# Ley 7303: La Junta de Protección Social giró 70 millones para música y teatro

- Página: https://elcenso.com/leyes/7303
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACION A LA JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE PARA QUE GIRE CINCUENTA MILLONES DE COLONES A LA ASOCIACION ORQUESTA SINFONICA JUVENIL DE COSTA RICA Y VEINTE MILLONES DE COLONES AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1

## En resumen

Una ley de 1992 autorizó a la Junta de Protección Social de San José a girar 70 millones de colones una sola vez: 50 para la Orquesta Sinfónica Juvenil y 20 para restaurar el Teatro Nacional.

## A quién le toca

- La Junta de Protección Social de San José debe girar 70 millones de colones una sola vez.
- La Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica recibe 50 millones para el Centro de la Música.
- El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes recibe 20 millones para restaurar el Teatro Nacional.
- La Contraloría General de la República debe vigilar el uso de los fondos.

## A quién beneficia

- La Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica obtiene 50 millones de colones para construir el Centro de la Música.
- El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes obtiene 20 millones de colones para la restauración del Teatro Nacional.
- La Orquesta Sinfónica Nacional tendrá espacio en el Centro de la Música, según el texto.

## Qué cambia

- El giro es por una sola vez, no es un aporte anual.
- El dinero de la Asociación tiene destino exclusivo: el edificio del Centro de la Música.
- El remanente de la Asociación se usa para equipo, mobiliario y programas de ambas orquestas.
- Los 20 millones del Ministerio se destinan en su totalidad al Teatro Nacional.

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio directo a una asociación con nombre y cédula** (1): La ley nombra a la asociación, su cédula jurídica y su inscripción en el Registro Público para entregarle 50 millones de colones. Texto: "Cincuenta millones de colones (¢50.000.000) a la Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica, cédula jurídica número 3 002 056038-14, inscrita al Tomo 58, Folio 161, Asiento 280, Expediente 529 de la Sección de Asociaciones del Registro Público."
- **El giro sale del fondo de estabilización de precios** (1): La ley permite tomar el dinero del fondo de estabilización de precios o de otras rentas de la Junta, sin decir cuál de las dos fuentes se usará. Texto: "Autorízase a la Junta de Protección Social de San José para que, de su fondo de estabilización de precios o de otras rentas, gire, por una sola vez, la suma de setenta millones de colones"
- **No se fija el procedimiento de contratación de las obras** (1): La ley ordena construir el Centro de la Música y restaurar el Teatro Nacional, pero no dice cómo se escogerá a las empresas que harán esos trabajos. Texto: "Estos recursos, en su totalidad, serán destinados a la restauración del Teatro Nacional."

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza a la Junta de Protección Social de San José a girar 70 millones de colones por una sola vez ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)). El dinero sale de su fondo de estabilización de precios o de otras rentas.

El giro se reparte en dos partes. Cincuenta millones de colones van a la Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)). Esa asociación tiene cédula jurídica 3 002 056038-14 y está inscrita al Tomo 58, Folio 161, Asiento 280, Expediente 529 de la Sección de Asociaciones del Registro Público.

Ese dinero tiene un destino fijo: construir el edificio del Centro de la Música ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)). Ahí se instalarán la Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica y la Orquesta Sinfónica Nacional, con sus programas. Si sobra algo, se usa para equipo, mobiliario y los programas de ambas orquestas.

Los otros veinte millones de colones van al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)). Ese monto completo se destina a la restauración del Teatro Nacional.

La Contraloría General de la República debe velar por el uso correcto de esos fondos ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)). La ley rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)).

### A quién le toca

A la Junta de Protección Social de San José, que debe hacer el giro de 70 millones de colones una sola vez ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)).

A la Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica, que recibe 50 millones para construir el Centro de la Música ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)).

Al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que recibe 20 millones para restaurar el Teatro Nacional ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)).

A la Contraloría General de la República, que debe vigilar el uso de los fondos ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra la versión 2 de 2, con fecha 16/07/1992 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1).

La Procuraduría General de la República resume la norma así: autoriza a la Junta de Protección Social de San José para que de su fondo de estabilización de precios o de otras rentas gire, por una única vez, la suma de setenta millones de colones a la Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1).

