# Ley 7626: 8.384 millones para reconstruir la zona sur tras el huracán César

- Página: https://elcenso.com/leyes/7626
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: MODIFICACIÓN DE LA LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA, FISCAL Y POR PROGRAMAS PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 1996, NO. 7563
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1

## En resumen

La ley abre un crédito BID de ¢8.384.400.000 para que la Comisión Nacional de Emergencia atienda la emergencia de la zona sur por el huracán César.

## A quién le toca

- La Comisión Nacional de Emergencia recibe ¢8.384.400.000 en dos transferencias de capital.
- El Ministerio de Obras Públicas y Transportes ejecuta los programas 345 y 346.
- Las personas de la zona sur afectadas por el huracán César, porque el dinero se destina a la infraestructura dañada.
- El Poder Ejecutivo, que debe detallar las obras mediante decreto.

## A quién beneficia

- La zona sur del país recibe ¢8.384.400.000 para reconstruir infraestructura dañada por el huracán César.
- La Comisión Nacional de Emergencia recibe los recursos por medio de transferencias de capital.

## Qué cambia

- Los ingresos extraordinarios externos del presupuesto de 1996 suben en ¢8.384.400.000.
- El gasto se reparte en ¢2.096.100.000 para el Programa 345 y ¢6.288.300.000 para el Programa 346.
- El texto ordena que los recursos se usen solo en construir, reconstruir y rehabilitar obras de infraestructura.

## Cláusulas a revisar

- **El Poder Ejecutivo detalla las obras por decreto** (2): La ley no enumera las obras. Deja que el Poder Ejecutivo las detalle mediante decreto, sin que el texto fije un plazo ni un listado cerrado. Texto: "Los recursos señalados en este artículo se destinarán exclusivamente a construir, reconstruir y rehabilitar obras de infraestructura, que detallará el Poder Ejecutivo, mediante decreto."

## Explicación

### Qué cambia

La ley aumenta en ¢8.384.400.000 los ingresos extraordinarios externos del presupuesto de 1996. Ese dinero viene de dos créditos del BID: el 739/OC-CR por ¢6.288.300.000 y el 742/OC-CR por ¢2.096.100.000 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

El artículo 1 modifica el artículo 3 de la Ley 7563, del 13 de diciembre de 1995, y detalla el cálculo de esos ingresos ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)). El artículo 2 modifica el artículo 4 de la misma Ley 7563 y reparte el gasto en dos programas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

El Programa 345 recibe ¢2.096.100.000 y el Programa 346 recibe ¢6.288.300.000. Los dos son transferencias de capital a la Comisión Nacional de Emergencia ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

El texto dice que los recursos "se destinarán exclusivamente a construir, reconstruir y rehabilitar obras de infraestructura, que detallará el Poder Ejecutivo, mediante decreto" ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)). También dice que los gastos estarán sujetos a controles internos que garanticen el uso indicado y su eficacia.

La ley rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

### A quién le toca

A la Comisión Nacional de Emergencia, que recibe las dos transferencias de capital por un total de ¢8.384.400.000 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

Al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que ejecuta los programas 345 y 346 bajo el título 112 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

A las personas de la zona sur del país afectadas por el huracán César, porque el texto dice que el dinero se usará para la infraestructura dañada por ese huracán ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

Al Poder Ejecutivo, que debe detallar mediante decreto las obras que se van a construir, reconstruir o rehabilitar ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no anota observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado: los mismos dos artículos de modificación y el artículo de vigencia ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

La Ley 7563, que esta ley modifica, también sigue vigente según SINALEVI [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=27037&param2=28605&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 180 de la Constitución dice que el presupuesto solo puede modificarse por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo ([Constitución, art. 180](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es una modificación presupuestaria y el dossier no muestra quién tuvo la iniciativa, así que no se puede confirmar ese punto.

El mismo artículo 180 permite al Poder Ejecutivo abrir créditos adicionales cuando la Asamblea está en receso, pero solo para necesidades urgentes en casos de calamidad pública ([Constitución, art. 180](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto invoca el Decreto Ejecutivo 25365-MP-MOPT, del 27 de julio de 1996, que declaró zona de emergencia nacional la región sur por el paso del huracán César ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

El artículo 179 de la Constitución prohíbe a la Asamblea aumentar gastos sin señalar los nuevos ingresos que los cubran y sin informe previo de la Contraloría sobre su efectividad fiscal ([Constitución, art. 179](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley señala los ingresos: los dos créditos BID por ¢8.384.400.000 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)). El dossier no incluye el informe de la Contraloría.

