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Expediente23818Vigente
Proyecto

Archivado: el plan para arreglar parques con plata sin usar

El proyecto que dejaba a las municipalidades usar saldos de partidas específicas para mejorar parques municipales fue archivado y ya no se discute.

Título oficial LEY QUE HABILITA RECURSOS PARA LA MEJORA DE PARQUES MUNICIPALES, REFORMA DEL ARTICULO 7, DE LA LEY CONTROL DE LAS PARTIDAS ESPECÍFICAS CON CARGO AL PRESUPUESTO NACIONAL, N.º 7755 DE 1 DE MAYO 1998

A quién le toca

  • Vecinos de barrios con parques municipales en mal estado
  • Asociaciones de vecinos que hoy mantienen parques con sus propios recursos
  • Municipalidades que tienen saldos sin usar de partidas específicas

A quién beneficia

  • Ninguno: el proyecto está archivado y no cambió la Ley 7755
  • Si se hubiera aprobado, las municipalidades habrían podido comprar materiales y suministros para parques con saldos ya ejecutados

Qué cambia

  • La Ley 7755 sigue vigente sin esta reforma
  • Los saldos de partidas específicas no pueden usarse para parques al amparo de este texto
  • El expediente queda en el archivo legislativo

La explicación completa

Qué propone

El proyecto está archivado. No se convirtió en ley y no cambia nada para usted 1.

Lo que proponía era reformar el inciso c) del artículo 7 de la Ley 7755, de 1 de mayo de 1998 (art. único). Esa ley regula las partidas específicas con cargo al presupuesto nacional 2.

Con el cambio, las municipalidades podrían usar los saldos que quedan de partidas específicas y transferencias presupuestarias ya ejecutadas, más sus intereses, para comprar materiales, suministros y bienes duraderos para construcciones, adiciones y mejoras de parques municipales (art. único).

El texto agregaba un candado: esos remanentes no podrían usarse en ningún otro rubro (art. único).

También ponía un paso previo. Antes de cambiar el destino de esos saldos, las municipalidades debían presupuestar los gastos, y la Contraloría General de la República debía refrendarlos (art. único).

La diputada Vanessa de Paul Castro Mora presentó la iniciativa (art. único).

En qué va el trámite

El expediente 23818 está archivado. La ficha registra el ingreso al plenario el 2023-06-29 y una serie de movimientos de archivo y de comisión entre julio y septiembre de 2023 1.

El proyecto pasó a la Comisión de Municipales (Área VIII). Esa comisión recibió el proyecto el 2023-09-14, lo debatió y lo votó el 2024-10-10, y emitió dictamen ese mismo día 1.

Después, el 2024-10-22, la comisión lo remitió a la Secretaría del Directorio 1.

El plazo cuatrienal vencía el 2027-06-29 1. El dossier no explica por qué el expediente quedó archivado antes de ese plazo.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 175 dice que las municipalidades dictan sus presupuestos y que estos necesitan la aprobación de la Contraloría General para entrar en vigencia Constitución, art. 175. El proyecto seguía esa línea: pedía presupuestar los gastos y obtener el refrendo de la Contraloría antes de usar los saldos (art. único).

El artículo 170 declara autónomas a las corporaciones municipales y ordena asignarles en el presupuesto nacional una suma no menor al 10% de los ingresos ordinarios calculados Constitución, art. 170. El proyecto no tocaba esa asignación. Solo hablaba de saldos de partidas ya ejecutadas.

El artículo 89 incluye entre los fines culturales de la República proteger las bellezas naturales y garantiza el derecho a la recreación Constitución, art. 89. El proyecto apuntaba a mejorar parques municipales, que son espacios de recreación (art. único).

El artículo 50 reconoce el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado Constitución, art. 50. La exposición de motivos del proyecto ligaba los parques con la absorción de dióxido de carbono y con la reducción del efecto de isla de calor (art. único).

Qué puede hacer usted

El proyecto está archivado, así que no hay comisión ni plenario donde incidir sobre este texto. Las herramientas de la guía sirven para otros momentos.

Puede pedir información sobre el estado de cualquier proyecto de ley a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa. Esa oficina brinda información inmediata sobre la tramitación de los proyectos, las órdenes del día y las actas de Plenario y de Comisión guía, p. 27.

