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Expediente24284Vigente
Proyecto

Ley 10909: el MEP ya donó un terreno en Abangares al municipio

La Ley 10909 autorizó al MEP a donar a la Municipalidad de Abangares un terreno de 1630 m2 con gimnasio para deporte y recreación, y ya está vigente.

Título oficial AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA PARA QUE DONE UN BIEN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ABANGARES, PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN DEL CANTÓN. ANTES DENOMINADO: AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA PARA LA DONACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ABANGARES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN DEL CANTÓN.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Municipalidad de Abangares y vecinos de Las Juntas

    La ley entrega un inmueble de 1630 m2 con gimnasio a un solo municipio, no a todo el país.

    para que done a la Municipalidad de Abangares
    1, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Vecinos del distrito primero de Abangares, Las Juntas, donde está el terreno con gimnasio
  • Estudiantes y personal de la Escuela Delia Oviedo de Acuña, cuya junta entrega el inmueble
  • Personas que usan o usarán el gimnasio para deporte y recreación en Abangares

A quién beneficia

  • La Municipalidad de Abangares recibe un terreno de 1630 m2 con gimnasio
  • El municipio puede usar recursos propios y convenios para mejorar la infraestructura deportiva
  • Los trámites notariales de la donación quedan exentos de impuestos nacionales

Qué cambia

  • El MEP deja de tener ese inmueble y lo asume el gobierno local
  • El municipio carga con el costo de reparaciones y mejoras del gimnasio
  • El gasto municipal pasa por el presupuesto que fiscaliza la Contraloría General

La explicación completa

Qué propone

El proyecto se convirtió en la Ley 10909. Ya no está en trámite: se publicó y rige desde su publicación 1.

La ley autoriza al Ministerio de Educación Pública (MEP) a donar a la Municipalidad de Abangares un terreno de 1630 metros cuadrados con un gimnasio (art. 1). El inmueble está inscrito con matrícula 5524-000 y se ubica en el distrito primero, Las Juntas, cantón sétimo de Abangares, Guanacaste.

La donación la hace la Junta Educación Escuela Delia Oviedo de Acuña, de Abangares, cédula jurídica 3-008-051089, a favor de la Municipalidad de Abangares, cédula jurídica 3-014-042099 (art. 1).

El artículo 2 permite al municipio usar recursos propios para reparaciones, mejoras o construcción. También puede firmar convenios de cooperación interinstitucional o internacional para mejorar esa infraestructura deportiva (art. 2).

El artículo 3 faculta a la Notaría del Estado para otorgar la escritura de donación y cualquier acto notarial necesario para inscribir el documento en el Registro Nacional. Esos trámites quedan exentos del pago de impuestos nacionales (art. 3).

En qué va el trámite

La ley ya está vigente. El SINALEVI registra la Ley 10909 como "Vigente" 1.

El texto principal dice que la Asamblea aprobó el decreto el 7 de abril de 2026 (art. 3). El Poder Ejecutivo lo firmó en San José el 28 de abril de 2026 1.

El expediente 24284 empezó el 24 de abril de 2024 y tenía plazo cuatrienal hasta el 24 de abril de 2028 2. Pasó por la Comisión Especial de Guanacaste (Área VI), que votó y dictaminó el 6 de octubre de 2025.

Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan este proyecto. La sesión ordinaria #44 del 19 de agosto de 2024 discute otros expedientes, como el proyecto de ley sobre la Marina y el ICD 00:18:46.

En esa sesión una diputada dijo: "nuestra fracción No no va a votar de manera positiva esta dispensa de trámite" 01:48:12. Se refería a otro proyecto, no a la donación de Abangares.

La sesión extraordinaria #19 del 27 de agosto de 2026 trata el proyecto 24,541, ley del derecho al olvido oncológico 00:22:36. La sesión ordinaria #55 del 24 de agosto de 2026 discute las jornadas 4x3 y el expediente 24,290 01:32:06.

Ninguna de las tres grabaciones menciona el expediente 24284 ni la donación del terreno en Abangares.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la Ley 10909 y la Constitución del dossier.

El artículo 89 de la Constitución dice: "Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación. El Estado garantizará este derecho" Constitución, art. 89. La ley usa el terreno para infraestructura deportiva y recreativa, lo que calza con ese mandato (art. 1).

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. La ley traslada el inmueble a la Municipalidad de Abangares, que es el gobierno local del cantón (art. 1).

El artículo 45 declara la propiedad inviolable y permite privar a alguien de lo suyo solo por interés público comprobado y con indemnización previa Constitución, art. 45. Aquí no hay privación: la Junta de Educación entrega el bien por medio de una ley que la autoriza (art. 1).

El artículo 175 dice que los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General Constitución, art. 175. El artículo 2 permite al municipio destinar recursos propios a mejoras, y ese gasto pasaría por el presupuesto municipal (art. 2).

Qué puede hacer usted

La ley ya está vigente, así que las herramientas para frenar un proyecto en comisión o en plenario ya no aplican. Quedan las de fiscalización.

Puede pedir información a la Municipalidad de Abangares sobre el uso del terreno y del gimnasio. La guía describe la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea, que brinda información sobre el estado de tramitación de los proyectos y la legislación aprobada guía, p. 27.

Puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en las mejoras del inmueble. La guía indica que la denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur guía, p. 68. También puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025.

Si cree que un acto del municipio o del MEP viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. La guía explica que se expresa el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor público y las pruebas de cargo guía, p. 23.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto vale el terreno ni el gimnasio.

