# Expediente 24777: Quieren donar parte del terreno de la Escuela Toledo a la asociación de desarrollo

- Página: https://elcenso.com/leyes/24777
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE SE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA TOLEDO DE SAN ISIDRO DE PÉREZ ZELEDÓN A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO ESPECÍFICA DE TOLEDO DE SAN ISIDRO DE PÉREZ ZELEDÓN, SAN JOSÉ.
- Publicada: 2025-02-06
- La Gaceta: 24
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El proyecto 24.777 propone desafectar y donar parte de un terreno de la Junta de Educación de la Escuela Toledo, en Pérez Zeledón, a la Asociación de Desarrollo Específica de Toledo.

## A quién le toca

- La Junta de Educación de la Escuela Toledo, dueña del terreno que se desafectaría
- La Asociación de Desarrollo Específica de Toledo de San Isidro de Pérez Zeledón, que recibiría la donación
- Los vecinos de Toledo de San Isidro, que usarían el terreno por medio de la asociación

## A quién beneficia

- La Asociación de Desarrollo Específica de Toledo recibiría parte del terreno sin pagar
- La escritura de donación quedaría exenta de impuestos, tasas y timbres

## Qué cambia

- La Junta de Educación perdería el control de la parte del terreno que se segregue
- Si la asociación se disuelve o cambia el uso, el terreno vuelve a la Junta
- La Notaría del Estado podría corregir la escritura de segregación y donación

## Cláusulas a revisar

- **Donación a una asociación con nombre propio** (2): El proyecto nombra a una sola asociación como beneficiaria de la donación de parte del terreno de la escuela. Texto: "Autorícese a la Junta de Educación de la Escuela Escuela Toledo del distrito de San Isidro de El General del cantón de Pérez Zeledón, para que segregue y done parte del terreno desafectado en el artículo 1 de esta ley, a la Asociación de Desarrollo Específica de Toledo de San Isidro de Pérez Zeledón, cédula jurídica número 3-002-688634"
- **Exención total de impuestos y tasas** (4): La escritura de segregación y donación no pagaría derechos, especies fiscales, impuestos, tasas, honorarios ni timbres. Texto: "La escritura, junto con sus consecuencias legales, notariales y registrales, estarán exentas de todo pago de derechos, especies fiscales, impuestos nacionales, tasa o contribución, tanto registral como de cualquier otra índole, así como de honorarios y timbres."

## Explicación

### Qué propone

El proyecto 24.777 propone sacar del uso público una parte del terreno de la Junta de Educación de la Escuela Toledo, en San Isidro de El General de Pérez Zeledón ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Ese terreno mide 3 751,31 m² y tiene una casa y un salón comunal.

El artículo 1 describe el inmueble con su matrícula de folio real 1-495704-000 y su plano catastrado SJ-0581546-1999 ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Los linderos son: al norte calle pública, al sur Orlando Román Fallas, al este Deidamia Román y al oeste Orlando Román Fallas.

El artículo 2 autoriza a la Junta de Educación a segregar y donar parte de ese terreno a la Asociación de Desarrollo Específica de Toledo de San Isidro de Pérez Zeledón ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La asociación tiene cédula jurídica 3-002-688634.

La donación tiene una condición. Si cambia el uso original del inmueble o se disuelve la asociación, el terreno donado vuelve a la Junta de Educación ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La donación se hace libre de gravámenes y anotaciones.

El artículo 3 autoriza a la Notaría del Estado para hacer correcciones en la escritura de segregación y donación ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). También en la constitución de derechos de servidumbre.

El artículo 4 exime la escritura de todo pago de derechos, especies fiscales, impuestos, tasas, honorarios y timbres ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### A quién le toca

A la Junta de Educación de la Escuela Toledo, que hoy es dueña del terreno y quedaría autorizada para segregar y donar ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

A la Asociación de Desarrollo Específica de Toledo de San Isidro de Pérez Zeledón, cédula jurídica 3-002-688634, que recibiría la donación ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

A la Notaría del Estado, que podría hacer correcciones en la escritura ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

A los vecinos de Toledo de San Isidro, que según el texto se beneficiarían con un uso más efectivo del terreno ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### En qué va el trámite

El proyecto está en la Comisión de Juventud (Área II) y ya tiene dictamen [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El expediente se presentó el 15 de enero de 2025 y se publicó en La Gaceta el 6 de febrero de 2025.

La comisión votó y dictaminó el 10 de marzo de 2026 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El 13 de abril de 2026 remitió el expediente a la Secretaría del Directorio.

