Corte propone tres nombres para suplentes de Sala Tercera
La Corte Suprema propone a la Asamblea tres candidatos para llenar vacantes de suplentes en la Sala Tercera, y la Asamblea debe decidir si los nombra.
Título oficial ELECCION DE MAGISTRADOS SUPLENTES DE LA SALA TERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Atención: La Corte pide que tres suplentes se nombren por cuatro años aunque las cinco ya nombradas vencen en 2025, lo que fracciona los períodos.
La letra pequeña
Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
A quién le sirve: Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
El oficio pide que la Asamblea nombre a las tres personas por cuatro años, aunque la Constitución deja el plazo a la ley.
se peticione a la Asamblea Legislativa que la designación de las 3 personas magistrados suplentes por designar, sea por un plazo completo de 4 años
1, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Las tres personas candidatas a magistradas suplentes de la Sala Tercera
- Las cinco personas magistradas suplentes ya nombradas, cuyo período vence el 14 de julio de 2025
- La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, que opera con suplentes incompletos
A quién beneficia
- La Sala Tercera podría completar sus ocho plazas de suplentes
- Las personas nombradas tendrían un plazo de cuatro años si la Asamblea acoge la sugerencia
Qué cambia
- La Asamblea decide si acoge o no la recomendación de la comisión
- El nombramiento por cuatro años evitaría que la Sala se quede sin suplentes en 2025
- El expediente vence el 26 de febrero de 2028
La explicación completa
Qué propone
La Corte Suprema de Justicia propone a la Asamblea Legislativa tres nombres para llenar tres puestos vacantes de magistrados suplentes en la Sala Tercera. El oficio SP-41-2020, del 20 de febrero de 2024, recoge el acuerdo de la Corte Plena en sesión 04-2024 del 5 de febrero de 2024 (art. 1).
La propuesta nace de un concurso que la Sala Tercera amplió en 2022. Se inscribieron 41 personas y 5 renunciaron, así que quedaron 36 participantes activos (art. 1). La Sala recomienda cuatro mujeres y dos hombres, porque faltan dos mujeres y un hombre para completar la paridad de género entre los ocho suplentes.
El texto también pide a la Asamblea que nombre a estas tres personas por un plazo completo de cuatro años. La razón: las cinco personas suplentes ya nombradas vencen su período el 14 de julio de 2025, y la Sala quiere evitar quedarse sin suplentes otra vez (art. 1).
A quién le toca
A las tres personas que la Corte propone como candidatas a magistradas suplentes de la Sala Tercera. El oficio las identifica por nombre y cédula en las listas de mujeres y hombres en nómina (art. 1).
A las cinco personas magistradas suplentes que ya están nombradas en la Sala Tercera. Su período vence el 14 de julio de 2025, según el oficio de la presidenta de la Sala (art. 1).
A la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. El texto dice que el faltante de tres suplentes ha causado atrasos, y que en ocasiones la Sala tuvo que recurrir al artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para integrarse (art. 1).
En qué va el trámite
El expediente 24188 está en el Plenario Legislativo, en la etapa de votación. La comisión de nombramientos votó e informó el 21 de agosto de 2024, y el expediente llegó a la Secretaría del Directorio el 28 de agosto de 2024 1.
El Plenario recibió el expediente y lo puso en el orden del día el 12 de setiembre de 2024. La votación en Plenario está registrada para el 1 de octubre de 2024, y otra vez para el 7 de enero de 2025 1.
El plazo cuatrienal del expediente vence el 26 de febrero de 2028 1. Para que sea ley, falta que el Plenario vote y apruebe el nombramiento. La Asamblea nombra a los magistrados suplentes, no dicta una ley nueva Constitución, art. 121.
Lo que se dijo en la Asamblea
La comisión de nombramientos eligió a Marianela Corrales, Ana Isabel Solís y Aisen Herrera como los tres recomendados. La grabación de la sesión del 21 de agosto de 2024 dice que se cumplió con la paridad de género 00:00:25.
La votación en comisión fue: Corrales Pampillo con seis votos, Rodríguez Morales con dos votos y Solís Zamora con cuatro votos. Las dos primeras mayorías fueron Corrales y Solís 00:00:39.
La grabación también dice que la propuesta pasa al Plenario, donde los diputados deciden si acogen o aprueban la recomendación de la comisión 00:01:00.
Frente a la Constitución
El artículo 164 de la Constitución dice que la Asamblea nombra no menos de veinticinco magistrados suplentes, escogidos de una nómina de cincuenta candidatos que presenta la Corte Suprema Constitución, art. 164. El texto del expediente calza con esa regla: la Corte propone nombres y la Asamblea decide (art. 1).
El mismo artículo 164 dice que "La ley señalará el plazo de su ejercicio" para los suplentes Constitución, art. 164. El texto pide que se nombren por cuatro años, y la Ley Orgánica del Poder Judicial fija ese plazo en su artículo 62, que se leyó en la sesión de Corte Plena (art. 1).
El artículo 121 de la Constitución dice que corresponde a la Asamblea "Nombrar los Magistrados propietarios y suplentes de la Corte Suprema de Justicia" Constitución, art. 121. El texto no invade esa potestad: solo propone nombres y sugiere el plazo (art. 1).
El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos constitucionales del dossier. La duda que queda es si la Asamblea puede nombrar por cuatro años cuando las cinco personas ya nombradas vencen en 2025, porque eso fracciona los períodos. La magistrada Chacón planteó esa duda en la sesión de Corte Plena (art. 1).
Qué puede hacer usted
Seguir el expediente 24188 en el Sistema de Información Legislativa de la Asamblea. La guía explica que la Oficina de Iniciativa Popular brinda información sobre el estado de tramitación de los proyectos y las órdenes del día guía, p. 27.
Hablar con los diputados de la comisión de nombramientos. La guía dice que cualquier ciudadano puede ejercer incidencia en el seno de la comisión mediante entrevistas con los diputados, proponiendo y argumentando motivos de fondo guía, p. 29.
Presentar una propuesta de ley por la vía del formulario web de la Asamblea. La guía aclara que estas propuestas no tienen garantía de ser acogidas, discutidas ni votadas guía, p. 27.
Lo que no sabemos
El dossier no dice si el Plenario ya votó el nombramiento después del 7 de enero de 2025.
El dossier no permite saber cuáles tres nombres eligió finalmente el Plenario, si es que votó.
El dossier no incluye el texto completo del oficio 41-2024 ni la lista final de recomendados que llegó al Plenario.
La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas
El texto calza con el artículo 164 y el 121, pero queda la duda de si nombrar por cuatro años fracciona los períodos de las cinco personas ya nombradas.
Constitución, art. 164"La Asamblea Legislativa nombrará no menos de veinticinco Magistrados suplentes escogidos entre la nómina de cincuenta candidatos que le presentará la Corte Suprema de Justicia."
Esta ley, art. 1"Solicito a Corte Plena, se peticione a la Asamblea Legislativa que la designación de las 3 personas magistrados suplentes por designar, sea por un plazo completo de 4 años"
Hay dudas La Constitución deja el plazo al legislador. El texto pide cuatro años, y la Ley Orgánica fija ese plazo. La duda es si eso choca con el período de las cinco personas ya nombradas.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:25
"cumpliendo con lo correspondiente a paridad de género se seleccionó a las señoras marianela Corrales y Ana Isabel Solís mientras que la tercera recomendación recayó en jaiden Herrera"
- 00:00:39
"la señora Corrales pampilla marianela tendría seis votos la señora Rodríguez Morales María Gabriela tiene dos votos y la señora solisa morana Isabel tiene cuatro votos"
- 00:01:00
"dicha propuesta será trasladada al plenario legislativo donde los congresistas se encargarán de definir si acogen y aprueban la recomendación de la comisión"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Expediente 24188: ELECCION DE MAGISTRADOS SUPLENTES DE LA SALA TERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
- Constitución Política (texto vigente)
- Definen terna de magistrados suplentes para Sala Tercera
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
De conformidad con las disposiciones del artículo 113 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Departamento Secretaría del Directorio incorpora el presente texto al Sistema de Información Legislativa (SIL). San José, 19 de febrero del 2024 N° SP 41-2024 Al contestar refiérase a este # de oficio
Señor Lic. Rodrigo Arias Sánchez, Presidente Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica
Estimado señor:
Para su estimable conocimiento y fines consiguientes, le transcribo los acuerdos tomados por la Corte Plena, en sesión N° 04-2024 celebrada el 05 de febrero de 2024, artículos XIV y XV, que literalmente dicen:
“ARTÍCULO XIV
Se reanuda la transmisión de la sesión por streaming.
