Puriscal puede donar una finca de 3.912 m2 para casas
La ley autoriza a la Municipalidad de Puriscal a traspasar sin costo una finca a la Asociación de Cerbatana para repartir parcelas entre las familias que ya viven ahí.
Título oficial AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE PURISCAL PARA TRASPASAR UN LOTE DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE CERBATANA DE PURISCAL PARA DESARROLLAR UN PROYECTO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL
Atención: La ley dona sin costo una finca municipal de 3912,82 m2 a una asociación con nombre y cédula jurídica propia, y el dossier no muestra si la Contraloría revisó esa donación.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.
A quién le sirve: Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal, cédula jurídica Nº 3-002-034043
La ley nombra a una sola asociación como receptora del terreno y fija su inscripción registral exacta.
Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que, sin ningún costo, traspase a la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal, inscrita en el Registro de Asociaciones, en el tomo 5, folio 1069, asiento 2738, cédula jurídica Nº 3-002-034043
1, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- La Municipalidad de Puriscal, que debe traspasar la finca y otorgar la escritura ante la Notaría del Estado.
- La Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal, cédula jurídica Nº 3-002-034043, que recibe la finca y debe segregar las parcelas.
- Las familias que actualmente habitan en esos terrenos, que reciben una parcela cada una.
- Carlos Acuña Murillo, dueño de los terrenos colindantes al norte, sur y este.
A quién beneficia
- La Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal recibe sin costo la finca de 3912,82 m2.
- Cada familia que ya vive en el terreno recibe en donación una parcela segregada.
- El traspaso y la inscripción no tienen costo para las partes.
Qué cambia
- La Municipalidad de Puriscal pierde la propiedad de la finca matrícula Nº 210023.
- El terreno queda amarrado al destino de vivienda de interés social.
- La asociación asume la tarea de segregar y repartir las parcelas.
La explicación completa
Qué cambia
La Municipalidad de Puriscal queda autorizada para traspasar una finca suya, sin ningún costo, a la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal (art. 1). El terreno está inscrito en el Registro Público con la matrícula de folio real Nº 210023. Queda en el distrito 2º Mercedes Sur, cantón IV Puriscal, provincia de San José.
La finca mide 3912,82 m2 y es terreno de potrero (art. 1). El plano catastrado es el Nº SJ-553065-84. Colinda al norte, al sur y al este con Carlos Acuña Murillo, y al oeste con calle pública.
La asociación que recibe el terreno es la inscrita en el Registro de Asociaciones, tomo 5, folio 1069, asiento 2738, cédula jurídica Nº 3-002-034043 (art. 1).
El destino del terreno es un proyecto de vivienda de interés social (art. 2). La Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal debe segregar las parcelas y donar una a cada una de las familias que actualmente habitan en esos terrenos.
La escritura de traspaso la otorga la Municipalidad de Puriscal ante la Notaría del Estado (art. 3). Se hace de acuerdo con el inciso c) del artículo 3° de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. No hay costo para las partes en trámites de traspaso ni en gastos de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad.
La ley rige a partir de su publicación (art. 3). El texto está firmado en la Presidencia de la República, en San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil.
A quién le toca
A la Municipalidad de Puriscal: le corresponde traspasar la finca y otorgar la escritura ante la Notaría del Estado (art. 1) (art. 3).
A la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal, cédula jurídica Nº 3-002-034043: recibe la finca y debe segregar las parcelas (art. 1) (art. 2).
A las familias que actualmente habitan en esos terrenos: cada una recibe en donación una parcela segregada (art. 2).
A Carlos Acuña Murillo: su finca colinda al norte, al sur y al este con el terreno que se traspasa (art. 1).
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley sigue vigente 2. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no anota observaciones. El texto consolidado que publica SINALEVI es el mismo que se aprobó, sin reformas ni correcciones posteriores.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier. La Asamblea Legislativa tiene la atribución de dictar leyes Constitución, art. 121. La propiedad es inviolable y a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado y con indemnización previa Constitución, art. 45. Aquí no hay privación: la Municipalidad dona un bien propio y la ley lo autoriza (art. 1).
El artículo 45 también permite a la Asamblea imponer limitaciones de interés social a la propiedad con el voto de dos tercios de sus miembros Constitución, art. 45. El destino de vivienda de interés social encaja con la protección especial que la Constitución da a la familia Constitución, art. 51.
Queda una duda sobre el control del gasto público. Las municipalidades dictan sus presupuestos y la Contraloría General fiscaliza su ejecución Constitución, art. 175. La ley ordena un traspaso sin costo para las partes (art. 1) (art. 3). El dossier no dice si la Municipalidad de Puriscal ya incluyó esta donación en su presupuesto ni si la Contraloría la revisó.
