# Expediente 24381: Archivado: el plan de "libre deforestación" no llegó a ser ley

- Página: https://elcenso.com/leyes/24381
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: LEY PARA EL DESARROLLO, PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD LIBRE DE DEFORESTACIÓN Y DEFORESTACIÓN EVITADA
- Publicada: 2024-06-24
- La Gaceta: 114
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El proyecto 24381, que exoneraba del IVA a productos "libres de deforestación", quedó archivado en octubre de 2025 sin llegar al Plenario.

## A quién le toca

- Productores agrícolas que querían certificar sus productos como libres de deforestación
- Personas que compran productos con la etiqueta de sostenibilidad
- Pymes agrícolas que podrían haberse acogido al crédito del sistema
- Consumidores que compran productos importados sin certificación nacional

## A quién beneficia

- Exoneración del impuesto sobre las ventas para productos certificados
- Tarifa de IVA de 0,5% para productos orgánicos y libres de deforestación
- Crédito diferenciado de la banca pública para beneficiarios
- Acceso a recursos del Fodemipyme para financiar la producción

## Qué cambia

- El Minae tendría que emitir un reglamento de certificación
- La certificación sería obligatoria solo para exportar
- La Comisión Nacional del Consumidor sancionaría el etiquetado falso
- La definición de pyme en la Ley 8262 cambiaría

## Cláusulas a revisar

- **Exoneración y tarifa reducida de IVA** (17 y 21): El proyecto exoneraba del impuesto sobre las ventas y bajaba a 0,5% la tarifa del IVA para productos certificados. Eso reduce la recaudación. Texto: "Exonérese del pago del impuesto sobre las ventas, la venta de productos libres de deforestación y deforestación evitada, producidos en el país dentro del marco regulatorio de esta ley, que se encuentren registrados y certificados ante la entidad correspondiente."
- **Reglamento de certificación a cargo del Minae** (11): El texto deja en un reglamento del Minae los requisitos de certificación. La ley no fija los criterios concretos. Texto: "El Minae deberá emitir el respectivo reglamento que regulará todo lo referente a los sistemas de certificación, relacionados con producción libre de deforestación y deforestación evitada."

## Explicación

El proyecto de ley 24381 está archivado. La Asamblea Legislativa lo recibió en junio de 2024 y lo discutió en la Comisión de Ambiente. Pero la comisión lo votó el 17 de octubre de 2025 y lo remitió a la Secretaría del Directorio. Desde entonces no avanzó al Plenario. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

### Qué propone

El proyecto proponía crear una categoría oficial de productos "libres de deforestación y deforestación evitada". Un producto así sería el que sale de tierras que no fueron deforestadas después del 31 de diciembre de 2020. ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El Minae quedaría a cargo de promover, fomentar y controlar esa actividad. ([art. 6](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) También podría firmar convenios con otras instituciones y con organizaciones no gubernamentales para promoverla. ([art. 9](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

La certificación sería voluntaria para el mercado nacional. Pero sería obligatoria para exportar. ([art. 11](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) El Minae tendría que emitir un reglamento con los requisitos de esa certificación. 

El texto proponía dos beneficios tributarios. Primero, exonerar del impuesto sobre las ventas la venta de esos productos certificados. ([art. 17](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) Segundo, bajar a 0,5% la tarifa del IVA para productos agropecuarios orgánicos y libres de deforestación. ([art. 21](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

También autorizaba a la banca pública a dar crédito diferenciado a los productores beneficiarios. ([art. 14](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) Y al Fodemipyme a financiar créditos con recursos del fondo, bajo la Ley 8262. ([art. 16](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El proyecto reformaba la definición de pymes en la Ley 8262. La ampliaba para incluir a quienes desarrollen agricultura orgánica o libre de deforestación. ([art. 20](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

Para las sanciones, quien venda como "libre de deforestación" un producto que no lo es cometería una infracción. Se aplicaría el artículo 34, inciso b), de la Ley 7472, que obliga a informar de forma clara y veraz al consumidor. ([art. 19](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=26481&param2=150734&param3=1)

### En qué va el trámite

El expediente está archivado. La ficha registra la votación en comisión el 17 de octubre de 2025 y la remisión a la Secretaría del Directorio el 28 de octubre de 2025. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

El plazo cuatrienal vencía el 12 de junio de 2028. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx) Para que fuera ley faltaban los dos debates en el Plenario y la sanción del Poder Ejecutivo. ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1))

