# Expediente 25768: Tucurrique busca pasar la Casa de la Cultura del colegio al municipio

- Página: https://elcenso.com/leyes/25768
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE TUCURRIQUE PARA DESAFECTAR Y DONAR UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD AL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUCURRIQUE
- Publicada: 2026-09-11
- La Gaceta: 172
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El proyecto 25.768 autoriza a la Junta de Educación de Tucurrique a donar al Concejo Municipal de Distrito el terreno donde está la Casa de la Cultura Sikiví, sin quitarle la protección patrimonial.

## A quién le toca

- La Junta de Educación de Tucurrique, dueña actual del terreno
- El Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, que recibiría el inmueble
- Las personas que usan la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví
- El Ministerio de Cultura y Juventud, que mantiene competencias sobre el bien patrimonial

## A quién beneficia

- El Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique quedaría como dueño del inmueble y podría coordinar proyectos e inversiones
- La Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví tendría un destino fijado por ley para su conservación y funcionamiento

## Qué cambia

- El municipio asumiría las obligaciones de conservación, preservación, mantenimiento y protección del inmueble patrimonial
- La afectación de patrimonio histórico se mantiene y no se elimina con el traspaso
- La Notaría del Estado haría la escritura y podría corregir errores en los datos registrales

## Cláusulas a revisar

- **El mantenimiento del inmueble pasa al municipio** (4): El texto obliga al municipio a conservar, preservar, mantener y proteger el inmueble patrimonial, pero el dossier no dice de dónde saldría el dinero para eso. Texto: "El Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, en su condición de propietario, asumirá las obligaciones de conservación, preservación, mantenimiento y protección del inmueble, de conformidad con la Ley n.° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, del 4 de octubre de 1995, y sus reformas, sin perjuicio de las competencias rectoras, fiscalizadoras y de asesoramiento técnico del Ministerio de Cultura y Juventud."
- **La Notaría del Estado podría corregir datos** (5): El artículo 5 le permite corregir errores materiales, diferencias u omisiones en los datos registrales o catastrales, con el límite de no alterar la identidad, la cabida ni el destino del inmueble. Texto: "la Notaría del Estado podrá corregir errores materiales, diferencias u omisiones en los datos registrales o catastrales, siempre que no se alteren la identidad, la cabida ni el destino del inmueble a donar autorizado por esta ley."

## Explicación

### Qué propone

El proyecto 25.768 propone quitarle el uso público a un terreno de 3 154,29 m² en Tucurrique de Jiménez y autorizar que la Junta de Educación lo done al Concejo Municipal de Distrito. ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El terreno está inscrito en el partido de Cartago, matrícula 3-135577-000, plano C-0015791-1991. Ahí funcionan la antigua Escuela Eduardo Peralta Jiménez y la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví. ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

La donación la haría la Junta de Educación, cédula jurídica 3-008-087538, después de un acuerdo de su órgano colegiado. El Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, cédula jurídica 3-007-042087, tendría que aceptarla con otro acuerdo. ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El inmueble quedaría destinado a conservar y operar la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví. También a proyectos culturales, educativos y comunitarios, y a servicios públicos que promuevan su valor histórico y arquitectónico. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx) [S1]

El proyecto mantiene la afectación que ya pesa sobre el inmueble. La ley citada en el texto es la Ley n.° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, del 4 de octubre de 1995. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

La Notaría del Estado haría la escritura pública y los trámites de inscripción. También podría corregir errores materiales en los datos registrales o catastrales, siempre que no cambien la identidad, la cabida ni el destino del inmueble. ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

### A quién le toca

A la Junta de Educación de Tucurrique, que hoy es dueña registral del terreno y quedaría autorizada para donarlo. ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

Al Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, que recibiría el inmueble y asumiría las obligaciones de conservación y mantenimiento. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

A las personas que usan la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví, porque el texto fija ese uso como destino del inmueble. ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

Al Ministerio de Cultura y Juventud, que mantiene sus competencias de rectoría, fiscalización y asesoría técnica sobre el bien patrimonial. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

### En qué va el trámite

El proyecto se presentó el 3 de setiembre de 2026 y se publicó en La Gaceta el 11 de setiembre de 2026, en el alcance 122 de la gaceta 172. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

El expediente está en la etapa de presentación. Servicios Parlamentarios lo recibió el 3 de setiembre y el 8 de setiembre lo remitió al Archivo para publicarlo en la Imprenta Nacional. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

El plazo cuatrienal vence el 3 de setiembre de 2030. [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)

Para que sea ley falta el estudio en comisión, el dictamen, el primer debate y el segundo debate en el Plenario. ([guía, p. 28](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28))