Qué puede hacer usted
Si vive en la finca y cree que le corresponde una parcela, pida por escrito a la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal el detalle de la segregación. La ley pone esa tarea en manos de la asociación (art. 2).
Si es vecino de Puriscal y duda del manejo de un bien municipal, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades y recibe denuncias por escrito o de forma verbal guía, p. 68. Los canales son la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, los teléfonos 2501-8000 y 2501-8025, el portal de Denuncia Electrónica y el correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.
Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos relacionados con el mal funcionamiento de las instituciones públicas, y las municipalidades forman parte del sector público guía, p. 71.
Si un acto concreto de la Municipalidad de Puriscal viola un derecho suyo, cabe un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. Se presenta por memorial, telegrama u otro medio escrito, sin otras formalidades guía, p. 23.
Si considera que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales guía, p. 24. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando se defienden intereses difusos o no hay lesión individual y directa.
Para cambiar la ley por la vía ciudadana, existe la iniciativa popular. Un proyecto de iniciativa popular debe votarse en la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de dos años guía, p. 26. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuántas familias habitan hoy en el terreno ni cuántas parcelas resultarían de la segregación.
El dossier no dice si la Municipalidad de Puriscal ya otorgó la escritura de traspaso.
El dossier no dice si la Contraloría General revisó o aprobó esta donación dentro del presupuesto municipal.
El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró un choque directo. La Asamblea puede dictar leyes, la propiedad se dona con autorización legal y el destino de vivienda de interés social encaja con la protección a la familia. Queda una duda sobre el control presupuestario de la Contraloría.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones;"
Esta ley, art. 1"Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que, sin ningún costo, traspase a la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal"
Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes. Esta ley es una de ellas y autoriza un traspaso concreto.
Constitución, art. 45"La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley."
Esta ley, art. 1"Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que, sin ningún costo, traspase a la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal"
Sin choque aparente Aquí no se le quita la propiedad a nadie: la Municipalidad dona un bien propio y la ley la autoriza. No hay privación que exija indemnización.
Constitución, art. 51"La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado."
Esta ley, art. 2"La finca donada se destinará al desarrollo de un proyecto de vivienda de interés social."
Sin choque aparente El destino del terreno es vivienda de interés social para las familias que ya viven ahí. Eso va en la misma dirección que la protección especial a la familia.
Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
Esta ley, art. 3"La Municipalidad de Puriscal otorgará la escritura de traspaso del terreno ante la Notaría del Estado"
Hay dudas La Contraloría fiscaliza la ejecución del presupuesto municipal. El dossier no dice si esta donación pasó por ese control, así que queda la duda.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 8012: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE PURISCAL PARA TRASPASAR UN LOTE DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE CERBATANA DE PURISCAL PARA DESARROLLAR UN PROYECTO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL
- Ley 8012 en SINALEVI: Autoriza Municipalidad Puriscal Traspasar Lote a Asociación Cerbatana. (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 8012
Autoriza Municipalidad Puriscal Traspasar Lote a Asociación Cerbatana.
-Usted está en la última versión de la norma-
Ir a la última versión
Anterior
Versión de la Norma: 1 de 1
Siguiente
N° 8012
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PURISCAL PARA TRASPASAR UN LOTE DE SU PROPIEDAD, A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CERBATANA DE PURISCAL PARA DESARROLLAR UN PROYECTO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL
ARTÍCULO 1.- Autorización
Autorízase a la Municipalidad de Puriscal para que, sin ningún costo, traspase a la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal, inscrita en el Registro de Asociaciones, en el tomo 5, folio 1069, asiento 2738, cédula jurídica Nº 3-002-034043, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, con la matrícula de folio real Nº 210023, situada en el distrito 2º Mercedes Sur, cantón IV Puriscal, provincia de San José. Es terreno de potrero; mide 3912,82 m2 , según plano catastrado Nº SJ-553065-84 y colinda al norte, el sur y el este, con Carlos Acuña Murillo, y al oeste con calle pública.
ARTÍCULO 2.- Destino
La finca donada se destinará al desarrollo de un proyecto de vivienda de interés social. Para tal efecto, la Asociación de Desarrollo Integral de Cerbatana de Puriscal se encargará de segregar las parcelas y donar una a cada una de las familias que actualmente habitan en esos terrenos.
Artículo 3°-Escritura. La Municipalidad de Puriscal otorgará la escritura de traspaso del terreno ante la Notaría del Estado, de acuerdo con el inciso c) del artículo 3° de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la república, sin costo alguno para las partes, en lo relativo a trámites de traspaso y gastos de inscripción del documento, ante el Registro Público de la Propiedad.
Rige a partir de su publicación.
Presidencia de la República.-San José a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil