# Ley 7863: Bono familiar y medio para familias con discapacidad

- Página: https://elcenso.com/leyes/7863
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: REFORMA DEL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 59 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Nº. 7052
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1

## En resumen

La Ley 7863 reforma el artículo 59 de la Ley 7052 para dar un bono familiar y medio a familias con un miembro con impedimentos físicos totales y permanentes.

## A quién le toca

- Familias con uno o más miembros con impedimentos físicos totales y permanentes
- Familias con ingresos iguales o inferiores a dos salarios mínimos de un obrero no especializado de la industria de la construcción
- Familias sin vivienda propia o con vivienda que necesiten reparar o mejorar
- La Caja Costarricense de Seguro Social, que debe dictaminar el estado físico
- El Banco, que debe atender estos casos de forma prioritaria

## A quién beneficia

- Derecho a recibir un bono familiar y medio para compensar la disminución
- Acceso proporcional al bono para reparaciones o mejoras, según el reglamento
- Atención prioritaria en el Banco

## Qué cambia

- La familia debe cumplir el límite de ingresos de dos salarios mínimos de un obrero no especializado de la industria de la construcción
- La Caja Costarricense de Seguro Social debe dictaminar el estado físico de las personas beneficiarias
- El bono para reparaciones o mejoras se da en forma proporcional según el reglamento

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 7863 cambia el primer párrafo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, No. 7052, del 13 de noviembre de 1986 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)). El nuevo texto dice que las familias con uno o más miembros con impedimentos físicos totales y permanentes tienen derecho a recibir un bono familiar y medio.

Para recibir ese bono, los ingresos de la familia deben ser iguales o inferiores a dos salarios mínimos de un obrero no especializado de la industria de la construcción ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)). Además, la familia no debe poseer vivienda propia, o si la tiene, debe necesitar repararla o mejorarla.

El bono familiar y medio sirve para compensar la disminución que causa la discapacidad ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)). Para reparaciones o mejoras, el bono será accesible en la forma proporcional que indique el reglamento.

La Caja Costarricense de Seguro Social se encargará de dictaminar el estado físico de las personas beneficiarias ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)). En el Banco, la atención de estos casos será prioritaria.

La ley rige a partir de su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)).

### A quién le toca

A las familias que tengan uno o más miembros con impedimentos físicos totales y permanentes ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)).

A las familias cuyos ingresos sean iguales o inferiores a dos salarios mínimos de un obrero no especializado de la industria de la construcción ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)).

A las familias que no posean vivienda propia o que cuenten con ella pero necesiten repararla o mejorarla ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)).

A la Caja Costarricense de Seguro Social, que debe dictaminar el estado físico de las personas beneficiarias ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)).

Al Banco, que debe atender estos casos de forma prioritaria ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre la Ley 7863. La V1 es del 21 de junio de 2016 y habla del proyecto 19 mil 717, una reforma al sistema financiero para la vivienda ([video, 00:00:18](https://www.youtube.com/watch?v=x-cb10A5xAQ&t=18s)). El ministro de vivienda Rosendo Puyol dijo a los diputados de la comisión de asuntos económicos que no estaba de acuerdo con ese proyecto ([video, 00:00:11](https://www.youtube.com/watch?v=x-cb10A5xAQ&t=11s)).

Puyol indicó que esa no es la vía para solucionar el faltante de casas en el sector de clase media ([video, 00:00:28](https://www.youtube.com/watch?v=x-cb10A5xAQ&t=28s)). También dijo que desviar fondos del ico de sap para préstamos a la clase media tendría un impacto social negativo ([video, 00:00:59](https://www.youtube.com/watch?v=x-cb10A5xAQ&t=59s)).

El diputado Víctor Hugo Martínez de copia alianza contradijo las aseveraciones del jerarca de vivienda ([video, 00:01:08](https://www.youtube.com/watch?v=x-cb10A5xAQ&t=68s)). Martínez dijo: "el mecanismo lo tenemos para evitar el riesgo de la burbuja inmobiliaria" ([video, 00:01:28](https://www.youtube.com/watch?v=x-cb10A5xAQ&t=88s)).