### Lo que se dijo en la Asamblea

No hay grabaciones de la Asamblea sobre este expediente en el dossier. No se puede citar lo que se dijo en el debate.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. El artículo 50 ordena al Estado procurar el mayor bienestar y garantizar un ambiente sano. ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) El proyecto decía buscar ese mismo fin ambiental. ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

Hay una duda sobre el trámite. El artículo 124 permite delegar proyectos a comisiones, pero excluye los que crean impuestos nacionales o modifican los existentes. ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) El proyecto cambiaba tarifas del IVA. ([art. 21](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) Esa duda no se resolvió porque el expediente se archivó.

### Qué puede hacer usted

El expediente está archivado, así que no hay debate abierto para incidir. La guía explica que la incidencia ciudadana funciona sobre todo en la comisión, con entrevistas a los diputados. ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29))

Si quiere proponer un proyecto parecido, puede llenar el formulario web de la Asamblea. La guía aclara que esas propuestas no tienen garantía de ser acogidas, discutidas ni votadas. ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27))

También puede usar la iniciativa popular. Necesita reunir al menos un 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral. ([Constitución, art. 105](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) La Oficina de Iniciativa Popular da asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto. ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26))

### Lo que no sabemos

Por qué la comisión votó el proyecto y qué pasó después de la remisión a la Secretaría del Directorio.

Cuántos votos obtuvo en la comisión.

Si el Plenario llegó a conocerlo antes del archivo.

## Frente a la Constitución

El fin ambiental calza con el artículo 50. Queda una duda sobre si el cambio de tarifas del IVA impedía delegar el proyecto a comisión, según el artículo 124.

## Qué puede hacer usted

- Formulario web de propuestas de ley: Rellene el formulario en la página de la Asamblea. No hace falta el texto completo. La guía advierte que no hay garantía de que se discuta o vote. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Iniciativa popular: Reúna al menos un 5% de firmas de ciudadanos inscritos en el padrón electoral. El TSE verifica y traslada el proyecto a la Asamblea. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)
- Oficina de Iniciativa Popular: Pida asesoría técnica gratuita para la redacción y los procedimientos. La Defensoría de los Habitantes también ofrece el servicio. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Expediente 24381: LEY PARA EL DESARROLLO, PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD LIBRE DE DEFORESTACIÓN Y DEFORESTACIÓN EVITADA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-06-24. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Ley 7472: Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 20/12/1994. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=26481&param2=150734&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY PARA EL DESARROLLO, PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD LIBRE DE DEFORESTACIÓN Y DEFORESTACIÓN EVITADA

CARLOS ANDRÉS ROBLES OBANDO
DIPUTADO

EXPEDIENTE N.° 24.381

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

LEY PARA EL DESARROLLO, PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD LIBRE DE DEFORESTACIÓN Y DEFORESTACIÓN EVITADA

Expediente N.º 24.381

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Hoy en día la problemática del cambio climático nos debe llevar, como sociedad, a reflexionar sobre las implicaciones que existe para la humanidad abusar de la contaminación con combustibles fósiles, el daño a los recursos naturales y el deterioro causado por la deforestación de zonas de riqueza biológica y conservación.

El cambio climático constituye, en la actualidad, uno de los mayores retos de la civilización moderna, que año con año nos lleva a la pérdida de millones de vidas, millones de dólares en infraestructura, reducción de rendimientos en los cultivos agrícolas, pérdida de calidad de los productos y un entorno de inseguridad alimentaria global, ante el enorme reto productivo por la variación en los patrones de precipitación y el incremento desmedido de la temperatura diurna y nocturna.

Actividades de mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), como la deforestación evitada o el concepto de libre deforestación se han considerado alternativas viables a priorizar, para ayudar a reducir las emisiones de esos gases dañinos, ya que se focaliza en el mantenimiento de las reservas de carbono en bosques en pie.

Denman et al., (2007) calculó que las emisiones debido a la deforestación rondan el 20% del total de emisiones de GEI, siendo la segunda fuente más importante después de la quema de combustibles fósiles.

Ante esa estadística es imprescindible desarrollar políticas públicas que consideren todas las fuentes, sumideros y reservas de carbono para que las actividades de mitigación no estén únicamente dirigidas a la reducción de la demanda o utilización de combustibles fósiles.

