# Ley 8014: Ley 8014 declara el 20 de agosto Día del Artista Nacional

- Página: https://elcenso.com/leyes/8014
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DECLARACION DEL 20 DE AGOSTO COMO DIA DEL ARTISTA NACIONAL
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1

## En resumen

La ley fija el 20 de agosto como Día del Artista Nacional y ordena al Poder Ejecutivo nombrar una comisión de cinco personas para celebrarlo cada año.

## A quién le toca

- El Poder Ejecutivo debe nombrar una comisión de cinco personas cada año.
- El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes coordina la comisión y aporta un espacio para retratos y obras.
- Los artistas escogidos por la comisión tienen su retrato y su obra exhibidos.

## A quién beneficia

- Los artistas seleccionados reciben un reconocimiento anual con exhibición de su obra.
- La ciudadanía tiene un día fijo, el 20 de agosto, para la celebración.

## Qué cambia

- La ley no crea presupuesto propio ni fija montos.
- La ley no fija criterios para escoger a los cinco miembros de la comisión.
- La ley no fija criterios para escoger a los artistas homenajeados.

## Cláusulas a revisar

- **Nombramiento sin criterios** (2): La ley no fija cómo se escogen los cinco miembros ni cómo se escoge a los artistas homenajeados. Texto: "El Poder Ejecutivo nombrará a una comisión, integrada por cinco personas de la comunidad nacional."
- **Gasto sin partida** (3): La ley ordena destinar un espacio para retratos y obras, pero no fija presupuesto ni partida. Texto: "destinarán donde consideren conveniente un espacio para recoger los retratos y las obras de quienes sean escogidos por la Comisión Nacional."

## Explicación

### Qué cambia

El 20 de agosto queda declarado Día del Artista Nacional en Costa Rica. Así lo establece el artículo 1 de la ley ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

El Poder Ejecutivo debe nombrar una comisión de cinco personas para organizar la celebración cada año. La coordinación queda en manos del Ministerio de Cultura, Juventud y Juventud. ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1))

Esa comisión también escoge a los homenajeados. El texto dice que el grupo "efectúe el nombramiento correspondiente" ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

El artículo 3 ordena que la comisión y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes destinen un espacio, donde consideren conveniente, para colgar los retratos y las obras de los artistas escogidos ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

La ley no fija montos, multas ni plazos. Tampoco crea un presupuesto. Rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

### A quién le toca

Al Poder Ejecutivo, que debe nombrar a las cinco personas de la comisión ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

Al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que coordina la comisión y aporta el espacio para retratos y obras ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

A los artistas que la comisión escoja cada año, porque su retrato y su obra se exhiben en el espacio que se destine ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre esta ley. La sesión del 27 de octubre de 2026 discute un proyecto para Vara Blanca y la firma de la diputada Ángela Aguilar ([video, 01:53:26](https://www.youtube.com/watch?v=P1eM2C-615k&t=6806s)). La diputada Sa Núñez Josely dijo: "hay señales que no se pueden obviar y que no se deben dejar pasar por alto" ([video, 01:53:33](https://www.youtube.com/watch?v=P1eM2C-615k&t=6813s)).

La sesión del 24 de setiembre de 2026 trata nombramientos de magistrados y una contratación de la Caja ([video, 00:07:00](https://www.youtube.com/watch?v=0BA6SmjMKLY&t=420s)). La sesión del 16 de junio de 2026 discute transparencia de patrimonios y una reforma al artículo 36 de la Constitución ([video, 00:11:26](https://www.youtube.com/watch?v=DGCqyt0EX3k&t=686s)).

Ninguna de esas intervenciones menciona el Día del Artista Nacional ni la ley 8014.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no le pone observaciones [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1).

El texto consolidado que publica la Procuraduría es el mismo que se aprobó. No hay reformas, correcciones ni derogatorias en el expediente [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 89 de la Constitución pone entre los fines culturales de la República "conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación, y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico" ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley calza con ese fin: declara un día y ordena exhibir obra de artistas escogidos ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)).

El artículo 11 dice que los funcionarios públicos "no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella" ([Constitución, art. 11](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley deja al Poder Ejecutivo escoger a las cinco personas de la comisión y no fija criterios de selección ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1)). Esa amplitud podría generar dudas sobre cómo se rinde cuenta de esos nombramientos, pero el texto no choca de frente con la norma.

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos constitucionales del dossier.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la comisión o del Ministerio le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo y se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un mal manejo de fondos públicos en la celebración o en la compra de materiales, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se presenta en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8025 o por el portal de denuncia electrónica ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le da un mal servicio relacionado con esta ley, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si quiere cambiar la ley, puede impulsar una iniciativa popular. Necesita reunir las firmas y el trámite lo recibe la Asamblea, que debe votar el proyecto en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto cuesta la celebración ni de qué partida sale el dinero.

El dossier no dice qué artistas han sido escogidos en años anteriores.

El dossier no dice dónde está el espacio destinado a los retratos y las obras.

El dossier no dice si la comisión de cinco personas ya está nombrada.

## Frente a la Constitución

La ley calza con el fin cultural del artículo 89. La amplitud para nombrar la comisión deja dudas sobre rendición de cuentas, pero el Censo no encontró un choque directo.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta ante la Sala Constitucional contra el servidor o el órgano que causa el agravio. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8025 o por el portal de denuncia electrónica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Se reúnen las firmas y el trámite lo recibe la Asamblea, que debe votar el proyecto en un plazo máximo de dos años. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 8014: DECLARACION DEL 20 DE AGOSTO COMO DIA DEL ARTISTA NACIONAL. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #87, 27 Octubre 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-10-28. https://www.youtube.com/watch?v=P1eM2C-615k
3. Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #71, 24 Setiembre 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-09-25. https://www.youtube.com/watch?v=0BA6SmjMKLY
4. Plenario Legislativo, Sesión Ordinario #26, 16 Junio 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-06-17. https://www.youtube.com/watch?v=DGCqyt0EX3k
5. Ley 8014 en SINALEVI: Declaración del 20 de Agosto como Día del Artista Nacional. (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 18/08/2000. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=31196&param2=32917&param3=1
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8014

Declaración del 20 de Agosto como Día del Artista Nacional.

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Nº 8014

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DECLARACIÓN DEL 20 DE AGOSTO COMO DÍA DEL ARTISTA NACIONAL

Artículo 1º - Declárase el 20 de agosto
Día del Artista Nacional.



Artículo 2º- El
Poder Ejecutivo nombrará a una comisión, integrada por cinco personas de la comunidad
nacional. Será coordinada por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, para que
celebre cada año este acontecimiento y efectúe el nombramiento correspondiente.



Artículo 3º - La
Comisión de Celebración del Día del Artista Nacional y el Ministerio de Cultura,
Juventud y Deportes, destinarán donde consideren conveniente un espacio para recoger los
retratos y las obras de quienes sean escogidos por la Comisión Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8014). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.