ENTRAN LOS MAGISTRADOS CASTILLO, SALAZAR ALVARADO, ARAYA, LA MAGISTRADA HESS Y LA SUPLENTE SÁNCHEZ NAVARRO.
ENTRA LA MAGISTRADA SUPLENTE ACÓN NG. SALE EL MAGISTRADO ZAMORA. Documento N° 12248-2020, 12830-2021, 1106-2024
En sesión N°52-2021 celebrada el 6 de diciembre del 2021, artículo III, se tomó el acuerdo cuya parte dispositiva dice: “(…)
Sin objeción alguna de las señoras magistradas y los señores magistrados presentes, se acordó: Tener por conocida la comunicación de la Asamblea Legislativa y hacerla de conocimiento de la Sala Tercera, con el fin de que se proceda a remitir a esta Corte una lista de personas candidatas a magistradas suplentes para cumplir con lo requerido por ese Poder de la República.
Nota de la magistrada Rojas: Estimo que debe de hacerse un nuevo concurso para seleccionar personas candidatas a magistradas y magistrados suplentes de la Sala Tercera, en razón de que el anterior fue declarado desierto en los términos en que resolvió la Asamblea Legislativa. Se declara acuerdo firme”.
Acuerdo completo.docx
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La magistrada Patricia Solano Castro, presidenta de la Sala Tercera, en oficio N°041-Presid.ST- 2023, de fecha 17 de agosto del 2023 y recibido en la Secretaría General de la Corte el 2 de febrero del 2024, comunicó lo siguiente:
“En atención al oficio N°11169-202, en mi condición de Presidente de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, procedo a dar respuesta; y de conformidad con el artículo 164 de la Constitución Política que dispone:
“La Asamblea Legislativa nombrará no menos de veinticinco Magistrados suplentes escogidos entre la nómina de cincuenta candidatos que le presentará la Corte Suprema de Justicia. Las faltas temporales de los Magistrados serán llenadas por sorteos que hará la Corte Suprema entre los Magistrados suplentes. Si vacare un puesto de Magistrado suplente, la elección recaerá en uno de los dos candidatos que proponga la Corte y se efectuará en la primera sesión ordinaria o extraordinaria que celebre la Asamblea Legislativa después de recibir la comunicación correspondiente. La ley señalará el plazo de su ejercicio y las condiciones, restricciones y prohibiciones establecidas para los propietarios, que no son aplicables a los suplentes.”;
Hemos de informar que, para realizar la propuesta de Magistrados Suplentes, se llevó a cabo la ampliación CV-2022 correspondiente al Concurso CN-04-2020 y con el auxilio de la Dirección de Gestión Humana se realizó el proceso de selección, mismo que se adjunta.
Al cierre del período del aviso se inscribieron un total 41 personas, 5 de los participantes en el proceso de convocatoria a entrevistas renunciaron, por lo que quedaron un total de 36 participantes activos. El detalle de los concursantes y su condición, transcurridas las diferentes etapas selectivas, se adjunta a continuación:
CONVOCATORIA CV-12-2022 ampliación de la CV-04-2020 MAGISTRADO SUPLENTE SALA III LISTA UNIFICADA DE 41 PARTICIPANTES
Identificación
Nombre CV- 04- 2020 CV-12- 2022
1 0109770672 ARIAS HERNÁNDEZ SEBASTIÁN (Renuncia)
P
2 0109280914 BARAHONA MONTERO RICARDO ALONSO (renuncia) P
3 0205220914 BARQUERO VALVERDE WENDY (renuncia)
P
4 0204880468 BARRIOS SANCHO ERICK ROBERTO P
5 0111010724 CALDERÓN CHAVES FREDDY JOSE P
6 0900840010 CAMPOS ANCHÍA ROQUE RAFAEL P
7 0900910465 CHARPENTIER CELANO MONIQUE P
8 0204680344 CORRALES GONZÁLEZ RODOLFO GERARDO (renuncia) P
9 0108980014 CORRALES PAMPILLO MARIANELA P
10 0111120162 ESCALANTE QUIRÓS MAX ANTONIO P
11 0109020617 ESCALANTE QUIRÓS WILLY FERNANDO P
12 0109260942 FALLAS CALDERÓN MANUEL GERARDO P
13 0204000569 FONSECA JIMÉNEZ YADIRA P
14 0111250346 GARCÍA CHAVES ALBERTO JOSÉ P
15 0602270274 GÓMEZ MONTOYA ANA GABRIELA P
16 0109020374 GONZÁLEZ GONZÁLEZ RAFAEL MAYID P
17 0106600431 GONZÁLEZ ZAMORA ERNA MARTA P
18 0602580901 HERRERA LÓPEZ AISEN FRANCISCO P
19 0111290357 JENSEN GHESQUIERE DAVID CHRISTIAN P
20 0204560480 JIMÉNEZ MADRIGAL GUSTAVO ADOLFO P
21 0110340793 JIRÓN CALVO JOSE ABRAHAM P
22 0502350939 MAIRENA NAVARRO MARCO AURELIO P
23 0107100029 MENA ARTAVIA MANUEL GIOVANNI P
24 0109600225 MONGE DELGADO HUGO GERARDO (renuncia)
P
25 0303470074 MORA QUIRÓS EDGAR ANDRÉS P
26 0110760263 OLSEN VILLEGAS ANDRÉS P
27 0107910645 POBLADOR RAMÍREZ TOMÁS ESTEBAN P
28 0105830368 PORRAS CASCANTE MIGUEL ALEJANDRO P
29 0602510831 PORTUGUEZ PIZARRO YENDRY PATRICIA P
30 0303220158 QUIRÓS PEREIRA JOSÉ ASDRUBAL P P
31 0401510343 RAMÍREZ ALFARO ELIECER ORLANDO P
32 0701780607 RAMÍREZ SERRANO FERNANDO P
33 0301880996 REDONDO GUTIÉRREZ CARLOS LUIS P
34 0106120629 RODRIGUEZ MORALES MARIA GABRIELA P
35 0501840250 ROMÁN MATAMOROS JOSÉ ANTONIO P
36 0204990072 SALAS MORA BLANCA IRIS P
37 0603020281 SALAZAR FALLAS FLOR SIDEY P P
38 0104131059 SALINAS DURÁN EDWIN P
39 0108460851 SOLÍS ZAMORA ANA ISABEL P P
40 0108540088 VÍQUEZ CARRILLO ANDREA P
41 0502970659 ZAMORA ACEVEDO JOSÉ M P P
3566795174498000Evaluados los atestados de los participantes, los informes de la Dirección de Gestión Humana, así como las entrevistas de las y los candidatas y candidatos a los cuestionamientos sobre diversos temas que les fueron planteados durante las entrevistas, siendo que están pendientes de designación 3 personas magistrados suplentes, esta Cámara recomienda a Corte Plena, de la lista de los postulantes en orden alfabético según sus apellidos mujeres y hombres.
