidad del nombramiento de un director(a) “ad honorem”, y tampoco el nombramiento de un director (a) por un periodo menor a 5 años.”

Por lo que; 1) Siendo que las personas postuladas para el puesto no cumplen los requisitos dictados por Ley, 2) Que no existe presupuesto en ejecución para la Agencia y, 3) Que no es posible proceder con el nombramiento de una persona en el puesto de Dirección Ejecutiva de la AEC de forma ad honorem, ni por un periodo de menos de 5 años no ha sido posible el nombramiento de esta Dirección.

4. Con base en lo dispuesto en el transitorio IV de la Ley de referencia, que establece que en el caso de que la persona que ejerza la Dirección Ejecutiva, en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales a partir de su nombramiento presentará al Consejo Directivo un Plan Estratégico de la Agencia y el Programa Nacional de Actividades Espaciales para la Agencia, para su respectiva aprobación, en virtud de esta disposición le solicito me envíe de existir este Plan copia del mismo, de no haber Plan aún un informe en el que detalle la motivación de porque no ha sido presentado.

En seguimiento a lo detallado en el apartado anterior y siendo que no ha sido posible la entrada en funcionamiento del rol de Dirección Ejecutiva de la Agencia no se ha procedido a la oficialización de Plan Estratégico ni un Programa Nacional de Actividades Espaciales
5. Según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de creación de la agencia, indicar el monto de su presupuesto a partir del inicio de labores de la agencia individualizado de acuerdo a lo dispuesto en los incisos a), b) y c) de la norma indicada.

No se cuenta con presupuesto asignado a la agencia desde su creación. Se han hecho las gestiones correspondientes ante el Ministerio de Hacienda a la fecha no sido posible asignar recursos correspondientes al ejercicio de la Agencia Espacial Costarricense.

6. De acuerdo al transitorio III de la Ley de marras, el cual dispone que Una vez nombrada la persona que ejercerá la Dirección Ejecutiva, el Consejo Directivo organizará y convocará a foros y mesas permanentes de trabajo para que, en un plazo no mayor a noventa días, expertos en materia espacial, tanto nacionales como extranjeros, así como instituciones de educación superior y centros públicos de investigación, discutan y faciliten la definición de las líneas generales del marco estratégico de la AEC, a partir de esta disposición enviar un informe de las fechas en las que se está realizaron estas mesas de trabajo de cara a la ruta de acción de la agencia.

Siendo que no ha sido posible el nombramiento de una persona que asuma la Dirección Ejecutiva de la Agencia, el transitorio III no ha podido ser ejecutado.” (el resaltado no es parte del original)

Según el criterio esgrimido por el Ministerio de referencia, se comprueba que la ley de creación de la agencia espacial no ha podido ser aplicada por falta de presupuesto, así como por aspectos de fondo específicamente de redacción que contribuyen en dicha inaplicabilidad.

Aunado a lo anterior es importante destacar el hecho de que la misma Presidencia de la República, período constitucional 2018-2022, advirtió sobre los problemas de la implementación de la ley de creación de la agencia espacial, siendo que el entonces ministro de hacienda Elian Villegas, se refirió al respecto: ““Lo que habría que ver es qué tanto nos va a costar, si viene a inflar el gasto público pues habrá que tenerle mucho cuidado, si va a utilizar recursos que tal vez no sean numerosos como se podría pensar pues podríamos pensar en que siga adelante”, además adiciona “No hay duda de que todo esto cuesta dinero. Soy consciente de la situación que atraviesa en este momento Costa Rica.“ (el resaltado no es propio del original)

En esa tesitura, Jorge Oguilve Araya, directivo del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (Conicit), también criticó en su momento el proyecto de ley por medio del cual se crea la agencia. Aboga por una agencia espacial, pero duda de crear otra entidad pública. Una posibilidad, sostuvo, es conformar una organización adscrita al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt). «Como está el texto, la agencia sería un ente público no estatal con cierta libertad operativa, pero supeditado al Micitt. Esto abre la puerta a colisiones sobre quién hace qué, posible duplicidad de funciones y escasa fiscalización»

En consideración de todos y cada uno de los razonamientos expuestos, se presenta esta iniciativa de ley, la cual pretende derogar la Ley de Creación de la Agencia Espacial y sus reformas, considerando que la desafortunada redacción de la ley en cuestión, que contribuye a su desaplicación aunada a los costos que implica su puesta en marcha la cual implica más de ¢13 mil millones de colones, sin dejar de lado que todo esto se da en el marco de una de las mayores crisis fiscales en décadas, misma que se acompaña de iniciativas de ley del Poder Ejecutivo tendientes al aumento de la carga impositiva, siendo estos motivos más que suficientes para promover la derogatoria de la Ley número 9960 “ Crea la Agencia Espacial Costarricense (AEC)” eje principal de la presente iniciativa de ley, dado que el país necesita ese dinero y todos los recursos disponibles para estabilizar su situación fiscal.

Por los motivos expuestos sometemos a consideración de las señorías el presente proyecto de ley:

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

LEY PARA LA DEROGATORIA DE LA AGENCIA ESPACIAL
COSTARRICENSE (AEC)

### ARTÍCULO ÚNICO- Se deroga la ley “Crea la Agencia Espacial Costarricense (AEC)”, Ley número 9960 del 26 de marzo del 2021.
Rige a partir de su publicación

Jorge Eduardo Dengo Rosabal

Luis Diego Vargas Rodríguez Johana Obando Bonilla

Diputados y diputada

NOTAS: El expediente legislativo aún no tiene comisión asignada.

El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 06-07-2023).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/23815). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.