El plazo cuatrienal vence el 15 de enero de 2029 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Para que sea ley faltan los dos debates en el Plenario y la sanción del Poder Ejecutivo ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

La única grabación del dossier trata otro expediente, el 24.214, sobre un terreno en Desamparados ([video, 00:00:11](https://www.youtube.com/watch?v=lmqBv3b6iFs&t=11s)). No hay grabaciones sobre el 24.777.

En esa grabación, el diputado Gilbert Jiménez explicó que el terreno del templo del Porvenir tiene 47 años de estar construido ([video, 00:00:30](https://www.youtube.com/watch?v=lmqBv3b6iFs&t=30s)). Dijo que antes se construía sin hacer los trámites y que la arquidiócesis no podía meter recursos ([video, 00:00:48](https://www.youtube.com/watch?v=lmqBv3b6iFs&t=48s)).

### Frente a la Constitución

El artículo 45 dice que la propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público comprobado y con indemnización ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto no habla de indemnización porque es una donación entre entidades públicas y una asociación de desarrollo ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 45 también permite a la Asamblea imponer limitaciones a la propiedad por necesidad pública, con dos tercios de los votos ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto no indica cuántos votos requiere.

El artículo 124 exige dos debates en días distintos, aprobación de la Asamblea y sanción del Ejecutivo para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto sigue ese camino.

El Censo no encontró un choque claro entre el texto y la Constitución del dossier.

### Qué puede hacer usted

Si vive en Toledo de San Isidro, puede pedir audiencia con los diputados de la Comisión de Juventud (Área II) ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)). La guía dice que la incidencia en comisión se hace con entrevistas y argumentos de fondo.

Puede pedir información sobre el expediente a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)). Esa oficina da información sobre el estado de tramitación de los proyectos.

Cuando llegue al Plenario, puede hablar con los diputados para que presenten mociones de orden en las primeras seis sesiones del primer debate ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántos metros cuadrados exactos se segregarían ni qué parte quedaría para la Junta.

El dossier no dice qué uso específico daría la asociación al terreno.

El dossier no incluye el dictamen de la Comisión de Juventud ni sus votos.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre el texto y la Constitución del dossier. El artículo 45 sobre propiedad y el 124 sobre trámites no presentan contradicción evidente con lo que propone el proyecto.

## Qué puede hacer usted

- Pedir audiencia con los diputados de la comisión: Solicitar entrevista con los diputados de la comisión y llevar argumentos de fondo sobre el proyecto (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)
- Pedir información a la Oficina de Iniciativa Popular: Consultar el estado de tramitación del expediente 24.777 y las órdenes del día (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Hablar con diputados para mociones de orden en Plenario: Dar información y propuestas a los diputados para que presenten mociones (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)

## Fuentes

1. Expediente 24777: DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE SE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA TOLEDO DE SAN ISIDRO DE PÉREZ ZELEDÓN A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO ESPECÍFICA DE TOLEDO DE SAN ISIDRO DE PÉREZ ZELEDÓN, SAN JOSÉ.. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2025-02-06. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
3. Aprobaron traspaso de terreno a Iglesia católica en Desamparados. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-06-03. https://www.youtube.com/watch?v=lmqBv3b6iFs
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE SE
SEGREGUE Y DONE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA DE
EDUCACIÓN DE LA ESCUELA TOLEDO DE SAN ISIDRO DE
PÉREZ ZELEDÓN A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
ESPECÍFICA DE TOLEDO DE SAN ISIDRO
DE PÉREZ ZELEDÓN, SAN JOSÉ

CARLOS FELIPE GARCÍA MOLINA
DIPUTADO

EXPEDIENTE N.º 24.777

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE SE
SEGREGUE Y DONE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA DE
EDUCACIÓN DE LA ESCUELA TOLEDO DE SAN ISIDRO DE
PÉREZ ZELEDÓN A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
ESPECÍFICA DE TOLEDO DE SAN ISIDRO
DE PÉREZ ZELEDÓN, SAN JOSÉ

Expediente N.° 24.777

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La Ley Fundamental de Educación, N.° 2160, del 25 de septiembre de 1957, establece que para cada uno de los distritos escolares se creará una Junta de Educación que son “organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, como agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela” (art.42). Según el artículo 35 del Código de Educación, Ley N.° 181, de 18 de agosto de 1944, entre algunas de las funciones de las Juntas de Educación se encuentran:

- Cuidar de la higiene, disciplina y moralidad en las escuelas públicas del distrito y de las escuelas o colegios particulares que funcionen en los edificios bajo su cuidado, a cuyo efecto tendrán acceso a ellas en cualquier momento.

- Vigilar por que las personas obligadas a enviar a sus hijos o pupilos a la escuela cumplan puntualmente con su obligación, conminándolos por medio del Juez Escolar, con las penas que marca esta ley.