Causas de la deforestación

Las causas de la deforestación son diversas y varían de acuerdo con cada región. La deforestación se puede dar tanto en bosques primarios como secundarios, asociados principalmente a la expansión de las fronteras agrícolas y pecuarias, la construcción y los incendios forestales.
En otros casos la deforestación se presenta por el abastecimiento de maderas en los diferentes mercados (venta o autoconsumo), la colonización (desplazamiento de poblaciones), la minería, los cultivos ilícitos y los incendios forestales.

Ante un panorama de esta naturaleza es claro que se debe continuar desarrollando estrategias para detener la deforestación en el país y así garantizar el mantenimiento de la cobertura forestal de la nación y de la biodiversidad que alberga.

El cambio climático ¿qué es?

El cambio climático es un fenómeno natural que se presenta en el planeta desde hace millones de años y se observa en periodos determinados de tiempo o con la incidencia de fenómenos como La Niña o El Niño.

Este fenómeno en el último siglo se ha manifestado de una manera mucho más extrema, indicando que el sistema climático mundial ha sido afectado por la actividad de los humanos.

Estudios han demostrado que el incremento de la temperatura global está directamente relacionado con el aumento de las concentraciones de los gases de efecto invernadero (GEI), en especial de dióxido de carbono (IPCC, 2007).

El cambio climático relacionado con la acción del hombre se puede percibir con mayor claridad a partir de la revolución industrial que inició en el siglo XIX y viene en constante aumento hasta la actualidad.

Figura 1. Concentración de dióxido de carbono y correlación con la temperatura en los últimos 150 000 años

Fuente: Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC)

En relación con la temperatura del aire de la superficie terrestre observamos como la tasa de calentamiento creció el doble de la reportada desde 1979, mostrando que el calentamiento ha sido particularmente marcado desde la década de 1970.

Figura 2. Evolución de la temperatura del aire de la superficie terrestre y la temperatura media global, desde 1850 al 2018

Fuente: Informe especial IPCC. Cambio Climático y Tierra

Principales fuentes de efecto de gases de efecto invernadero

La generación de gases de efecto invernadero (GEI) se produce por diversas actividades humanas; sin embargo, las asociadas con la quema de combustibles fósiles para la obtención de energía y el cambio en el uso de la tierra son las principales fuentes de esos compuestos volátiles.

Casi el 57% equivale a dióxido de carbono (CO2) producido por la quema de combustibles fósiles, mientras que el producido por la deforestación alcanza cerca de un 20% del total de emisiones, el 14% corresponde al metano (CH4) generado en la agricultura, procesos de descomposición de materia orgánica y generación de energía y el 8% corresponde a los compuestos nitrogenados (N2O), resultantes de uso agrícola.

Figura 3. Cambio en las emisiones de CO2, CH4 y N2O de 1961 a 2016

Fuente: Informe especial IPCC. Cambio climático y Tierra

Cambio climático y la deforestación

De acuerdo con el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), la deforestación son todos aquellos procesos naturales o antropogénicos que convierten las tierras forestales a no forestales.

Durante ese proceso de conversión no solo se afecta el contenido de carbono, por la remoción de la biomasa acumulada en troncos aprovechables, sino que de acuerdo con la escala y tiempo de la conversión se afectan otros compartimentos en donde se almacena el carbono en forma de biomasa en los bosques y posteriormente el carbono es liberado a la atmosfera.

En el proceso de cambio de la cobertura forestal, se remueven inicialmente los árboles y se queman las malezas para dejar limpio el terreno. Eso conlleva a la remoción y liberación del carbono almacenado en hojarasca y madera muerta.

Una vez finalizada la vida útil de un árbol, este se procederá a incinerar o se pudrirá y liberará gradualmente el CO2 almacenado, lo mismo ocurrirá con las raíces.

La remoción de la masa forestal y la posible entrada de cultivos permite la oxidación de la materia orgánica de los suelos, liberándose de esa forma una cantidad adicional de uno de los compartimentos con mayor cantidad de carbono. Ese carbono será susceptible a ser arrastrado por la lluvia, que a su vez disminuye la calidad del suelo, si no se hace un adecuado manejo de este.

Si el cambio se hace a actividades agropecuarias, implicará entonces la posterior utilización de compuestos nitrogenados para la fertilización, por ejemplo, los cuales al oxidarse liberan GEI. Si el cambio se hace para ganadería, se generará fermentación entérica, metano, el cual será liberado.

Cuadro 1. Porcentaje de reservas iniciales de carbono dirigidas hacia la atmósfera cuando los bosques tropicales son convertidos a otros tipos de uso de suelo.
Para suelos cuya reserva está a un metro de profundidad.
La pérdida de carbono puede ocurrir a lo largo de un año,
con quemas, o mayor a 100 años, con algunos
productos de madera

Fuente: Houghton (2005). Tropical deforestation as a source of greenhouse gas emissions.

La importancia de los bosques en la mitigación del cambio climático

En el ámbito global, en los últimos tres siglos el área forestal se ha reducido a la mitad. La reducción de la cobertura forestal tiene implicaciones serias para el clima del planeta, ya que la deforestación genera emisiones de carbono a la atmósfera.

El IPCC señala que, en las últimas dos décadas, la deforestación tropical ha dominado el flujo de CO2 producido por el cambio en el uso del suelo. Considerando que los bosques tropicales contienen aproximadamente el 40% del carbono acumulado en la biomasa terrestre, cualquier perturbación de esos ecosistemas podría resultar en un cambio significativo en el ciclo de carbono mundial.

Se estima que las emisiones asociadas con el cambio en el uso de la tierra, en su mayoría provenientes de la deforestación tropical, ascendieron entre 0,8 y 2,4 GTC/año (Gigatoneladas de carbono al año), durante la década de los noventa, lo que equivale a cerca de un 20% del total de emisiones debidas a las acciones de los seres humanos.

Figura 4. Comparación entre las emisiones globales anuales promedio proveniente de la deforestación (1989-1995) y el consumo de combustibles fósiles (1990-1999). En millones de toneladas métricas de CO2

Fuente: IPCC, con datos del departamento de energía de EE. UU

Observando esas cifras, revierte importancia reducir los índices de deforestación para lograr la estabilización de los niveles de GEI.

Soares-Filho et al. (2006) sugiere que si las tendencias de expansión agrícola continúan de la misma manera, el 40% de los bosques de la Amazonia se destruirán para el 2050, pudiendo llegar a emitir un aproximado de 32.000 GTC (Gigatoneladas de carbono).

El papel que cumplen los bosques tropicales en el ciclo climático y del carbono tienen una relación directa con las tasas de deforestación actuales y futuras, y la cantidad de bosques remanentes que queden en pie, o que puedan aumentar sus reservas de carbono.

Las actividades forestales pueden ayudar a mitigar el cambio climático principalmente de tres maneras, a saber:

Por medio de la captura de CO2 a través de las actividades de forestación, reforestación o restauración.
Mantener el carbono que tienen almacenado dentro de su biomasa (deforestación evitada).

Evitar la liberación a la atmósfera, por medio de la sustitución de combustibles fósiles y actividades que generen emisiones por productos forestales para la generación eléctrica.

La deforestación evitada como alternativa contra el cambio climático

La deforestación evitada es considerada como medida para la mitigación gases de efecto invernadero (GEI), ya que esta práctica lo que busca es mantener las reservas de carbono en bosques de pie.

La deforestación evitada es reconocida como una medida de mitigación costo-beneficio que posee total sinergia con la adaptación y el desarrollo sostenibles, ya que ese tipo de proyectos fortalecen la protección de bosques y generan encadenamientos productivos en comunidades rurales.

Costa Rica debe seguir fomentando acciones que eviten la deforestación

Costa Rica pasó de tener una de las tasas de deforestación más altas del mundo en la década de los 80s, periodo de deforestación frontal, a convertirse en un país ecoturista, algo que a lo largo del planeta es altamente reconocido por gran cantidad de turistas de todo el mundo que desean visitar nuestros bosques y reservas marinas.

De 1986 a 2010 en Costa Rica se presentó el periodo de recuperación forestal, en donde la cobertura boscosa pasó del 40,8% al 50,4% (Sanchez, 2015). En 2013 la cobertura forestal alcanzó un 52,4%, lo que convirtió a Costa Rica en el primer país tropical en revertir la deforestación.

El país tiene por objetivo alcanzar cero emisiones netas para 2050, lo que significa que en algún momento el país dejará de percibir un impuesto a los combustibles, que por muchos años ha sido pilar para el combate de la deforestación.

