# Ley 7392: Hoteles de Puntarenas pagarán menos patente y podrán condonar multas

- Página: https://elcenso.com/leyes/7392
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: REFORMA DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY DE PATENTES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE PUNTARENAS, NO. 7273 DEL 10 DE DICIEMBRE DE 199
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1

## En resumen

La ley baja la tasa trimestral de patente para hoteles turísticos y autoriza a la Municipalidad de Puntarenas a perdonar multas e intereses a hoteleros morosos.

## A quién le toca

- Establecimientos de hospedaje momentáneo del cantón central de Puntarenas, que pagan ¢5,00 por cada ¢1.000,00 de ingresos brutos cada trimestre
- Hoteles y similares de orientación netamente turística del cantón central de Puntarenas, que pagan ¢3,00 por cada ¢1.000,00 de ingresos brutos al año
- Contribuyentes hoteleros con multas e intereses pendientes ante la Municipalidad de Puntarenas

## A quién beneficia

- Los hoteles turísticos pagan una tasa menor: ¢3,00 por cada ¢1.000,00 frente a ¢5,00 de los hospedajes momentáneos
- Los hoteleros morosos pueden pedir que la Municipalidad les perdone multas e intereses

## Qué cambia

- La Municipalidad de Puntarenas deja de cobrar multas e intereses a los hoteleros que se acojan a la condonación
- La tasa diferenciada por tipo de hospedaje cambia lo que paga cada negocio

## Cláusulas a revisar

- **Condonación solo para hoteleros** (2): La condonación de multas e intereses cubre únicamente a los contribuyentes hoteleros, no a otros contribuyentes municipales. Texto: "Autorízase a la Municipalidad del Cantón Central de Puntarenas para condonar el pago de multas e intereses a los contribuyentes hoteleros, desde la vigencia de la Ley Nº 7273 y hasta un mes después de la entrada en vigencia de esta reforma."
- **Menos ingresos para la Municipalidad** (2): Perdonar multas e intereses significa que la Municipalidad deja de recibir ese dinero. Texto: "Autorízase a la Municipalidad del Cantón Central de Puntarenas para condonar el pago de multas e intereses a los contribuyentes hoteleros"

## Explicación

### Qué cambia

La ley reforma el inciso c) del artículo 16 de la Ley de Impuestos Municipales del Cantón Central de Puntarenas, la Ley 7273 del 10 de diciembre de 1991 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)). El nuevo texto dice: "Los establecimientos de hospedaje momentáneo pagarán, cada trimestre, sobre los ingresos brutos del año anterior ¢5,00 por cada ¢1.000,00." 

Además, la ley agrega un inciso ch) al mismo artículo 16. Los hoteles y similares de orientación netamente turística pagarán cada año ¢3,00 por cada ¢1.000,00 sobre los ingresos brutos del año anterior. Esa suma se divide entre cuatro para saber cuánto pagan cada trimestre ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)).

El artículo 2 autoriza a la Municipalidad del Cantón Central de Puntarenas a condonar el pago de multas e intereses a los contribuyentes hoteleros. La condonación cubre desde que rige la Ley 7273 hasta un mes después de que entre a regir esta reforma ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)).

La ley rige a partir de su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)).

### A quién le toca

A los establecimientos de hospedaje momentáneo del cantón central de Puntarenas. Pagan ¢5,00 por cada ¢1.000,00 de ingresos brutos del año anterior, cada trimestre ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)).

A los hoteles y similares de orientación netamente turística del mismo cantón. Pagan ¢3,00 por cada ¢1.000,00 de ingresos brutos del año anterior, repartido en cuatro pagos trimestrales ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)).

A los contribuyentes hoteleros que deban multas e intereses a la Municipalidad de Puntarenas. La ley autoriza a la Municipalidad a perdonarles esas multas e intereses ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La norma está vigente. SINALEVI registra una sola versión, la número 1 de 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que el artículo 2 autoriza a la Municipalidad del Cantón Central de Puntarenas a condonar multas e intereses a los contribuyentes hoteleros. La condonación va desde la vigencia de la Ley 7273 hasta un mes después de que entre a regir esta reforma [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1).

La Ley 7273, que esta reforma modifica, aparece como derogada en SINALEVI [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=1811&param2=1930&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 121 de la Constitución dice que corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es una reforma aprobada por la Asamblea, así que calza con esa atribución.