Puede presentar su propia propuesta de ley con un formulario web de la Asamblea. No hace falta presentar el texto completo: basta con plantear la propuesta de forma sencilla. La Oficina de Iniciativa Popular recopila esas iniciativas y las remite a los diputados guía, p. 27.

Si en el futuro un proyecto parecido llega a comisión, puede hablar con los diputados de esa comisión. La guía describe la incidencia ciudadana en comisión como entrevistas con los diputados para proponer y argumentar motivos de fondo sobre un proyecto guía, p. 29.

Si lo que quiere es fiscalizar el uso de fondos públicos municipales, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República. Se puede hacer en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o por el portal institucional guía, p. 68.

Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué el expediente 23818 quedó archivado.

El dossier no dice cuánto dinero habría estado disponible en esos saldos de partidas específicas.

El dossier no incluye el dictamen que la Comisión de Municipales (Área VIII) emitió el 2024-10-10.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El texto pedía presupuestar y refrendar con la Contraloría, lo que calza con el artículo 175, y no tocaba la asignación del 10% del artículo 170.

  1. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. único"Antes de aplicar la variación del destino a los saldos citados en el párrafo anterior, Las municipalidades deberán presupuestar los gastos respectivos, los cuales deberán ser refrendados por la Contraloría General de la República."

    Sin choque aparente El proyecto respetaba el control de la Contraloría sobre el presupuesto municipal: pedía presupuestar y refrendar antes de usar los saldos.

  2. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas. En el Presupuesto Ordinario de la República, se les asignará a todas las municipalidades del país una suma que no será inferior a un diez por ciento (10%) de los ingresos ordinarios calculados para el año económico correspondiente."
    Esta ley, art. único"las municipalidades podrán utilizar los saldos que se deriven de las partidas específicas y transferencias presupuestarias ya ejecutadas, provenientes del presupuesto de la República, así como los respectivos intereses, que se encuentren en la cuenta especial determinada en el inciso anterior o en otras cuentas."

    Sin choque aparente El proyecto no cambiaba el monto ni el destino de la asignación constitucional. Hablaba de saldos que ya estaban en cuentas municipales.

  3. Constitución, art. 89"Entre los fines culturales de la República están: proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación, y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico. Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación."
    Esta ley, art. único"Con el fin de comprar materiales, suministros y bienes duraderos para construcciones, adiciones y mejoras de parques municipales"

    Sin choque aparente Mejorar parques municipales va en la misma dirección que el derecho a la recreación que reconoce la Constitución.

  4. Constitución, art. 50"Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado."
    Esta ley, art. único"Con el fin de comprar materiales, suministros y bienes duraderos para construcciones, adiciones y mejoras de parques municipales"

    Sin choque aparente La exposición de motivos liga los parques con la absorción de dióxido de carbono y con la reducción del efecto de isla de calor, en línea con el derecho a un ambiente sano.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Expediente 23818: LEY QUE HABILITA RECURSOS PARA LA MEJORA DE PARQUES MUNICIPALES, REFORMA DEL ARTICULO 7, DE LA LEY CONTROL DE LAS PARTIDAS ESPECÍFICAS CON CARGO AL PRESUPUESTO NACIONAL, N.º 7755 DE 1 DE MAYO 1998 Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2023-07-13
  2. Ley 7755: Control de las Partidas Específicas con Cargo al Presupuesto Nacional (Vigente) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 23/02/1998
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY QUE HABILITA RECURSOS PARA LA MEJORA DE PARQUES MUNICIPALES, REFORMA DEL ARTÍCULO 7, DE LA LEY CONTROL DE LAS PARTIDAS ESPECÍFICAS CON CARGO AL PRESUPUESTO NACIONAL, N.º 7755, DE 1 DE MAYO 1998

VANESSA DE PAUL CASTRO MORA DIPUTADA

EXPEDIENTE N.° 23.818

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

LEY QUE HABILITA RECURSOS PARA LA MEJORA DE PARQUES MUNICIPALES, REFORMA DEL ARTÍCULO 7, DE LA LEY CONTROL DE LAS PARTIDAS ESPECÍFICAS CON CARGO AL PRESUPUESTO NACIONAL, N.º 7755, DE 1 DE MAYO 1998

Expediente N.º 23.818

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

1- Costa Rica: el país verde y su compromiso con la protección del medio ambiente y la cultura

Costa Rica se ha presentado ante el mundo como un país que valora la excelencia, la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente. Se le conoce como "país verde" debido a su compromiso con el desarrollo sostenible, la protección de la naturaleza, la igualdad social y la promoción de su rica cultura y patrimonio. Estos valores son la esencia de la identidad del país y reflejan su visión a largo plazo para un futuro próspero y sostenible para las próximas generaciones.

