# Expediente 24817: Pococí ya puede donar un terreno a la Diócesis de Limón

- Página: https://elcenso.com/leyes/24817
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA DIÓCESIS DE LIMÓN. ANTERIORMENTE DENOMINADO: LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA DIÓCESIS DE LIMÓN. (ANTES CONOCIDO COOMO: LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA CONFERENCIA EPISCOPAL NACIONAL DE COSTA RICA)
- Publicada: 2025-03-03
- La Gaceta: 41
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

La Ley 10809 autoriza a la Municipalidad de Pococí a segregar y donar un terreno de zona verde a la Diócesis de Limón para el Templo Católico de Palermo.

## A quién le toca

- Vecinos del distrito 5 de Cariari, cantón de Pococí, donde está el terreno
- La Municipalidad de Pococí, que pierde un bien de zona verde
- Las Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Limón, que recibe el terreno

## A quién beneficia

- La Diócesis de Limón obtiene la titularidad del predio donde está el Templo Católico de Palermo
- La Notaría del Estado puede corregir medidas y linderos del inmueble sin otro trámite

## Qué cambia

- El terreno de 2.645,43 metros cuadrados deja de ser zona verde y pasa a ser templo católico
- La Municipalidad de Pococí ya no es dueña de ese inmueble tras la donación
- La ley ya rige desde su publicación el 13 de noviembre de 2025

## Cláusulas a revisar

- **Donación a una entidad religiosa con nombre propio** (2): La ley nombra a la Diócesis de Limón como única beneficiaria del terreno municipal. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Pococí para que segregue y done el terreno que consta en el plano catastro L-cero seis cero seis uno dos cero-dos cero cero cero (L-0606120-2000) a Las Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Limón, cédula jurídica tres-cero uno cero-cero cuatro cinco ocho siete cinco (3-010-045875)."
- **La Notaría del Estado puede corregir datos sin límite fijado** (4): El artículo la faculta para corregir medidas, linderos y cualquier error u omisión del inmueble, sin que el texto fije un límite a esa corrección. Texto: "Además, queda facultada expresamente para actualizar y corregir la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional."

## Explicación

### Qué propone

El expediente 24817 ya no está en trámite: se convirtió en la Ley 10809, publicada el 13 de noviembre de 2025 [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105802&param2=148614&param3=1). La ley autoriza a la Municipalidad de Pococí a segregar y donar un terreno a Las Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Limón ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El terreno mide 2.645,43 metros cuadrados y está en el distrito 5, Cariari, cantón de Pococí, provincia de Limón ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Su matrícula es la número 7-0125788-0-0 y su naturaleza era terreno de zona verde.

El primer artículo saca ese inmueble del uso público, es decir, lo desafecta ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El segundo autoriza la segregación y la donación a la Diócesis de Limón, cédula jurídica 3-010-045875 ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 3 fija el destino: la nueva naturaleza del terreno será Templo Católico de Palermo ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El fin es darle titularidad a la Diócesis sobre el predio donde ya está ese templo, para seguir celebrando actividades religiosas.

El artículo 4 encarga a la Notaría del Estado formalizar la escritura ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). También la faculta para corregir medidas, linderos y errores en los datos del inmueble.

### En qué va el trámite

La ley ya rige. El texto dice "Rige a partir de su publicación" ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

La Asamblea aprobó el decreto el 28 de octubre de 2025 ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El Poder Ejecutivo lo firmó en San José el 13 de noviembre de 2025 [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105802&param2=148614&param3=1).

El SINALEVI registra la Ley 10809 como vigente [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105802&param2=148614&param3=1). El expediente 24817 tenía vencimiento cuatrienal el 6 de febrero de 2029 [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan este proyecto. La sesión #66 del 16 de diciembre de 2025 discute el levantamiento de inmunidad del presidente ([video, 01:46:44](https://www.youtube.com/watch?v=vBfz9d5ddTE&t=6404s)). La sesión #84 del 24 de marzo de 2026 discute otros expedientes, como el 24.623 del Liceo Nocturno Pacífico Sur ([video, 03:12:48](https://www.youtube.com/watch?v=vMD_Vve-Rts&t=11568s)). La sesión #61 del 29 de abril de 2025 discute el expediente 24.539 del IMAS ([video, 01:42:11](https://www.youtube.com/watch?v=QvPtSXLmn8Q&t=6131s)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10809 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 45 dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí la Municipalidad dona un bien propio, no se priva a un particular, y la ley declara el fin ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 170 dice que "Las corporaciones municipales son autónomas" ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no obliga a la Municipalidad: la autoriza a segregar y donar ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 169 pone la administración de los intereses locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La desafectación de un bien municipal pasa por ley de la Asamblea, y eso es lo que hace el artículo 1 ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

Queda una duda sobre el destino. El terreno era zona verde y pasa a templo ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)) ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El artículo 50 garantiza el derecho a un ambiente sano ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El dossier no dice si el cambio de uso afecta áreas verdes del cantón.

