# Ley 7324: La ley de impuestos de Pérez Zeledón ya no rige

- Página: https://elcenso.com/leyes/7324
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: TARIFA DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTON DE PEREZ ZELEDON
- Estado: No vigente (SINALEVI: Derogado)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=10193&param2=10906&param3=1

## En resumen

La Ley 7324, que fijaba impuestos municipales en Pérez Zeledón, está derogada según SINALEVI y su texto ya no está disponible.

## A quién le toca

- A los contribuyentes del cantón de Pérez Zeledón que pagaban los impuestos que fijaba la Ley 7324.
- A la Municipalidad de Pérez Zeledón, que aplicaba esas tarifas.

## Qué cambia

- La Ley 7324 ya no rige según SINALEVI.
- El texto de la ley no está disponible para consulta.
- La Asamblea y la Procuraduría dan estados distintos sobre la vigencia.

## Explicación

### Qué decía

La Ley 7324 se llamó Tarifa de Impuestos Municipales del Cantón de Pérez Zeledón. El registro de la Asamblea la identifica con ese título [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx). El texto de la ley ya no está disponible en el sistema de la Asamblea ni en el de la Procuraduría. El Censo no puede decir qué tasas fijaba ni a quién cobraba porque el articulado no aparece en el dossier (art. 1).

### Qué la reemplazó

El dossier no dice qué ley sustituyó a la Ley 7324. SINALEVI solo registra que está derogada y que no tiene observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=10193&param2=10906&param3=1). No hay en el expediente una norma posterior que la reemplace de forma expresa.

### Cómo está hoy según SINALEVI

SINALEVI registra la Ley 7324 como derogada, en su versión 1 de 1, sin observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=10193&param2=10906&param3=1). El sistema muestra el texto como no disponible en todos sus artículos (art. 1). La ficha de la Asamblea la marca como vigente, pero el registro de la Procuraduría dice lo contrario [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 7324 y la Constitución porque el texto de la ley no está disponible para compararlo. La materia encaja en el marco municipal: el artículo 169 pone la administración de los intereses locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 175 ordena que las municipalidades dicten sus presupuestos y que la Contraloría los apruebe y fiscalice ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 170 reconoce la autonomía municipal y fija un mínimo del 10% de los ingresos ordinarios para las municipalidades ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Sin el articulado de la Ley 7324 no se puede verificar si sus tarifas respetaban esos límites.

### Qué puede hacer usted

La ley ya no rige, así que las vías son las que existen para una norma derogada o para un acto concreto que todavía la aplique.

1. Si una municipalidad o un funcionario le cobra hoy con base en la Ley 7324, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo contra el acto que viola o amenaza violar un derecho fundamental ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).
2. Si el cobro se funda en una norma mal interpretada o aplicada, el amparo también procede.
3. Puede presentar una acción de inconstitucionalidad contra leyes o disposiciones generales que infrinjan la Constitución ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).
4. Puede denunciar ante la Contraloría General un manejo irregular de fondos públicos municipales. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).
5. Puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes por mal funcionamiento de un servicio público municipal ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).
6. Si quiere una norma nueva para el cantón, puede proponer una reforma por iniciativa popular. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

- Qué tasas, montos o plazos fijaba la Ley 7324, porque el texto no está disponible.
- Qué norma la derogó y en qué fecha.
- Por qué la Asamblea la marca como vigente y la Procuraduría como derogada.

## Frente a la Constitución

El texto de la Ley 7324 no está disponible, así que no se puede comparar su contenido con la Constitución. La materia municipal encaja en los artículos 169, 170 y 175.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta ante la Sala Constitucional contra el servidor u órgano que causa el agravio. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta ante la Sala Constitucional. Requiere asunto pendiente ante tribunales o vía administrativa, salvo intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General: Presencial en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 7324: TARIFA DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTON DE PEREZ ZELEDON. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7324 en SINALEVI: Impuestos Municipales de Pérez Zeledón (Derogado, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 15/12/1992. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=10193&param2=10906&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7324

Impuestos Municipales de Pérez Zeledón

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Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7324). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.