Es innegable que cada vez hay menos áreas verdes en las ciudades y municipios céntricos y, aunque enfrentar este problema puede parecer un reto mayor, es crucial para nuestro futuro. Organizaciones internacionales aseguran que las décadas de 2020 y 2030 son determinantes para redireccionar nuestra situación de crisis global. A nivel mundial se producen 45 gigatoneladas de CO2 por año y, hasta el cierre del 2021, Costa Rica había emitido 8,091 megatoneladas, situándose en el puesto 69 de un ranking de 184 países por emisiones de CO2. Aunque ciertamente hemos hecho avances para proteger el medio ambiente y mejorar la calidad de vida de nuestras comunidades, debemos hacer frente a estos desafíos y trabajar juntos para reducir nuestra huella de carbono y promover prácticas sostenibles.

Las áreas verdes, entonces, se entienden como un contraste importante y son un elemento clave en la lucha contra las emisiones de carbono en las ciudades. Además de su importancia para la biodiversidad y la calidad de vida de los habitantes, los espacios verdes son capaces de absorber y almacenar una gran cantidad de dióxido de carbono.

Se estima que una hectárea de bosque puede absorber entre 3 y 6 toneladas de CO2 al año. Por lo tanto, es vital que las ciudades inviertan en la creación y mantenimiento de áreas verdes, no solo como un medio para combatir el cambio climático, sino también para mejorar la salud y el bienestar de sus ciudadanos.

Las áreas verdes también pueden ayudar a reducir el efecto de isla de calor (la expresión se refiere a áreas urbanas de muchas construcciones que son más calientes que las áreas rurales cercanas gracias a sus emisiones. La temperatura media anual del aire en una ciudad de 1 millón de personas o más puede ser de 2 a 22 °F (1 a 12 °C) más elevada que en las áreas rurales circundantes.), mitigando las consecuencias del aumento de la temperatura en las ciudades.

Los parques municipales, además, son espacios públicos que desempeñan un papel fundamental en la cultura de una ciudad. Estos lugares son sitios de encuentro y recreación para los ciudadanos y se han convertido en puntos de referencia importantes dentro de la comunidad. En resumen, la inversión en áreas verdes en las ciudades es esencial para contrarrestar las emisiones de carbono y contribuir a una mayor sostenibilidad urbana.

2- Los espacios verdes y su influencia positiva en la salud mental de la población

Indudablemente, los parques municipales y las áreas verdes en las ciudades y áreas urbanas tienen una influencia positiva en la salud mental de los ciudadanos. Estos espacios proporcionan un entorno natural y tranquilo en medio del bullicio y el estrés de la vida cotidiana, algo que ayuda mucho a reducir el estrés y la ansiedad.

De acuerdo con datos de OPS/OMS, en el 2019, una de cada ocho personas (lo que equivale a 970 millones de individuos) ya padecían un trastorno mental, principalmente ansiedad y trastornos depresivos. Gracias a la pandemia de covid-19, durante el 2020 se estima que los casos aumentaron 26% y 28% respectivamente. Desde entonces esos casos solamente se han incrementado.

La exposición regular a la naturaleza y el aire fresco en estos lugares puede mejorar el estado de ánimo, aumentar la sensación de bienestar y reducir los niveles de depresión: síntomas de trastornos comunes en la población y cuyos índices se han disparado las últimas décadas gracias a, en parte, el acelerado ritmo de la vida en nuestros tiempos.

Todo este impacto saludable puede venir como consecuencia de la realización de actividades sencillas como caminar, correr o simplemente relajarse disfrutar del entorno natural, lo que ayuda a mejorar la actividad física y reducir los riesgos asociados con el sedentarismo.

