# Expediente 24770: Archivado el plan para regalar corales y conchas decomisadas

- Página: https://elcenso.com/leyes/24770
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: LEY DE REUTILIZACIÓN DE CONCHAS MARINAS Y DONACIÓN DE BIENES DECOMISADOS
- Publicada: 2025-01-30
- La Gaceta: 19
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El proyecto 24.770, que proponía donar conchas y corales decomisados a emprendedores, quedó archivado y nunca llegó a ser ley.

## A quién le toca

- Emprendedores y grupos comunitarios que querían recibir conchas y corales decomisados
- Autoridades de puertos y aeropuertos que debían evitar la salida de conchas y corales
- El SINAC, que habría aplicado la ley

## A quién beneficia

- Los emprendedores organizados en grupos comunitarios habrían recibido conchas y corales para hacer artesanías
- Las asociaciones sin fines de lucro y juntas de educación habrían recibido otros bienes decomisados, según la exposición de motivos

## Qué cambia

- El proyecto no es ley y no cambia nada por ahora
- El expediente quedó archivado en febrero de 2025
- El plazo cuatrienal vencía el 13 de enero de 2029

## Explicación

El proyecto de ley 24.770 está archivado. La Asamblea Legislativa lo recibió en enero de 2025 y lo mandó a archivo en febrero de ese año. Nunca se votó en el plenario. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

### Qué propone

El texto proponía crear un mecanismo para reutilizar conchas marinas y corales decomisados en puertos y aeropuertos. Esos materiales no siempre se pueden devolver al mar. ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

La ley habría obligado a las autoridades de puertos y aeropuertos a evitar la salida irregular de conchas y corales. ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

Las conchas y corales que no pudieran volver a su hábitat se habrían entregado a emprendedores organizados en grupos comunitarios. Ellos los usarían para hacer artesanías u otros productos. ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El Ministerio de Ambiente y Energía, por medio del SININ, habría aplicado la ley y tomado las medidas reglamentarias para controlar la actividad. El texto dice que el SINAC "implementará esta ley y tomará las medidas reglamentarias para el control de esta actividad". ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El texto también mencionaba la donación de otros bienes decomisados a asociaciones sin fines de lucro y juntas de educación. Esa parte aparece en la exposición de motivos, no en los artículos. ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

### En qué va el trámite

El expediente está archivado. La ficha registra el envío a la Imprenta Nacional el 16 de enero de 2025 y la recepción del proyecto en archivo el 6 de febrero de 2025. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

La Comisión de Asuntos Jurídicos (Área VII) recibió el proyecto el 11 de febrero de 2025. Lo votó y dictaminó el 10 de marzo de 2026. Lo remitió a la Secretaría del Directorio el 26 de marzo de 2026. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

El plazo cuatrienal vencía el 13 de enero de 2029. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx) El dossier no explica por qué el expediente quedó en archivo ni si el dictamen fue positivo o negativo.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre el texto y los artículos de la Constitución que están en el dossier. ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1))

El artículo 50 dice que toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. El proyecto buscaba evitar que los turistas se llevaran conchas del mar. ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El artículo 6 da al Estado jurisdicción sobre los mares adyacentes para proteger y conservar sus recursos. El proyecto trataba de material decomisado en puertos y aeropuertos. ([Constitución, art. 6](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El artículo 121 dice que corresponde a la Asamblea Legislativa dictar las leyes. El proyecto siguió el trámite legislativo ordinario. ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

Queda una duda sobre el artículo 4. El texto no dice con claridad qué pasa si el SINAC no cumple, ni cómo se reparten las conchas entre los grupos. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

### Qué puede hacer usted

El proyecto está archivado, así que no hay nada que apoyar ni rechazar en este momento. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

Puede pedir información sobre el estado del expediente en la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa. Esa oficina da información sobre la tramitación de los proyectos. ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27))

Puede presentar una propuesta de ley nueva por el formulario web de la Asamblea. La Oficina de Iniciativa Popular recoge esas propuestas y las manda a los diputados. ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27))

Si quiere que una propuesta tenga garantía de ser discutida, necesita reunir firmas. La iniciativa popular exige al menos un 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral. ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)) ([Constitución, art. 105](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1))

### Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué el expediente quedó en archivo.

