# Ley 8075: Nicoya podrá donar un terreno a los ocupantes de San Martín

- Página: https://elcenso.com/leyes/8075
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE NICOYA PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD UBICADO EN SAN MARTIN DE NICOYA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Nicoya a separar un terreno de su propiedad y donarlo a quienes hoy lo ocupan, para construir viviendas de interés social.

## A quién le toca

- Los ocupantes actuales del terreno en San Martín de Nicoya, que reciben la donación.
- La Municipalidad de Nicoya, dueña del inmueble y autorizada para separarlo y donarlo.
- La Notaría del Estado, que debe hacer las escrituras.

## A quién beneficia

- Los ocupantes actuales reciben el terreno en donación.
- El terreno se destina a construir viviendas de interés social.

## Qué cambia

- La Municipalidad de Nicoya deja de ser dueña del terreno una vez hecha la donación.
- La Notaría del Estado debe levantar las escrituras correspondientes.

## Cláusulas a revisar

- **Donación a ocupantes sin nombre** (1): La ley dona el inmueble a los ocupantes actuales, pero el texto no los identifica por nombre ni dice cuántos son. Texto: "Autorízase a la Municipalidad del cantón de Nicoya para que segregue un terreno de su propiedad, ubicado en San Martín de Nicoya, y lo done a los actuales ocupantes."

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Nicoya queda autorizada para separar un terreno suyo y donarlo a los ocupantes actuales. Así lo ordena el artículo 1 de la ley ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)).

El terreno está inscrito a nombre de la Municipalidad de Nicoya. Su matrícula de folio real es Nº 024016-000, partido de Guanacaste ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)). Está en el distrito 1º, Nicoya, cantón II, Nicoya, provincia de Guanacaste.

El Registro Público le da una medida de 43.136,41 m2 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)). La naturaleza del terreno es la construcción de viviendas de interés social.

Los linderos que fija la ley son estos. Al norte, con la hacienda la Cananoa S. A. y Alberto Ruiz Cascante. Al sur, con el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, la Asociación Pro-Vivienda de Nicoya y calle pública. Al este, con prevista a calle pública, con 139,05 m de frente.

La Notaría del Estado hará las escrituras correspondientes ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)). La ley rige desde su publicación.

### A quién le toca

A los ocupantes actuales del terreno en San Martín de Nicoya. La ley dice que el terreno se dona a ellos ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)).

A la Municipalidad de Nicoya. Es la dueña del inmueble y la que queda autorizada para separarlo y donarlo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)).

A la Notaría del Estado. Es la que debe levantar las escrituras de la donación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no le pone observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1).

El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea. No hay una versión anterior distinta que comparar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1).

### Frente a la Constitución

La Constitución protege la propiedad y permite pasar un bien a manos privadas solo por interés público comprobado, con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay expropiación: la Municipalidad es la dueña y ella misma dona el terreno. El Censo no encontró choque en ese punto.

La Constitución también ordena al Estado promover la construcción de viviendas populares ([Constitución, art. 65](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El fin del terreno, viviendas de interés social, va en esa línea ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)).

Las municipalidades son autónomas y administran los intereses locales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no les impone una carga: les da una autorización para disponer de un bien propio ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1)).

La Constitución exige dos debates y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El dossier no trae el detalle de esos trámites para esta ley, así que no se puede verificar aquí.

### Qué puede hacer usted

Si vive en el terreno y cree que la donación no lo incluye, puede pedir por escrito a la Municipalidad de Nicoya que le aclare su situación. La Defensoría de los Habitantes atiende quejas por mal funcionamiento de instituciones públicas, y las municipalidades están dentro del sector público ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si un acto concreto de la Municipalidad o de la Notaría le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Lo puede poner cualquier persona, en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Por regla general requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la donación, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades y revisa sus contratos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación de la ley en La Gaceta.

El dossier no identifica por nombre a los ocupantes actuales del terreno.

El dossier no dice si la donación ya se inscribió o si las escrituras ya se hicieron.

El dossier no trae grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre la ley y los artículos revisados. La Municipalidad dona un bien propio con fin de vivienda social, y la Constitución protege la propiedad y promueve la vivienda popular.

## Qué puede hacer usted

- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Presente la queja cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Exprese el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. No requiere autenticación. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Puede denunciar de forma escrita o verbal en la Plataforma de Servicios, por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8075: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE NICOYA PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD UBICADO EN SAN MARTIN DE NICOYA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8075 en SINALEVI: Autorización a la Minicipalidad de Nicoya para que segregue y done un terreno de su propiedad ubicado en San Martín de Nicoya (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 22/02/2001. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=45962&param2=48462&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8075

Autorización a la Minicipalidad de Nicoya para que segregue y done un terreno de su propiedad ubicado en San Martín de Nicoya

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8075

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE

NICOYA PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO

DE SU PROPIEDAD UBICADO EN SAN

MARTÍN DE NICOYA

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad del cantón de Nicoya para que segregue un terreno de su propiedad, ubicado en San Martín de Nicoya, y lo done a los actuales ocupantes.

El inmueble está inscrito en el Registro Público de la Propiedad, a nombre de la Municipalidad de Nicoya, partido de Guanacaste, matrícula de folio real Nº 024016-000. Se ubica en el distrito 1º, Nicoya, cantón II, Nicoya, provincia de Guanacaste. Sus linderos son: al norte con la hacienda la Cananoa S. A. y Alberto Ruiz Cascante; al sur, con el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, la Asociación Pro-Vivienda de Nicoya y calle pública con 106, 03 m; al este con prevista a calle pública, con 139,05 m de frente, y al oeste con calle pública, con frente de 49, 29 m. La naturaleza del terreno es la

construcción de viviendas de interés social, con una medida, según el Registro Público, de 43.136,41 m 2 .



ARTÍCULO 2.- La Notaría del Estado procederá a realizar las escrituras correspondientes.

Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8075). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.