El Censo
Expediente24353Vigente
Proyecto

Pensiones de educadores congeladas ya tienen ley que las descongela

La Ley 10944 ordena subir cada seis meses las pensiones de hasta ¢2.000.000 de quienes se pensionaron con las leyes 2248 y 7268, cuando no haya aumento salarial.

Título oficial LEY PARA DESCONGELAR LAS PENSIONES DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO OTORGADAS AL AMPARO DE LAS LEYES 2248 Y 7268.ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 9635, FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, DEL 3 DE DICIEMBRE DEL 2018. ANTES DENOMINADO: LEY PARA DESCONGELAR LAS PENSIONES DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO OTORGADAS AL AMPARO DE LAS LEYES 2248 Y 7268. ADICIÓN DE UN PÁRRAFO NUEVO AL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, LEY N°9635, DEL 3 DE DICIEMBRE DEL 2018.

Atención: Hacienda estimó que el ajuste costaría 11.000 millones de colones sin fuente de financiamiento y con cargo al presupuesto nacional.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Pensionados del régimen transitorio de reparto con pensión mayor a ¢2.000.000

    La ley solo revaloriza las pensiones menores o iguales a ¢2.000.000. Las que superan ese monto quedan fuera del ajuste automático.

    las pensiones otorgadas al amparo de la Ley 2248 o de la Ley 7268, menores o iguales a los ¢2.000.000 (dos millones de colones), deberán revalorizarse por el aumento en el costo de la vida
    único, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Pensionados del régimen transitorio de reparto del Magisterio Nacional con pensión de hasta ¢2.000.000
  • Personas pensionadas al amparo de la Ley 2248
  • Personas pensionadas al amparo de la Ley 7268

A quién beneficia

  • Reciben un ajuste semestral automático por el IPC cuando no haya aumento salarial por costo de vida
  • Si el IPC es negativo, su pensión no baja
  • El ajuste aplica solo a pensiones de hasta ¢2.000.000

Qué cambia

  • Hacienda estimó un costo de 11.000 millones de colones sin fuente de financiamiento
  • El gasto iría como cargo al presupuesto nacional
  • El ajuste se calcula con la variación acumulada del IPC a junio y diciembre

La explicación completa

El proyecto 24.353 ya no está en trámite: se convirtió en la Ley 10944. La Asamblea la aprobó el 14 de abril de 2026 y ahora rige desde su publicación (art. único).

Qué propone

La ley agrega un párrafo al inciso a) del artículo 13 de la Ley 9635, la ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas del 3 de diciembre de 2018 (art. único). Ese párrafo dice que, cuando no haya aumentos salariales por costo de vida, las pensiones de hasta ¢2.000.000 se revalorizan cada seis meses.

El ajuste usa la variación acumulada del índice de precios al consumidor (IPC) con corte a junio y a diciembre (art. único). El IPC mide cuánto suben los precios de lo que la gente compra. El aumento es automático y semestral.

Si el IPC sale negativo, la pensión no baja (art. único). La ley protege el monto y no aplica una desvalorización.

El beneficio cubre solo a las pensiones otorgadas al amparo de la Ley 2248 o de la Ley 7268 (art. único). Son las del régimen transitorio de reparto del Magisterio Nacional 1.

Cuando no apliquen las medidas extraordinarias de la Ley 9635, esas pensiones siguen revalorizándose como dicen el artículo 29 de la Ley 2248 y el artículo 10 de la Ley 7268 (art. único).

En qué va el trámite

El expediente 24.353 terminó su camino y se convirtió en la Ley 10944 (art. único). La Asamblea la aprobó el 14 de abril de 2026.

El trámite pasó por la Comisión de Asuntos Hacendarios (Área VI), que votó el 29 de octubre de 2025 1. Luego la comisión remitió el expediente a la Secretaría del Directorio el 3 de febrero de 2026.

El plazo cuatrienal vencía el 30 de mayo de 2028 1. Ya no aplica porque la ley quedó aprobada (art. único).

Lo que se dijo en la Asamblea

El diputado Jonathan Acuña explicó por qué las pensiones no subían pese al costo de la vida 00:00:21. Dijo que la ley 9635 congela las pensiones "excepto por costo de vida" 00:00:42.

Acuña agregó que este caso son pensiones "enganchadas a los aumentos salariales" y por eso quedaron congeladas 00:00:58. Calificó la situación de "una absoluta injusticia" 00:00:29.

