# Ley 7521: La CCSS puede vender un terreno en San José para oncología infantil

- Página: https://elcenso.com/leyes/7521
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACION A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL PARA VENDER UN INMUEBLE
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1

## En resumen

Una ley vigente autoriza a la CCSS a vender al mejor postor un lote de 489,80 m2 en San José y destinar el dinero al Servicio de Hematología y Oncología del Hospital Nacional de Niños.

## A quién le toca

- La Caja Costarricense de Seguro Social, autorizada a vender el inmueble 127756-000
- El Servicio de Hematología y Oncología del Hospital Nacional de Niños, que recibe el producto de la venta
- La Dirección General de la Tributación Directa, que fija el precio mínimo por avalúo
- Los vecinos del lote: Waldemar Lutz, José Segnini, avenida 8 y calle 14S

## A quién beneficia

- El Servicio de Hematología y Oncología del Hospital Nacional de Niños recibe el dinero de la venta
- La CCSS puede vender un inmueble suyo sin otro trámite que la autorización legal

## Qué cambia

- El precio mínimo lo fija un avalúo de la Dirección General de la Tributación Directa
- El dinero tiene un destino único: el Servicio de Hematología y Oncología del Hospital Nacional de Niños
- La ley rige desde su publicación

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a vender un inmueble suyo. El lote está inscrito en el Registro de la Propiedad, sistema de folio real, número 127756-000, partido de San José ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)).

El terreno mide 489,80 m2. Sus linderos son: al Norte, avenida 8, con 21,74 m; al Sur, Waldemar Lutz, con 23,95 m; al Este, calle 14S, con 19,08 m; y al Oeste, José Segnini, con 20,93 m ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)). El plano catastrado es el número S.J.-065516586.

La venta debe hacerse "al mejor postor" ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)). El precio mínimo lo fija la Dirección General de la Tributación Directa mediante un avalúo.

El dinero de la venta tiene un solo destino: el fortalecimiento del Servicio de Hematología y Oncología del Hospital Nacional de Niños ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)). La ley dice que se destinará "exclusivamente" a eso.

La ley rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)).

### A quién le toca

A la Caja Costarricense de Seguro Social, que queda autorizada a vender el inmueble descrito ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)).

Al Servicio de Hematología y Oncología del Hospital Nacional de Niños, que recibe el producto de la venta ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)).

A la Dirección General de la Tributación Directa, que determina el precio mínimo por avalúo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)).

A los dueños de los terrenos vecinos, cuyos nombres y medidas aparecen como linderos: Waldemar Lutz, José Segnini, y las vías avenida 8 y calle 14S ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no anota observaciones de la Procuraduría General de la República [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el texto aprobado: los tres artículos tratan de la autorización, el destino del dinero y la vigencia ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El artículo 45 de la Constitución protege la propiedad y permite privar a alguien de lo suyo solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay expropiación: la propia dueña, la CCSS, vende su inmueble con autorización legal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)). El Censo no encontró choque en ese punto.

El artículo 73 ordena que los fondos de los seguros sociales no se usen en finalidades distintas a las que motivaron su creación ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El destino que fija la ley es el Hospital Nacional de Niños, que forma parte de la CCSS ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)). El Censo no ve un choque evidente, aunque la relación entre el producto de la venta y los seguros sociales no se explica en el texto.

El artículo 121 da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es un acto legislativo que autoriza una venta concreta ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)). El Censo no encontró choque en ese punto.

El artículo 51 manda dar protección especial al niño y a la niña ([Constitución, art. 51](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El destino del dinero al Hospital Nacional de Niños apunta en esa dirección ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1)). El Censo no encontró choque.

### Qué puede hacer usted

Si sospecha que la venta o el uso del dinero no se ajustan a la ley, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza los fondos públicos y revisa los contratos de instituciones autónomas como la CCSS ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Puede denunciar de forma presencial en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si el problema es el mal funcionamiento del servicio de salud, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si un acto concreto de la CCSS viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo. Cualquier persona puede presentarlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Esa vía exige, por regla general, un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la venta ya se hizo ni en qué fecha.

El dossier no dice cuánto dinero se obtuvo ni cuál fue el avalúo de la Dirección General de la Tributación Directa.

El dossier no dice si el dinero llegó al Servicio de Hematología y Oncología del Hospital Nacional de Niños.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la ley y los artículos revisados. La venta la hace la propia dueña con autorización legal y el destino del dinero va a un servicio de la misma CCSS.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club; teléfono 2501-8000 o 2501-8025; portal de Denuncia Electrónica; correo contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio; se puede presentar mientras subsista la violación y hasta dos meses después (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Por regla general requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 7521: AUTORIZACION A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL PARA VENDER UN INMUEBLE. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7521 en SINALEVI: Autoriza a Caja Costarricense de Seguro Social CCSS Venta de Inmueble (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 06/07/1995. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=23601&param2=24994&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7521

Autoriza a Caja Costarricense de Seguro Social CCSS Venta de Inmueble

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AUTORIZACION A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO

SOCIAL PARA VENDER UN INMUEBLE

ARTICULO 1.- Autorización.

Se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social para vender, al

mejor postor, el inmueble de su propiedad inscrito en el Registro de la

Propiedad, sistema de folio real, No. 127756-000 partido de San José. Mide

489,80 m2. Los linderos son: al Norte, avenida 8, con 21,74 m; al Sur,

Waldemar Lutz, con 23,95 m; al Este, calle 14S, con 19,08 m y al Oeste,

José Segnini con 20,93 m; el plano catastrado es el No. S.J.- 065516586. El

precio mínimo será la suma que determine, mediante avalúo, la Dirección

General de la Tributación Directa.



ARTICULO 2.- Destino de la venta.

El producto de la venta del inmueble citado se destinará,

exclusivamente, al fortalecimiento del Servicio de Hematología y Oncología

del Hospital Nacional de Niños.



ARTICULO 3.- Vigencia.

Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7521). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.