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos revisados de la Constitución. La donación es de un bien de una junta de educación a un municipio, y el texto mantiene la protección patrimonial. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El artículo 45 dice que la propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley. ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) Aquí no hay expropiación: la dueña es una junta de educación y el traspaso es una donación autorizada por ley. Queda la duda de si el destino cultural y comunitario califica como interés público suficiente, algo que el texto afirma en su exposición de motivos. ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El artículo 89 manda conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación. ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) El artículo 4 del proyecto ordena conservar el inmueble según la Ley 7555, así que el texto calza con ese mandato. ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales a cargo del Gobierno Municipal. ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) Pasar el inmueble al Concejo Municipal de Distrito encaja con esa idea de gestión local. ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

El artículo 182 exige licitación para las ventas o arrendamientos de bienes de las municipalidades y las instituciones autónomas. ([Constitución, art. 182](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) El proyecto no menciona licitación porque se trata de una donación autorizada por ley, no de una venta. Queda la duda de si la Asamblea debe fijar algún control adicional para ese traspaso. ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx))

### Qué puede hacer usted

Escribir a los diputados de la comisión que estudie el proyecto. La guía explica que cualquier ciudadano puede entrevistarse con los diputados y argumentar a favor o en contra de un proyecto, o pedir cambios. ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29))

Presentar mociones de fondo por medio de un diputado. Las mociones se presentan a la Secretaría de la Comisión Permanente desde el día de la publicación en La Gaceta y mientras la comisión no las haya votado. ([guía, p. 28](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28))

Seguir el expediente y pedir información sobre su estado. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda información sobre la tramitación de los proyectos y las órdenes del día. ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27))

Presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en el traspaso. La Contraloría revisa presupuestos y contratos de las municipalidades. ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68))

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto vale el inmueble ni si la Municipalidad tiene presupuesto para mantenerlo.

El dossier no dice qué comisión permanente estudiará el proyecto.

El dossier no incluye el texto completo de la Ley 7555, solo su ficha.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El texto calza con la protección del patrimonio y la gestión local, pero deja dudas sobre el interés público de la donación y los controles del traspaso.

## Qué puede hacer usted

- Entrevista con diputados de la comisión: Pedir cita con los diputados que integran la comisión y exponer argumentos de fondo a favor o en contra del proyecto o de cambios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)
- Mociones de fondo por medio de un diputado: Un diputado presenta la moción escrita a la Secretaría de la Comisión Permanente. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28)
- Información sobre el estado del expediente: Consultar la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea para conocer el estado de tramitación y las órdenes del día. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presentarla en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o llamar al 2501-8000 o al 2501-8025. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Expediente 25768: AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE TUCURRIQUE PARA DESAFECTAR Y DONAR UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD AL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUCURRIQUE. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2026-09-11. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE TUCURRIQUE PARA DESAFECTAR Y DONAR UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD AL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUCURRIQUE

CINDY MARIA BLANCO GONZÁLEZ
DIPUTADA

EXPEDIENTE N.º 25.768

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
ÁREA DE PROCESOS LEGISLATIVOS

PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE TUCURRIQUE PARA DESAFECTAR Y DONAR UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD AL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUCURRIQUE

Expediente N.º 25.768

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Tucurrique, distrito segundo del cantón de Jiménez, en la provincia de Cartago, es una comunidad importante arqueológicamente, de profunda tradición y vocación agrícola, su actividad productiva se distingue por el cultivo de pejibaye, café, banano, hortalizas y cultivos no tradicionales como el banano congo. Cuenta con una población de 5.595 habitantes, concentrando así aproximadamente el treinta por ciento de la población total del cantón.

El índice de desarrollo social (IDS) distrital asignado a Tucurrique, según el último estudio realizado por el Mideplán, es de 57,21, este resultado clasifica al distrito como un área de menor desarrollo relativo, este indicador refleja desafíos que requieren una respuesta articulada de las instituciones públicas y del gobierno local, particularmente mediante espacios que favorezcan la cultura, la educación, la participación comunitaria y la prestación de servicios de interés colectivo.

Dentro de ese contexto, bajo el enfoque cultural, la antigua Escuela Eduardo Peralta Jiménez ocupa un lugar de especial relevancia para la identidad de la comunidad, este inmueble no solo se encuentra asociado a la historia educativa de Tucurrique, sino que también alberga la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví, desde la cual se impulsan actividades culturales, educativas y comunitarias en beneficio de la población.

La finca donde se ubican esas instalaciones pertenece registralmente a la Junta de Educación de Tucurrique, cédula jurídica número tres-cero cero ocho-cero ocho siete cinco tres ocho (n.° 3-008-087538). El inmueble está inscrito en el partido de Cartago bajo el sistema de folio real matrícula número tres-ciento treinta y cinco mil quinientos setenta y siete-cero cero cero (n.° 3-135577-000), con una medida de tres mil ciento cincuenta y cuatro metros con veintinueve decímetros cuadrados (3 154,29 m²) y plano catastrado número C-cero cero uno cinco siete nueve uno-mil novecientos noventa y uno (C-0015791-1991).

