# Expediente 24388: Proyecto para agravar penas por ataques con ácido ya es la Ley 10636

- Página: https://elcenso.com/leyes/24388
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: LEY PARA AGRAVAR LOS DELITOS EN CONTRA DE LAS MUJERES CUANDO SE UTILICE ACIDO Y OTRAS SUSTANCIAS CORROSIVAS.
- Publicada: 2024-07-02
- La Gaceta: 120
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

La reforma al artículo 8 de la Ley 8589 ya está vigente: suma el uso de sustancias corrosivas como agravante en delitos contra las mujeres.

## A quién le toca

- Mujeres víctimas de delitos cubiertos por la Ley 8589 cuando el agresor usa sustancias corrosivas
- Jueces penales que deben aplicar la agravante al fijar la pena
- Personas acusadas de estos delitos, que enfrentan hasta un tercio más de pena

## A quién beneficia

- La ley reconoce el daño específico de los ataques con sustancias corrosivas
- La lista de sustancias quedó más amplia en el texto vigente
- La agravante aplica a mujeres con discapacidad, adultas mayores y embarazadas

## Qué cambia

- La pena puede subir hasta un tercio cuando concurre la agravante
- El femicidio queda excluido de estas agravantes generales
- La agravante solo aplica si la circunstancia no es parte del tipo penal

## Explicación

El proyecto que agravaba las penas por ataques con ácido ya no está en trámite: se convirtió en la Ley 10636, publicada el 29 de enero de 2025 [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103935&param2=145021&param3=1).

### Qué propone

La iniciativa proponía reformar el inciso e) del artículo 8 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, Ley 8589 ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Ese artículo enumera las circunstancias que agravan una pena cuando se comete un delito contra una mujer.

El texto propuesto agregaba, dentro del inciso e), el uso de "cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, irritante, tóxica, inflamable o ácida" ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El inciso e) ya incluía el concurso de otras personas, la fuerza sobre las cosas y el uso de armas.

El artículo 8 excluye el femicidio de estas agravantes ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). También exige que la circunstancia no sea parte del tipo penal mismo.

El juez que imponga la pena debía aumentarla hasta en un tercio cuando concurran una o varias agravantes ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

La ley vigente amplió la lista: ahora dice "corrosiva, cáustica, irritante, tóxica, inflamable, ácida u otras sustancias similares" [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103935&param2=145021&param3=1).

### En qué va el trámite

El expediente 24388 ya terminó su trámite y es ley vigente [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103935&param2=145021&param3=1). La ficha registra el dictamen afirmativo de la Comisión de la Mujer el 27 de noviembre de 2024 [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

El texto pasó por presentación, archivo, publicación en La Gaceta y discusión en comisión [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). La Ley 8589 quedó reformada por el artículo único de la Ley 10636 del 29 de enero de 2025 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=60183&param2=150684&param3=1).

### Lo que se dijo en la Asamblea

La Comisión Permanente Especial de la Mujer dio dictamen afirmativo al expediente 24388 el 27 de noviembre de 2024 ([video, 00:00:08](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=8s)).

La diputada Daniela Rojas dijo que atacar a una mujer con ácido tiene consecuencias laborales, económicas y sociales ([video, 00:00:22](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=22s)). Añadió que las secuelas psicológicas son muy graves ([video, 00:00:36](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=36s)).

Rojas explicó que lo que se busca es "desaparecer la mujer que existía" ([video, 00:00:41](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=41s)).

La diputada Rocío Alfaro respaldó el texto dictaminado ([video, 00:01:08](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=68s)). Dijo que estas prácticas se están usando en países más cercanos ([video, 00:01:10](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=70s)).

Alfaro habló de "una especie de escarmiento a las mujeres que toman decisiones sobre sus vidas" ([video, 00:01:17](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=77s)).

La diputada Luz Mary Alpízar indicó que durante el análisis descubrieron formas de agresión con productos que ni siquiera imaginaban ([video, 00:01:30](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=90s)). Por eso se amplió la lista de sustancias ([video, 00:01:37](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=97s)).

