# Ley 8062: La ley que perdonó multas del mercado de Cartago ya no rige

- Página: https://elcenso.com/leyes/8062
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACION PARA CONDONAR INTERESES Y MULTAS MUNICIPALES, ADEUDADOS POR LOS ARRENDATARIOS DEL MERCADO MUNICIPAL DE CARTAGO
- Estado: No vigente (SINALEVI: Derogado)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45523&param2=132316&param3=1

## En resumen

La Ley 8062, que autorizó a la Municipalidad de Cartago a perdonar intereses y multas a los arrendatarios del mercado, fue derogada en 2022 y ya no se puede aplicar.

## A quién le toca

- Los arrendatarios de locales del Mercado Municipal de Cartago que tenían deudas hasta el 30 de setiembre de 2000.
- La Municipalidad de Cartago, que ya no puede aplicar esta exoneración.

## A quién beneficia

- Los arrendatarios que pagaron el principal de una sola vez dentro de los tres meses de vigencia quedaron exonerados de intereses y multas.

## Qué cambia

- La ley ya no está vigente desde la derogatoria por la Ley 10286 del 18 de agosto del 2022.
- Cualquier deuda pendiente de intereses y multas ya no se puede perdonar con base en esta ley.

## Explicación

### Qué decía

La Ley 8062 autorizaba a la Municipalidad de Cartago a exonerar a los arrendatarios de locales del Mercado Municipal de Cartago del pago de intereses y multas (art. Único). El perdón cubría impuestos, tasas municipales y arrendamientos no cancelados hasta el 30 de setiembre de 2000.

La exoneración solo se aplicaba si el arrendatario pagaba de una sola vez todo el principal que debía (art. Único). La ley regía por tres meses a partir de su publicación.

### Qué la reemplazó

La Ley 8062 fue derogada por el artículo 54 inciso 137) de la Ley de Regímenes de exenciones del pago de tributos, su otorgamiento y control sobre uso y destino, N° 10286 del 18 de agosto del 2022 (art. Único). El dossier no dice qué norma sustituyó el beneficio para los arrendatarios del mercado de Cartago.

### Cómo está hoy según SINALEVI

SINALEVI registra la Ley 8062 como "Derogado" [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45523&param2=132316&param3=1). La versión que muestra es la 2 de 2, es decir, la última. No hay observaciones de la Procuraduría.

El texto consolidado de SINALEVI incluye la nota de derogatoria y el artículo único sin cambios de fondo (art. Único).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto de la Ley 8062 y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier.

La ley autorizaba a una municipalidad a perdonar deudas. El artículo 169 de la Constitución pone la administración de los intereses y servicios locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 170 declara autónomas a las corporaciones municipales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 175 dice que las municipalidades dictan sus presupuestos y que la Contraloría General fiscaliza su ejecución ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley encaja con esa autonomía municipal.

El artículo 121 inciso 1) da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar, reformar y derogar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Por eso la derogatoria por la Ley 10286 sigue el mismo camino constitucional.

### Qué puede hacer usted

La ley ya no rige, así que no hay comisión ni debate legislativo que atender sobre este texto. Las vías que quedan son las que existen frente a una ley vigente o frente a un acto concreto de una institución pública.

1. Si un acto de la Municipalidad de Cartago viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). El recurso se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

2. Si considera que una ley vigente infringe la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

3. Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la municipalidad, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.

4. Si una institución pública le presta un mal servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública puede reclamar ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

5. Si quiere proponer una reforma legal, puede usar la iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice qué norma sustituyó el beneficio para los arrendatarios del mercado de Cartago.

El dossier no incluye el texto completo de la Ley 10286 que derogó la Ley 8062.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley encaja con la autonomía municipal y con la potestad de la Asamblea para derogar leyes. El Censo no encontró choque con los artículos del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se expresa el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años. La Oficina de Iniciativa Popular brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8062: AUTORIZACION PARA CONDONAR INTERESES Y MULTAS MUNICIPALES, ADEUDADOS POR LOS ARRENDATARIOS DEL MERCADO MUNICIPAL DE CARTAGO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8062 en SINALEVI: Autorización para Condonar Intereses y Multas Municipales, Adeudados por los Arrendatarios del Mercado Municipal de Cartago (Derogado, Versión de la norma: 2 de 2). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 22/12/2000. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45523&param2=132316&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8062

Autorización para Condonar Intereses y Multas Municipales, Adeudados por los Arrendatarios del Mercado Municipal de Cartago

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(Derogado)

N° 8062

(Esta Ley
fue derogada por el artículo 54 inciso 137) de la Ley de Regímenes
de exenciones del pago de tributos, su otorgamiento
y control sobre uso y destino, N° 10286 del 18 de agosto del 2022)

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE
COSTA RICA,

DECRETA:

AUTORIZACION PARA CONDONAR INTERESES Y MULTAS
MUNICIPALES, ADEUDADOS POR LOS ARRENDATARIOS DEL MERCADO MUNICIPAL DE CARTAGO

Artículo
Único.-Autorizase a la Municipalidad de Cartago para que exonere a los
arrendatarios de locales del Mercado Municipal de Cartago del pago de intereses
y multas sobre los impuestos, las tasas municipales y los arrendamientos no
cancelados hasta el 30 de setiembre de 2000. Esta exoneracion
se aplicar cuando los arrendatarios cancelen de una sola vez la totalidad
del principal adeudado y regir por un período de tres meses a partir de la
publicacion de esta Ley.

Rige
a partir de su publicacion .

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8062). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.