CONVOCATORIA CV-12-2022 ampliación de la CV-04-2020 MAGISTRADO SUPLENTE SALA III
LISTADO DE MUJERES EN NÓMINA
N° CÉDULA NOMBRE
1 0108980014 CORRALES PAMPILLO MARIANELA
2 0602510831 PORTUGUEZ PIZARRO YENDRY PATRICIA
3 0106120629 RODRIGUEZ MORALES MARIA GABRIELA
4 0108460851 SOLÍS ZAMORA ANA ISABEL
CONVOCATORIA CV-12-2022 ampliación de la CV-04-2020 MAGISTRADO SUPLENTE SALA III
LISTADO DE HOMBRES EN NÓMINA
N° CÉDULA NOMBRE
1 0602580901 HERRERA LÓPEZ AISEN FRANCISCO
2 0107100029 MENA ARTAVIA MANUEL GIOVANNI
3545205-76644500Se adjunta:
PJ-DGH-RS-0888-2023. Nómina 5R-2023 CV-12-2022 Sanciones Disciplinarias. Consultas al Colegio de Abogados. Las entrevistas realizadas los días 14, 20 y 21 de octubre 2020, así como los días 23,24 de mayo 2023 y el 10 de agosto de 2023, en soporte electrónico.
Solicito a Corte Plena, se peticione a la Asamblea Legislativa que la designación de las 3 personas magistrados suplentes por designar, sea por un plazo completo de 4 años, con el fin de evitar que al vencimiento del plazo de las 5 personas magistrados suplentes nombradas que según se cumple el 14 de julio de 2025, podamos contar con magistrados suplentes en atención a la importancia de su trabajo.
Sin otro particular, quedo a la orden para cualquier aclaración que se requiera”.
AL-DSDI-OFI-0115-2 021 final.pdf
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Señala el Presidente, magistrado Aguirre: “Vamos a continuar con la sesión artículo XIII, que es una solicitud o una propuesta que nos hace la señora presidenta de la Sala Tercera, para la designación de suplentes que hacen falta en esa Sala, con ese propósito nos envía una lista para seleccionar ahí las personas que se propondrán a la Asamblea Legislativa. Tiene usted la palabra, señora presidenta".
Dice la magistrada Solano: "Muchas gracias, don Orlando. Muy buenos días.
En el año 2020 realizamos el proceso para la selección de cuatro, de las ocho personas magistradas suplentes de la Sala Tercera.
En aquel momento realizamos el procedimiento, hicimos las recomendaciones y mandamos las nóminas a la asamblea legislativa, sin embargo, se designaron únicamente a cinco personas, y desde entonces hay un faltante de tres personas magistradas suplentes en la Sala Tercera.
Esto ha constituido un atraso en nuestro operar, porque en muchas ocasiones hemos tenido que ingresar por el artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, porque las personas designadas no han sido suficientes.
Incluso, cuando se hizo el nombramiento en la Asamblea Legislativa de las cinco personas magistradas suplentes, durante un espacio como de cinco meses, la Sala Tercera no tuvo magistrados suplentes.
ENTRA EL MAGISTRADO CRUZ.
Entonces, eso fue un problema, porque en su oportunidad no podíamos siquiera irnos de vacaciones, y también en un momento el exmagistrado, que de Dios goce, don Álvaro Burgos, se enfermó y la sala quedó desconformada.
Por eso es de que una vez que la Asamblea Legislativa nos comunica que tres personas no habían sido designadas, entonces procedimos a realizar una ampliación del concurso.
Este se llevó a cabo mediante el concurso CB-2022, ahí se amplió la cantidad de personas que habían participado para ser suplentes de la Sala Tercera, procedimos a realizar las entrevistas y todos los documentos fueron adjuntados junto con todos los atestados de las diferentes personas que participaron en este concurso.
ENTRAN LOS MAGISTRADOS ZAMORA Y RUEDA.
El concurso cerró y en ese momento fue que se interpuso la acción de inconstitucionalidad y por ese motivo es que no habíamos remitido esta nota a Corte por la acción.
Una vez que fue resuelta y en una sesión anterior en Corte Plena, procedí y yo señalé cuando, precisamente, el compañero magistrado don Porfirio Sánchez Rodríguez, presentó la lista de postulantes a magistrados suplentes de la Sala Segunda, yo informé que remitiría la documentación a efectos de poder remitir a la Asamblea Legislativa los nombres de las personas que la Sala propone.
En esto informo a esta cámara que, en su oportunidad, cuando llevamos a cabo el concurso o esta ampliación, al momento de hacer la recomendación que se contiene en este documento, y ahí se señala en el oficio que nosotros estamos solicitando que en forma expresa se le pida a la Asamblea Legislativa que estas tres personas magistradas suplentes que faltan por designar, de ser posible, sean designadas por un plazo completo de 4 años. Precisamente, con el fin de evitar que al vencimiento del plazo de las 5 personas magistradas que están designadas en este momento, nos quedemos nuevamente en la Sala Tercera sin personas magistradas suplentes, porque eso ha constituido un problema en nuestro quehacer.
También, debo informar que cuando nosotros procedimos a hacer la designación, en su oportunidad, en el mes de agosto y setiembre del año pasado, en agosto que se terminó las entrevistas y nos reunimos, participamos en esta designación las 4 personas magistradas titulares de la Sala.
El día de hoy no nos acompaña el magistrado Alfaro Vargas, pero él participó al igual que la compañera magistrada doña Sandra Zúñiga, don Jesús y mi persona, para hacer la recomendación que viene adjunta a este documento.
En esto he de señalar que, se trata de 8 personas magistradas, según ordena la Constitución, las que corresponden a Sala Tercera, y guardando la equidad de género, se supondría que son 4 personas mujeres y 4 varones, hay designadas 2 mujeres y 3 varones en la Sala, faltan 3 personas, por eso es que en la propuesta sometemos a consideración 4 nombres de mujeres y 2 de varones.
De la lista completa ustedes pueden ver que la cantidad de mujeres que participaron en su oportunidad es mucho menor que la cantidad de hombres que participaron.
Incluso, cuando hicimos el concurso y la ampliación, nosotros invitamos a que más mujeres participaran del concurso, porque aún en el concurso original, en el año 2020, no habían participado suficientes mujeres en este concurso.
También, sin embargo, y eso es parte de las observaciones que tenemos que hacer, procedimos a valorar cuáles son los atestados, cuáles fueron las entrevistas, y las recomendaciones que se contienen en este documento, las tomamos de manera unánime.
Esto creo que es importante que ustedes lo conozcan, porque al momento en que valoramos los nombres y discutimos, finalmente nos decantamos por estas personas de manera unánime.
Entonces, la Sala hace esta recomendación, tomamos en consideración cuáles son los récord que tienen las diferentes personas en la Institución, cuál es, de las entrevistas que hicimos, básicamente, tomamos en consideración conocimientos administrativos, también, porque somos respetuosas de las posiciones jurídicas que tienen los postulantes, y eso no es determinante al momento para nosotros de decantarnos por una u otra persona, porque pensamos que siempre la discusión del pensamiento es lo que enriquece nuestro quehacer jurisdiccional.
Sala.
Entonces, con mucho respeto, doy este informe y señalo que es la propuesta a la que concluyó la
Muchas gracias, señor Presidente, compañeras y compañeros, queda a la orden por cualquier pregunta, muchas gracias”.
Dice el Presidente, magistrado Aguirre: “Vamos a proceder a la selección. Me parece, nada más un comentario, estoy de acuerdo con el estudio que han hecho de las listas, pero siempre ha sido como lo ideal que mandáramos, digamos, igual cantidad de hombres, igual cantidad de mujeres, es que ha habido oportunidades en que los han devuelto de la Asamblea por problema de participación, equiparada entre hombres y mujeres, ya nos ha pasado en otro tiempo”.
Refiere la magistrada Solano: “Que la Sala tiene designadas 5 personas magistradas suplentes, de ellos tres son varones y dos son mujeres.
Por eso, el respeto de la identidad, de la proporción de género, nos faltaría por designar dos mujeres suplentes y un varón para que quedaran cuatro personas mujeres, cuatro varones como suplentes, por eso es que hacemos la propuesta de cuatro mujeres y de dos varones, en el entendido de que de las mujeres se deben designar dos y de los varones uno.
Entonces, por cada puesto tal y cual se dispone, se hace una propuesta de dos personas en ese entendido y así se contiene en el oficio que yo remití.