El dossier no dice si el dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos fue positivo o negativo.

El dossier no dice cuántas conchas o corales se decomisan al año en los aeropuertos.

El dossier no dice qué pasó con los bienes decomisados que menciona la exposición de motivos.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre el texto archivado y los artículos de la Constitución del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Pedir información en la Oficina de Iniciativa Popular: La oficina da información sobre la tramitación de los proyectos de ley y las órdenes del día. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Presentar una propuesta de ley por el formulario web: Se llena un formulario en la página de la Asamblea. No hace falta presentar el texto completo. La oficina recoge las propuestas y las manda a los diputados. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Iniciativa popular con firmas: Se necesitan firmas de al menos el 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral. El TSE revisa las firmas y traslada el proyecto a la Asamblea. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Expediente 24770: LEY DE REUTILIZACIÓN DE CONCHAS MARINAS Y DONACIÓN DE BIENES DECOMISADOS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2025-01-30. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
3. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

PROYECTO DE LEY DE REUTILIZACIÓN DE CONCHAS
MARINAS Y CORALES PARA SU DONACIÓN A
EMPRENDEDORES Y EMPRENDEDORAS

ALEJANDRO JOSÉ PACHECO CASTRO
DIPUTADO

EXPEDIENTE N.º 24.770

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

PROYECTO DE LEY DE REUTILIZACIÓN DE CONCHAS
MARINAS Y CORALES PARA SU DONACIÓN A
EMPRENDEDORES Y EMPRENDEDORAS

Expediente N.° 24.770

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El impacto de la extracción de materiales marinos, especialmente, conchas marinas, por parte de turistas en Costa Rica representa una preocupación creciente debido a las graves consecuencias para los ecosistemas. Diariamente, las autoridades en los principales aeropuertos del país, como el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, en adelante (AIJS) y el Aeropuerto Daniel Oduber, decomisan una variedad de materiales marinos que incluyen piedras, corales, conchas y galletas de mar. Estos recursos, llevados principalmente por turistas como “souvenirs”, no solo constituyen un acto de extracción ilegal, sino que también generan un impacto significativo en la biodiversidad y la resiliencia de las playas frente al cambio climático.

La práctica de llevar las conchas marinas, aunque aparentemente es inofensivo, afecta directamente las condiciones óptimas para la vida de diversas especies marinas. Las playas, al perder estos elementos, se vuelven menos capaces de resistir el embate del cambio climático, contribuyendo al deterioro general de los ecosistemas costeros. En Costa Rica, la extracción de estos recursos naturales está tipificada como tráfico ilegal de vida silvestre. Ante esta situación, las autoridades y organizaciones han implementado campañas informativas que buscan educar a los turistas sobre el daño ambiental que estas prácticas ocasionan. Sin embargo, cambiar el comportamiento de los visitantes sigue siendo un reto considerable, especialmente cuando minimizan el impacto de llevarse una o dos conchas, sin considerar el efecto acumulativo de estas acciones.

De acuerdo con la nota titulada “Decomisan 500 kilos de conchas a turistas en aeropuerto de Guanacaste durante primer trimestre del 2023”, publicado en mayo del 2023 por el Periódico La República, los Estudios realizados por la Universidad de Costa Rica y el Parque Marino del Pacífico han cuantificado la magnitud de este problema, en los aeropuertos, se han decomisado hasta diez toneladas de materiales marinos (conchas marinas), mientras que en 2023 más de cinco toneladas de conchas fueron decomisadas en los aeropuertos Juan Santamaría y Daniel Oduber. Esta situación no solo subraya la gravedad del problema, sino también la dificultad para manejar adecuadamente los materiales decomisados. Una vez extraídos, estos recursos no pueden ser devueltos al ecosistema debido a factores como la contaminación por sustancias químicas o bacterias, la pertenencia a especies protegidas, el origen desconocido que impide su reintroducción adecuada y los daños estructurales que sufren. Además, la imposibilidad de determinar si las conchas provienen del Pacífico o del Caribe complica aún más su manejo.

