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Expediente24661Vigente
Proyecto

Proyecto crea sello y capital semilla para bioempresas

El expediente 24.661 propone que el MAG certifique bionegocios, que el Sistema de Banca para el Desarrollo dé hasta 10 millones de colones no reembolsables y que el Micitt dirija la bioeconomía.

Título oficial LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECONOMÍA. ANTERIORMENTE DENOMINADO: LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECONOMÍA. ANTES DENOMINADO: LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECNONOMÍA EN EL SECTOR AGROPECUARIO

Atención: El proyecto crea un sello estatal (BiO-CR) y capital semilla no reembolsable de hasta 10 millones de colones, con criterios que se definirían por reglamento.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Pequeñas y medianas empresas agropecuarias que obtengan la clasificación de Bionegocios

    El sello BiO-CR sería un reconocimiento del Estado que diferencia a unas empresas de otras, pero los criterios se remiten a reglamento.

    Se crea el sello BiO-CR para identificar y diferenciar las bioempresas costarricenses.
    11, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Pequeñas y medianas empresas agropecuarias que quieran ser clasificadas como Bionegocios
  • Emprendimientos que soliciten capital semilla al Sistema de Banca para el Desarrollo
  • Estudiantes egresados de colegios técnicos agropecuarios en territorios rurales
  • Productores rurales que accedan a conocimiento e innovación por medio del Inder
  • El Instituto Nacional de Aprendizaje, que debe alinear su oferta de capacitación

A quién beneficia

  • Capital semilla no reembolsable de hasta 10 millones de colones por emprendimiento
  • Sello BiO-CR como reconocimiento del Estado a las pymes agropecuarias
  • Asesoramiento y recursos del Inder para proyectos de estudiantes de colegios técnicos rurales
  • Capacitación administrativa cubierta con fondos no reembolsables del Sistema de Banca para el Desarrollo

Qué cambia

  • El Micitt asumiría la rectoría de la bioeconomía en el sector agroalimentario
  • Se crearía una comisión con 13 entes públicos y privados que sesionaría cada 15 días
  • El MAG definiría por reglamento qué empresas califican como Bionegocios
  • El proyecto reforma la Ley 9036 del Inder, la Ley 9971 de la Promotora de Innovación y la Ley 8262 de pymes

La explicación completa

Qué propone

El proyecto 24.661 propone crear una institucionalidad para la bioeconomía en el sector agroalimentario. Todavía no es ley: está en comisión.

La rectoría quedaría en el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) (art. 5). Se crearía una Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía con 13 entes públicos y privados, presidida por el Micitt (art. 6). Esa comisión sesionaría cada 15 días y coordinaría un Observatorio de Bioeconomía (art. 7).

El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) otorgaría la clasificación de "Bionegocios" a las pymes agropecuarias (art. 11). También se crearía un sello "BiO-CR" para identificar a esas empresas.

El Sistema de Banca para el Desarrollo destinaría recursos del fondo de avales para capital semilla de hasta 10 millones de colones no reembolsables por emprendimiento (art. 12). Quien reciba ese dinero debe aportar el 10% del monto total como contrapartida (art. 13).

El proyecto reforma cuatro leyes vigentes: la 9036 del Inder (art. 16) (art. 17) (art. 18) (art. 19), la 9971 de la Promotora de Innovación (art. 20) y la 8262 de pymes (art. 21).

A quién le toca

A las pequeñas y medianas empresas agropecuarias (pympas) que quieran ser clasificadas como "Bionegocios" y recibir el sello BiO-CR (art. 10) (art. 11).

A los emprendimientos que pidan capital semilla al Sistema de Banca para el Desarrollo: deben aportar el 10% del monto (art. 13).

A los estudiantes egresados de colegios técnicos profesionales en especialidad agropecuaria y colegios académicos en territorios rurales, a quienes el Inder debería dar asesoramiento y recursos (art. 17).

A los productores rurales, que tendrían acceso al conocimiento, la innovación y el desarrollo tecnológico por medio del Inder (art. 16).

Al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), que debería alinear su oferta de capacitación y trasladar recursos del Centro Nacional Especializado en Agricultura Orgánica (art. 9).

En qué va el trámite

El proyecto está en la Comisión de Asuntos Agropecuarios (Área IV). La comisión votó el 25 de febrero de 2026 y emitió dictamen el 26 de febrero de 2026 1. El 18 de marzo de 2026 la comisión remitió el expediente a la Secretaría del Directorio.

El plazo cuatrienal vence el 24 de octubre de 2028 1. Falta el debate en el Plenario en primer y segundo debate para que sea ley.

Lo que se dijo en la Asamblea

El viceministro de Agricultura, Fernando Vargas Pérez, se manifestó a favor de la propuesta ante la Comisión de Asuntos Agropecuarios 00:00:19. Dijo que desde su cartera se impulsan procesos de biotecnología para producir en armonía con el ambiente 00:00:27.

Sobre el aprovechamiento de residuos, Vargas mencionó que los ingenios de caña de azúcar usan el bagazo para producir energía 00:01:28. También dijo que hay una planta piloto en la zona norte con la Universidad de Costa Rica 00:01:39.

Sobre la piña, afirmó que es el sector primario más importante en exportaciones y que Costa Rica es el número uno en exportación de piña a nivel mundial 00:02:15.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos revisados de la Constitución. Hay dudas sobre dos puntos.