- Cuidar de la construcción, conservación y mejora de los edificios de escuela y de que éstos no carezcan del mueblaje y enseres necesarios, para todo lo cual dispondrán libremente de las rentas escolares del distrito.

Por otro lado, según la Ley N.° 3859, de 07 de abril de 1967, y sus reformas, Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad, las asociaciones de desarrollo son de interés público, regidas por el derecho privado y tienen por función el desarrollo de las comunidades donde se encuentren ubicadas; estas históricamente han trabajo para la consecución de proyectos vecinales relativos a educación, cultura, infraestructura y otros servicios de interés comunal.

La Junta de Educación de la Escuela Toledo del distrito de San Isidro de El General del cantón de Pérez Zeledón, es propietaria de la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sistema folio real número 1-495704-000. En este terreno se encuentra ubicado el centro educativo; sin embargo, la mayoría del terreno es de pasto, lo cual no es de utilidad para la población estudiantil, situación por la cual la Junta de Educación desea traspasar parte del lote a la Asociación de Desarrollo Específica de Toledo de San Isidro de Pérez Zeledón, con el propósito de que la comunidad aproveche de mejor manera el terreno por medio de dicha entidad.

El objetivo del presente proyecto de ley es desafectar del uso público un inmueble propiedad de la Junta de Educación de la Escuela Toledo del distrito de San Isidro de El General del cantón de Pérez Zeledón, para que se pueda segregar y donar a la Asociación de Desarrollo Específica de Toledo de San Isidro de Pérez Zeledón para que de conformidad con la ley esta pueda utilizar el terreno para beneficio de la comunidad, dadas la limitaciones que las Juntas de Educación tienen para la utilización de sus bienes inmuebles.

Por las razones anteriormente expuestas se somete a consideración de los señores diputados el presente proyecto de ley.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE SE
SEGREGUE Y DONE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA DE
EDUCACIÓN DE LA ESCUELA TOLEDO DE SAN ISIDRO DE
PÉREZ ZELEDÓN A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
ESPECÍFICA DE TOLEDO DE SAN ISIDRO
DE PÉREZ ZELEDÓN, SAN JOSÉ

### ARTÍCULO 1- Desaféctese del uso público una parte del terrero propiedad de la Junta de Educación de la Escuela Toledo del distrito de San Isidro de El General del cantón de Pérez Zeledón, cédula jurídica número 3–008–232704, inscrito en el partido de San José, bajo la matrícula de folio real 1-495704–000, inmueble que se describe de la siguiente manera: naturaleza terreno con una casa y un salón comunal, situado en el distrito número 1-San Isidro del General, cantón número 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José; mide, según Registro Nacional de la propiedad, 3 751,31 m², cuyos linderos son: al norte: calle pública; al sur: Orlando Román Fallas; al este: Deidamia Román y al oeste: Orlando Román Fallas, número de plano catastrado SJ-0581546-1999.

### ARTÍCULO 2- Autorícese a la Junta de Educación de la Escuela Escuela Toledo del distrito de San Isidro de El General del cantón de Pérez Zeledón, para que segregue y done parte del terreno desafectado en el artículo 1 de esta ley, a la Asociación de Desarrollo Específica de Toledo de San Isidro de Pérez Zeledón, cédula jurídica número 3-002-688634, para que esta le dé una utilización más efectiva para beneficio de la comunidad. Luego de realizada la segregación, el resto del terreno se lo reserva la Junta de Educación de la Escuela Toledo del distrito de San Isidro de El General del cantón de Pérez Zeledón, o bien, en caso de que se varíe el uso original del inmueble o se disuelva la persona jurídica beneficiaria, la propiedad del terreno donado volverá a ser de la Junta de Educación de la Escuela Toledo del distrito de San Isidro de El General del cantón de Pérez Zeledón. La donación se realiza libre de gravámenes y anotaciones.

### ARTÍCULO 3- Se autoriza a la Notaría del Estado para que, si es del caso, pueda realizar las correcciones necesarias en los procesos de formalización de la escritura de segregación y donación y, además, de constitución de derechos de servidumbre.

### ARTÍCULO 4- La escritura, junto con sus consecuencias legales, notariales y registrales, estarán exentas de todo pago de derechos, especies fiscales, impuestos nacionales, tasa o contribución, tanto registral como de cualquier otra índole, así como de honorarios y timbres.

Rige a partir de su publicación.

Carlos Felipe García Molina
Diputado

NOTA: Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales e idiomáticos en el Departamento de Servicios Parlamentarios. (Fecha de subido al SIL: 29-01-2025).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/24777). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.