Ese programa que ha pagado por años a terratenientes para que no talen árboles depende casi por completo de los ingresos por impuestos a los combustibles. Eso ha generado que el gobierno busque otras alternativas que contengan la peligrosidad de que la ciudadanía se aboque, nuevamente a procesos de deforestación.

El gobierno de Costa Rica ha generado, a través de los años, diferentes leyes y programas que han actuado como incentivos para los trabajadores y propietarios de fincas. El objetivo ha sido reforestar áreas del territorio y ampliar la cobertura boscosa.

A través de programas existentes y la generación de nuevos proyectos de protección ambiental se podrá mejorar la recuperación, lo cual traerá beneficios ecológicos y de salud a la población costarricense. A pesar de que en nuestro país es basta la legislación forestal que obliga al cumplimiento, aún no se da de forma generalizada en todo el país, ya que la tala ilegal se sigue practicando, incluso a veces hasta en zonas protegidas.

Es por esa razón que el presente proyecto de ley reviste enorme relevancia, ya que este tipo de iniciativas ayudará a fomentar la elaboración y uso de nuevos materiales sustitutivos de la madera, a partir de subproductos derivados del procesamiento agroindustrial, que vienen a presentar una alternativa viable de utilización.

Es por esto, y a partir de las razones expuestas con anterioridad, que se somete a conocimiento de la corriente legislativa la siguiente iniciativa de ley.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

LEY PARA EL DESARROLLO, PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD LIBRE DE DEFORESTACIÓN Y DEFORESTACIÓN EVITADA

## CAPÍTULO I
OBJETO Y ALCANCES

### ARTÍCULO 1- Objeto de la ley

La presente ley es de interés ambiental y social y tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible, la promoción, el fomento y la gestión de la actividad de producción libre de deforestación y deforestación evitada, fortaleciendo los mecanismos de control y promoción de los productos y subproductos derivados de actividades agrícolas, así como procurar la competitividad y rentabilidad de dichos productos y subproductos.

### ARTÍCULO 2- Alcances de la presente ley

Promover la producción libre de deforestación y deforestación evitada, con el propósito de lograr un efectivo beneficio de la salud humana, animal y vegetal en conjunto, como complemento para el desarrollo de políticas públicas referidas al uso del suelo, el recurso hídrico y la biodiversidad.

### ARTÍCULO 3- Fines de la presente ley

Son fines de esta ley, la regulación, el desarrollo, la promoción y el fomento de la actividad libre de deforestación y deforestación evitada. Deberán tenerse como prioritarios el beneficio de las personas micro, pequeñas y medianas productoras nacionales y de sus familias, el respeto de la diversidad cultural, el desarrollo socioeconómico rural, el adecuado reparto de la riqueza, así como la protección del medio ambiente y la salud de todos los seres humanos.

### ARTÍCULO 4- Interés público

Declárese de interés público todo lo relacionado con la libre deforestación y deforestación evitada, por los beneficios y alcances que se derivan de su producción en sus diversas manifestaciones: para tal efecto, el Estado deberá incluirla dentro del Plan Nacional de Desarrollo.

## CAPÍTULO II
DEFINICIONES

### ARTÍCULO 5- Definiciones

Para los efectos de esta ley, los siguientes términos se entenderán de acuerdo con estas definiciones:

a) Bosque: tierras que se extienden por más de 0,5 hectáreas dotadas de árboles de una altura superior a 5 metros y una cobertura de copa superior al 10%, o de árboles capaces de alcanzar esta altura in situ. No incluye la tierra sometida a un uso predominantemente agrícola o urbano.

b) Deforestación: conversión de los bosques a otro uso de la tierra independientemente de si es inducido por humanos o no.

c) Deforestación evitada: medidas y estrategias de prevención o reducción de la pérdida de los bosques con el fin de reducir las emisiones de gases causantes del calentamiento global, buscando el mantenimiento de reservas de carbono en tierras boscosas. Para esto se deben cumplir ciertos estándares que involucran compensaciones reales, certificables y auditables sobre el impacto en la reducción de deforestación y que permitan contribuir a la mitigación del cambio climático.

d) Economía circular: sistemas económicos basados en modelos operativos que reutilizan, reciclan y recuperan (lo que también se conoce como las tres erres de la sostenibilidad o el enfoque de las tres erres) los materiales en los procesos de producción, distribución y consumo con miras a lograr el desarrollo sostenible. El concepto también puede describirse como un enfoque que puede disminuir el consumo de recursos frenando, cerrando o reduciendo los circuitos de los recursos naturales.