El artículo 184 da a la Contraloría la tarea de fiscalizar la ejecución de los presupuestos y visar las órdenes de pago ([Constitución, art. 184](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto de la ley remite a controles internos, sin nombrar a la Contraloría ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1)).

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos constitucionales del dossier. Quedan dudas sobre la iniciativa y sobre el informe previo de la Contraloría, porque el dossier no trae esos documentos.

### Qué puede hacer usted

Esta ley ya rige. Las vías para una ley vigente son distintas de las de un proyecto en trámite.

Si un acto concreto de la Comisión Nacional de Emergencia o del MOPT le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). El artículo 75 pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defiendan intereses difusos o la naturaleza del asunto no cause lesión individual y directa.

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se presenta de forma personal en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica, por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr, por apartado postal 1179-1000 San José, o por fax al 2501-8100 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Para cambiar la ley, existe la iniciativa popular: se necesita al menos un 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, según el artículo 105 de la Constitución ([Constitución, art. 105](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

El referéndum no procede en materia presupuestaria ([Constitución, art. 105](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice quién tuvo la iniciativa de esta ley, dato que pide el artículo 180 de la Constitución.

El dossier no incluye el informe previo de la Contraloría sobre la efectividad fiscal de los nuevos ingresos, que menciona el artículo 179.

El dossier no trae el Decreto Ejecutivo 25365-MP-MOPT completo, solo la referencia en el texto de la ley.

El dossier no dice qué obras específicas se construyeron, reconstruyeron o rehabilitaron con los ¢8.384.400.000.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El texto calza con el artículo 180, que permite modificar el presupuesto por ley, y con el artículo 179, porque señala los ingresos que cubren el aumento. Quedan dudas sobre la iniciativa del Poder Ejecutivo y sobre el informe previo de la Contraloría, que el dossier no incluye.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o el órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se puede presentar mientras subsista la violación y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se dirige contra leyes y otras disposiciones generales. El artículo 75 pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defiendan intereses difusos o no exista lesión individual y directa. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: De forma personal en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club; por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025; por el portal de Denuncia Electrónica; por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr; por apartado postal 1179-1000 San José; o por fax al 2501-8100. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Se necesita al menos un 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años. La Oficina de Iniciativa Popular brinda asesoramiento técnico gratuito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 7626: MODIFICACIÓN DE LA LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA, FISCAL Y POR PROGRAMAS PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 1996, NO. 7563. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7626 en SINALEVI: Modificación al Presupuesto Ordinario y Extraordinario para 1996 (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 11/09/1996. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29013&param2=30688&param3=1
3. Ley 7563: Ley de Presupuesto Ordinario para 1996 (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 13/12/1995. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=27037&param2=28605&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7626

Modificación al Presupuesto Ordinario y Extraordinario para 1996

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MODIFICACION DE LA LEY DE PRESUPUESTO

ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA

REPUBLICA, FISCAL Y POR PROGRAMAS,

PARA EL EJERCICIO ECONOMICO

DE 1996, No. 7563

ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 3 de la Ley No. 7563, de 13 de

diciembre de 1995, en la forma que se indica a continuación:

"Artículo 3.- AUMENTAR:

DETALLE DEL CALCULO DE LOS INGRESOS

EXTRAORDINARIOS EXTERNOS PARA EL

EJERCICIO ECONOMICO DE 1996

EN COLONES CORRIENTES

___________________________________________________________________

C O D I G O (*) CONCEPTO MONTO

¢

___________________________________________________________________

2 0 0 0 0 00 00 INGRESOS DE CAPITAL 8.384.400.000,00

2 4 0 0 0 00 00 ENDEUDAMIENTO 8.384.400.000,00

2 4 2 0 0 00 00 EXTERNO 8.384.400.000,00

2 4 2 1 0 00 00 CRÉDITOS DE ORGANISMOS INTERNAC. 8.384.400.000,00

2 4 2 1 1 00 00 AL GOBIERNO CENTRAL 8.384.400.000,00

___________________________________________________________________

C O D I G O (*) CONCEPTO MONTO

¢

___________________________________________________________________

2 4 2 1 1 03 00 CRÉDITOS DEL BANCO INTERAMERI-

CANO DE DESARROLLO (B.I.D.) 8.384.400.000,00

----------------------------- -------------------

2 4 2 1 1 03 32 CRÉDITO BID 739/OC-CR LEY

No. 7454 PROGRAMA AJUSTE DEL

SECTOR PUBLICO 6.288.300.000,00

----------------------------- -------------------

2 4 2 1 1 03 33 CRÉDITO BID 742/OC-CR LEY No.7454

--------------------------------

PROGRAMA SECTORIAL DE INVERSIONES 2.096.100.000,00

----------------------------- ------------------

TOTAL DE INGRESOS

EXTRAORDINARIOS EXTERNOS 8.384.400.000,00

____________________________________________________________________

(*) IDENTIFICA A:

