La ley 7358 movió partidas del presupuesto de 1993
Una ley de 1993 cambió montos y eliminó partidas de varios presupuestos aprobados entre 1975 y 1992, incluido el de ese año.
Título oficial MODIFICACION A LA LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO PARA EL AÑO 1993, NO. 7320 DEL 07 DE DICIEMBRE DE 1992
Atención: La ley elimina partidas de la ley 7328 y reforma 18 leyes más, pero el dossier no muestra el texto completo ni los montos.
A quién le toca
- Las instituciones cuyos presupuestos se reformaron por los artículos 24 y 25
- La ley 7328 del 15 de diciembre de 1992, que pierde partidas por los artículos 26 y 39
- La ley 7320 del 7 de diciembre de 1992, reformada en sus artículos 8, 9, 11, 20 y 22
A quién beneficia
- Las instituciones que reciben las partidas reasignadas por los artículos 24 y 25, según el texto que no está en el dossier
Qué cambia
- El presupuesto de 1993 cambió después de aprobado
- Cinco partidas de la ley 7328 se eliminaron por el artículo 39
- Tres partidas de la ley 7328 se eliminaron por el artículo 26
La explicación completa
Qué cambia
La ley 7358 modificó el presupuesto ordinario y extraordinario de 1993, que era la ley 7320 del 7 de diciembre de 1992 1. El texto que muestra SINALEVI hoy se titula "Ley de presupuesto extraordinario" y está vigente 2.
El artículo 24 reforma partidas específicas de 18 leyes y de un decreto. Entre esas leyes están la 6305 del 18 de diciembre de 1975 y la 7320 del 7 de diciembre de 1992 2. También aparece la 7328 del 15 de diciembre de 1992 y el decreto 21632 del 16 de noviembre de 1992.
El artículo 25 reforma partidas presupuestarias de siete leyes. Son la 7206, la 7244, la 7272, la 7280, la 7306, la 7320 y la 7328 2.
El artículo 26 elimina partidas de la ley 7328. Borra la partida 730 510 1247 25 47 de la página 31 del Alcance 15 de La Gaceta 240 2. De la página 43 de esa misma publicación borra las partidas 730 1242 25 47 y 730 2511 1242 25 47.
El artículo 39 elimina cinco partidas específicas más de la ley 7328. Están en las páginas 29 y 60 de esa publicación 2.
El artículo 6, inciso A, reforma el artículo 8 de la ley 7320 2. El inciso B reforma el artículo 9 de la misma ley. El artículo 17 reforma el inciso 35 del artículo 11 de la ley 7320. El artículo 18 reforma el artículo 22 de la ley 7320 y le agrega texto al primer párrafo. El artículo 19 reforma el inciso 17 del artículo 11. El artículo 27 reforma el artículo 20 y le deroga los incisos 19 y 21.
El texto completo de los artículos no está disponible en el dossier. SINALEVI solo muestra la ficha y las notas de reforma, no el articulado 2.
A quién le toca
A las instituciones cuyos presupuestos se reformaron o recortaron. El artículo 24 toca las partidas de 18 leyes y un decreto 2. El artículo 25 toca las partidas de siete leyes.
A la ley 7328 del 15 de diciembre de 1992, que pierde partidas por los artículos 26 y 39 2.
A la ley 7320 del 7 de diciembre de 1992, que recibe reformas en sus artículos 8, 9, 11, 20 y 22 2.
El dossier no dice cuáles instituciones reciben el dinero ni cuáles lo pierden. Tampoco dice montos en colones.
Lo que se dijo en la Asamblea
Las grabaciones del dossier no tratan sobre la ley 7358. Tratan sobre presupuestos de otros años.
En V1, del 2018, un locutor presenta el presupuesto de 2019. Dice que el proyecto se analiza primero en comisión y luego en el plenario 00:54:29.
El diputado Luis Fernando Chacón Monje explica el cronograma. Dice que el dictamen debe estar "a más tardar el día 25 de octubre" 00:59:11.