El artículo 50 ordena al Estado procurar el mayor bienestar y estimular la producción con el más adecuado reparto de la riqueza Constitución, art. 50. El proyecto propone capital semilla no reembolsable de hasta 10 millones de colones (art. 12), lo que calza con ese mandato. La duda es si el texto define con suficiente claridad los criterios para repartir ese dinero, porque remite a reglamento (art. 10).

El artículo 46 prohíbe los monopolios particulares y las prácticas que restrinjan la libertad de comercio Constitución, art. 46. El sello BiO-CR sería un reconocimiento del Estado a ciertas empresas (art. 11). Queda la duda de si ese sello podría dar ventaja a unas empresas sobre otras que también producen de forma sostenible pero no piden la clasificación.

Qué puede hacer usted

El proyecto ya tiene dictamen de comisión y pasó a la Secretaría del Directorio 1. La etapa útil ahora es el Plenario.

Paso 1: escribir a los diputados de la Comisión de Asuntos Agropecuarios y a los jefes de fracción. La guía indica que en el Plenario la sociedad civil puede incidir brindando información, propuestas, visitas y entrevistas para que el diputado transmita el mensaje por medio de mociones guía, p. 29.

Paso 2: pedir que se presenten mociones de orden durante las primeras seis sesiones del primer debate guía, p. 29.

Paso 3: si quiere proponer un texto distinto, cualquier diputado puede presentar mociones escritas a la Secretaría de la Comisión, pero solo mientras la comisión no haya votado guía, p. 28. En este caso la comisión ya votó, así que esa vía se cerró.

Paso 4: seguir el expediente en el Sistema de Información Legislativa de la Asamblea 1.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero hay disponible en el fondo de avales del Sistema de Banca para el Desarrollo.

El dossier no dice cuántas empresas podrían recibir el sello BiO-CR ni cuánto costaría administrarlo.

El dossier no incluye el texto completo de la Estrategia Nacional de Bioeconomía 2020-2030 que el proyecto cita como referencia (art. 7).

El dossier no dice si el Poder Ejecutivo ya fijó posición sobre el proyecto después del dictamen.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:19

    "viceministro de agricultura, Fernando Vargas Pérez, quien se manifestó a favor de la propuesta"

    Fernando Vargas Pérez · Diputados piden criterios para fomentar empresas ligadas a la bioeconomía

  • 00:01:28

    "Los ingenios, por ejemplo, de caña de azúcar utilizan eh el bagazo para la producción de energía"

    Fernando Vargas Pérez · Diputados piden criterios para fomentar empresas ligadas a la bioeconomía

  • 00:02:15

    "en Piña, digamos que es un sector que es el sector primario en este momento más importante de los que tenemos en Costa Rica con respecto al tema de exportaciones"

    Fernando Vargas Pérez · Diputados piden criterios para fomentar empresas ligadas a la bioeconomía

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Expediente 24661: LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECONOMÍA. ANTERIORMENTE DENOMINADO: LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECONOMÍA. ANTES DENOMINADO: LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECNONOMÍA EN EL SECTOR AGROPECUARIO Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-11-28
  2. Diputados piden criterios para fomentar empresas ligadas a la bioeconomía Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-10-14
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECONOMÍA EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO

MARÍA MARTA PADILLA BONILLA DIPUTADA

EXPEDIENTE N.º 24.661

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECONOMÍA EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO

Expediente N.° 24.661

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Se busca impulsar una ley que promueva el surgimiento de empresas ligadas a la actividad bioeconómica, como modelo a seguir, para encarar las dificultades que sufre el sector agropecuario, pesca y forestal. Derivado del efecto del cambio climático global y su incidencia en la aparición de plagas, enfermedades, problemas debido a déficit o exceso de agua de lluvia, deterioro en los suelos y deterioro en el medio ambiente.

Los factores bióticos y abióticos limitan la productividad del sector agropecuario, aunado a problemas en cadenas de suministros, incrementos en costos de insumos para la producción.

Países miembros de la Unión Europea han empezado a realizar cambios en los modelos del mercado, así surge el Pacto Verde Europeo, el cual plantea una serie de requerimientos que los productores agropecuarios deben acatar para que los productos de la tierra lleguen a la mesa de los consumidores europeos. Estas medidas van desde nuevos diseños de empaques hasta la restricción del uso de moléculas de plaguicidas en la producción agrícola.

En el caso costarricense, existen todas las condiciones idóneas para promover una agenda productiva agropecuaria fundamentada en modelos sostenibles basados en la bioeconomía.

Nuestro país es mega diverso, posee una riqueza biológica importante, que representa un 6 % de la biodiversidad del planeta Tierra. Por su ubicación geográfica en el istmo centroamericano es frágil y muy vulnerable a los efectos adversos del cambio climático.

Por eso, se debe garantizar la protección de sus recursos naturales, generar valor agregado a productos no maderables del bosque, adoptar modelos de producción agrícola y pecuarios sostenibles, así como dar un mejor aprovechamiento a los recursos ecosistémicos, entre los cuales destacan el turismo rural, agroturismo y ecoturismo, un enfoque bioeconómico es la vía apropiada para garantizar un acceso de la población a la riqueza que nos da nuestra naturaleza, bajo un modelo de sostenibilidad.