Por eso, es que no mandamos en la misma proporción los nombres de esta manera”. Señala el Presidente, magistrado Aguirre: “Hay que explicarlo en el acuerdo. Sí, doña Roxana”.
Expresa la magistrada Chacón: “Yo quisiera preguntar solamente porque el periodo de los actuales magistrados suplentes tiene un vencimiento, y el problema que se dio en la Sala Tercera tiene que ver con que no se pudo elegir los ocho magistrados y magistradas que correspondían al período, entonces, quedó ahí en un número deficitario de alcanzar los 8 para terminar un periodo.
Y luego, ahora aquí se está pidiendo que de esta lista se les nombre por 4 años.
Yo eso no lo veo, o sea, me parece que eso sería, habría que explicarlo porque el periodo constitucional, bueno, primero preguntarle a la magistrada Solano ¿cuándo es que vence el período de los 4 años de los magistrados actuales?, esa es la primera pregunta; y la segunda pregunta, es que a mí me parece que si no se cumplió o por lo menos hubo dificultad con la nómina anterior, habría que mandar los nombres como para finalizar periodo y luego volver a hacer otro concurso, eso es lo que habría que explicar. Que a mí me parece que la Asamblea Legislativa podría indicar algo con relación a esto porque los periodos son por un periodo completo y luego cambian todos por otro periodo completo, entonces al no haberse dado la posibilidad de completar el número de 8 y solamente tener 5 magistrados y magistradas suplentes, pues quedó inconcluso el trámite que se tenía que hacer por diferentes razones.
Pero, lo que quiero es nada más preguntar ¿cuándo se vence el periodo de los actuales magistrados suplentes y cuándo se abre una nueva alternativa para nombrar nuevamente las ocho personas? Que en ese caso habría que mandar una nómina de 8 hombres y 8 mujeres para que queden 4 y 4.
Es nada más para aclararlo, porque aquí el trámite que se está pidiendo es diferente, se está pidiendo que estas personas que van en esta nómina, se les nombre por cuatro años, cosa que tendríamos que medir en los tiempos, porque estaríamos fraccionando los períodos, entonces, yo quiero preguntar eso.
Gracias. Antes de poder emitir el voto. Gracias”.
Menciona el Presidente, magistrado Aguirre: “No sé si doña Patricia puede contestar”. Indica la magistrada Solano: “Muchas gracias.
El concurso este ha tardado tanto porque, como pueden ver, cuando nosotros remitimos la nota en 2020, cuando nos devuelven la lista en el año 2022 a inicio, nosotros iniciamos la ampliación del concurso, y la Dirección de Gestión Humana duró más de un año en hacer las entrevistas para poder continuar nosotros con el procedimiento.
En esto, a diferencia de otras Salas, en donde la Dirección de Gestión Humana ha sido ágil, en la designación o en la evaluación de las personas que se están postulando para suplentes, en el caso de la Sala Tercera duró más de un año y por eso, las entrevistas pudimos hacerlas hasta en agosto y setiembre del año pasado, en esto, repito, entró la acción.
En algunas ocasiones, y en esto por eso me permitía hacer en forma expresa la solicitud a esta cámara y a la Asamblea Legislativa, porque en esto creo que la Asamblea no ha sido… en algunas ocasiones nombra por el resto del período y en otras ocasiones ha nombrado por 4 años.
En esto creo que en las diferentes Salas han visto que a veces se les ha vencido el período, en el mismo tiempo a todas las personas magistradas suplentes y en otras ocasiones se han vencido en períodos distintos dependiendo de la decisión de la Asamblea Legislativa. Por eso, en el caso concreto y tomando en consideración que a las cinco personas magistradas suplentes que están designadas en este momento se les vence el nombramiento a inicios del año 2025, es que solicitamos que a las personas que van a nombrar se les pueda designar por los 4 años.
Reitero, en su momento la Sala estuvo varios meses en el año 2020 sin suplentes y fue un serio problema. No solo no nos podíamos ir de vacaciones, sino que tampoco en el caso y en un momento dado que el exmagistrado don Álvaro Burgos se enfermó, la Sala se quedó desintegrada con los problemas que eso podía generar en los casos que tuviésemos que resolver algún tema muy urgente, sobre todo de privados de libertad, porque no teníamos integración completa.
En algún momento, incluso, alguno de nosotros se enfermó y enfermos no nos acogimos a la incapacidad para no desintegrar la Sala, lo cual no deja de ser un serio riesgo de tener que estar trabajando incluso enfermo.
Por eso es que, en el caso concreto solicitamos que en caso de que la Asamblea Legislativa, entendemos claro que es una decisión del Poder Legislativo y por eso es que en el oficio se hace con mucho respeto y se sugiere a la Asamblea Legislativa que en caso de que lo estimen pertinente se puedan designar por los 4 años y no por el resto del período, que vencería en el año 2025, al igual que las cinco personas que están nombradas.
Y en esto, reitero, la Asamblea ha tomado diferentes decisiones, si ustedes lo pueden leer y lo conocen, del histórico de esta misma cámara.
Muchas gracias, señor Presidente”. Manifiesta el Presidente, magistrado Aguirre: “Gracias a usted. Doña Julia Varela”.
Agrega la magistrada Varela: “Señor Presidente, sí quiero hacer las siguientes acotaciones.
En primer lugar, me parece que es correcta la propuesta que hace la Sala Tercera, en que sea, obviamente, le mandamos esa lista de suplentes qué le corresponde a esa Sala. En segundo lugar no depende ya de nosotros, sino de la Asamblea Legislativa y la norma lo que dice es que se nombran por 4 años, en ningún momento que, por lo menos, yo no encuentro una normativa que diga que tienen que ser todos en la misma fecha, porque repito, eso le corresponde a la Asamblea Legislativa y como lo ha hecho ya con la Sala Primera, con la Sala Tercera, creo que hasta con la Constitucional, no recuerdo si también la ha pasado, pero, también, por un tema de economía de recursos, incluso, todo lo que lleva un trámite, como le ha pasado a la Sala Tercera, para efecto de mandar la lista que mandó en su momento y no se nombraron todos, pues la Asamblea Legislativa tiene esa opción.
Ahora sería completar, como bien lo propone la Sala Tercera, la cantidad que se requiere para elegir y llegar a tener una integración con equidad de género, eso es importante, pero repito, más bien esto lo convierte en más flexible, ¿por qué? Porque si llegara a ocurrir una situación, que Dios no lo quiera, pero como les pasó en su momento, tienen la facilidad de seguir operando. Entonces, más bien que sean en diferentes períodos los nombramientos eso facilita que las Salas respectivas no tengan un problema de integración.
Entonces, yo creo que es muy conveniente y así lo mocionaría, bueno, es un… con todo el respeto a la Asamblea Legislativa, el nombramiento como corresponde a ellos hacerlo, que sea por los cuatro años para que las personas que pasan proceso y deciden ser, elegirlas. Muchas gracias.
Dice el Presidente, magistrado Aguirre: "Doña Rosa me ha pedido la palabra, pero es lo de antes, es que es que están llegando tarde hasta ahora está llegando el de doña Julia.
Tiene la palabra la magistrada Zúñiga.
Expresa la magistrada Zúñiga: "Muchas gracias, buenos días a todos los señores magistrados y señoras magistradas.
Es simplemente para secundar la propuesta que ha realizado la magistrada Solano, que además me parece muy atinada ya doña Julia, ahondó en las razones legales, también de ahorro económico e inclusive, como también lo mencionó la magistrada Solano la importancia de garantizar la continuidad del servicio público y que no se nos presenten situaciones como las que ya hemos vivido.
Pero aunado todo ello, también quería comentarles que teniendo la oportunidad de haber desempeñado en dos diferentes periodos como magistrada suplente, en el primero a todo el grupo se nos designó de un… en una misma fecha y se concluyó el nombramiento en esa misma fecha, pero en la segunda oportunidad fue fraccionado y el plazo de cuatro años se nos contabilizó de forma independiente, o sea, esa petición que formula la magistrada Solano es absolutamente legal, es usual y me parece importante que sí se incluya de manera expresa en la petición que se remitirá a la Asamblea Legislativa, incluso abonando sobre los beneficios que ya aquí se han descrito.Muchas gracias.