La diputada Silvia Hernández Sánchez, presidenta de la comisión de asuntos hacendarios, habla de las finanzas públicas. Dice que el problema "ciertamente requiere de un ejercicio que pueda propiciar mayores ingresos para la solvencia del estado" 01:04:38.
La ministra de Hacienda, María del Rocío Aguilar Montoya, expone el presupuesto de 2019. Dice que "la constitución ordena la presentación del presupuesto de la república a más tardar el primero de septiembre" 01:13:04.
En V2, del 2026, el ministro Rodrigo Chávez Robles presenta el presupuesto de 2027. Dice que "el 38% de este presupuesto está financiado con deuda" 00:26:39.
En V3, del 2012, una diputada de Acción Ciudadana dice que el proyecto de presupuesto de 2013 "contraviene el artículo 6 de la ley general de la administración y presupuestos públicos" 00:02:02. El transcript no permite confirmar su nombre con claridad.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley 7358 sigue vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma 2.
La Procuraduría General de la República anota que la ley se publicó como folleto 2.
SINALEVI no muestra el texto articulado. Solo muestra la ficha, las notas de reforma y las observaciones de la PGR 2. No hay una segunda versión del texto para comparar.
Frente a la Constitución
El artículo 180 dice que el presupuesto "sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo" Constitución, art. 180. La ley 7358 es una ley que modifica el presupuesto de 1993. El dossier no dice quién tuvo la iniciativa, así que no se puede confirmar ese requisito.
El artículo 178 fija el plazo. La ley de presupuesto "deberá estar definitivamente aprobada antes del treinta de noviembre del mismo año" Constitución, art. 178. La ley 7358 se publicó en 1993, después de esa fecha. El dossier no permite saber si eso genera algún problema.
El artículo 184 da a la Contraloría la tarea de fiscalizar la ejecución del presupuesto Constitución, art. 184. La ley 7358 mueve partidas, pero el dossier no dice si la Contraloría revisó esos cambios.
El Censo no encontró un choque claro entre el texto y la Constitución con la información disponible.
Qué puede hacer usted
Esta ley ya rige. Las vías para una ley vigente son distintas a las de un proyecto en trámite.
Acción de inconstitucionalidad. Sirve para reclamar que una ley viola la Constitución. Se presenta ante la Sala Constitucional guía, p. 24. Necesita un asunto pendiente ante los tribunales, salvo que se defiendan intereses difusos.
Recurso de amparo. Sirve si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo. Cualquier persona puede presentarlo guía, p. 22.
Denuncia ante la Contraloría. Sirve para reportar un manejo irregular de fondos públicos. Se puede hacer en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal institucional guía, p. 68.
Queja ante la Defensoría de los Habitantes. Sirve si una institución pública le falla en un servicio. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentarla guía, p. 71.
Iniciativa popular. Sirve para proponer una reforma de ley. El proyecto se presenta ante el Tribunal Supremo de Elecciones y luego pasa a la Asamblea guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no muestra el texto completo de los artículos de la ley 7358.
El dossier no dice cuánto dinero mueve cada partida ni en colones de hoy.
El dossier no dice qué instituciones ganan o pierden con los cambios.
El dossier no dice quién tuvo la iniciativa de la ley.