La estrategia basada en la protección de bosques y aguas le otorga al país la ventaja comparativa respecto a otros países, dado que, gracias a su sistema de áreas protegidas, el país logra preservar el ADN de miles de especies de flora y fauna en territorio continental, insular y en sus mares.

El modelo de producción basado en un enfoque de bioeconomía, con actividades diversas que van desde actividades turísticas hasta la generación de bioproductos, abordados mediante un enfoque bioeconómico, constituye el modelo a seguir, con el fin de garantizar un acceso y generación de valor a los productos y/o servicios, lo cual se deriva en beneficio de la población de las personas habitantes de los territorios rurales, los cuales durante décadas han sabido conservar la riqueza que nos da nuestra naturaleza.

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la bioeconomía corresponde al conjunto de actividades económicas relacionadas con la invención, desarrollo, producción y uso de productos y procesos biológicos. Se espera que incremente los avances en el campo de la salud, aumente la productividad de las prácticas agrícolas e industriales y mejore la sostenibilidad ambiental”.

Según la OCDE, las actividades vinculadas a la bioeconomía corresponden a: “sectores dedicados a la producción y a la conversión de la biomasa, entre los cuales se destacan la actividad agropecuaria y forestal, la pesca y la acuicultura, la producción de alimentos y biomateriales, la elaboración de fármacos, cosméticos y compuestos químicos, la producción de bioenergía, la remediación ambiental y el turismo de naturaleza”.

Bioeconomía implica el desarrollo industrial ligado a producción agrícola, industrial, turismo, energía con bajas o nulas emisiones de dióxido de carbono, sustitución de la economía basada en los hidrocarburos como principal fuente energética, por otros métodos de energía limpia o energía “verde”.

Sin embargo, el concepto de la bioeconomía no busca la explotación de los recursos naturales, sino su aprovechamiento sostenible, reducción de impactos negativos de la economía de la revolución industrial o de la revolución verde que fueron extractoras y contaminantes de los sistemas de producción por modelos sostenibles, protectores del medio ambiente, protección y recuperación de la biodiversidad, implementación de tecnologías eficientes en producción y con cero contaminación, reciclaje de productos y procesos con bajo nivel de residuos.

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) define la Bioeconomía como: “el conjunto de procesos y conocimientos en la producción con un uso científico y tecnológico basado en un uso y conservación de los recursos biológicos, generar información, productos, procesos y servicios a todos los sectores económicos, con el objetivo de avanzar hacia una economía sostenible”.

Se habla de un nuevo modelo para la industria y la economía, que utiliza recursos biológicos renovables para la producción sostenible de alimentos, energía, así como para bienes industriales.

El objetivo de la Bioeconomía es reducir el uso de energía fósil no renovable y sustituirla por recursos renovables. Basado en la sostenibilidad ambiental, social y económica, a través de la producción, transformación y consumo de materiales biológicos y reduciendo al mínimo la obtención de residuos contaminantes.

Con base en la agenda 2030, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en 2015, la Bioeconomía impacta 4 de los 17 objetivos de desarrollo sostenible (ODS) de forma directa:

1- La Bioeconomía influye en la consecución del fin de la pobreza, el hambre cero y la reducción de las desigualdades.

2- La Bioeconomía se relaciona con los objetivos de agua potable y saneamiento, ciudades y comunidades sostenibles y consumo y producción responsables.

3- La Bioeconomía impulsa la industria y la infraestructura sostenibles, además de promover el crecimiento económico y el trabajo decente.

4- La Bioeconomía promueve la salud y el bienestar y la acción climática, lo que beneficia la vida submarina y la vida de los ecosistemas terrestres.

Bajo esta perspectiva, la Bioeconomía constituye un modelo productivo de desarrollo económico y social, totalmente identificado con las aspiraciones del país.

Una Costa Rica, con mayor oportunidad de desarrollo humano, que busca eliminar la desigualdad social, generadora de riqueza, protectora de su medio ambiente, sus bosques y su rica biodiversidad, que permita el desarrollo económico con justicia social y de forma sostenible, que permita la inclusión de sectores y un acceso a la generación de riqueza a la población urbana y rural.

Las anteriores aspiraciones se encuentran muy bien representadas en la marca país: “Esencial Costa Rica”, de ahí que es necesario que los diversos sectores de la sociedad costarricense entre ellos: sector público (Gobierno central e instituciones descentralizadas), sector productivo privado, sector académico y sectores sociales impulsemos este nuevo modelo económico.

No obstante, el concepto de Bioeconomía es desconocido por los productores agrícolas, a pesar de que ellos desde hace décadas algunos han estado implementando.

Según el artículo Bioeconomía, publicado por el Instituto Tecnológico de Costa Rica: “Los desafíos son grandes, pero en Costa Rica no estamos partiendo desde cero, en el sector agroindustrial hay empresas que con pocos recursos están haciendo esfuerzos importantes, el reto ahora es potenciarlos desde las organizaciones públicas y privadas, y los organismos de cooperación internacionales”.

Las emisiones de dióxido de carbono de América Latina y el Caribe significan solo el 9% del total de las emisiones mundiales, lo que representa una cifra baja. No obstante, es la zona más vulnerable al cambio climático en el mundo.

Aun así, tomando en cuenta que nuestra región es una de las principales regiones productoras de biomasa sostenible, cuenta con las capacidades científico-tecnológicas, la infraestructura industrial y la base empresarial necesarias para movilizar ese potencial.