La V2 es del 28 de mayo de 2013 y trata de eximir del encaje legal las emisiones de bonos para financiar créditos de vivienda a largo plazo ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=0FSvbpC3v5w&t=10s)). La V3 es del 9 de julio de 2021 y es una sesión de comisión financiera sobre historial crediticio ([video, 00:03:57](https://www.youtube.com/watch?v=-Gvx5RjUOiE&t=237s)). Ninguna de las tres grabaciones menciona la Ley 7863 ni el bono familiar y medio.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La Ley 7863 está vigente [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones. El texto consolidado que publica SINALEVI es el que se cita en este artículo ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El artículo 51 de la Constitución dice que la familia tiene derecho a la protección especial del Estado y que también tienen ese derecho las personas con discapacidad ([Constitución, art. 51](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 65 dice que el Estado promoverá la construcción de viviendas populares y creará el patrimonio familiar del trabajador ([Constitución, art. 65](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El bono familiar y medio para familias con un miembro con impedimentos físicos totales y permanentes calza con esos dos artículos.

El artículo 73 de la Constitución dice que la administración y el gobierno de los seguros sociales estarán a cargo de la Caja Costarricense de Seguro Social ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley le encarga a la Caja dictaminar el estado físico de las personas beneficiarias ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1)). Esa tarea encaja con la función que la Constitución le da a la Caja.

El Censo no encontró un choque entre el texto de la Ley 7863 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

### Qué puede hacer usted

Si una institución pública le niega el bono o no le responde, puede presentar un recurso de amparo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). El amparo procede contra toda acción u omisión de los servidores y órganos públicos que haya violado o amenace violar un derecho fundamental. Cualquier persona puede interponerlo.

El recurso de amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede interponer en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos.

Si considera que la ley misma tiene un problema de fondo, puede presentar una acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Esa acción cabe contra las leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional.

Para presentar la acción de inconstitucionalidad, por regla general debe existir un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en el procedimiento para agotar la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). No se necesita ese caso pendiente cuando no exista lesión individual y directa, o se trate de la defensa de intereses difusos.

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública puede presentar esa queja.

Si lo que quiere es cambiar la ley, puede proponer una reforma por iniciativa popular ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). El proyecto de iniciativa popular debe tramitarse por los procedimientos legislativos ordinarios y votarse en la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de dos años.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero representa el bono familiar y medio.

El dossier no dice cuál es el monto del salario mínimo de un obrero no especializado de la industria de la construcción.

El dossier no dice cuándo se publicó la Ley 7863 en el diario oficial.

El dossier no incluye el reglamento que fija la forma proporcional del bono para reparaciones o mejoras.

## Frente a la Constitución

El bono familiar y medio para familias con un miembro con impedimentos físicos totales y permanentes calza con la protección especial a la familia y a las personas con discapacidad, y con el deber del Estado de promover viviendas populares.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Cabe contra las leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional. Por regla general debe existir un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en la vía administrativa. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: El proyecto debe tramitarse por los procedimientos legislativos ordinarios y votarse en la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de dos años. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 7863: REFORMA DEL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 59 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Nº. 7052. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. MINISTRO DE VIVIENDA DESAPRUEBA PROYECTO PARA VIVIENDA DE CLASE MEDIA. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2016-06-21. https://www.youtube.com/watch?v=x-cb10A5xAQ
3. Aprueban eximir del encaje legal emisiones de bonos de vivienda a largo plazo. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2013-05-28. https://www.youtube.com/watch?v=0FSvbpC3v5w
4. #EnVivo | Comisión Financiera.. Asamblea Legislativa, 2021-07-09. https://www.youtube.com/watch?v=-Gvx5RjUOiE
5. Ley 7863 en SINALEVI: Ref. Ley del Sistema Financiero para Vivienda (art.59) (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 15/02/1999. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=41805&param2=44061&param3=1
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7863

Ref. Ley del Sistema Financiero para Vivienda (art.59)

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REFORMA DEL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 59 DE

LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA

LA VIVIENDA, No. 7052

ARTICULO UNICO.- Refórmase el primer párrafo del artículo 59 de la

Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, No. 7052, de 13 de

noviembre de 1986, cuyo texto dirá:

"Artículo 59.- Las familias que tengan uno o más miembros

con impedimentos físicos totales y permanentes, y cuyos ingresos

sean iguales o inferiores a dos salarios mínimos de un obrero no

especializado de la industria de la construcción y que no posean

una vivienda propia o cuenten con ella pero necesiten repararla

o mejorarla, tendrán derecho a recibir un bono familiar y medio

para compensar la disminución. Para reparaciones o mejoras, el

bono familiar y medio será accesible en la forma proporcional

indicada en el reglamento. La Caja Costarricense de Seguro

Social se encargará de dictaminar el estado físico de las

personas beneficiarias. En el Banco, la atención de estos casos

será prioritaria.

[...]"

Rige a partir de su publicación.

"

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7863). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.