# Ley 7923: Alvarado puede donar un lote a la escuela de Capellades

- Página: https://elcenso.com/leyes/7923
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE ALVARADO PARA SEGREGAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD Y DONARLO A LA JUNTA DE EDUCACION DE LA ESCUELA ENCARNACION GAMBOA, DE CAPELLADES DE ALVARADO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Alvarado a segregar un terreno de su propiedad y donarlo a la Junta de Educación de la Escuela Encarnación Gamboa, en Capellades.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Alvarado queda autorizada para segregar el lote y donarlo.
- La Junta de Educación de la Escuela Encarnación Gamboa recibe el terreno libre de gravámenes.
- Los vecinos de Capellades de Alvarado, porque el lote linda con la Asociación de Desarrollo Integral de Capellades.

## A quién beneficia

- La Junta de Educación de la Escuela Encarnación Gamboa recibe un lote de 2.965,60 m2.
- La donación se hace libre de gravámenes.

## Qué cambia

- La Municipalidad de Alvarado debe segregar el lote antes de donarlo.
- La ley rige desde su publicación.
- La ley no ordena la donación: autoriza a la Municipalidad a hacerla.

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza a la Municipalidad de Alvarado, en Cartago, a separar un lote de su propiedad y donarlo a la Junta de Educación de la Escuela Encarnación Gamboa, en Capellades de Alvarado ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

El lote mide dos mil novecientos sesenta y cinco metros y sesenta decímetros cuadrados (2.965,60 m2) ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)). Está en el distrito 3° del cantón VI de la provincia de Cartago.

Los límites del terreno están descritos en la ley. Al Norte linda con calle pública, con un frente de 7,90 m. Al Sur, con el Centro de Educación y Nutrición en parte y, en otra parte, con Temporalidades de la Arquidiócesis de San José. Al Este, con Temporalidades de la Arquidiócesis de San José. Al Oeste, con la Asociación de Desarrollo Integral de Capellades ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

Todo eso consta en el plano catastrado No. C-497950-58, del 9 de julio de 1998 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)). El lote es parte de la finca inscrita a nombre de la donante, en el partido de Cartago, tomo 1153, folio 185, Finca No. 40416, asiento 2.

La misma ley autoriza a la Municipalidad a donar el terreno ya separado, libre de gravámenes, a la Junta de Educación de la Escuela Encarnación Gamboa, de Capellades de Alvarado, cédula jurídica No. 3-008-087649 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

La Municipalidad de Alvarado tiene cédula jurídica No. 3-014-042079 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

La ley rige a partir de su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Alvarado: la ley la faculta para segregar el lote y para donarlo ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

A la Junta de Educación de la Escuela Encarnación Gamboa, de Capellades de Alvarado: recibe el terreno por donación, libre de gravámenes ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

A los vecinos de Capellades de Alvarado: el lote linda con la Asociación de Desarrollo Integral de Capellades y con el Centro de Educación y Nutrición ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra la versión 2 de 2 y no le pone observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea: un artículo único con la autorización para segregar y donar ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)) [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1).

### Frente a la Constitución

La Constitución protege la propiedad y permite disponer de ella por interés público comprobado, con indemnización previa conforme a la ley ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí la Municipalidad dona un bien suyo por decisión de la Asamblea, y la ley no prevé indemnización porque no hay privación a un particular ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)).

La Constitución reconoce la autonomía municipal ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no le ordena a la Municipalidad: la autoriza a segregar y donar ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1)). Esa diferencia deja la decisión en manos del gobierno local.

La Constitución asigna a la Asamblea la facultad de dictar leyes ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es una ley formal aprobada por la Asamblea, y regula un caso concreto de un cantón.

El artículo 45 de la Constitución permite a la Asamblea, con dos tercios de los diputados, imponer limitaciones de interés social a la propiedad ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no impone una limitación: habilita una donación municipal.

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

### Qué puede hacer usted

Si vive en Alvarado y quiere saber en qué va la segregación y la donación, pida información a la Municipalidad. La Defensoría de los Habitantes atiende quejas por mal funcionamiento de instituciones públicas, y las municipalidades forman parte del sector público ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si cree que la Municipalidad o la Junta de Educación usan el terreno de forma irregular, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades y atiende denuncias por manejo irregular de recursos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Para presentar la denuncia tiene varias vías: en persona en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur; por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025; por el portal de Denuncia Electrónica; por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr; o por apartado postal 1179-1000 San José ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si un acto concreto de la Municipalidad o de la Junta de Educación viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación. Si se trata de derechos patrimoniales, debe presentarlo dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que usted tuvo noticia fehaciente de la violación ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si quiere cambiar esta ley, la vía es una iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa da asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la Municipalidad de Alvarado ya segregó el lote ni si ya hizo la donación.

El dossier no dice qué uso le dará la Junta de Educación al terreno.

El dossier no incluye el plano catastrado No. C-497950-58 ni el registro de la Finca No. 40416.

## Frente a la Constitución

La ley autoriza a una municipalidad a donar un bien propio a una junta de educación. El Censo no encontró choque con los artículos de la Constitución del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Presente la queja ante la Defensoría de los Habitantes, que protege los derechos e intereses de quienes habitan en Costa Rica ante el mal funcionamiento de instituciones públicas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica, por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr o por apartado postal 1179-1000 San José. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Recurso de amparo: Preséntelo contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Iniciativa popular: Redacte el proyecto con asesoría gratuita de la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 7923: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE ALVARADO PARA SEGREGAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD Y DONARLO A LA JUNTA DE EDUCACION DE LA ESCUELA ENCARNACION GAMBOA, DE CAPELLADES DE ALVARADO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7923 en SINALEVI: Municipalidad de Alvarado Dona Lote a Escuela Encarnación Gamboa (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 12/10/1999. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29957&param2=31650&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 7923

Municipalidad de Alvarado Dona Lote a Escuela Encarnación Gamboa

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AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE ALVARADO

PARA SEGREGAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD

Y DONARLO A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA

ENCARNACIÓN GAMBOA, DE CAPELLADES DE ALVARADO

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Municipalidad del cantón de

Alvarado, provincia de Cartago, con cédula jurídica No. 3-014-042079, para

que segregue un lote sito en el distrito 3° del cantón VI de la provincia

de Cartago; mide dos mil novecientos sesenta y cinco metros y sesenta

decímetros cuadrados (2.965,60 m2); linda al Norte con calle pública, con

un frente de 7,90 m; al Sur, con el Centro de Educación y Nutrición en

parte y, en otra parte, con Temporalidades de la Arquidiócesis de San

José; al Este, con Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, y al

Oeste, con la Asociación de Desarrollo Integral de Capellades; todo de

acuerdo con el plano catastrado No. C-497950-58, de 9 de julio de 1998. El

lote descrito es parte de la finca inscrita a nombre de la donante, en el

partido de Cartago, tomo 1153, folio 185, Finca No. 40416, asiento 2.

Asimismo, se autoriza a esta Municipalidad para que done el terreno por

segregar, libre de gravámenes, a la Junta de Educación de la Escuela

Encarnación Gamboa, de Capellades de Alvarado, cédula jurídica No.

3-008-087649.

Rige a partir de su publicación.

"

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/7923). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.