e) Empleos verdes: empleos que contribuyen a conservar y restaurar el medio ambiente, ya sea en los sectores tradicionales como la manufactura o la construcción o en nuevos sectores emergentes como energías renovables y la eficiencia energética.

f) Libre deforestación: se entiende por «libre de deforestación» el estado de los bienes producidos en tierras que no hayan sido objeto de deforestación o degradación forestal después del 31 de diciembre de 2020. Para esto se deben cumplir ciertos estándares que involucran compensaciones reales, certificables y auditables del bosque y parcelas donde se produjo la actividad, y que permitan contribuir a la mitigación del cambio climático.

g) Productos agrícolas: plantas que se pueden cultivar y cosechar extensivamente con fines de lucro o de subsistencia.

h) Subproductos agrícolas: residuo del proceso agroindustrial de origen vegetal que procede de la producción, cosecha, transporte y elaboración de zonas agrícolas. Ejemplos: mazorcas y tallos de maíz, tallos y cáscaras de trigo, cáscaras de maní, cascarilla de arroz y girasol, cáscara de café, tallos de mostaza, bagazo de la caña de azúcar, entre otros.

i) Producto innovador: producto, servicio o proceso nuevo o mejorado que se crea a partir de productos, subproductos o métodos que contribuyan a la reducción de la deforestación o promuevan la reforestación.

j) Uso en cascada: utilización eficiente de los recursos mediante el aprovechamiento de los residuos y los materiales reciclados con miras a ampliar la disponibilidad de biomasa total en un determinado sistema.

## CAPÍTULO III
PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA LIBRE DE DEFORESTACIÓN Y DEFORESTACIÓN EVITADA

### ARTÍCULO 6- Órgano encargado de promover la actividad libre de deforestación y deforestación evitada

Corresponde al Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) realizar las labores de promoción, desarrollo, fomento, administración y control de la actividad libre de deforestación y deforestación evitada.

### ARTÍCULO 7- Readecuación de procedimientos referentes al desarrollo de procesos productivos e industriales

Las instituciones de la Administración Pública, por medio de sus diferentes órganos especializados, generarán la apertura institucional para desarrollar procesos productivos e industriales acordes con las condiciones, dimensiones y ventajas de la producción libre de deforestación y deforestación evitada, con el fin de cumplir la normativa relacionada con el cuidado de la salud y el medio ambiente.

### ARTÍCULO 8- Facilitación de recursos humanos

Autorícese a la Administración Pública para que le facilite al Minae los recursos humanos debidamente capacitados en la actividad libre de deforestación y deforestación evitada, para el debido cumplimiento de lo establecido en la presente Ley. El Minae será el encargado de coordinar todo lo referente al cumplimiento de la presente ley.

### ARTÍCULO 9- Autorización para suscribir convenios de cooperación interinstitucional y convenios con entidades no gubernamentales

Autorícese a todas las instituciones de la Administración Pública, por medio de los órganos competentes, para que suscriban convenios interinstitucionales y convenios con organizaciones no gubernamentales, con el propósito de desarrollar, fomentar y realizar actividades de promoción para cumplir los fines señalados en la presente ley.

## CAPÍTULO IV
APOYO A LOS MERCADOS DE PRODUCTOS LIBRES DE DEFORESTACIÓN Y DEFORESTACIÓN EVITADA

### ARTÍCULO 10- Generación de productos o bienes innovadores a partir de productos libres de deforestación y deforestación evitada

Serán todos aquellos productos, servicios o procesos que se transforman o desarrollan a partir de materiales o métodos que contribuyan a la reducción de la deforestación o promuevan la reforestación.

Serán el resultado de diferentes formas de innovación, como el desarrollo de nuevos productos para satisfacer necesidades no cubiertas, la mejora de productos existentes mediante la introducción de nuevas funciones, extensiones de línea que amplían una línea de productos existentes e innovación de procesos que mejoran los métodos utilizados en la producción.

Estos productos, servicios o procesos no solo lograrán satisfacer una función que ningún otro producto puede cumplir, sino que también contribuirán a la sostenibilidad y al consumo responsable. La innovación no solo se refiere a la creación de nuevos productos, sino también a la adopción de prácticas nuevas que reduzcan y promuevan la reforestación.