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley le da a la Municipalidad de Puntarenas la potestad de condonar multas e intereses ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)), lo que encaja con esa administración local.

El artículo 175 dice que las Municipalidades dictan sus presupuestos y que estos necesitan la aprobación de la Contraloría General, que fiscaliza su ejecución ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La condonación de multas e intereses afecta ingresos municipales. El Censo no encontró en el texto un choque directo con ese artículo, pero la aprobación de la Contraloría sobre el presupuesto municipal es el control que sigue aplicando.

El artículo 18 dice que los costarricenses deben "contribuir para los gastos públicos" ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley baja la tasa para hoteles turísticos y permite perdonar multas a hoteleros ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)). El Censo no encontró una contradicción directa con ese deber, porque la Asamblea puede fijar tasas distintas por actividad.

El artículo 33 prohíbe la discriminación contraria a la dignidad humana ([Constitución, art. 33](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley crea una tasa distinta para hoteles turísticos frente a otros hospedajes ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)). El Censo no encontró un choque claro, porque la diferencia se basa en el tipo de actividad y no en una característica de las personas.

### Qué puede hacer usted

Si es hotelero en Puntarenas y le cobraron multas o intereses que esta ley permite condonar, puede pedir la condonación a la Municipalidad. La ley autoriza a la Municipalidad a perdonarlas ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1)).

Si un acto concreto de la Municipalidad le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). El recurso se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

Si cree que esta ley choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se trate de intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de los fondos municipales, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o al teléfono 2501-8025.

Si la Municipalidad le brinda un mal servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación de la Ley 7392 en el diario oficial.

El dossier no dice cuánto dinero representan las multas e intereses que se podrían condonar.

El dossier no dice cuántos hoteles hay en el cantón central de Puntarenas ni cuántos se beneficiarían.

El dossier no incluye el texto completo de la Ley 7273, solo su estado de derogada.

## Frente a la Constitución

La ley calza con la potestad de la Asamblea para reformar leyes y con la autonomía municipal. El Censo no encontró un choque directo con los artículos revisados.

## Qué puede hacer usted

- Pedir la condonación de multas e intereses a la Municipalidad: La ley autoriza a la Municipalidad a perdonar multas e intereses a los contribuyentes hoteleros. Presente la solicitud ante la Municipalidad del Cantón Central de Puntarenas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Se plantea por memorial, telegrama u otro medio escrito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo excepciones. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades. Se denuncia en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o al teléfono 2501-8025. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 7392: REFORMA DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY DE PATENTES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE PUNTARENAS, NO. 7273 DEL 10 DE DICIEMBRE DE 199. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7392 en SINALEVI: Reforma Ley de Patentes del Cantón de Puntarenas (art. 16) (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/04/1994. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=15072&param2=16164&param3=1
3. Ley 7273: Impuestos Municipales de Puntarenas (Derogado). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 10/12/1991. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=1811&param2=1930&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7392

Reforma Ley de Patentes del Cantón de Puntarenas (art. 16)

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REFORMA DEL ARTICULO 16 DE LA LEY DE PATENTES

DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTON CENTRAL DE PUNTARENAS,

No. 7273 DEL 10 DE DICIEMBRE DE 1991

ARTICULO 1.- Refórmase el inciso c) del artículo 16, de la Ley

de Impuestos Municipales del Cantón Central de Puntarenas, No. 7273

del 10 de diciembre de 1991, cuyo texto dirá:

"c) Los establecimientos de hospedaje momentáneo

pagarán, cada trimestre, sobre los ingresos brutos del

año anterior ¢5,00 por cada ¢1.000,00."

Además, adiciónasele el inciso ch), que dirá así:

"ch) Los hoteles y similares, de orientación

netamente turística pagarán, cada año sobre los ingresos

brutos del año anterior ¢3,00 por cada ¢1.000,00. Esta

suma, dividida entre cuatro, determinará el impuesto

trimestral por pagar."



ARTICULO 2.- Autorízase a la Municipalidad del Cantón Central

de Puntarenas para condonar el pago de multas e intereses a los

contribuyentes hoteleros, desde la vigencia de la Ley Nº 7273 y

hasta un mes después de la entrada en vigencia de esta reforma.



ARTICULO 3.- Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7392). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.