Indica el Presidente, magistrado Aguirre: "Magistrado Salazar Alvarado" Refiere el magistrado Salazar Alvarado: "Gracias, señor presidente, muy buenos días.
No nada más, no es con el fondo del tema, yo voy a informar simplemente para cumplir con el reglamento de los conflictos de interés, que el concursante David Jensen, que es letrado a la Sala
Constitucional, es la pareja sentimental de Marcela Calderón que es letrada de mi oficina. Yo no le veo ninguna causal de abstención, pero sí para hacer cumplir con el reglamento de conflictos de interés informar de ese tema. Gracias." Responde el Presidente, magistrado Aguirre: "Gracias a usted, magistrado. Bueno, vamos a proceder a la selección.
Sí, don Fernando Castillo tiene la palabra".
Manifiesta el magistrado Castillo: "Muchas gracias, señor presidente, no, es que quería consultarles, yo estoy de acuerdo con la propuesta que haga la Sala Tercera, yo siempre me adhiero a las propuestas de las Salas, salvo una situación extrema, pero hay algo que me estaba aquí estudiando y quería que me aclararan, y es lo siguiente: la Constitución, el artículo 164, pues, dice que la Asamblea, pues, nombrará a los magistrados suplentes de la nómina que envía la Corte Suprema, pero no se establece plazo y el artículo 164 dice, “La ley señalará el plazo de su ejercicio y las condiciones, restricciones y prohibiciones establecidas para los propietarios que no sean aplicables a los suplentes”.
Entonces, yo lo que les consulto es si hay una norma específica en la Ley Orgánica, tal vez a la Secretaría que me ayude, ¿dónde se establece cuál es el plazo de nombramiento por cual se hacen los suplentes, si es por lo que falta del período o si es por un período de cuatro años? Porque me parece que nosotros en eso sí tenemos que tenerlo muy claro, no vaya a ser que le digamos a la Asamblea que los nombre por tal periodo y la Asamblea nos diga, no, mire, es que su propia ley dice otra cosa".
Interviene el Presidente, magistrado Aguirre: "Es el 62 de la Ley Orgánica".
Indica el magistrado Castillo: "Y tal vez lo podemos leer, don Orlando, sí es tan amable, yo aquí estoy con la Ley Orgánica, lo sigo por el oído como por la vista".
Dice la Secretaria General:
“Artículo 62.- La Corte contará, al menos, con treinta y siete Magistrados suplentes, de los que doce lo serán de la Sala Constitucional , nueve de la Sala Primera y ocho de cada una de las restantes serán nombrados por la Asamblea Legislativa en la segunda quincena del mes de mayo en el que se inicie el respectivo período -salvo el de los doce de la Sala Constitucional que lo será en la segunda quincena del mes de octubre en que finalice su período- y en la forma que indica la Constitución Política; durarán en sus funciones cuatro años, prestarán juramento ante la misma Asamblea, a la hora y día que esta designe y deberán reunir los requisitos que señala el artículo 159 de la Constitución Política , excepto el de rendir garantía.
La Asamblea Legislativa deberá escoger a los Suplentes de entre las nóminas de cincuenta y de veinticuatro candidatos, en su caso, que sean propuestas por la Corte. …”
Señala el Presidente, magistrado Aguirre: "Sí, don Fernando".
Prosigue el magistrado Castillo: "Sí, pareciera que el nombramiento es por cuatro años, no por el periodo que resta. Yo creo que eso…".
Aclara el Presidente, magistrado Aguirre: "Es por cuatro años, sí por eso es que se ha producido, digamos, que hay magistrados que duran, pero como decía doña Julia, eso puede ser hasta beneficioso para la Sala porque siempre se van a quedar con algunos suplentes.
Magistrado Cruz tiene la palabra".
Agrega el magistrado Cruz: "Muchas gracias, no, mi reflexión es muy breve, es un tema de una reflexión académica.
Todo este tema del nombramiento de magistrados y magistradas es un tema muy vidrioso y fangoso, pero a mí siempre me ha preocupado, lo he dicho, pero nada más es una reflexión porque no podemos resolverlo.
Hay que ver históricamente cómo está el origen del magistrado suplente y siempre me ha producido un poco el ruido que sean los Salas a las que van a incorporarse esos jueces las que tengan intervención en eso.
A mí me parece que ese es un tema que merece una reflexión, es lo que hay, eso es lo que está, pero no debiera, o por lo menos desde mi perspectiva no debiera ser así.
Lo que pasa es que en estos temas uno trata de arreglar un problema y resulta que después las soluciones pueden ser peores de las que estaban originalmente, entonces, solo reflexionar sobre esto.
Probablemente es que, en primer lugar, nosotros históricamente no hemos tenido carrera judicial, vean que no está en la Constitución y por circunstancias X, Y o Z, en la legislatura pasada prácticamente barrieron con la carrera judicial que tenemos legislativamente.
Entonces, claro, eso hace que el tema del magistrado o magistrada suplente tenga históricamente un condicionamiento, y lo vinculo también con el hecho de que era Corte Plena, hasta los años noventa, que elegía a todos los jueces y durante cuatro años. Vean que el plazo es igual, pero sí no deja de ser inconveniente que los propios propietarios escojan o sugieran los nombres. Puede ser inconveniente, puede no serlo, dependiendo del contexto.
Pero sí es una cuestión de reflexión, pero es un atavismo o una norma que está ahí y nosotros hemos ido arreglando un poco el tema de la carrera legislativamente, no está constitucionalmente reconocida, y tenemos esa dicotomía entre elección política de los jueces supremos y elección por concurso del resto de los jueces, que también es otro tema de reflexión.
Nada más era eso, don Orlando. Me parece que la Sala Penal hizo lo que correspondía y no tengo nada más que agregar, solo que realmente tenemos ahí una asignatura pendiente que probablemente, yo no podré ver ningún cambio en lo que me resta de vida. Muchas gracias, don Orlando".
Refiere el Presidente, magistrado Aguirre: "Magistrada Varela".
Manifiesta la magistrada Varela: "Nada más para acotar lo siguiente, el hecho de que se pusiera una fecha en el 62 de la Ley Orgánica es porque recordemos que hay que verlo en el contexto histórico, en el momento que se genera la oportunidad de que haya suplentes, pero eso en el tiempo ha ido evolucionando y por eso es que tenemos lo que tenemos, y reitero, para mí en este momento histórico, como ha decidido la
Asamblea Legislativa, más bien se convierte en un potencial para generar que se dé la continuidad del servicio en las diferentes Salas.
Entonces, me parece oportuno dejar eso bien planteado y es bueno que se dé la renovación o las integraciones en diferentes fechas".
Dice el Presidente, magistrado Aguirre: "Magistrado Rueda". Indica el magistrado Rueda: "Muchas gracias, don Orlando.
Voy a presentar en inhibitoria con base en el artículo 12, vamos a ver, 9, inciso 9 e inciso 16; el inciso 9 dice, ser o haber sido en el último año compañero de oficina o de trabajo de algunas de las partes, y el 16, la existencia de circunstancias que den lugar a dudas justificadas respecto a su imparcialidad u objetividad, dado que uno de los concursantes.
El señor David Jensen Ghesquiere, es letrado que trabaja directamente conmigo en la oficina, y por casos similares se han aceptado inhibitorias de otros compañeros, por ejemplo doña Anamari Garro, don Jorge Araya, entonces me retiro.
Gracias". Señala el Presidente, magistrado Aguirre: "Bueno, vamos a entonces a ver, en primer término, la inhibitoria del magistrado Rueda, para lo cual le solicitamos salir.
SALE EL MAGISTRADO RUEDA.
Indica el Presidente, magistrado Aguirre: "En discusión la inhibitoria del magistrado Rueda, que es su letrado, sí.
Yo pienso que sí debe acogerse a la inhibitoria, pues trata del letrado que trabaja con él, tiene usted la palabra, magistrada Solano".