### ARTÍCULO 11- Certificación de productos libres de deforestación y deforestación evitada

El productor decidirá si certifica su producto para el consumo nacional. Si el producto va a comercializarse en los mercados internacionales, será requisito esencial la certificación de tercera parte, en los términos de la presente ley.

Las personas que se dediquen a la producción libre de deforestación y deforestación evitada podrán utilizar la certificación para comercializar sus productos en el mercado nacional, utilizando la denominación, “producto libre de deforestación y deforestación evitada”.

El objetivo de un sistema de certificación es promover la comercialización de productos libres de deforestación y deforestación evitada en el mercado nacional, ya sea, por medio de relaciones directas productor-consumidor, ferias convencionales o especializadas, puntos de venta, servicio a domicilio y venta a instituciones, entre otros.

El Minae deberá emitir el respectivo reglamento que regulará todo lo referente a los sistemas de certificación, relacionados con producción libre de deforestación y deforestación evitada. En el reglamento se detallarán los procedimientos para su conformación, así como los requisitos que dichos sistemas deberán contener, los cuales incluirán, como mínimo, los siguientes elementos:

a) La participación de al menos una persona o un grupo de personas productoras y agroindustriales, de una organización de consumidores, independientes entre sí.

b) La definición de los principios y valores por garantizarse, los cuales no podrán ser inferiores a la normativa nacional para producción libre de deforestación y deforestación evitada.

c) La capacitación de los actores que implementarán el sistema.

El Minae, por medio de la oficina competente, fiscalizará el adecuado funcionamiento de los sistemas de certificación relacionados con la producción libre de deforestación y deforestación evitada; para ello, deberá contar con un registro actualizado de las experiencias en operación y realizar visitas, con el propósito de verificar el estado de los sistemas registrados.

### ARTÍCULO 12- Promoción en el mercado local

El Estado, por medio del Minae y otras instituciones afines y competentes, impulsarán programas permanentes de promoción de los productos derivados de la libre deforestación y deforestación evitada, para el consumo interno. Para tales efectos, en coordinación con las personas productoras de cada zona, así como agroindustrias, elaborarán los programas necesarios, con la finalidad de dar a conocer los beneficios de este tipo de producción.

### ARTÍCULO 13- Garantía de participación real en las ventas al Estado

El Estado, por medio del Minae y otras instituciones afines y competentes, fomentarán el conocimiento de la actividad libre de deforestación y deforestación evitada entre los jerarcas y proveedores de sus instituciones, centralizadas y descentralizadas, con el fin de que tengan una visión clara de los beneficios de este tipo de producción, aplicable a la compra de bienes y servicios. Estos productos tendrán ventajas comparativas, por ser beneficiosos para la salud humana y el medio ambiente.
## CAPÍTULO V
INCENTIVOS

### ARTÍCULO 14- Apoyo bancario a la actividad libre de deforestación y deforestación evitada

Se autoriza a la banca pública para que desarrolle y promueva programas de apoyo a la producción libre de deforestación y deforestación evitada, patrocinando procesos de investigación, así como actividades de promoción y comunicación sobre los aspectos medulares de este tipo de prácticas. Igualmente, quedan autorizados para que implementen el establecimiento de crédito diferenciado, o bien, servicios complementarios que impliquen un fácil acceso al crédito, para las personas y organizaciones beneficiarias de esta ley.

### ARTÍCULO 15- Apoyo del Sistema de Banca para el Desarrollo

Se autoriza al Sistema de Banca para el Desarrollo, a través de todos sus operadores financieros agrícolas, para el respectivo apoyo en programas para la producción y fomento de productos de libre deforestación y deforestación evitada.

### ARTÍCULO 16- Recursos de pymes (micro, pequeñas y medianas empresas), para financiar la producción libre de deforestación y deforestación evitada

Se autoriza al Fondo Especial para el Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Fodemipyme) para que, con sus recursos, financie créditos, transferencias, avales o garantías a las personas y organizaciones beneficiarias de la presente ley, bajo los términos de la Ley N.° 8262, del 2 de mayo de 2002, a saber: “Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas”, sus reformas y reglamentos.

### ARTÍCULO 17- Exoneración del impuesto sobre las ventas de productos libres de deforestación y deforestación evitada

Exonérese del pago del impuesto sobre las ventas, la venta de productos libres de deforestación y deforestación evitada, producidos en el país dentro del marco regulatorio de esta ley, que se encuentren registrados y certificados ante la entidad correspondiente.