3- La importancia del mantenimiento de parques municipales para prevenir la inseguridad

Costa Rica cerró el año 2022 con un total de 656 homicidios, la cifra más alta de su historia y con una tasa de 12,6 por cada 100.000 habitantes. Ello representó un incremento del 11% con respecto a la cantidad de homicidios del pasado 2021. Sumado a eso, este año hemos escuchado de otros múltiples delitos mediáticos lamentables como el rapto de la bebé Keibril García, en Paraíso de Cartago, la confirmación por parte del OIJ de la muerte de dos mujeres desaparecidas desde el año pasado, los muchos asaltos alrededor de todo el país y las balaceras por “ajustes de cuentas”.

Lamentablemente, los índices de inseguridad de Costa Rica se han disparado muchísimo el último año y los parques municipales en mal estado pueden convertirse en lugares de actividades ilícitas, como el narcotráfico. Si estos espacios no son mantenidos adecuadamente y no se les da el cuidado necesario, pueden convertirse en zonas de poco tránsito y abandono, lo que los hace vulnerables a la delincuencia.

Además, si los parques se vuelven conocidos por la falta de seguridad, se disuade a las personas de visitarlos y disfrutar de ellos, lo que a su vez puede llevar a un mayor abandono y deterioro. Por lo tanto, es importante que los parques municipales reciban el mantenimiento y la atención necesaria para evitar estos riesgos y fomentar un entorno seguro y agradable para los ciudadanos. Es tarea de las autoridades y la sociedad en general trabajar juntos para garantizar que los parques y áreas verdes en las ciudades estén en buenas condiciones y sean lugares seguros para todos.

4- Toma de responsabilidad municipal: proyecto de ley propone garantizar mantenimiento y mejora de parques

Es una preocupación que los presupuestos municipales en Costa Rica no incluyan el mantenimiento de los parques municipales, lo que ha llevado a que muchas de estas áreas verdes se encuentren en un estado de abandono y desatención. Aunque las asociaciones de vecinos y organizaciones comunales han intentado suplir esta necesidad, en muchos casos no cuentan con los recursos necesarios para realizar el mantenimiento adecuado de estos espacios públicos.

Esto no solo afecta la estética de las zonas urbanas, sino que también puede tener consecuencias graves en términos de seguridad ciudadana. Los parques abandonados pueden convertirse en lugares propicios para las actividades delictivas que enumeramos en la sección anterior, generando inseguridad y miedo en las comunidades cercanas. La imposibilidad de su uso también incrementa los niveles de estrés en la población y su descuido no les permite contrarrestar las emisiones de carbono nocivas para las ciudades.

Es crucial que las autoridades municipales asuman la responsabilidad de mantener estos espacios públicos y garantizar la seguridad y bienestar de sus ciudadanos. En este sentido, se propone en este proyecto de ley que las municipalidades puedan utilizar los saldos derivados de partidas específicas y transferencias presupuestarias ya ejecutadas para comprar materiales, suministros y hacer mejoras en los parques municipales.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

LEY QUE HABILITA RECURSOS PARA LA MEJORA DE PARQUES MUNICIPALES, REFORMA DEL ARTÍCULO 7, DE LA LEY CONTROL DE LAS PARTIDAS ESPECÍFICAS CON CARGO AL PRESUPUESTO NACIONAL, N.º 7755, DE 1 DE MAYO 1998

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el inciso c) del artículo 7 de la Ley Control de las Partidas Específicas con Cargo al Presupuesto Nacional, Ley N.º 7755, de 1 de mayo 1998. El texto es el siguiente:

Artículo 7-

[…]

c) Con el fin de comprar materiales, suministros y bienes duraderos para construcciones, adiciones y mejoras de parques municipales, las municipalidades podrán utilizar los saldos que se deriven de las partidas específicas y transferencias presupuestarias ya ejecutadas, provenientes del presupuesto de la República, así como los respectivos intereses, que se encuentren en la cuenta especial determinada en el inciso anterior o en otras cuentas. Dichos remanentes no podrán ser usados en ningún otro rubro.

Antes de aplicar la variación del destino a los saldos citados en el párrafo anterior, Las municipalidades deberán presupuestar los gastos respectivos, los cuales deberán ser refrendados por la Contraloría General de la República.

Rige a partir de su publicación.

Vanessa de Paul Castro Mora Diputada

NOTAS: El expediente legislativo aún no tiene comisión asignada.

El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 06-07-2023).

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