Con relación al reportaje de Teletica.com del 27 de diciembre del 2024, denominado: “De Vuelta a Casa”: un llamado a restaurar los ecosistemas marinos de Costa Rica”, una campaña que busca reubicar las conchas decomisadas a su hábitat natural siempre que sea posible. Este esfuerzo, liderado por organizaciones ambientales y con la colaboración del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), ha logrado devolver una parte significativa de los materiales decomisados, mitigando parcialmente el impacto en los ecosistemas marinos. Sin embargo, debido a las limitaciones mencionadas, no todo el material puede ser reubicado. Existe un margen de conchas y otros recursos que, por razones de contaminación, origen desconocido o daños, deben ser gestionados mediante otras opciones, como el enterramiento o la trituración para su uso en la construcción.

Además, el manejo de bienes decomisados se plantea como una oportunidad para contribuir al desarrollo económico y social del país. El presente proyecto de ley propone reutilizar estos bienes marinos decomisados, como las conchas marinas y otros materiales naturales que no puedan ser devueltos a su hábitat, entregándolos a emprendedores y emprendedoras que puedan transformarlos en artesanías y productos creativos y así el turista los pueda adquirir sin necesidad de extraerlos del mar. Esta medida no solo promueve el aprovechamiento responsable de estos recursos, sino que también impulsa la economía local al fomentar el emprendimiento.

Por otra parte, los objetos decomisados que no representen un riesgo para la seguridad, salud o el medio ambiente serán donados a asociaciones sin fines de lucro y juntas de educación. Esto permitirá que dichos bienes sean utilizados en proyectos sociales, culturales o educativos, ampliando su impacto positivo en las comunidades más necesitadas. Por ejemplo, un objeto confiscado podría convertirse en una herramienta para la educación artística o en un recurso clave para una organización comunitaria que trabaja con poblaciones vulnerables.

La reutilización de bienes decomisados no es un concepto nuevo a nivel internacional, hay países como México y Colombia que han implementado iniciativas similares con resultados positivos. En México, por ejemplo, ciertos bienes decomisados son subastados o reutilizados con fines comunitarios, mientras que en Colombia se han promovido programas de donación de bienes para organizaciones sin fines de lucro. Estas experiencias demuestran que es posible transformar lo que a primera vista parece un problema logístico en una oportunidad de desarrollo.

En Costa Rica, esta iniciativa se alinea con los principios de sostenibilidad, equidad y desarrollo económico que caracterizan nuestras políticas públicas. Además, responde a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), particularmente al ODS 12, que promueve la producción y el consumo responsables. Al implementar esta ley, estaremos dando un paso significativo hacia una gestión más eficiente y solidaria de los recursos decomisados, beneficiando tanto al medio ambiente como a nuestras comunidades.

Por las razones antes indicadas, sometemos a consideración de los señores diputados y las señoras diputadas de la Asamblea Legislativa el presente proyecto de ley.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

PROYECTO DE LEY DE REUTILIZACIÓN DE CONCHAS
MARINAS Y CORALES PARA SU DONACIÓN A
EMPRENDEDORES Y EMPRENDEDORAS

### ARTÍCULO 1- Objeto de la ley

La presente ley tiene como objetivo establecer un mecanismo para la reutilización de conchas marinas y corales que no pueden ser devueltas a su hábitat natural, y que son decomisadas en puertos y aeropuertos, priorizando su donación a emprendedores y emprendedoras organizados en grupos comunitarios, siempre que no representen un riesgo para la salud, seguridad o medio ambiente.

### ARTÍCULO 2- Ámbito de aplicación

La ley obligará a todas las autoridades públicas y gestores interesados de los puertos y aeropuertos nacionales y que tienen como deber evitar la salida irregular de las conchas marinas y corales.

### ARTÍCULO 3- Destino de las conchas marinas y corales decomisados

Las conchas marinas y los corales que no puedan ser devueltos a su hábitat natural serán entregados a emprendedores y emprendedoras organizados en grupos comunitarios que los utilicen para la creación de artesanías u otros productos.

### ARTÍCULO 4- Control del Estado sobre esta iniciativa

El Ministerio de Ambiente y Energía, a través del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, implementará esta ley y tomará las medidas reglamentarias para el control de esta actividad.

Rige a partir de su publicación.

Alejandro José Pacheco Castro
Diputado

NOTA: Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales e idiomáticos en el Departamento de Servicios Parlamentarios. (Fecha de subido al SIL: 16-01-2025).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/24770). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.