El dossier no dice si la Contraloría revisó los cambios de partidas.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
Publicado como folleto. Por su artículo 24 reforma partidas específicas de las siguientes leyes: Nº 6305 del 18 de diciembre de 1975; Nº 6892 del 21 de diciembre de 1984; Nº 7055 del 18 de diciembre de 1986; Nº 7089 del 18 18 de diciembre de 1987; Nº 7111 del 12 de diciembre de 1988; Nº 7131 del 16 de agosto de 1989; Nº 7138 del 16 de noviembre de 1989; Nº 7141 del 20 de noviembre de 1989; Nº 7206 del 11 de octubre de 1990; Nº 7616 del 19 de diciembre de 1990; Nº 7244 del 3 de julio de 1991; Nº 7256 del 17 de diciembre de 1991; Nº 7272 del 18 de diciembre de 1991, Nº 7280 del 20 de diciembre de 1991; Nº 7306 del 15 de julio de 1992; Nº 7320 del 7 de diciembre de 1992; Nº 7328 del 15 de diciembre de 1992; Nº 7256 del 17 de setiembre de 1991; asimismo al decreto Nº 21632 del 16 de noviembre de 1992. Por su artículo 25 reforma partidas presupuestarias de las siguientes leyes: Nº 7206 de 29 de octubre de 1990; Nº 7244 del 3 de julio de 1991; Nº 7272 del 18 de diciembre de 1991; Nº 7280 del 20 de diciembre de 1991; Nº 7306 del 15 de julio de 1992; Nº 7320 del 7 de diciembre de 1992; Nº 7328 del 15 de diciembre de 1992. Por su artículo 26 elimina de la ley Nº 7328 del 15 de diciembre de 1992, a página 31 Alcance Nº 15 de la Gaceta 240 , la partida Nº 730 510 1247 25 47; de la página 43 misma publicación las siguientes partidas: 730 1242 25 47 y 730 2511 1242 25 47. Por su artículo 39 elimina las siguientes partidas específicas incluidas en la Ley Nº 7328 del 15 de diciembre de 1992: pág 29 663 200 27 132 99 48 pág 60 663 792 27 132 99 48 pág 29 702 307 27 241 30 48 701 317 27 241 20 48 pág 60 634 797 27 131 30 48 NOTAS: El inciso A del artículo 6 de la Ley Nº 7358 reforma el artículo 8 de la Ley Nº 7320 del 7 de diciembre de 1993. El inciso B del artículo 6 de la Ley Nº 7358 reforma el artículo 9 de la Ley Nº 7320 del 7 de setiembre de 1993. El artículo 17 de la Ley Nº 7358 reforma el inciso 35 del artículo 11 de la Ley Nº 7320 del 7 de diciembre de 1993. El artículo 18 de la Ley Nº 7358 reforma el artículo 22 de la ley Nº 7320 adicionando a su primer párrafo un texto. El artículo 19 de la Ley Nº 7358 reforma el inciso 17 del artículo 11. El artículo 27 de la Ley Nº 7358 reforma el artículo 20 al derogarle los incisos 19 y 21.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El texto mueve partidas del presupuesto, algo que la Constitución permite por ley. El dossier no permite confirmar quién tuvo la iniciativa ni si la Contraloría revisó los cambios.
Constitución, art. 178"La Ley de Presupuesto deberá estar definitivamente aprobada antes del treinta de noviembre del mismo año."
Esta ley, art. 1"Ley de presupuesto extraordinario"
Hay dudas La Constitución fija el 30 de noviembre como plazo para aprobar el presupuesto. La ley 7358 se publicó en 1993, después de esa fecha. El dossier no permite saber si eso genera algún problema.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:59:11
"a más tardar el día 25 de octubre"
- 01:04:38
"ciertamente requiere de un ejercicio que pueda propiciar mayores ingresos para la solvencia del estado"
- 01:13:04
"la constitución ordena la presentación del presupuesto de la república a más tardar el primero de septiembre"
- 00:26:39
"el 38% de este presupuesto está financiado con deuda"
- 00:02:02
"contraviene el artículo 6 de la ley general de la administración y presupuestos públicos"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 7358: MODIFICACION A LA LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO PARA EL AÑO 1993, NO. 7320 DEL 07 DE DICIEMBRE DE 1992
- Ley 7358 en SINALEVI: Ley de presupuesto extraordinario (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Acto de Entrega Proyecto de Ley Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República 2019
- Presentación Presupuesto Nacional 2027, 01 Setiembre 2026
- PRESUPUESTO ORDINARIO INICIA SU TRAMITE EN EL PLENARIO LEGISLATIVO
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-08. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
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Ley 7358
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