Pedro Golcher, presidente de la asociación de educadores pensionados, dijo que 14.000 personas están afectadas de 46.000 pensionadas en el régimen transitorio de reparto 00:01:10.

Golcher señaló que 39.000 personas tienen un promedio de pensión de 800 colones 00:01:19. Ese promedio se reduce por las deducciones legales 00:01:30.

En otra audiencia, Acuña dijo que unas 16.000 pensiones de la ley 7531 sí reciben aumento por IPC 00:00:34. Preguntó si la ley 9635 pretendió congelar todas las pensiones 00:00:49.

Marco Turio Fallas, expresidente de la asociación, dijo que el reconocimiento por costo de vida es el impacto de la inflación en la pensión 00:01:20.

El viceministro de Hacienda, Luis Molina, dijo en la Comisión de Asuntos Hacendarios que el impacto sería de 11.000 millones de colones 00:00:20. Explicó que ese aumento no tiene fuente de financiamiento y iría como cargo al presupuesto nacional 00:00:31.

Molina detalló que el acumulado 2022-2024 sería de 41.000 millones de colones: 30.000 para la 2248 y 11.000 para la 7268 00:01:01.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10944 y los artículos de la Constitución en el dossier. La ley ordena un ajuste de pensiones y la Constitución delega la potestad de legislar en la Asamblea Constitución, art. 105.

El artículo 73 manda que los fondos de los seguros sociales no se usen para fines distintos a los que motivaron su creación Constitución, art. 73. La ley usa recursos del presupuesto nacional para pagar el ajuste, según Hacienda 00:00:31. Queda la duda de si ese gasto respeta el destino de los fondos, pero el texto no lo dice.

El artículo 180 dice que el presupuesto es el límite de acción de los Poderes Públicos Constitución, art. 180. Todo proyecto que cree gasto debe sujetarse al artículo anterior. Hacienda dijo que el ajuste no tiene fuente de financiamiento 00:00:31. Esa es una duda sobre el respaldo presupuestario, no una conclusión de inconstitucionalidad.

Qué puede hacer usted

El referéndum no procede en materia de pensiones guía, p. 30. La Constitución excluye los proyectos de pensiones del referéndum Constitución, art. 105.

Puede pedir información sobre el estado del expediente a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea guía, p. 27. Esa oficina brinda información sobre la tramitación de los proyectos y las actas.

Puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de recursos públicos guía, p. 68. Las denuncias se reciben en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur o al teléfono 2501-8025.

Puede presentar una consulta o denuncia ante la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) guía, p. 114. SUPEN atiende denuncias y consultas sobre el otorgamiento de pensiones.

Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación de la Ley 10944 en La Gaceta.

El dossier no dice cuántas personas recibirán el ajuste ni el monto total que pagará el Estado.

El dossier no incluye el texto completo del artículo 13 de la Ley 9635 tal como quedó vigente.

El dossier no dice si Hacienda incluyó la partida en el presupuesto 2026.

La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas

El Censo no encontró un choque directo, pero hay dudas sobre el respaldo presupuestario del gasto y sobre el destino de los fondos de los seguros sociales.

  1. Constitución, art. 105"La potestad de legislar reside en el pueblo, el cual la delega en la Asamblea Legislativa por medio del sufragio."
    Esta ley, art. único"Se adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 13 de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, del 3 de diciembre del 2018."

    Sin choque aparente La Asamblea tiene la potestad de dictar leyes, y esta ley se aprobó por esa vía. El referéndum no procede en materia de pensiones.

  2. Constitución, art. 73"No podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales."
    Esta ley, art. único"las pensiones otorgadas al amparo de la Ley 2248 o de la Ley 7268, menores o iguales a los ¢2.000.000 (dos millones de colones), deberán revalorizarse por el aumento en el costo de la vida"

    Hay dudas La ley ordena un ajuste con cargo al presupuesto nacional, según Hacienda. Queda la duda de si ese gasto toca fondos de los seguros sociales, pero el texto no lo dice.