La certificación registral también consigna que sobre la finca existe una afectación de patrimonio histórico, en consecuencia, el traspaso propuesto no elimina ni modifica esa protección, por el contrario, esta iniciativa dispone expresamente que el Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, como eventual propietario, deberá respetar la Ley n.° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, y las demás obligaciones que resulten aplicables para la conservación del bien.

Actualmente, la titularidad en cabeza de la Junta de Educación limita la posibilidad de que el gobierno local dirija de manera integral proyectos e inversiones vinculados con el aprovechamiento comunitario del inmueble, el Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique es la institución llamada a gestionar servicios y proyectos locales y cuenta con mayor capacidad para coordinar acciones, recursos y alianzas destinadas a conservar el edificio y ampliar su utilidad social.

Es por esto por lo que se propone autorizar a la Junta de Educación de Tucurrique para desafectar y donar el inmueble al Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique. La autorización permitirá regularizar la titularidad y brindar seguridad jurídica a futuras inversiones, sin desconocer la naturaleza patrimonial de la propiedad ni las competencias de las instituciones encargadas de su tutela.

La donación tendrá un destino claramente delimitado: conservar el inmueble y utilizarlo para el desarrollo de proyectos culturales, educativos y comunitarios, así como para servicios públicos locales compatibles con su valor histórico y arquitectónico.

Por las razones expuestas, se somete a conocimiento de las señoras diputadas y los señores diputados el siguiente proyecto de ley.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE TUCURRIQUE PARA DESAFECTAR Y DONAR UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD AL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUCURRIQUE

### ARTÍCULO 1- Desafectación

Se desafecta del uso público el inmueble propiedad de la Junta de Educación de Tucurrique, cédula jurídica número tres-cero cero ocho-cero ocho siete cinco tres ocho (n.° 3-008-087538), inscrito en el partido de Cartago, cantón cuarto Jiménez, distrito segundo Tucurrique, bajo el sistema de folio real matrícula número tres-ciento treinta y cinco mil quinientos setenta y siete-cero cero cero (n.° 3-135577-000), con una medida de tres mil ciento cincuenta y cuatro metros con veintinueve decímetros cuadrados (3 154,29 m²), plano catastrado número C-cero cero uno cinco siete nueve uno-mil novecientos noventa y uno (n.° C-0015791-1991). Sus linderos son: al norte, Alberto Ayon Muy; al sur, calle pública con ochenta y dos metros con treinta y cinco centímetros; al este, calle pública con treinta y nueve metros con un centímetro; y al oeste, calle pública con treinta y siete metros con veintinueve centímetros; en el cual se ubica la antigua Escuela Eduardo Peralta Jiménez y la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví.

### ARTÍCULO 2- Autorización de la donación

Se autoriza a la Junta de Educación de Tucurrique para que, previo acuerdo de su órgano colegiado, done el inmueble descrito en el artículo 1 de esta ley al Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, cédula jurídica número tres-cero cero siete-cero cuatro dos cero ocho siete (n.° 3-007-042087). El Concejo Municipal de Distrito deberá aceptar la donación mediante el acuerdo correspondiente.

### ARTÍCULO 3- Destino del inmueble

El inmueble se destinará a la conservación y funcionamiento de la Casa de la Cultura Tucurriqueña Sikiví, así como para el desarrollo de proyectos culturales, educativos, comunitarios y a la prestación de servicios públicos locales que promuevan el valor histórico y arquitectónico del inmueble.

### ARTÍCULO 4- Protección del patrimonio histórico y arquitectónico

La donación se efectuará manteniendo la afectación al patrimonio histórico-arquitectónico que consta registralmente. El Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, en su condición de propietario, asumirá las obligaciones de conservación, preservación, mantenimiento y protección del inmueble, de conformidad con la Ley n.° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, del 4 de octubre de 1995, y sus reformas, sin perjuicio de las competencias rectoras, fiscalizadoras y de asesoramiento técnico del Ministerio de Cultura y Juventud.

### ARTÍCULO 5- Formalización del traspaso

Le corresponde a la Notaría del Estado confeccionar la escritura pública de donación y realizar los actos notariales necesarios para su inscripción, la Notaría del Estado podrá corregir errores materiales, diferencias u omisiones en los datos registrales o catastrales, siempre que no se alteren la identidad, la cabida ni el destino del inmueble a donar autorizado por esta ley.

Rige a partir de su publicación.

Cindy María Blanco González
Diputada

NOTA: Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales y ortotipográficos en el Departamento de Servicios Parlamentarios. (Fecha de subido al SIL: 08-09-2026).

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/25768). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.