Se consideran estrategias ligadas a la Bioeconomía todas las acciones de un país tendientes a promover las alternativas de una economía lineal, a una economía circular, de una economía generadora de CO2, a una economía carbono neutral; de un modelo de producción generador de desechos no reutilizables, a un modelo en dónde la producción es de bajo residuo o residuo cero.

Entre estas estrategias se pueden mencionar: Biotecnología, Bioeconomía Circular, Bioenergía, Economía Azul (estrategias de economía de los océanos y de biotecnología marina) y Economía Verde (estrategias políticas de Bioeconomía que se basa en innovaciones con productos naturales).

Según datos del Centro Agronómico Tropical y Enseñanza (Catie), el cambio climático hace que en Costa Rica la ciudad de San José haya experimentado un aumento de temperatura en promedio de 1.4 ºC. Esto se debe, en gran parte, a la formación de una “isla térmica” causada por la urbanización, donde el concreto y la construcción de edificios retienen el calor, a diferencia de las zonas verdes que lo absorben.

El aumento de la temperatura global, y en el caso particular de Costa Rica, tiene efectos directos en la biodiversidad y se espera pérdida de esta y en el comportamiento de especies de fauna migrante, tanto en el territorio continental con las aves como en los mares con fauna marina, entre ellas ballenas y tiburones.

El efecto en el campo de la producción agrícola traerá consecuencias en la producción y en la frontera agrícola. Se espera expansión de áreas para la producción de café, lo que puede generar tensiones entre conservación y agricultura. La caña de azúcar, por ejemplo, podría sufrir reducciones de rendimiento significativas.

Con base en la Estrategia Nacional de Bioeconomía, referido a la definición del concepto de Bioeconomía: existen 3 elementos básicos de la Bioeconomía: conservación y recuperación de los recursos biológicos, la aplicación del conocimiento en el aprovechamiento y uso de los recursos y la innovación y uso de tecnologías aplicables para el conocimiento, recuperación, transformación e imitación de recursos, procesos y principios biológicos.

Se conocen como bionegocios las actividades comerciales ligadas a productos o servicios en que intervienen procesos biológicos en su proceso o que por medio de estos componentes biológicos se genera valor.

Al hacer referencia al biocomercio se está haciendo alusión: “a todas las actividades de producción, procesamiento y comercialización de bienes y servicios derivados de la biodiversidad, pero bajo los criterios de sostenibilidad ambiental, social y económica”.

Podemos resumir la importancia de biocomercio en los siguientes puntos:

  • Constituye una herramienta para el desarrollo sostenible del país a través del aprovechamiento y conservación de la biodiversidad nativa.

  • Los eslabones primarios se desarrollan principalmente en el ámbito rural, asociados a economías familiares de poblaciones en extrema pobreza y ubicadas en diversos ecosistemas.

  • Presenta un gran potencial de crecimiento dada la creciente demanda por productos naturales y sus aplicaciones innovadoras en nuevos nichos de mercado dispuestos a reconocer el origen, la calidad y cultura asociada a estos productos.

Costa Rica es un país líder en la conservación de su biodiversidad y de saber hacer un uso sostenible de sus recursos naturales.

Estos recursos son una fuente de riqueza que puede generar una amplia gama de bienes y servicios, de la cual muchos ni siquiera conocen sus posibles aplicaciones o prácticas en la agricultura, industria, la alimentación, la construcción, la salud y otras más.

Dentro de una visión bioeconómica, el surgimiento del biocomercio en nuestro país cuenta con un modelo productivo y oferta exportable muy amplia y diversa, mas se ve afectado por fenómenos climáticos extremos como lo es el Fenómeno ENOS (Niño y Niña), incremento en la temperatura promedio producto del cambio climático mundial, la protección y el conocimiento científico en el aprovechamiento de nuestra biodiversidad es hoy día un motivo de pensamiento estratégico. Oro Verde, con este nombre se podría denominar la riqueza genética de Costa Rica, por su valioso aporte en la biodiversidad mundial.

Sumado a los aspectos anteriores, existe un valioso activo que posee el país, en cuanto a recursos humanos capacitados en investigación, innovación y desarrollo tecnológico.

Así también, Costa Rica cuenta con un importante patrimonio en centros de investigación y universidades capaces de desarrollar ciencia básica y aplicada, promover la innovación y la transferencia tecnológica hacia los sectores productivos.

No se puede mirar el desarrollo de la Bioeconomía y el fomento de los bionegocios, si no existe una alianza pública y privada, entre el sector público, representado por el Estado, el sector académico, representado por los centros de investigación y las universidades y el sector productivo o privado. A esta alianza se le conoce como “triple hélice”.

Hoy día se debe incluir un eje adicional que es la comunidad, porque mediante la creación de valor a partir de los recursos de la biodiversidad, se establecen empresas en comunidades, generando una interacción con las comunidades y el gobierno local.

Ejemplos de este tipo de interacciones lo vemos en las actividades ligadas al turismo, asociado a la naturaleza, que genera valor y hace un aprovechamiento de los servicios ecosistémicos del bosque, la cual produce una dinámica económica virtuosa en las regiones.

Sistemas productivos del sector primario y secundario involucrados en modelos de Bioeconomía

El cuadro 1 ilustra modelos productivos en los cuales se consideran que por sus características productivas pertenecen a actividades de la Bioeconomía.

