# Ley 7308: La CCSS puede vender un lote en Pavas a CACEJUPS

- Página: https://elcenso.com/leyes/7308
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZAR A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL PARA QUE VENDA UN LOTE DE SU PROPIEDAD A LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO Y SERVICIOS MÚLTIPLES DE LOS EMPLEADOS DEL SISTEMA HOSPITALARIO NACIONAL ("CACEJUPS")
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=7582&param2=8126&param3=1

## En resumen

Una ley de 1992 autoriza a la CCSS a segregar y vender un lote en Pavas a la cooperativa de empleados del sistema hospitalario, con avalúo previo.

## A quién le toca

- La Caja Costarricense de Seguro Social, que queda autorizada para segregar y vender el lote (art. 1)
- CACEJUPS, la cooperativa compradora (art. 1)

## A quién beneficia

- CACEJUPS queda habilitada para comprar el lote en Pavas (art. 1)
- La CCSS puede vender un lote suyo con un precio mínimo fijado por avalúo (art. 2)

## Qué cambia

- El texto no dice a qué se destinará el dinero de la venta
- El lote está en Pavas, distrito noveno del cantón de San José, matrícula 1315048-000 (art. 1)

## Cláusulas a revisar

- **Comprador único con nombre propio** (1): La ley no abre la venta a cualquier interesado: autoriza vender ese lote a una cooperativa específica de empleados del sistema hospitalario nacional. Texto: "Autor¡zase a la Caja Costarricense de Seguro Social, para que segregue y venda a la Cooperativa de Ahorro y Cr‚dito y Servicios M£ltiples de los Empleados del Sistema Hospitalario (CACEJUPS), un lote de su propiedad"
- **El texto no dice el destino del dinero** (2): La ley fija un precio mínimo por avalúo pero no indica a qué se destinará el producto de la venta. Texto: "El valor de la nueva propiedad no ser inferior al precio que, mediante aval£o, determine la Direcci¢n General de la Tributaci¢n Directa."

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social a segregar y vender un lote suyo a la Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples de los Empleados del Sistema Hospitalario Nacional, conocida como CACEJUPS (art. 1).

El lote está en Pavas, distrito noveno del cantón de San José, provincia de San José (art. 1). Está inscrito en el Folio Real, matrícula 1315048-000.

El texto da dos linderos. Al Oeste, la Junta de Protección Social de San José (art. 1).

La ley rige desde su publicación (art. 3).

### A quién le toca

A la Caja Costarricense de Seguro Social, que queda autorizada para segregar y vender el lote (art. 1).

A CACEJUPS, la cooperativa de ahorro y crédito y servicios múltiples de los empleados del sistema hospitalario nacional, que es la compradora (art. 1).

### Cómo está hoy según SINALEVI

SINALEVI registra la ley como vigente, en su versión 1 de 1, sin observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=7582&param2=8126&param3=1). La ficha de la Asamblea también la marca como vigente [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

El texto consolidado de SINALEVI y el texto aprobado coinciden en lo esencial: autorización para segregar y vender, ubicación y linderos del lote, avalúo previo y entrada en vigencia con la publicación (art. 1) (art. 2) (art. 3).

### Frente a la Constitución

El artículo 45 dice que la propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no expropia: autoriza una venta, y el artículo 2 exige un avalúo que fije el precio mínimo (art. 2). El Censo no encontró un choque directo con ese artículo.

El artículo 73 ordena que los fondos y las reservas de los seguros sociales no se transfieran ni se empleen en finalidades distintas a las que motivaron su creación ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto no dice a qué se destinará el dinero de la venta. Esa es una duda que el texto deja abierta.

El artículo 124 exige dos debates en días distintos no consecutivos, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El dossier no incluye el expediente de trámite, así que no permite verificar esos pasos.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la CCSS o de otra institución pública viola un derecho suyo en esta venta, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Debe expresar el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si considera que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). El artículo 75 pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando no haya lesión individual y directa o se defiendan intereses difusos.

Puede denunciar ante la Contraloría General de la República un hecho que se presuma irregular en el manejo de recursos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La Contraloría revisa presupuestos de instituciones autónomas como la CCSS y revisa contratos.

Puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le maltrata en sus derechos o intereses ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto mide el lote ni cuánto vale.

El dossier no dice a qué se destinará el dinero de la venta.

El dossier no incluye el expediente de trámite legislativo ni la fecha de publicación en La Gaceta.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo con el artículo 45 sobre la propiedad. Queda una duda sobre el destino del dinero frente al artículo 73, que protege los fondos de los seguros sociales.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor u órgano que aparece como presunto autor del agravio. Debe expresar el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes y otras disposiciones generales. El artículo 75 pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando no haya lesión individual y directa o se defiendan intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta de forma escrita o verbal en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, por teléfono, portal institucional, correo o apartado postal. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 7308: AUTORIZAR A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL PARA QUE VENDA UN LOTE DE SU PROPIEDAD A LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO Y SERVICIOS MÚLTIPLES DE LOS EMPLEADOS DEL SISTEMA HOSPITALARIO NACIONAL ("CACEJUPS"). Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7308 en SINALEVI: Autoriza CCSS  Vender Lote a la CACEJUPS ( Cooperativa de Ahorro yCrédito y Servicios Múltiples de los Empleados del Sistema Hospitala-rio Nacional ) (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 16/09/1992. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=7582&param2=8126&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7308

Autoriza CCSS Vender Lote a la CACEJUPS ( Cooperativa de Ahorro yCrédito y Servicios Múltiples de los Empleados del Sistema Hospitala-rio Nacional )

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7308

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZAR A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL PARA QUE

VENDA UN LOTE DE SU PROPIEDAD, A LA COOPERATIVA DE AHORRO

Y CREDITO Y SERVICIOS MULTIPLES DE LOS EMPLEADOS DEL

SISTEMA HOSPITALARIO NACIONAL "CACEJUPS"

ART&Ouml;CULO 1.- Autor¡zase a la Caja Costarricense de Seguro

Social, para que segregue y venda a la Cooperativa de Ahorro y

Cr‚dito y Servicios M£ltiples de los Empleados del Sistema

Hospitalario (CACEJUPS), un lote de su propiedad, sita en Pavas,

distrito noveno del cant¢n de San Jos‚, primero de la provincia

de San Jos‚, inscrito en el Folio Real, matr¡cula 1315048-000,

con los siguientes linderos: al Norte, El Estado Aeropuerto

Tob¡as Bola¤os; al Oeste, la Junta de Protecci¢n Social de San

Jos‚.



ART&Ouml;CULO 2.- El valor de la nueva propiedad no ser inferior

al precio que, mediante aval£o, determine la Direcci¢n General

de

la Tributaci¢n Directa.



ART&Ouml;CULO 3.- Rige a partir de su publicaci¢n.

"

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7308). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.