Añade la magistrada Solano: "Muchas gracias, señor presidente.
Yo no comparto ese criterio, porque si nosotros analizamos cuál es la función, y no hablemos de nosotros, de cualquier jefatura, es precisamente hacer nombramientos, y en el tanto, imagínense que nosotros pensáramos que porque alguna persona está concursando, incluso en las designaciones ordinarias y que pudiese existir por eso un conflicto de interés, eso impediría el ejercicio precisamente de la labor que tiene un jefe nombrar es la labor principal que tenemos las jefaturas, por eso es que el argumento de que porque es su este colaborador, yo no intervengo en esa decisión, a mí me parece que no tiene sustento jurídico.
Reitero, la labor fundamental, y no somos solo nosotros como jerarcas, cualquier jefatura institucional, entonces no podría hacer nombramientos porque, este, podría decir que es que tiene un conflicto. Por eso yo, con base en ello, yo rechazo, voy a rechazar la inhibitoria que formula el magistrado Rueda".
Responde el Presidente, magistrado Aguirre: "Gracias, magistrada. ¿Alguien más desea hacer uso de la palabra? Si no, bueno, vamos a someter la votación esto de la inhibitoria, puede proceder doña Silvia. Magistrada Zúñiga".
Manifiesta la magistrada Zúñiga: "Gracias, también quería poner en conocimiento que precisamente la mamá de este candidato Jensen es una de mis amigas más cercanas, sin embargo, lo pongo en conocimiento por una situación de transparencia, pero no es un factor que estimo que me tenga que llevar a la separación de este proceso. Gracias".
Dice la Secretaria General: "Le solicito a los señores magistrados que no se han conectado al sistema votación que por favor se conecten".
Refiere el Presidente, magistrado Aguirre: "Magistrado Cruz".
Agrega el magistrado Cruz: "Yo coincido con la opinión de doña Patricia, yo no veo que eso sea motivo, es que todo el proceso tiene sus sesgos muy complicados, porque también, son los magistrados que establecen o recomiendan quién va a ser su compañero, entonces, yo no veo que el hecho que trabaje con don Paul sea un motivo para eso.
Más bien, es un motivo para que él avale la capacidad que tiene el candidato. Así es que no creo que eso sea motivo, yo creo que hemos entrado en una dinámica de argumentos demasiado sofisticada, y al final parece que no tenemos capacidad para decidir.
Gracias, don Orlando”. Dice el Presidente, magistrado Aguirre: “Magistrado Salazar”.
Prosigue el magistrado Salazar Alvarado: “Gracias, señor Presidente. Muy puntual porque ya estaba sometiéndose a la votación, pero es que los últimos dos o tres antecedentes que tenemos en Corte sobre este tema se han acogido.
Digamos, recuerdo al magistrado don Jorge Araya se le acogió respecto del letrado Francisco Cervantes; a la señora vicepresidenta en algún momento, también, se le acogió respecto a su letrado; al magistrado Fernando Castillo se le acogió respecto de Luis Ardón, en una sí y en una no.
Pero, lo que quiero decir es que los últimos antecedentes que tenemos, hemos dicho eso.
Pero, además, era aspirando a otros cargos, pero, además, yo ya había adelantado y en otro momento he dicho que un magistrado apoyando a su letrado para que quede magistrado suplente, si bien no ponía en riesgo su independencia, sí le podía restar… hasta cierto punto podía poner en riesgo, tal vez no su imparcialidad, pero sí no podía ser tan objetivo o tan imparcial sabiendo que el que lo está impulsando es el propio magistrado de una o de otra Sala.
Nada más quería advertirlo porque esta Corte sí venía separando a los magistrados en esa condición cuando trabajan directamente con el magistrado. Nada más. Gracias, Presidente”.
Señala el Presidente, magistrado Aguirre: “Gracias. Magistrado Sánchez”.
Interviene el magistrado Sánchez: “Presidente, a mí me parece que cuando nosotros observamos el artículo 9 en ese inciso 6°, incluso, a mí me correspondió la redacción en aquel momento de la norma, y del
espíritu de la norma era precisamente que nosotros como magistrados no interviniéramos en la elección de personas cercanas y una persona muy cercana precisamente son los letrados.
Ese fue el espíritu de la norma y yo creo que, también, ante los ojos de un observador razonable no es conveniente de que una persona que es tan cercana a uno, es un empleado de confianza, incluso, y que uno, también, lo proponga para una designación.
De eso se trata el conflicto de interés, de evitar eso de generar que la imagen y la imagen institucional no se vea afectada, por eso yo creo que debe mantenerse la posición de que como magistrado no participemos en la elección de nuestros letrados. Gracias, Presidente”.
Menciona el Presidente, magistrado Aguirre: “Gracias a usted, magistrado. Doña Patricia Solano”. Indica la magistrada Solano: “Muchas gracias. Creo que hay antecedentes en esta Corte que si hemos votado de la manera que yo señalé. Precisamente, en el concurso referido al integrante del Consejo Superior, en su oportunidad, esta Corte por mayoría le había rechazado la inhibitoria al magistrado Sánchez Rodríguez.
Y en esto tengo que decir que, salvo que tuviera una connotación distinta, la imparcialidad se ve reflejada en la decisión del órgano, pues se trata de una decisión colegiada, y en esto vean que viene aparejado, incluso, a toda la documentación donde están las entrevistas y documentación atinente a las personas postulantes.
Y en esto cito la sesión de Corte 052-2022, en donde se justificó de la manera en donde yo he señalado, que no necesariamente a veces hablamos de que hay un conflicto de interés, pero en realidad tiene que haber una colisión inevitable entre el interés privado y el interés público. Y por eso pensar que porque son personas que trabajan de manera cercana no se pueda decidir, vea que pondría en una debilidad, no a nosotros, a cualquier jefatura, y en este caso, parte de la función principal nuestra es esta designación de personas magistradas suplentes, y en el caso concreto, no puedo dejar de señalar que vean que la recomendación de Sala Tercera no incluye a esta persona, y nosotros, por lo menos, yo esperaría, lo dije en la sesión tras anterior, cuando se postularon y elegimos a las personas que recomendó la Sala Segunda que y así lo hicimos, que por lo menos mi persona respetaría la recomendación que había hecho la Sala y de esa manera voté, y también esperaría que en este sentido se respetara la decisión de Sala Tercera.
Muchas gracias, señor Presidente, compañeras y compañeros”. Manifiesta el Presidente, magistrado Aguirre: “Gracias a usted, magistrada. Magistrada Chacón”.
Agrega la magistrada Chacón: “Yo quiero decir que, efectivamente, yo estoy con la posición de don Luis Porfirio Sánchez, efectivamente uno no debe votar por los letrados, ni por las personas cercanas de la oficina, ni las personas que uno considere tiene un conflicto de intereses, ¿en razón de qué? En razón de garantizarle al resto de las personas la imparcialidad dentro del concurso, y también, que aunque la persona no venga en la nómina elegida por la Sala Tercera, viene en la nómina de participantes y ninguno está aquí con posibilidades solamente de acatar la recomendación, puede votar por cualquiera, lo cual puede decir, puede salir o puede no salir, pero yo creo que si desde antes se está presentando el conflicto que pueda tener el magistrado Paul Rueda, a mí me parece que hay que acogerle la inhibitoria a él en el sentido de que es un
funcionario de su oficina, y para garantizarle al resto de los participantes, lo mejor es retirarse para que sea una decisión totalmente objetiva. Y lo otro es que, efectivamente, no viene la recomendación, pero viene en la lista de participantes, y esta Corte ha dicho que todas las personas que participan pueden ser votadas por cualquiera de las personas.
Entonces, en ese sentido, yo sí creo que nosotros a veces nos confundimos en conflicto de intereses. ¿Para qué reglamento si no se aplica como tal? Y yo sí creo que, es muy importante que esta Corte Plena conozca nuevamente esa interpretación del conflicto de intereses, porque no es cuando a mí me conviene, sino cuando se verifican las circunstancias donde uno se encuentra en un conflicto de intereses y uno legalmente tiene que separarse para darle objetividad al concurso.