Cuadro 1. Modelos productivos costarricenses vinculados a la Bioeconomía.

ACTIVIDAD PRODUCTIVA DESCRIPCIÓN

Apicultura y meliponicultura Aprovechamiento de recursos de la flora para la producción de miel, polen, cera y propóleos. Crianza de abejas con aguijón para la producción de materia prima para la industria apícola. Crianza de abejas nativas sin aguijón para la producción de miel y derivados con potencial farmacológico. Agroindustria apícola orientada a la producción de productos cosméticos.

Cultivo de plantas en modelos agroforestales (cacao, vainilla, pitahaya, café, etc.) Cultivos asociados con tutores de árboles para la producción o como sistemas de sombra natural que fijan CO2 atmosférico y enriquecen los suelos con la dinámica de la incorporación de elementos mayores (Nitrógeno, Fósforo, Potasio, Calcio y Magnesio) de la fracción orgánica. Sistemas como el cultivo de cacao, café, vainilla que demandan de sombra y el uso de tutores vivos para cultivar pimienta, vainilla, pitahaya son opciones que hacen uso de sistemas combinados de producción agrícola con árboles.

Producción de leche y carne en sistemas silvopastoriles Combinación de pasturas con barreras a base de arborización para delimitar áreas y que permiten la fijación de CO2 en sumideros y también la reincorporación de materia orgánica a los suelos.

Crianza de lombrices y de insectos como fuentes de proteína La lombricultura es una alternativa de destrucción de materia orgánica de origen doméstico que va a los vertederos de basura, el lombricompost consiste en el uso de lombrices rojas californianas que permite, por medio del tracto digestivo, la conversión de desechos orgánicos en compostaje.

Crianza de insectos, como por ejemplo, grillos o moscas, como fuentes de proteína, que permiten su uso en la industria alimentaria para humanos o también para la alimentación animal.

Cultivo de plantas medicinales Cultivo en condiciones controladas de plantas con principios bioactivos, que se usan para la industria farmacológica o cosmética.

Biorefinerías y biocombustibles Aprovechamiento de biomasa de desechos de cosecha y de otros procesos agroindustriales como cascarilla de arroz o pergamino del café, para usar en la generación de energía. Aprovechamiento de biomasa que procede de residuos fecales de ganado y cerdos o residuos orgánicos domésticos de viviendas y restaurantes para convertirlos en biogás. Se busca sustituir el uso de combustibles fósiles, por fuentes alternativas de energía.

Servicios ecosistémicos Servicios de apoyo, polinización, recursos hídricos (agua potable, energía hidroeléctrica), conservación de biodiversidad, pago de servicios ambientales, canje por fijación de CO2. Proporciona materias primas para la construcción, productos químicos, productos biológicos, recursos genéticos y biofármacos para uso humano y animal. Gastronomía local vinculada a productos de la biodiversidad y todas las actividades relacionadas con el turismo ecológico, agroturismo y actividades culturales ligadas a la protección del bosque.

Aspectos de los Objetivos del Desarrollo Sostenible que son vinculados a la Bioeconomía

La Bioeconomía, gracias a su habilidad de generar nuevos productos y servicios, permite el crecimiento de la economía de forma sostenible y es vista como una de las estrategias más promisorias para descarbonizar la economía y permitir alcanzar las metas del desarrollo sostenible.

De acuerdo con el IICA, la Bioeconomía contribuye en 13 metas de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), el cuadro 2 enumera algunos indicadores vinculados con los ODS.

Cuadro 2. Indicadores de sostenibilidad según los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS).

Indicador ODS

Reducción de la pobreza 1

Mejora la nutrición y permite la seguridad alimentaria 2

Permite el acceso al agua potable y al saneamiento 6

Acceso de energía limpia 7

Creación de empleo y de ingresos 8

Fomentar la innovación y renovación industrial 9

Ciudades sostenibles 11

Garantizar una producción y un consumo responsables 12

Impulsar la mitigación del cambio climático y la adaptación a este 13

Conservar y utilizar de forma sostenible los recursos marinos 14

Fomentar la preservación de los ecosistemas terrestres, el uso sostenible de los bosques, la lucha contra la desertificación y la degradación del suelo, así como el uso sostenible de la biodiversidad

15

Impulsar la creación de asociatividades para el desarrollo 17

Fuente: Elaboración propia con base en: IICA

Con base en el cuadro 2, todos esos indicadores de Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) son relacionados, de forma positiva, por actividades vinculadas a la Bioeconomía. Estas actividades por lo general impactan al menos 3 ODS, siendo el ODS 1, relativo “a la reducción de la pobreza”, un objetivo presente en cualquiera de las actividades productivas bioeconómicas.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

LEY PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA BIOECONOMÍA EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1- Objetivo de la ley

El objetivo de esta ley es la promoción de la Bioeconomía, como una estrategia para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la República de Costa Rica.

Se logrará, mediante el aprovechamiento de los recursos naturales biológicos del país, para el surgimiento de empresas ligadas a la actividad bioeconómica, como modelo a seguir, para encarar las dificultades que enfrentan los sectores: agropecuario, pesquero y forestal; debido al calentamiento global o cambio climático global, embate de plagas, enfermedades, eventos meteorológicos extremos, deterioro en los suelos y deterioro generalizado, del medio ambiente por factor antrópico.