El proyecto se envió a consulta al Ministerio de Salud, la Caja Costarricense de Seguro Social, el INAMU, el Centro de Investigación de Estudios de la Mujer y la Defensoría de los Habitantes ([video, 00:02:02](https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U&t=122s)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la reforma y los artículos revisados. La agravante no crea un delito nuevo: aumenta la pena de delitos que ya existen en la Ley 8589 ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 39 de la Constitución exige que nadie sufra pena sino por delito sancionado por ley anterior ([Constitución, art. 39](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La reforma respeta esa regla porque opera sobre delitos ya tipificados.

El artículo 40 prohíbe tratamientos crueles o degradantes y penas perpetuas ([Constitución, art. 40](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La agravante sube la pena hasta un tercio, sin llegar a pena perpetua ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 33 garantiza igualdad ante la ley y prohíbe discriminación contraria a la dignidad humana ([Constitución, art. 33](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La reforma protege a las mujeres frente a un tipo de violencia específico ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 51 ordena protección especial del Estado a la madre y a las personas con discapacidad ([Constitución, art. 51](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La agravante cubre a mujeres con discapacidad y mujeres embarazadas ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### Qué puede hacer usted

La ley ya está vigente, así que el trámite legislativo terminó [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103935&param2=145021&param3=1). Las herramientas de incidencia en comisión y plenario ya no aplican a este expediente ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)).

Si quiere proponer un cambio legal nuevo, puede usar el formulario web de la Asamblea ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)). No necesita presentar el texto completo: basta con plantear la propuesta de forma sencilla.

La Oficina de Iniciativa Popular recopila esas propuestas y las remite a los diputados ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)). Esa vía no garantiza que el proyecto sea discutido ni votado.

Si considera que una norma viola un derecho constitucional, puede presentar una acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas condenas se han dictado con esta agravante desde enero de 2025.

El dossier no incluye el número de votos con que el Plenario aprobó el proyecto.

El dossier no detalla qué respondieron el Ministerio de Salud, la CCSS, el INAMU ni la Defensoría en la consulta.

## Frente a la Constitución

La reforma agrava penas de delitos ya existentes y no crea penas nuevas ni perpetuas. El Censo no encontró choque directo con los artículos revisados.

## Qué puede hacer usted

- Formulario web de propuestas de ley de la Asamblea Legislativa: Rellene el formulario en la página de la Asamblea. No hace falta el texto completo: basta con plantear la propuesta de forma sencilla. La Oficina de Iniciativa Popular la remite a los diputados, sin garantía de que se discuta. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta ante la Sala Constitucional. Debe indicar el hecho, el derecho violado y las pruebas. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales, salvo cuando se defienden intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)

## Fuentes

1. Ley 10636: Ley para agravar los delitos en contra de las mujeres cuando se utilice ácido y otras sustancias corrosivas (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 29/01/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103935&param2=145021&param3=1
2. Expediente 24388: LEY PARA AGRAVAR LOS DELITOS EN CONTRA DE LAS MUJERES CUANDO SE UTILICE ACIDO Y OTRAS SUSTANCIAS CORROSIVAS.. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-07-02. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
3. Ley 8589: Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/04/2007. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=60183&param2=150684&param3=1
4. Agravan penas para quien use ácidos y otros corrosivos en agresiones contra las mujeres. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2024-11-27. https://www.youtube.com/watch?v=UFifTb5NV1U
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY PARA AGRAVAR LOS DELITOS EN CONTRA
DE LAS MUJERES CUANDO SE UTILICE ÁCIDO
Y OTRAS SUSTANCIAS CORROSIVAS

MARÍA DANIELA ROJAS SALAS
Y OTRAS SEÑORAS DIPUTADAS

EXPEDIENTE N.° 24.388

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

LEY PARA AGRAVAR LOS DELITOS EN CONTRA
DE LAS MUJERES CUANDO SE UTILICE ÁCIDO
Y OTRAS SUSTANCIAS CORROSIVAS

Expediente N.º 24.388

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La violencia contra las mujeres es una de las manifestaciones más atroces de la desigualdad de género y constituye una violación grave de los derechos humanos.
A pesar de los avances legislativos y sociales en la protección de las mujeres, persisten formas extremas de violencia que demandan una respuesta contundente del marco legal, y que actualmente no se contemplan. Este proyecto de ley se presenta con el objetivo de incluir una agravante en el inciso e) del numeral 8 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres para los casos en los que el hecho delictivo se perpetre mediante el uso de agentes o sustancias corrosivas, irritantes, tóxicas, inflamables o ácidas. El uso de estas sustancias en actos de violencia resulta en lesiones severas, como quemaduras de tercer grado, ceguera, desfiguración permanente y, en muchos casos, discapacidades permanentes. Estas consecuencias exacerban el sufrimiento de las víctimas y tienen un impacto duradero en su calidad de vida.