Entonces, en ese sentido, yo sí creo que vale la pena oír la Oficina de Cumplimiento, porque yo creo que aquí no puede ser en algunos casos sí, en algunos casos no. Yo creo que está claro cuándo se configura un conflicto de interés y que nosotros tenemos la responsabilidad de separarnos y no votar por la gente cercana para que el concurso sea totalmente objetivo”.
Expresa el Presidente, magistrado Aguirre: “Gracias. Bueno, vamos a proceder a la elección. Primero, está la inhibitoria del magistrado Rueda. Vamos a votar la inhibitoria”. Añade la licenciada Navarro: “Tengo sin conectar al magistrado Leiva y al magistrado Araya. Voy a iniciar la votación. Uno, sería por acoger inhibitoria. Dos, por no acoger inhibitoria. Hay 20 señoras y señores magistrados votando. Ya pueden votar. Voy a cerrar la votación. 13 votos por acoger la inhibitoria. 7 votos por no acoger la inhibitoria”. Se conoce la inhibitoria presentada por el magistrado Rueda y,
CONSIDERANDO 1.- Que en sesión N°52-2021 celebrada el 6 de diciembre del 2021, artículo III, se tomó el acuerdo cuya parte dispositiva dice: “(…)
Sin objeción alguna de las señoras magistradas y los señores magistrados presentes, se acordó: Tener por conocida la comunicación de la Asamblea Legislativa y hacerla de conocimiento de la Sala Tercera, con el fin de que se proceda a remitir a esta Corte una lista de personas candidatas a magistradas suplentes para cumplir con lo requerido por ese Poder de la República.
Nota de la magistrada Rojas: Estimo que debe de hacerse un nuevo concurso para seleccionar personas candidatas a magistradas y magistrados suplentes de la Sala Tercera, en razón de que el anterior fue declarado desierto en los términos en que resolvió la Asamblea Legislativa. Se declara acuerdo firme”.
Acuerdo completo.docx
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2.- Que la magistrada Patricia Solano Castro, presidenta de la Sala Tercera, mediante oficio N°041- Presid.ST-2023, remitió lo correspondientes a la propuesta de Magistrados Suplentes de esa Sala, relacionado al concurso CN-04-2020. 3.- Que el magistrado Rueda presenta inhibitoria para conocer el presente asunto en los siguientes términos:
“Voy a presentar en inhibitoria con base en el artículo 12, vamos a ver, nueve, inciso nueve e inciso dieciséis, el inciso nueve dice, ser o haber sido en el último año compañero de oficina o de trabajo de algunas de las partes, y el dieciséis, la existencia de circunstancias que den lugar a dudas justificadas respecto a su imparcialidad u objetividad, dado que uno de los concursantes.
El señor David Jensen Ghesquiere, es letrado que trabaja directamente conmigo en la oficina, y por casos similares se han aceptado inhibitorias de otros compañeros, por ejemplo doña Anamari Garro, don Jorge Araya, entonces me retiro”.
4.- Que analizada la inhibitoria planteada por el magistrado Rueda, estima esta Corte, por mayoría, que procede acogerla, de conformidad con lo que establece el artículo 12, incisos 9 y 16 del Código Procesal Civil y el artículo 9 del Reglamento “Regulación para la Prevención, Identificación y la Gestión Adecuada de los Conflictos de Interés en el Poder Judicial y tenerlo por separado del conocimiento de este asunto.
POR TANTO
Recibida la votación nominal correspondiente, por mayoría de trece votos, se dispuso: Acoger la inhibitoria presentada por el magistrado Rueda para conocer las presentes diligencias, de conformidad con lo dispuesto el artículo 12, incisos 9 y 16 del Código Procesal Civil y lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento “Regulación para la Prevención, Identificación y la Gestión Adecuada de los Conflictos de Interés en el Poder Judicial. Así votaron los magistrados y las magistradas Aguirre, Vargas Vásquez, Leiva, Zamora, Sánchez, Varela, Olaso, Chacón, Castillo, Salazar Alvarado, Araya, Hess y la suplente Sánchez Navarro.
Los magistrados y las magistradas Rivas, Solano, Ramírez, Zúñiga, Vargas González, Cruz y la suplente Acón Ng, votaron por no acoger la inhibitoria planteada.
Refiere el Presidente, magistrado Aguirre: “Se tiene por separado, entonces, al magistrado Rueda. Vamos a comenzar con la selección.
Los hombres son solo 2, tal vez dejamos nombrados los hombres ahora y y después nos vamos a almorzar.
Bueno, comencemos a ver”.
Expresa la licenciada Navarro: “Vamos a ver.
Sobre las personas los varones, para hacer la primera votación, según indica el señor Presidente, sobre las personas candidatas varones son 2, son 2 nombramientos, eliminando a las personas que renunciaron, quedan 25 personas, bueno 25 varones. Les voy a leer los nombres.
Sí, nada más, no sé si en su momento la propuesta de la Sala, creo que doña Patricia la dijo.
Y entonces, los varones serían Barrios Sancho Erick Roberto, Calderón Chaves Freddy José, Campos Anchía Roque Rafael, Escalante Quirós Max Antonio, Escalante Quirós Willy Fernando, Fallas Calderón Manuel Gerardo, García Chaves Alberto José, González González Rafael Mayid, Herrera López Aisen Francisco, Jensen Ghesquiere David Christian, Jiménez Madrigal Gustavo Adolfo, Jirón Calvo José Abraham, Mairena Navarro Marco Aurelio, Mena Artavia Manuel Giovanni, Mora Quiroz Edgar Andrés, Olsen Villegas Andrés, Poblado Ramírez Tomás Esteban, Porras Cascante Miguel Alejandro, Quiroz Pereira José Asdrúbal, Ramírez Alfaro Eliezer Orlando, Ramírez Serrano Fernando, Redondo Gutiérrez Carlos Luis, Román Matamoros José Antonio, Salinas Durán Edwin, Zamora Acevedo José.
Voy a iniciar la votación. Hay veinte señoras y señores magistrados votando. Pueden votar por una persona. Ya pueden votar.
Solamente para recordar y a petición del señor presidente, la recomendación de la Sala son, nada más, Herrera López Aisen Francisco y Mena Artavia Manuel Giovanni.
Faltan dos votos, voy a cerrar la votación. Herrera López Aisen Francisco, 18 votos. Carlos Luis Redondo Gutiérrez, 2 votos".
Recibida la votación correspondiente, por mayoría de dieciocho votos resultó propuesto el licenciado Aisen Francisco Herrera López. Así votaron los magistrados y las magistradas Rivas, Vargas Vásquez, Leiva, Zamora, Sánchez, Varela, Olaso, Chacón, Solano, Ramírez, Zúñiga, Vargas González, Castillo, Salazar Alvarado, Araya, Hess, y las suplentes Acón Ng y Sánchez Navarro.
El señor Presidente, magistrado Aguirre y el magistrado Cruz, emitieron su voto por el licenciado Carlos Luis Redondo Gutiérrez.
Señala el Presidente, magistrado Aguirre: "En consecuencia se tiene como designado para la propuesta al señor Aisen, el apellido es Herrera López. Aisen Francisco.
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Refiere el Presidente, magistrado Aguirre: “Vamos a proceder con el segundo".
Indica la Secretaria General: "Voy a iniciar la votación, la lista sería la misma, solo que ahora en lugar de 25 serían 24 candidatos eliminando el nombre de don Aisen Herrera, que fue el que resultó designado.
Eso es para no repetirles los nombres, pero son los mismos. Voy a iniciar la votación. Ya pueden votar. Voy a cerrar la votación. Mena Artavia Manuel Giovanni, 18 votos. 1 voto, Redondo Gutiérrez Carlos Luis. 1 voto, Salinas Durán Edwin".