ARTÍCULO 2- Objetivos específicos de la ley

2.1- Identificar aquellos recursos de la biodiversidad para generar oportunidades de crecimiento económico, inclusión social y reducción de la pobreza en los territorios rurales.

2.2- Emplear, mediante el uso de la ciencia y la tecnología, los recursos identificados de la biodiversidad para garantizar un desarrollo sostenible en los modelos de producción agroalimentaria y agroindustrial.

2.3- Promover la Bioeconomía en el sector agroalimentario costarricense por medio de la investigación, innovación, desarrollo tecnológico, para dar mayor valor agregado al producto agrícola y poder alcanzar mercados internacionales.

2.4- Desarrollar una agroindustria competitiva que haga uso de tecnologías más eficientes y alineadas con la estrategia nacional de descarbonización y la implementación de la estrategia nacional de Bioeconomía.

2.5- Impulsar la creación de bioemprendimientos que tengan un efecto de generación de empleo y dinamismo económico en los territorios rurales.

2.6- Crear un centro o “hub” de investigación, innovación y desarrollo, de actividades bioeconómicas vinculadas al sector agroalimentario, que articule las acciones de la política pública, centros de investigación, sector financiero y sector privado para un desarrollo integral de la Bioeconomía.

ARTÍCULO 3- Alcance de la ley

Esta ley tiene por alcance todo el territorio nacional e involucra al sector agrícola, pecuario, agroindustrial, acuacultura, maricultura y silvicultura y turismo rural comunitario que se desarrollan en los territorios del país, sus actividades primarias y derivadas. Abarca también sectores vinculados a la producción de energías limpias a partir de residuos, de toda la actividad productiva primaria y afines.

ARTÍCULO 4- Definiciones

a) Bioeconomía: la Bioeconomía constituye un conjunto de actividades económicas, relacionadas con la invención, desarrollo, producción y uso de productos y procesos biológicos. Se espera que incremente los avances en el campo de la salud, aumente la productividad de las prácticas agrícolas e industriales y mejore la sostenibilidad ambiental.

b) Actividad agropecuaria: es aquella dirigida a la producción o cría de vegetales o animales.

c) Actividades agrarias: actividades productivas basadas en la utilización de los recursos naturales: agricultura, ganadería, silvicultura, acuacultura, pesca y maricultura.

d) Biomasa: la biomasa es materia orgánica originada en un proceso biológico, espontáneo o provocado, utilizable como fuente de energía. También, corresponde al peso o la cantidad total de organismos vivos de una animal o vegetal (biomasa de especies) o de todas las especies en una comunidad (biomasa de la comunidad), comúnmente referida a una unidad de área o volumen de hábitat.

e) Bioindustria o bionegocio: actividades vinculadas a la Bioeconomía a todos aquellos sectores vinculados a la producción y a la conversión de la biomasa, entre los cuales se destacan la actividad agropecuaria y forestal, la pesca y la acuicultura, la producción de alimentos y biomateriales, la elaboración de fármacos, cosméticos y compuestos químicos, la producción de bioenergía, la remediación ambiental y el turismo de naturaleza.

f) Bioemprendimientos: Un emprendimiento “bio” o bioemprendimientos es un negocio basado en la actividad biológica en todo o parte del proceso en la producción de un bien o un servicio, el cual es impulsado y desarrollado de manera independiente.

g) Biocomercio: conjunto de actividades de recolección y/o producción, procesamiento y comercialización de bienes y servicios derivados de la biodiversidad nativa (especies, recursos genéticos y ecosistemas), bajo criterios de sostenibilidad ambiental, social y económica.

h) Clúster o Hub de empresas bioeconómicas: conjunto de empresas de una misma región geográfica y vinculadas entre sí, pertenecen a una o varias actividades productivas directamente relacionadas, es decir, que pertenecen a una misma o a varias cadenas de valor y que buscan promover el trabajo colaborativo para mejorar el desarrollo productivo a largo plazo.

i) Bioproducto: los bioproductos o bioinsumos son productos obtenidos a partir de organismos vivos o sus derivados tales como hongos, bacterias, material vegetal, enzimas u otros, producido a partir de recursos agrícolas renovables,incluyendo los subproductos y residuos agroindustriales que mediante el uso de herramientas biotecnológicas permite su transformación y agregación de valor en nuevos productos.

j) Biomaterial: material biobasado al obtenido en su mayor parte a partir de materia prima renovable de origen agroindustria.

k) Innovación: se entiende como un producto o proceso, o combinación de ambos, nuevo o mejorado, que difiere significativamente de los productos o procesos previos del actor responsable y que se hace disponible a potenciales usuarios o ha sido puesto en uso por el actor responsable de la innovación.

l) Antrópico: producido o modificado por la actividad humana.

CAPÍTULO II

DE LA GOBERNANZA

ARTÍCULO 5- Corresponderá al Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) la rectoría de la presente ley.

ARTÍCULO 6- Se crea la Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía, como una unidad conjunta para la promoción de la Bioeconomía, la cual estará conformada por los siguientes entes del sector privado y público, quienes designarán a su representante:

1- Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt), quien presidirá la comisión.

2- Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

3- Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).

4- Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC). 5- Instituto Nacional de Aprendizaje (INA).

6- Instituto Costarricense de Turismo (ICT).

7- Instituto de Desarrollo Rural (Inder).