El dossier no dice si la Municipalidad de Abangares ya recibió el inmueble ni si la escritura ya se inscribió en el Registro Nacional.

El dossier no dice qué uso específico le dará el municipio al gimnasio ni cuándo empezarán las mejoras.

El dossier no incluye el debate en comisión ni en plenario sobre este expediente.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley calza con el derecho al deporte y la recreación del artículo 89 y con la autonomía municipal del artículo 169. El Censo no encontró un choque claro con la Constitución del dossier.

  1. Constitución, art. 89"Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación. El Estado garantizará este derecho, promoverá su universalización como medio eficaz para mejorar la salud y la calidad de vida de la población y apoyará el desarrollo de las distintas disciplinas deportivas en todos los niveles."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza al Ministerio de Educación Pública (MEP), en la figura de la Junta Educación Escuela Delia Oviedo de Acuña, Abangares Guanacaste, cédula jurídica número tres- cero cero ocho- cero cinco uno cero ocho nueve (n.° 3-008-051089), para que done a la Municipalidad de Abangares, cédula jurídica número tres- cero uno cuatro- cero cuatro dos cero nueve nueve (n.° 3-014-042099), el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, con matrícula número cinco cinco dos cuatro- cero cero cero (n.° 5524-000), terreno con naturaleza solar con gimnasio"

    Sin choque aparente La Constitución manda al Estado garantizar el deporte y la recreación. La ley pasa un terreno con gimnasio al municipio para fortalecer el deporte y la recreación del cantón, así que va en la misma dirección.

  2. Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley."
    Esta ley, art. 1"para que done a la Municipalidad de Abangares"

    Sin choque aparente La Constitución pone los servicios locales en manos del gobierno municipal. La ley entrega el inmueble a la Municipalidad de Abangares, que es el gobierno local del cantón.

  3. Constitución, art. 45"La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza al Ministerio de Educación Pública (MEP), en la figura de la Junta Educación Escuela Delia Oviedo de Acuña, Abangares Guanacaste"

    Sin choque aparente La Constitución protege la propiedad y exige interés público e indemnización para quitarla. Aquí la Asamblea autoriza la entrega por medio de una ley, y el texto no describe una expropiación forzada.

  4. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. 2"La Municipalidad de Abangares podrá destinar recursos propios para reparaciones, mejoras o construcción, así como establecer convenios de cooperación interinstitucional o internacional para el mejoramiento de esta infraestructura deportiva."

    Sin choque aparente La Constitución exige que la Contraloría apruebe y fiscalice los presupuestos municipales. El gasto en mejoras que permite la ley pasaría por ese control.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 10909: Autorización al Ministerio de Educación Pública para que done un bien inmueble a la Municipalidad de Abangares para el fortalecimiento del deporte y la recreación del cantón (Vigente) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 28/04/2026
  2. Expediente 24284: AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA PARA QUE DONE UN BIEN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ABANGARES, PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN DEL CANTÓN. ANTES DENOMINADO: AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA PARA LA DONACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ABANGARES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN DEL CANTÓN. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-05-20
  3. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #44, lunes 19 agosto 2024 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2024-08-20
  4. Plenario Legislativo, Sesión Extraordinaria #19, 27 Agosto 2026 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-08-27
  5. Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #55, 24 Agosto 2026 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-08-25
  6. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PLENARIO

AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA PARA QUE DONE UN BIEN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ABANGARES, PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN DEL CANTÓN

DECRETO LEGISLATIVO N.º 10909

EXPEDIENTE N.º 24.284

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10909

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA PARA QUE DONE UN BIEN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ABANGARES, PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN DEL CANTÓN

ARTÍCULO 1- Se autoriza al Ministerio de Educación Pública (MEP), en la figura de la Junta Educación Escuela Delia Oviedo de Acuña, Abangares Guanacaste, cédula jurídica número tres- cero cero ocho- cero cinco uno cero ocho nueve (n.° 3-008-051089), para que done a la Municipalidad de Abangares, cédula jurídica número tres- cero uno cuatro- cero cuatro dos cero nueve nueve (n.° 3-014-042099), el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, con matrícula número cinco cinco dos cuatro- cero cero cero (n.° 5524-000), terreno con naturaleza solar con gimnasio, situado en el distrito primero, Las Juntas; cantón sétimo, Abangares, de la provincia de Guanacaste, con los linderos: A-50701P00024600, B-50701000530600, C-50701005643100, D-50701011534400, E-50701011534500, F-50701011534800, G-50701011534900, con una medida de mil seiscientos treinta metros cuadrados (1630 m2). Según el plano cinco-uno cuatro seis cuatro seis- dos cero dos cuatro (5-14646-2024).

ARTÍCULO 2- La Municipalidad de Abangares podrá destinar recursos propios para reparaciones, mejoras o construcción, así como establecer convenios de cooperación interinstitucional o internacional para el mejoramiento de esta infraestructura deportiva.

ARTÍCULO 3- Queda facultada expresamente, la Notaría del Estado, para que otorgue la escritura de donación correspondiente, así como cualquier acto notarial que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional. Estos trámites estarán exentos del pago de impuestos nacionales.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los siete días del mes de abril del año dos mil veintiséis.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Rodrigo Arias Sánchez Presidente

Carlos Felipe García Molina Gloria Zaide Navas Montero Primer Secretario Segunda Secretaria

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