El presupuesto extraordinario 2026 ya es la Ley 10966
La Asamblea convirtió en Ley 10966 el primer presupuesto extraordinario de 2026, que reasigna recursos y cambia la regla sobre remanentes de salarios.
Título oficial PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA A LA LEY 10.836, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2026, DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2025. ANTERIORMENTE DENOMINADO: PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N°10.836, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2026, DEL 11 DE DICIEMBRE DE 2025.
Atención: La ley cambia la regla sobre el uso de remanentes de salarios durante 2026 y el dossier no trae el detalle de montos ni de las instituciones beneficiadas.
A quién le toca
- Los órganos que conforman el Presupuesto Nacional, que no podrán mover remanentes de salarios a otras partidas salvo excepciones
- Las instituciones que reciben transferencias corrientes o de capital, que quedan dentro de las excepciones
- Las personas usuarias de la red de cuido, por los 800 millones de colones incorporados
A quién beneficia
- La red de cuido recibe 800 millones de colones adicionales por una moción aprobada en comisión
- Las instituciones descentralizadas no empresariales quedan exceptuadas de la restricción sobre remanentes de salarios
Qué cambia
- Durante 2026 los remanentes de la partida 0 Remuneraciones no podrán usarse para incrementar otras partidas, salvo las excepciones del artículo 5
- La ley modifica las Normas de Ejecución de la Ley 10.836, no solo el monto del presupuesto
- El proyecto ya es ley vigente, así que no admite referéndum por ser materia presupuestaria
La explicación completa
El proyecto del expediente 25589 ya no está en trámite: se convirtió en la Ley 10966. La Asamblea lo aprobó el 16 de julio de 2026 y la ley está vigente (art. 1) 2.
Qué propone
La ley hace dos cosas. Primero, es el primer presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico 2026 1. Segundo, modifica las normas de ejecución de la Ley 10.836, que es el presupuesto ordinario de ese mismo año 2.
El cambio de fondo está en el artículo 5. Modifica el artículo 7 de las Normas de Ejecución de la Ley 10.836 (art. 5). La nueva regla dice que durante 2026 los órganos del Presupuesto Nacional no podrán usar los remanentes de la partida 0 Remuneraciones para subir otras partidas. Hay excepciones: las transferencias corrientes a instituciones descentralizadas no empresariales y las transferencias de capital a instituciones.
En palabras simples: si sobra plata de salarios, por regla general no se puede mover a otros gastos. Solo se permite en los casos que la misma norma exceptúa.
En qué va el trámite
El trámite terminó. El proyecto entró al plenario el 4 de mayo de 2026 y pasó a la Comisión de Hacendarios (Área VI) el 7 de mayo 1. La comisión lo votó y dictaminó el 11 de junio de 2026. El 17 de junio llegó a la Secretaría del Directorio y entró al orden del día del plenario. El primer debate fue el 18 de junio de 2026.
La Asamblea lo aprobó en segundo debate el 16 de julio de 2026 3 (art. 1). Quedó como Decreto Legislativo N.º 10966, firmado por la presidenta Yara Jiménez Fallas y los secretarios Gerald Bogantes Rivera y Reynaldo Arias Mora. La ley está vigente 2.
El plazo cuatrienal vencía el 4 de mayo de 2030, pero ya no aplica porque el proyecto se convirtió en ley 1.
Lo que se dijo en la Asamblea
La Comisión de Hacendarios dictaminó afirmativamente el proyecto con ocho votos a favor y tres en contra de diputados de Liberación Nacional 00:00:11. El presidente de la comisión defendió el presupuesto y dijo que busca ajustar el presupuesto vigente con traslados y reasignaciones para necesidades de instituciones públicas 00:00:20.
Sobre el trámite, alguien explicó en la comisión: "Un presupuesto extraordinario lo que busca es hacer modificaciones de lo que se presupuestó" 00:00:33.
Una diputada del Frente Amplio dijo: "Desde el Frente Amplio apoyamos este presupuesto extraordinario parcialmente" 00:01:35. Explicó que con una moción aprobada por unanimidad se incorporaron 800 millones de colones a la red de cuido 00:01:45. Agregó que la red tiene un faltante de casi 1.900 millones de colones y más de 4.700 personas menores de edad en lista de espera 00:01:57 00:02:15.
La misma diputada criticó la planificación de Sen Sinai. Dijo que en los últimos 12 meses ese programa tuvo que rebajar, devolver o reorientar más de 18.000 millones de fondos de Fodesaf 00:02:52.