8- Promotora de Comercio Exterior (Procomer).

9- Consejo Nacional de Rectores (Conare).

10- Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep).

11- Cámara Nacional de Turismo (Canatur).

12- Cámara de Comercio de Costa Rica (CCC).

13- Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA).

ARTÍCULO 7- De las funciones de la Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía

Sesionar una vez cada 15 días, para poder dar seguimiento a los acuerdos.

Cumplir y actualizar, en caso de ser necesario, los objetivos y las metas propuestas en la Estrategia Nacional de Bioeconomía 2020-2030 y su Plan de Acción.

Impulsar las acciones que sean necesarias, para promover las actividades productivas vinculadas a la Bioeconomía en el país, mediante la creación de un clúster o “Hub de Bioeconomía Agropecuaria y ampliada”.

Coordinar el Observatorio de Bioeconomía, el cual tendrá como finalidad tabular e interpretar las estadísticas generadas por los actores del ecosistema emprendedor, vinculado a la Bioeconomía, como insumo para la toma de decisiones. Facilitar la investigación en nuevas tecnologías y prácticas agrícolas que mejoren la eficiencia y la sostenibilidad de la producción de alimentos.

Desarrollar soluciones innovadoras para la adaptación de cultivos y prácticas agrícolas a las condiciones climáticas cambiantes.

Implementar proyectos que garanticen la seguridad alimentaria a nivel local y global, ayudando a reducir el hambre y mejorar la nutrición.

Fomentar la colaboración entre empresas, universidades y centros de investigación a nivel mundial, creando un ecosistema global de innovación. Servir como una plataforma para la creación de nuevas empresas, generando oportunidades de empleo y promoviendo el crecimiento económico a través del aumento de las exportaciones.

i) Articular con la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación, la Promotora de Comercio Exterior (Procomer) o con cualquier operador autorizado perteneciente al Sistema de Banca para el Desarrollo, para que mediante concursos puedan colocar los recursos de capital de fondo del Sistema de Banca para Desarrollo y cualquier otro recursos financiero, que permita impulsar y financiar nuevos bioemprendimientos y/o acelerar aquellos que ya existen con un enfoque hacia la internacionalización de los bionegocios.

ARTÍCULO 8- Recursos financieros y activos para la funcionalidad de la Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía

Para su funcionamiento podrá recibirá los siguientes aportes:

Financiamiento mediante bonos verdes, según la Ley 10051, con el objetivo de impulsar un desarrollo sostenible; de acuerdo con el Alcance N.° 212 a la Gaceta N.° 201, martes 19 de octubre del 2021 y el uso de valores de oferta pública.

Fondos de cooperación internacional, convenios y donaciones con entes públicos y privados, nacionales e internacionales.

Recursos de las instituciones del sector público que incluyan, dentro de sus presupuestos, partidas para la Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía.

Los recursos que anualmente puedan designarse mediante la Ley de Presupuesto General de la República.

Donaciones de recursos emitidos por entidades públicas o privadas, físicas o jurídicas, para el beneficio de las labores designadas por esta ley a la Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía.

Se podrán utilizar las unidades e infraestructura ya existentes, por parte de los centros de investigación y desarrollo de las entidades miembros de la Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía.

Los fondos Propyme, administrados por el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt), podrán ser fuente de financiamiento para empresas de base bioeconómica que promuevan la innovación de producto o de procesos.

ARTÍCULO 9- Para alcanzar el objetivo de educación y transferencia tecnológica se designará, al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), consolidar sus proyectos en marcha en el campo afín a la Bioeconomía, en un eje de trabajo para motivar la articulación.

El INA podrá alinear la oferta de capacitación y entrenamiento hacia el sector productivo privado y sector productivo de la economía social solidaria.

El Centro Nacional Especializado en Agricultura Orgánica, adscrito al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), trasladará recursos técnicos y equipamiento para apoyar las labores designadas por esta ley a la Comisión Nacional Asesora en Bioeconomía.

El INA podrá articular capacitaciones de alto nivel en materia de innovación, investigación y desarrollo, para lo cual podrá subcontratar servicios de agencias, instituciones públicas nacionales o internacionales, que garanticen el éxito en la creación de la cultura de innovación en el sector micro, pequeña y mediana empresa costarricense vinculada a la Bioeconomía.

CAPÍTULO III

CERTIFICACIÓN PYMPA PARA BIOEMPRESAS

ARTÍCULO 10- El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) otorgará a las empresas de categoría Pequeña y Mediana Empresa Agropecuaria (Pympa), la clasificación de “Bionegocios”, según lo determine por vía de reglamento.

ARTÍCULO 11- Se crea el sello BiO-CR para identificar y diferenciar las bioempresas costarricenses. Este sello será un reconocimiento del Estado hacia las Pequeñas y Medianas Empresas Agropecuarias (Pympas), que cuenten con la clasificación de “Bionegocios” otorgada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), que cumplan con los fundamentos de la Bioeconomía, en todos los procesos de la cadena de valor.

Dichos fundamentos serán establecidos por la Estrategia Nacional de Bioeconomía vigente.

CAPÍTULO IV

FINANCIAMIENTO CAPITAL SEMILLA, INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN DE BIOEMPRESAS

ARTÍCULO 12- El Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) destinará recursos mediante el fondo de avales, para garantizar que las operadoras financieras de la banca para el desarrollo apoyen emprendimientos afines a la Bioeconomía, con fondos de capital semilla hasta por 10 millones de colones no reembolsables.

