# Ley 8001: Puriscal puede donar un lote de 595,82 m2 para biblioteca y casa de la cultura

- Página: https://elcenso.com/leyes/8001
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE PURISCAL PARA DONAR UN TERRENO AL MINISTERIO DE CULTURA JUVENTUD Y DEPORTES
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29263&param2=30949&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Puriscal a donar un terreno al Ministerio de Cultura para construir la Biblioteca Pública y la Casa de la Cultura.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Puriscal, que queda autorizada para donar el terreno
- El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que recibe el terreno
- Los vecinos de Puriscal que usarían la biblioteca y la casa de la cultura
- Carlos Chávez Jiménez y Juan Mesén Madrigal, dueños de terrenos colindantes

## A quién beneficia

- El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes puede recibir un terreno de 595,82 m2
- Puriscal puede tener Biblioteca Pública y Casa de la Cultura en ese terreno

## Qué cambia

- La donación solo procede para construir la Biblioteca Pública y la Casa de la Cultura de Puriscal
- El terreno queda identificado con plano catastrado y folio real, lo que fija su ubicación y linderos

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Puriscal queda autorizada para donar un terreno de su propiedad al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes (art. único). La donación tiene un fin fijo: construir la Biblioteca Pública y la Casa de la Cultura de Puriscal.

El terreno mide 595,82 m2 (art. único). Está en el distrito primero, Santiago, cantón IV de Puriscal, provincia de San José. El plano catastrado es el N° 584234-99, del 20 de setiembre de 1999, inscrito en el Registro Nacional con folio real N° 1144162-000.

Los linderos son estos: al Norte, con Carlos Chávez Jiménez; al Sur, con Juan Mesén Madrigal; al Oeste, con Juan Mesén Madrigal; y al Este, con calle pública (art. único).

La ley rige a partir de su publicación (art. único). No fija plazos, montos ni multas.

### A quién le toca

A la Municipalidad de Puriscal, cédula jurídica N° 3-014-042057-11, que es la que dona el terreno (art. único).

Al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, cédula jurídica N° 2-100-42001, que es el que recibe el terreno (art. único).

A las personas que habitan Puriscal y usarían la Biblioteca Pública y la Casa de la Cultura, porque el texto fija ese destino para el terreno (art. único).

A Carlos Chávez Jiménez y Juan Mesén Madrigal, dueños de los terrenos vecinos según los linderos del plano (art. único).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29263&param2=30949&param3=1). SINALEVI muestra la versión 2 de 2, que es la última versión de la norma. No tiene observaciones de la Procuraduría.

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado: un artículo único con la autorización, la medida, la ubicación y los linderos (art. único).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 45 dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación forzada: la propia Municipalidad, dueña del terreno, queda autorizada para donarlo (art. único).

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no le quita esa administración al municipio; le permite un acto sobre un bien propio (art. único).

El artículo 89 incluye entre los fines culturales de la República "conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación" ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El destino del terreno, una biblioteca y una casa de la cultura, va en esa línea (art. único).

El artículo 124 exige dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El dossier no permite verificar cada paso de este trámite.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la Municipalidad o del Ministerio viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo.

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Debe expresar el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defiendan intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la donación o la construcción, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades.

Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025.

Otra vía es el correo contraloria.general@cgrcr.go.cr, el apartado postal 1179-1000 San José o el fax 2501-8100 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la donación ya se hizo ni en qué fecha.

El dossier no dice si la biblioteca y la casa de la cultura ya se construyeron.

El dossier no incluye el trámite legislativo completo ni la fecha de publicación en La Gaceta.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro: la ley autoriza una donación de un bien municipal con un fin cultural, sin privar a nadie de su propiedad por la fuerza.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor u órgano autor del agravio. Exprese el hecho, el derecho violado, el nombre del responsable y las pruebas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo defensa de intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club; teléfonos 2501-8000 o 2501-8025; correo contraloria.general@cgrcr.go.cr; apartado 1179-1000 San José; fax 2501-8100. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8001: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE PURISCAL PARA DONAR UN TERRENO AL MINISTERIO DE CULTURA JUVENTUD Y DEPORTES. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8001 en SINALEVI: Autoriza a Municipalidad de Puriscal Donar Lote a Ministerio Cultura Juventud y Deportes (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 05/05/2000. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=29263&param2=30949&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8001

Autoriza a Municipalidad de Puriscal Donar Lote a Ministerio Cultura Juventud y Deportes

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Ley N° 8001

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PURISCAL PARA

DONAR UN TERRENO AL MINISTERIO DE CULTURA,

JUVENTUD Y DEPORTES

Artículo único.- Autorízase a la Municipalidad de
Puriscal, cédula jurídica N° 3-014-042057-11, para donar un terreno de su propiedad al
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, cédula jurídica N° 2-100-42001, a fin de
construir la Biblioteca Pública y la Casa de la Cultura de Puriscal.

El terreno por donar mide 595,82 m2 y se encuentra ubicado
en el distrito 1º, Santiago, cantón IV, Puriscal, provincia de San José. Según el
plano catastrado N° 584234-99, de 20 de setiembre de 1999, inscrito en el Registro
Nacional, folio real N° 1144162-000, el terreno limita al Norte, con Carlos Chávez
Jiménez; al Sur, con Juan Mesén Madrigal; al Oeste, con Juan Mesén Madrigal, y al Este,
con calle pública.

Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8001). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.