En la comisión también se discutió una propuesta del Frente Amplio para destinar 40.000 millones de colones a Sen Sinai y 18.000 millones al Banco Hipotecario de la Vivienda 00:03:20.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque claro entre la Ley 10966 y la Constitución. El artículo 180 dice que los presupuestos ordinarios y extraordinarios son el límite de acción de los Poderes Públicos y solo se modifican por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo Constitución, art. 180. La ley respeta esa vía porque nació de un proyecto del Ejecutivo 1.
El artículo 124 pide dos debates en días distintos no consecutivos, aprobación de la Asamblea, sanción del Ejecutivo y publicación en La Gaceta Constitución, art. 124. El expediente registra primer debate el 18 de junio y aprobación el 16 de julio de 2026 1 (art. 1).
El artículo 176 ordena que los gastos presupuestados no superen los ingresos probables Constitución, art. 176. El dossier no incluye el detalle de ingresos y gastos de este presupuesto extraordinario, así que no se puede verificar ese punto.
El artículo 177 manda incluir en el presupuesto la partida que la Caja Costarricense de Seguro Social determine necesaria para cubrir las cuotas del Estado Constitución, art. 177. El texto de la ley que trae el dossier no muestra esa partida, pero tampoco la excluye de forma expresa.
Qué puede hacer usted
La ley ya está vigente, así que el referéndum no sirve aquí. El artículo 105 de la Constitución excluye la materia presupuestaria del referéndum Constitución, art. 105. La guía lo repite: no se pueden someter a referéndum proyectos sobre materia presupuestaria guía, p. 30.
Puede pedir información a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea. Esa oficina da el estado de tramitación de los proyectos, las órdenes del día y la legislación aprobada guía, p. 27.
Puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de recursos públicos. Se hace en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por los teléfonos 2501-8000 o 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Lo que no sabemos
El dossier no trae el detalle de montos, partidas e instituciones beneficiadas por este presupuesto extraordinario.
No se sabe cuánto terminó aprobando el plenario frente al texto que salió de comisión.
No se sabe si la propuesta de 40.000 millones para Sen Sinai y 18.000 millones para el Banco Hipotecario de la Vivienda se aprobó o se rechazó.
No se sabe la fecha exacta de publicación en La Gaceta de la Ley 10966.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró un choque claro. La ley siguió la vía del artículo 180 y el trámite de dos debates del artículo 124, según el expediente.
Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo."
Esta ley, art. 1"PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA A LA LEY 10.836, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2026, DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2025"
Sin choque aparente La Constitución pide que las modificaciones presupuestarias salgan de un proyecto del Poder Ejecutivo. El expediente registra que este proyecto se presentó por esa vía.
Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
Esta ley, art. 1"ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil veintiséis."
Sin choque aparente El expediente registra primer debate el 18 de junio de 2026 y aprobación el 16 de julio de 2026. Son días distintos y no consecutivos.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:11
"La iniciativa recibió el respaldo de ocho legisladores, mientras que tres diputados de la fracción de Liberación Nacional votaron en contra."
- 00:00:33
"Un presupuesto extraordinario lo que busca es hacer modificaciones de lo que se presupuestó."
- 00:01:35
"Desde el Frente Amplio apoyamos este presupuesto extraordinario parcialmente."
- 00:01:45
"Logramos con la aprobación unánime de una moción incorporar 800 millones de colones a la red de cuido."
- 00:02:52
"En los últimos 12 meses, este programa ha tenido que rebajar, devolver o reorientar más de 18.000 millones de fondos provenientes de Fodesaf."
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Expediente 25589: PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA A LA LEY 10.836, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2026, DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2025. ANTERIORMENTE DENOMINADO: PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N°10.836, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2026, DEL 11 DE DICIEMBRE DE 2025.
- Ley 10966: Primer presupuesto extraordinario de la República y primera modificación legislativa a la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2026 (Vigente)
- Asamblea: Sesión del 16 de julio de 2026 | Delfino.cr
- Comisión de Hacendarios da luz verde al primer presupuesto extraordinario de 2026
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA A LA LEY 10.836, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2026, DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2025
DECRETO LEGISLATIVO N.º 10966
EXPEDIENTE N.º 25.589
SAN JOSÉ - COSTA RICA
ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO
Yara Jiménez Fallas Presidenta
Gerald Bogantes Rivera Reynaldo Arias Mora Primer Secretario Segundo Secretario