Recibida la votación correspondiente, por mayoría de dieciocho votos, resultó propuesto el licenciado Manuel Giovanni Mena Artavia. Así votaron los magistrados y las magistradas Rivas, Vargas Vásquez, Leiva, Zamora, Sánchez, Varela, Olaso, Chacón, Solano, Ramírez, Zúñiga, Vargas González, Castillo, Salazar Alvarado, Araya, Hess y las suplentes Acón Ng y Sánchez Navarro.
El señor Presidente, magistrado Aguirre, emitió su voto por el señor Carlos Luis Redondo Gutiérrez. El señor magistrado Cruz, emitió su voto por el licenciado Edwin Salinas Durán.
Expresa el Presidente, magistrado Aguirre: "En consecuencia, se tiene como designado al señor Giovanni Mena Artavia, para ser propuesto.
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Señala el Presidente, magistrado Aguirre: “Vamos a continuar en la tarde con las damas, como lo habíamos dicho al inicio. A las dos quince de la tarde".
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ARTÍCULO XV
ARTÍCULO XV
Documento N° 12248-2020, 12830-2021, 1106-2024
Se continúa con el conocimiento del artículo que antecede.
Expresa el Presidente, magistrado Aguirre: “Muy buenas tardes a todas y a todos y a quienes nos ven y escuchan por streaming.
Vamos a continuar con la sesión de hoy, 17 magistradas y magistrados presentes.
Vamos a continuar con la elección de las personas que propone la Sala Tercera para que ocupen el cargo de magistrado suplente.
Corresponde ahora a las mujeres. Tiene la palabra doña Silvia”.
Dice la licenciada Navarro: “Muy buenas tardes, señor Presidente, señoras magistradas, señores magistrados.
Solamente para continuar con la designación de las personas candidatas a magistradas suplentes de la Sala Tercera.
La escogencia por parte de la Sala Tercera son Corrales Pampillo Marianela, Portugués Pizarro Yendry Patricia, Rodríguez Morales María Gabriela y Solís Zamora Ana Isabel.
Le solicito a las señoras magistradas y a los señores magistrados que no se han conectado al sistema de votación, que por favor se conecten.
Pueden revisar la conexión para que sea por red alámbrica.
La lista de las candidatas oferentes es la siguiente: Charpentier Celano Monique, Corrales Pampillo Marianela, Fonseca Jiménez Yadira, Gómez Montoya Ana Gabriela, González Zamora Erna Marta, Portugués Pizarro Yendry Patricia, Rodríguez Morales María Gabriela, Salas Mora Blanca Iris, Salazar Fallas Flor Sidey, Solís Zamora Ana Isabel y Víquez Carrillo Andrea. Voy a iniciar la votación. Bueno, voy a esperar un momentito, está entrando el magistrado Olaso.
ENTRA EL MAGISTRADO OLASO.
Voy a iniciar la votación. Le voy a pedir a las señoras magistradas y a los señores magistrados que se desconecten del sistema de votación y se vuelvan a conectar porque está presentando un problema. Deme un momentito, perdone. Voy a intentar de nuevo la votación. Creo que alguien se desconectó. Se desconectó, don Jesús. Ya pueden votar. Voy a cerrar la votación. Corrales Pampillo Marianela, 18 votos. Hay 18 señoras y señores magistrados presentes votando”.
Recibida la votación correspondiente, por unanimidad de las señoras magistradas y señores magistrados presentes y votando, resultó propuesta la licenciada Marianela Corrales Pampillo. Así votaron los magistrados y las magistradas Aguirre, Rivas, Vargas Vásquez, Leiva, Zamora, Sánchez, Varela, Olaso, Chacón, Solano, Ramírez, Zúñiga, Vargas González, Castillo, Salazar Alvarado, Hess y las suplentes Acón Ng y Sánchez Navarro.
Prosigue el Presidente, magistrado Aguirre: “Tenemos, entonces, por seleccionada a la señora Corrales Pampillo.”
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Refiere el Presidente, magistrado Aguirre: “Vamos a continuar”.
Señala la licenciada Navarro: “Voy a iniciar la votación, se mantienen las señoras candidatas, son 10, sin el nombre ya de doña Marianela Corrales Pampillo.
Ya pueden votar. Voy a cerrar la votación. Portugués Pizarro Yendry Patricia, 18 votos".
Recibida la votación correspondiente, por unanimidad de las señoras magistradas y señores magistrados presentes y votando, resultó propuesta la licenciada Yendry Patricia Portugués Pizarro. Así votaron los magistrados y las magistradas Aguirre, Rivas, Vargas Vásquez, Leiva, Zamora, Sánchez, Varela, Olaso, Chacón, Solano, Ramírez, Zúñiga, Vargas González, Castillo, Salazar Alvarado, Hess y las suplentes Acón Ng, Sánchez Navarro.
Indica el Presidente, magistrado Aguirre: "En consecuencia, se tiene como electa a Yendry Patricia Portugués Pizarro.”
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Refiere el Presidente, magistrado Aguirre: “Vamos a continuar".
Señala la Secretaria General: "Voy a iniciar la votación, entonces quedarían nueve candidatas. Ya pueden votar, voy a cerrar la votación. Rodríguez Morales María Gabriela, 18 votos".
Recibida la votación correspondiente, por unanimidad de las señoras magistradas y señores magistrados presentes y votando, resultó propuesta la licenciada María Gabriela Rodríguez Morales. Así votaron los magistrados y las magistradas Aguirre, Rivas, Vargas Vásquez, Leiva, Zamora, Sánchez, Varela, Olaso, Chacón, Solano, Ramírez, Zúñiga, Vargas González, Castillo, Salazar Alvarado, Hess y las suplentes Acón Ng y Sánchez Navarro.
Manifiesta el Presidente, magistrado Aguirre: "En consecuencia, se tiene como designada a la señora María Gabriela Rodríguez Morales.”
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Añade el Presidente, magistrado Aguirre: “Vamos a proceder con la última elección".
Añade la Secretaria General: "Voy a iniciar la votación, quedarían entonces las ocho candidatas a magistrada suplente.
Ya pueden votar. Falta un voto, voy a cerrar la votación. Solís Zamora Ana Isabel, 18 votos".
Recibida la votación correspondiente, por unanimidad, resultó propuesta la licenciada Ana Isabel Solís Zamora. Así votaron los magistrados y las magistradas Aguirre, Rivas, Vargas Vásquez, Leiva, Zamora, Sánchez, Varela, Olaso, Chacón, Solano, Ramírez, Zúñiga, Vargas González, Castillo, Salazar Alvarado, Hess y las suplentes Acón Ng y Sánchez Navarro.
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Refiere el Presidente, magistrado Aguirre: "En consecuencia, se tiene como designada la señora Ana Isabel Solís Zamora, declaramos firme, yo creo, este acuerdo para poder enviarlo cuanto antes a la Asamblea Legislativa.”
Una vez realizada la escogencia anterior, se acordó: Remitir a la Asamblea Legislativa los nombres de las seis personas candidatas escogidas por esta Corte, para la designación, por razones de género, de un magistrado suplente y dos magistradas suplentes de la Sala Tercera, a tenor de lo que establecen los artículos 164 de la Constitución Política y 62 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Las personas candidatas propuestas se ubican por género:
Femenino: Marianela Corrales Pampillo. Yendry Patricia Portugués Pizarro. María Gabriela Rodríguez Morales. Ana Isabel Solís Zamora. Masculino: Aisen Francisco Herrera López. Manuel Giovanni Mena Artavia. Se declara acuerdo firme.”
3162300-55880Atentamente, 00Atentamente, 3162300-698500SILVIA PATRICIA NAVARRO ROMANINI (FIRMA) PERSONA FISICA, CPF-01-0605-0529. Fecha declarada: 20/02/2024 11:44:08 AM Esta representación visual no es fuente de confianza. Valide siempre la firma. Licda. Silvia Navarro Romanini Secretaria General Corte Suprema de Justicia
Cc: Diligencias / Refs: (12248-2020, 12830-2021, 1106-2024) iquesadac
-6985-66357500
88880-73701000
389-70751300