Ese resumen de la PGR no menciona los 20 millones al Ministerio de Cultura ni el reparto entre las dos entidades. El texto consolidado sí lo hace ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El artículo 89 de la Constitución dice que entre los fines culturales de la República están conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley reparte dinero para un centro de música y para restaurar el Teatro Nacional, que es patrimonio histórico y artístico ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)). En ese punto calza.

El artículo 184 de la Constitución le da a la Contraloría la tarea de fiscalizar la ejecución de los presupuestos y examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las instituciones autónomas ([Constitución, art. 184](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley le encarga a la Contraloría velar por el uso correcto de los fondos ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)). Eso sigue la misma línea.

El artículo 182 de la Constitución ordena que los contratos para obras públicas y las compras con fondos públicos se hagan mediante licitación, de acuerdo con la ley en cuanto al monto ([Constitución, art. 182](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no dice cómo se escogerá a quién construye el edificio ni quién hará la restauración. Esa es una duda: el texto no fija el procedimiento de contratación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1)).

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos revisados de la Constitución.

### Qué puede hacer usted

Si sospecha que el dinero no se usó para lo que dice la ley, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La denuncia es un escrito, de forma escrita o verbal, para poner en conocimiento de la Contraloría un hecho que se presume irregular con recursos públicos.

Puede hacerlo en persona en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). También puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025.

Otra vía es el portal institucional de Denuncia Electrónica, el correo contraloria.general@cgrcr.go.cr o el Apartado Postal 1179-1000 San José ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica y haya sido maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública puede hacerlo.

Si un acto concreto de una institución viola un derecho fundamental, existe el recurso de amparo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si el giro de los 70 millones ya se hizo.

El dossier no dice si el Centro de la Música se construyó ni si el Teatro Nacional se restauró con ese dinero.

El dossier no dice cuánto costaba cada obra en 1992 ni si los montos alcanzaron.

El dossier no incluye el expediente legislativo ni la fecha exacta de publicación de la ley.

## Frente a la Constitución

La ley calza con los fines culturales del artículo 89 y con la fiscalización del artículo 184. Queda una duda sobre el artículo 182: la ley no fija cómo se contratarán las obras.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela por escrito o verbalmente en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o llame al 2501-8000 o al 2501-8025. También por el portal de Denuncia Electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja si fue maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 7303: AUTORIZACION A LA JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE PARA QUE GIRE CINCUENTA MILLONES DE COLONES A LA ASOCIACION ORQUESTA SINFONICA JUVENIL DE COSTA RICA Y VEINTE MILLONES DE COLONES AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7303 en SINALEVI: Donación de la JPS a la Orquesta Sinfónica Juvenil (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 16/07/1992. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12147&param2=13048&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7303

Donación de la JPS a la Orquesta Sinfónica Juvenil

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AUTORIZACION A LA JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE PARA QUE GIRE

CINCUENTA MILLONES DE COLONES A LA ASOCIACION ORQUESTA SINFONICA JUVENIL

DE COSTA RICA Y VEINTE MILLONES DE

COLONES AL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

ARTICULO 1.- Autorízase a la Junta de Protección Social de San José
para que, de su fondo de estabilización de precios o de otras rentas,

gire, por una sola vez, la suma de setenta millones de colones

(¢70.000.000), de la siguiente manera:

a) Cincuenta millones de colones (¢50.000.000) a la Asociación

Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica, cédula jurídica número 3

002 056038-14, inscrita al Tomo 58, Folio 161, Asiento 280,

Expediente 529 de la Sección de Asociaciones del Registro Público.

Estos fondos serán destinados, exclusivamente, para la construcción

del edificio del Centro de la Música, en el cual se instalarán la

Asociación Orquesta Sinfónica Juvenil de Costa Rica y la Orquesta

Sinfónica Nacional, con sus respectivos programas. Cualquier

remanente que hubiera, se destinará a la provisión de equipo y

mobiliario, así como al financiamiento de los programas de ambas

orquestas.

b) Veinte millones de colones (¢20.000.000) al Ministerio de Cultura,

Juventud y Deportes. Estos recursos, en su totalidad, serán

destinados a la restauración del Teatro Nacional.



ARTICULO 2.- La Contraloría General de la República velará por la

correcta utilización de los fondos contemplados en esta Ley.



ARTICULO 3.- Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7303). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.