ARTÍCULO 13- Los beneficiarios de estos fondos de capital semilla aportarán como contrapartida el 10% del monto total de capital semilla.

ARTÍCULO 14- Las empresas beneficiarias podrán recibir apoyo en técnicas de las ciencias de la administración, por parte de cursos en línea mediante convenios con el INA, las universidades públicas o consultorías privadas. Los costos de estos seminarios de capacitación serán cubiertos con los fondos no reembolsables del Sistema de Banca para el Desarrollo, con el objetivo de que se puedan generar habilidades en técnicas de administración.

ARTÍCULO 15- Mediante convenio entre el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Centro Nacional de Alta Tecnología (Cenat), Centro de Investigaciones en Tecnología de Alimentos (CITA), Promotora Costarricense de Innovación e Investigación y otras instituciones de investigación adscritas a las universidades públicas, podrán coadyuvar en el desarrollo de innovación y transferencia tecnológica de los biocomercios.

El Sistema de Banca para el Desarrollo podrá financiar, por medio de fondos del capital semilla, el prototipado de bioproductos de los biocomercios vinculados al convenio citado en el presente artículo, con la supervisión y administración del Centro Costarricense de Investigación e Innovación para el Fomento de la Bioeconomía.

CAPÍTULO V

REFORMAS DE OTRAS LEYES

ARTÍCULO 16- Se crea el inciso h) del artículo 15 de la Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural, Ley N.° 9036, del 11 de mayo de 2012 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:

(...)

h) Facilitar el acceso de los productores rurales en sus propios territorios al recurso tierra, al conocimiento, la información, la innovación y el desarrollo tecnológico y los servicios de apoyo requeridos para generar nuevos productos y procesos, fomentando la calidad y la inocuidad en sus actividades productivas y de servicios.

ARTÍCULO 17- Se reforma el inciso m) del artículo 15 de la Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Crea la Secretaría Técnica de Desarrollo Rural del Inder, Ley N.° 9036, del 11 de mayo de 2012 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:

(...)

m) Estimular los proyectos innovadores de los estudiantes egresados de los colegios técnicos profesionales, en la especialidad agropecuaria y colegios académicos establecidos dentro de los territorios rurales, brindándoles asesoramiento y recursos para que dichos proyectos sean viables.

ARTÍCULO 18- Se reforma el inciso e) del artículo 74 de la Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Crea la Secretaría Técnica de Desarrollo Rural del Inder, Ley N.° 9036, del 11 de mayo de 2012 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:

(...)

e) Promover la diversificación de los sistemas de producción sostenible, económica, social y ambientalmente impulsando prácticas tecnológicas fundamentadas en la estrategia nacional de Bioeconomía, para garantizar el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en aspectos de inclusión social, desarrollo económico y medio ambiental.

ARTÍCULO 19- Se reforma el inciso c) del artículo 75 de la Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Crea la Secretaría Técnica de Desarrollo Rural del Inder, Ley N.° 9036, del 11 de mayo de 2012 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:

(...)

c) Impulsar y fortalecer el desarrollo de pequeñas y medianas empresas en el campo agrícola, agroindustrial, agroambiental, agroecoturístico y en general actividades vinculadas a la Bioeconomía, que permitan la valorización del patrimonio rural.

ARTÍCULO 20- Se reforma el artículo 6 inciso a), subinciso iii), de la Ley de Creación de la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación, Ley N.° 9971, del 24 de febrero de 2021. Para que se lea de la siguiente manera:

(...)

iii) los emprendimientos innovadores, vinculados a actividades bioeconómicas y/o de base tecnológica.

ARTÍCULO 21- Se reforma el artículo 3 de Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.° 8262, del 02 de mayo del 2002. El cual se deberá leer de la siguiente manera:

Artículo 3- Para todos los efectos de esta ley y de las políticas y los programas estatales o de instituciones públicas de apoyo a las pymes, se entiende por pequeñas y medianas empresas (pymes) toda unidad productiva de carácter permanente que disponga de los recursos humanos, los maneje y opere, bajo las figuras de persona física o de persona jurídica, en actividades industriales, comerciales, de servicios o agropecuarias que desarrollen actividades de Bioeconomía enmarcadas en la agricultura convencional y/o orgánica (se incluyen acá todas las pequeñas y medianas empresas agropecuarias o pympas, según lo indicado en el artículo 10 del Decreto Ejecutivo 37911-MAG).

(...)

CAPÍTULO VI

TRANSITORIOS

TRANSITORIO I- Modifíquese el Reglamento de la Ley de Creación de la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación, Ley N.° 9971, del 24 de febrero de 2021, para que se adecúe a las reformas planteadas en la presente ley.

TRANSITORIO II- Modifíquese el Reglamento de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.° 8262, del 02 de mayo del 2002, para que se adecúe a las reformas planteadas en la presente ley.

TRANSITORIO III- Una vez aprobada la presente ley, el Poder Ejecutivo deberá reglamentarla en el plazo máximo de 6 meses.

Rige a partir de su publicación.

María Marta Padilla Bonilla Diputada

NOTA: Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales e idiomáticos en el Departamento de Servicios Parlamentarios. (Fecha de subido al SIL: 20-11-2024).

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