### Qué puede hacer usted

La ley ya está publicada, así que las herramientas de trámite legislativo ya no aplican [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105802&param2=148614&param3=1).

Puede pedir información sobre la ejecución. La Contraloría General fiscaliza el uso de fondos públicos y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Puede presentar una denuncia ante la Contraloría si sospecha una irregularidad en el manejo de recursos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Se hace en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal institucional.

Puede revisar el plan regulador del cantón. La Ley de Planificación Urbana permite a cualquier persona u organización objetar el contenido de los planes reguladores ([guía, p. 66](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=66)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto vale el terreno ni si la Municipalidad recibió algo a cambio.

El dossier no dice si la Diócesis pagó algún monto por la donación.

El dossier no dice qué pasó con el uso de zona verde del predio después de la desafectación.

El dossier no incluye el debate legislativo específico de este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo. La ley autoriza una donación de un bien municipal y declara su fin. Queda una duda sobre el cambio de uso de zona verde a templo.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presentarla en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, llamar al 2501-8025 o usar el portal institucional de denuncia electrónica (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Objeción al plan regulador del cantón: Cualquier persona u organización puede objetar el contenido de los planes reguladores y reglamentos de desarrollo urbano (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=66)

## Lo que no sabemos

- El video "Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #02, miércoles 19 de mayo 2021" no tiene subtítulos; no se citó.

## Fuentes

1. Ley 10809: Autorización a la Municipalidad de Pococí a donar un terreno de su propiedad a la Diócesis de Limón (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 13/11/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105802&param2=148614&param3=1
2. Expediente 24817: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA DIÓCESIS DE LIMÓN. ANTERIORMENTE DENOMINADO: LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA DIÓCESIS DE LIMÓN. (ANTES CONOCIDO COOMO: LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA CONFERENCIA EPISCOPAL NACIONAL DE COSTA RICA). Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2025-03-03. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
3. Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #66, 16 diciembre 2025. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-12-16. https://www.youtube.com/watch?v=vBfz9d5ddTE
4. Plenario Legislativo, Sesión extraordinaria #84, 24 Marzo 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-03-25. https://www.youtube.com/watch?v=vMD_Vve-Rts
5. Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #61, 29 abril 2025. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-04-30. https://www.youtube.com/watch?v=QvPtSXLmn8Q
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PLENARIO

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA DIÓCESIS DE LIMÓN

DECRETO LEGISLATIVO N.º 10809

EXPEDIENTE N.º 24.817

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10809

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ A DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA DIÓCESIS DE LIMÓN

### ARTÍCULO 1- Descripción del inmueble a donar y desafectación del bien

Se desafecta del uso público el inmueble propiedad de la Municipalidad de Pococí, cédula jurídica tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos uno dos cinco (3-014-042125), situado en el distrito 5, Cariari, cantón 2, Pococí, de la provincia de Limón; inscrito en el Registro Inmobiliario bajo el sistema de folio real matrícula número siete-cero uno dos cinco siete ocho ocho-cero-cero (n.° 7-0125788-0-0), cuya naturaleza es terreno de zona verde y mide dos mil seiscientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados (2.645.43 m²), con los siguientes linderos: noreste Alfredo Flores Soto y Plaza de Deportes de la Junta de Educación de Palermo; noroeste calle pública; sureste Plaza de Deportes de la Junta de Educación de Palermo, Jose Luis Flores Soto, Flor Cubillo García y The Flowers of Palermo S.A.; suroeste calle pública, según consta en plano número L-cero seis cero seis uno dos cero-dos cero cero cero (n.° L-0606120-2000). Dicho inmueble se encuentra libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro Inmobiliario del Registro Público: Reservas de Ley de Aguas y Ley General de Caminos Públicos.

### ARTÍCULO 2- Autorización a la Municipalidad de Pococí para segregar y donar un inmueble de su propiedad

Se autoriza a la Municipalidad de Pococí para que segregue y done el terreno que consta en el plano catastro L-cero seis cero seis uno dos cero-dos cero cero cero (L-0606120-2000) a Las Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Limón, cédula jurídica tres-cero uno cero-cero cuatro cinco ocho siete cinco (3-010-045875). Se habilita a la Diócesis de Limón a recibir la donación del predio en cuestión.

### ARTÍCULO 3- Destino y afectación del inmueble

La nueva naturaleza del terreno segregado y donado será: Templo Católico de Palermo.

El fin de esta donación es dotar de titularidad a Las Temporalidades de la Iglesia Católica de la Diócesis de Limón sobre el predio en el cual se encuentra el Templo Católico de Palermo, para la continuidad de la celebración óptima de actividades religiosas.

### ARTÍCULO 4- Notaría del Estado

Le corresponde a la Notaría del Estado formalizar todos los trámites de esta segregación y donación, mediante la elaboración de la escritura correspondiente. Además, queda facultada expresamente para actualizar y corregir la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Vanessa De Paul Castro Mora
Presidenta a.i

Gloria Zaide Navas Montero Luz Mary Alpízar Loaiza
Segunda Secretaria Primera Prosecretaria

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/24817). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.