  3. Constitución, art. 180"Todo proyecto de modificación que implique aumento o creación de gastos deberá sujetarse a lo dispuesto en el artículo anterior."
    Esta ley, art. único"deberán revalorizarse por el aumento en el costo de la vida, en un porcentaje igual a la variación acumulada semestral con corte a junio y diciembre del índice de precios al consumidor (IPC), de modo automático y con periodicidad semestral"

    Hay dudas La ley crea un gasto automático y semestral. Hacienda dijo que no tiene fuente de financiamiento. Es una duda sobre el respaldo presupuestario.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:29

    "Sé que lo que han pasado durante todo estos años ha sido una absoluta injusticia una absoluta injusticia"

    Jonathan Acuña · Piden descongelar pensiones del régimen transitorio de reparto

  • 00:00:58

    "este caso en específico son pensiones que están enganchadas a los aumentos salariales y por eso quedaron congeladas"

    Jonathan Acuña · Piden descongelar pensiones del régimen transitorio de reparto

  • 00:01:10

    "14,000 personas se están viendo afectadas de los 46,000 personas que están pensionadas en el rtr"

    Pedro Golcher · Piden descongelar pensiones del régimen transitorio de reparto

  • 00:01:20

    "El reconocimiento por costo de vida no es más que eso, es reconocimiento por el impacto de la inflación en el monto de la pensión."

    Marco Turio Fallas · Califican de desigual que parte de pensiones de educadores estén congeladas

  • 00:00:20

    "el impacto de esa propuesta costaría un total de 11,000 millones de colones"

    Luis Molina · 11 mil millones de colones costará revalorizar pensiones de reparto

  • 00:00:31

    "señaló que ese aumento no tiene fuente de financiamiento e iría como cargo al presupuesto nacional"

    Luis Molina · 11 mil millones de colones costará revalorizar pensiones de reparto

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Expediente 24353: LEY PARA DESCONGELAR LAS PENSIONES DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO OTORGADAS AL AMPARO DE LAS LEYES 2248 Y 7268.ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 9635, FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, DEL 3 DE DICIEMBRE DEL 2018. ANTES DENOMINADO: LEY PARA DESCONGELAR LAS PENSIONES DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO OTORGADAS AL AMPARO DE LAS LEYES 2248 Y 7268. ADICIÓN DE UN PÁRRAFO NUEVO AL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, LEY N°9635, DEL 3 DE DICIEMBRE DEL 2018. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-06-17
  2. Piden descongelar pensiones del régimen transitorio de reparto Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-03-26
  3. Califican de desigual que parte de pensiones de educadores estén congeladas Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-04-09
  4. 11 mil millones de colones costará revalorizar pensiones de reparto Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-03-25
  5. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PLENARIO

LEY PARA DESCONGELAR LAS PENSIONES DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO OTORGADAS AL AMPARO DE LAS LEYES 2248 Y 7268. ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 9635, FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, DEL 3 DE DICIEMBRE DEL 2018

DECRETO LEGISLATIVO N.º 10944

EXPEDIENTE N.º 24.353

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10944

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

LEY PARA DESCONGELAR LAS PENSIONES DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO OTORGADAS AL AMPARO DE LAS LEYES 2248 Y 7268. ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 9635, FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, DEL 3 DE DICIEMBRE DEL 2018

ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 13 de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, del 3 de diciembre del 2018. El texto es el siguiente:

Artículo 13- Medidas Extraordinarias […]

a) […]

Cuando no se realicen aumentos salariales por costo de vida por efecto de lo dispuesto en el inciso c) de este artículo, las pensiones otorgadas al amparo de la Ley 2248 o de la Ley 7268, menores o iguales a los ¢2.000.000 (dos millones de colones), deberán revalorizarse por el aumento en el costo de la vida, en un porcentaje igual a la variación acumulada semestral con corte a junio y diciembre del índice de precios al consumidor (IPC), de modo automático y con periodicidad semestral, en caso de que se presenten valores porcentuales negativos del IPC, no se realizará una desvalorización de las referidas pensiones. Cuando no sean de aplicación las medidas extraordinarias establecidas en este artículo, las pensiones otorgadas al amparo de la Ley 2248 o de la Ley 7268, seguirán siendo revalorizadas según lo regulado en el artículo 29 de la Ley 2248 y del artículo 10 de la Ley 7268.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los catorce días del mes de abril del año dos mil veintiséis.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Rodrigo Arias Sánchez Presidente

Gloria Zaide Navas Montero Geison Enrique Valverde Méndez Segunda Secretaria Segundo Prosecretario

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