### ARTÍCULO 18- Trámite de exoneraciones
El Minae emitirá la justificación y autorización correspondiente para tramitar las exoneraciones contempladas en este capítulo, ante los órganos competentes del Ministerio de Hacienda. Cualquier exoneración deberá ser aprobada con base en un plan de desarrollo productivo acordado por el Minae con la persona o grupo de personas que hayan solicitado el incentivo.

## CAPÍTULO Vl

SANCIONES

### ARTÍCULO 19- Infracciones administrativas
Quien, por cualquier medio, venda, divulgue o promocione como “libres de deforestación y deforestación evitada” productos que, de conformidad con la presente ley, no reúnen tal condición, incurrirá en la infracción regulada por el inciso b) del artículo 34 de la Ley N.º 7472, Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, del 20 de diciembre de 1994, por el incumplimiento de brindarle información veraz al consumidor y será sancionado, según lo dispuesto en el artículo 57 de dicho cuerpo normativo.

La Comisión Nacional del Consumidor, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, será el órgano competente para conocer y sancionar esta infracción, para lo cual serán aplicables los procedimientos establecidos en la Ley N.º 7472.

Para esos efectos, se presume como "no libre de deforestación y deforestación evitada " cualquier producto importado, que no esté certificado, de acuerdo con las condiciones y los requisitos establecidos por las normas internacionales certificadas nacionalmente para que un producto pueda ser denominado libre de deforestación y deforestación evitada, o bien, cualquier producto certificado por una entidad certificadora extranjera acreditada en Costa Rica, que no haya cumplido los procedimientos establecidos por la ley costarricense. Esta sanción será aplicada también para los productos y subproductos nacionales que se vendan como libre de deforestación y deforestación evitada, cuando se compruebe que no lo son.

## CAPÍTULO Vll

MODIFICACIONES DE OTRAS LEYES

### ARTÍCULO 20- Refórmese el primer párrafo del artículo 3 de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, N.º 8262, del 2 de mayo de 2002, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

### Artículo 3- Para todos los efectos de esta ley y de las políticas y los programas estatales o de instituciones públicas de apoyo a las pymes, se entiende por micro, pequeñas y medianas empresas (pymes) toda unidad productiva de carácter permanente que disponga de los recursos humanos, los maneje y opere, bajo las figuras de persona física o de persona jurídica, en actividades industriales, comerciales, de servicios o agropecuarias que desarrollen actividades de agricultura orgánica o libre de deforestación y deforestación evitada.

(…)

### ARTÍCULO 21- Refórmese el inciso 4) del artículo 11 de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas, N.º 6826, del 8 de noviembre de 1982, y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

### Artículo 11- Tarifa reducida. Se establecen las siguientes tarifas reducidas:

(…)

4) Del cero coma cinco por ciento (0,5%) para los siguientes bienes y servicios:
a) La venta de productos y subproductos agropecuarios o agroindustriales orgánicos, de libre de deforestación y deforestación evitada, que se encuentren registrados y certificados ante la entidad correspondiente.

b) Las ventas, así como las importaciones o internaciones, de equipo, maquinaria e insumos, debidamente avalados por el reglamento de exoneración que confeccionará el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y utilizados en las diferentes etapas de producción y agroindustrialización de productos agropecuarios orgánicos, de libre deforestación y deforestación evitada, por parte de grupos de personas productoras organizadas (GPO), de conformidad con lo establecido en la Ley 8591, Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, del 28 de junio de 2007, así como de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Libre de Deforestación y Deforestación Evitada.

### ARTÍCULO 22- Refórmese el artículo 26 de la Ley N.º 6826, del 8 de noviembre de 1982, y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente forma:

(…)

Tratándose de los bienes de canasta básica, productos agropecuarios orgánicos, de libre deforestación y deforestación evitada, la Administración Tributaria establecerá los mecanismos para garantizar que tanto el producto final como el consumo intermedio se encuentren sujetos a la misma tarifa.

Rige a partir de su publicación.

Carlos Andrés Robles Obando
Diputado

NOTA: Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales e idiomáticos en el Departamento de Servicios Parlamentarios. (Fecha de subido al SIL: 20-06-2024).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/24381). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.