C.G.S.P.S. R. S.

| | | | | | |__ Subrenglón

| | | | | |_____ Renglón

| | | | |________ Subpartida

| | | |__________ Partida

| | |____________ Sección

| |______________ Grupo

|________________ Clase"



ARTICULO 2.- Modifícase el artículo 4 de la Ley No. 7563, de 13 de

diciembre de 1995, en la forma que se detalla a continuación:

"Artículo 4.- [...]

PRESUPUESTO POR PROGRAMAS 1996

112 - MINISTERIO DE

OBRAS PUBLI-

CAS Y TRANS-

PORTES

-----------------------------------------------------------

FUNCION 47: TRANSPORTES PROGRAMA 345: TRANSFERENCIAS

Y APORTES VA-

RIOS CRÉDITO

BID-742/OC-CR

COSTO TOTAL: 2.096.100.000,00

-----------------------------------------------------------

ANTECEDENTES DEL PROGRAMA:

Decreto Ejecutivo No. 25365-MP-MOPT, de 27 de julio de 1996, que

declara zona de emergencia nacional la región sur del país, como

consecuencia del paso del huracán César.

DESCRIPCION:

A través de este Programa se asignarán los recursos necesarios para

la construcción, reconstrucción y mantenimiento de la infraestructura

dañada por el paso del huracán César en la zona sur del país.

AUMENTAR:

TITULO 112

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

PROGRAMA 345

TRANSFERENCIAS Y APORTES VARIOS

CRÉDITO BID 742/OC-CR

REGISTRO CONTABLE: 112.345

GO IP FF CE CF CONCEPTO MONTO

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 2.096.100.000,00

----------------

731 33 242 APORTES A INSTIT. DESCENTRAL 2.096.100.000,00

----------------

200 47 COMISION NACIONAL DE EMERGEN-

CIA 2.096.100.000,00

(Para la atención de la emer-

gencia en la zona sur del

país provocada por el huracán

César Decreto Ejecutivo

No. 25365-MP-MOPT, de 27 de

julio de 1996)

TOTAL AUMENTO PROGRAMA 345 2.096.100.000,00

----------------

PRESUPUESTO POR PROGRAMAS 1996

112 - MINISTERIO DE OBRAS

PUBLICAS Y TRANSPORTES

FUNCION 47: TRANSPORTES PROGRAMA 346 : TRANSFERENCIAS Y

APORTES VARIOS

CRÉDITO BID -

739/OC-CR

COSTO TOTAL : 6.288.300.000,00

-------------------------------------------------------------------

ANTECEDENTES DEL PROGRAMA:

Decreto Ejecutivo No. 25365-MP-MOPT, de 27 de julio de 1996, que

declara zona de emergencia nacional la región sur del país, como

consecuencia del paso del huracán César.

DESCRIPCION:

A través de este Programa se asignarán los recursos necesarios para

la construcción, reconstrucción y mantenimiento de la infraestructura

dañada por el paso del huracán César en la zona sur del país.

AUMENTAR:

TITULO 112

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

PROGRAMA 346

TRANSFERENCIAS Y APORTES VARIOS

CRÉDITO BID 739/OC-CR

REGISTRO CONTABLE: 112.346

GO IP FF CE CF CONCEPTO MONTO

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 6.288.300.000,00

----------------

731 32 242 APORTES A INSTIT. DESCENTRAL. 6.288.300.000,00

----------------

200 47 COMISION NACIONAL DE EMERGEN-

CIA 6.288.300.000,00

GO IP FF CE CF CONCEPTO MONTO

(Para la atención de la emer-

gencia en la zona sur del

país provocada por el huracán

César Decreto Ejecutivo

No. 25365-MP-MOPT, de 27 de

julio de 1996)

TOTAL AUMENTO PROGRAMA 346 6.288.300.000,00

----------------

TOTAL AUMENTO TITULO 112

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Y TRANSPORTES 8.384.400.000,00

Los recursos señalados en este artículo se destinarán exclusivamente

a construir, reconstruir y rehabilitar obras de infraestructura, que

detallará el Poder Ejecutivo, mediante decreto. Las erogaciones estarán

sujetas a los controles internos que garanticen el uso indicado de los

recursos y su eficacia. [...]"



ARTICULO 3.- Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7626). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.