Actualmente, la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres no contempla de manera específica una agravante para los delitos cometidos mediante el uso de agentes corrosivos, irritantes, tóxicos, inflamables o ácidos. Esta omisión deja una brecha en la legislación que debe ser subsanada para garantizar una protección más robusta y efectiva para las mujeres.

Incluir una agravante para estos delitos tiene un doble propósito: primero, servir como un disuasivo para potenciales agresores al establecer sanciones más severas; y segundo, proporcionar un sentido de justicia más pleno para las víctimas, reconociendo la gravedad del daño infligido y el sufrimiento adicional causado por el uso de tales sustancias.

Se propone la inclusión en el inciso e) del numeral 8 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, la fijación de una agravante para las conductas punibles descritas en dicha ley cuando el hecho delictivo se perpetre mediante el uso de cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, irritante, tóxica, inflamable o ácida.
La violencia contra las mujeres es un problema estructural que requiere medidas legislativas específicas y contundentes. La inclusión de un agravante en el numeral 8 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, para los casos en que el delito se perpetre mediante el uso de agentes o sustancias corrosivas, irritantes, tóxicas, inflamables o ácidas, es una respuesta necesaria. Esta medida fortalecerá la protección de las mujeres, disuadirá a los agresores y contribuirá a la construcción de una sociedad más justa y segura.

Por las razones anteriormente expuestas se somete a discusión y análisis de las diputadas y los diputados la presente iniciativa.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

LEY PARA AGRAVAR LOS DELITOS EN CONTRA
DE LAS MUJERES CUANDO SE UTILICE ÁCIDO
Y OTRAS SUSTANCIAS CORROSIVAS

### ARTÍCULO ÚNICO- Refórmese el inciso e) del artículo 8 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, Ley N.º 8589 de 25 de abril de 2007, para que se lea de la siguiente manera:

### Artículo 8- Circunstancias agravantes generales del delito

Serán circunstancias agravantes generales de las conductas punibles descritas en esta Ley, con excepción del delito de femicidio, y siempre que no sean constitutivas del tipo, perpetrar el hecho:

a) Contra una mujer que presente una discapacidad sensorial, física o mental, total o parcial, temporal o permanente.

b) Contra una mujer mayor de sesenta y cinco años de edad.

c) Contra una mujer en estado de embarazo o durante los tres meses posteriores al parto.

d) En presencia de los hijos o las hijas menores de edad de la víctima o del autor del delito.

e) Con el concurso de otras personas, con fuerza sobre las cosas, mediante el uso de armas o mediante el uso de cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, irritante, tóxica, inflamable o ácida.

f) Con alevosía o ensañamiento.

g) Por precio, recompensa, promesa remuneratoria o ventaja de cualquier otra naturaleza.

h) Con el uso de un alto grado de conocimiento científico, profesional o tecnológico del autor en la comisión del delito.

i) Con el uso de animales.

El juez que imponga la pena aumentará hasta en un tercio la señalada por el delito correspondiente, cuando concurran una o varias circunstancias agravantes.
Rige a partir de su publicación.

María Daniela Rojas Salas María Marta Carballo Arce

Carolina Delgado Ramírez Rocío Alfaro Molina

Vanessa De Paul Castro Mora Melina Ajoy Palma

Kattia Cambronero Aguiluz Priscilla Vindas Salazar

Sofía Alejandra Guillén Pérez Olga Lidia Morera Arrieta

Luz Mary Alpízar Loaiza Dinorah Cristina Barquero Barquero

Monserrat Ruíz Guevara Gloria Zaide Navas Montero

Diputadas

NOTA: Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales e idiomáticos en el Departamento de Servicios Parlamentarios. (Fecha de subido al SIL: 19-06-2024).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/24388). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.