# Ley 8095: Tres fundaciones dejan de pagar impuestos de importación

- Página: https://elcenso.com/leyes/8095
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: EXONERACION PARA LA FUNDACION PARA EL RESCATE Y PROTECCION DEL PATRIMONIO DE LA CASA PRESIDENCIAL, LA FUNDACION AYUDENOS PARA AYUDAR Y LA ASOCIACION PRO HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=46067&param2=48594&param3=1

## En resumen

La ley exonera a tres organizaciones específicas del pago de impuestos, tasas y derechos de aduana al importar bienes, y ya rige.

## A quién le toca

- La Fundación para el Rescate y Protección del Patrimonio de la Casa Presidencial deja de pagar gravámenes de importación
- La Fundación Ayúdenos para Ayudar deja de pagar gravámenes de importación
- La Asociación pro Hospital Nacional de Niños deja de pagar gravámenes de importación

## A quién beneficia

- Las tres organizaciones nombradas no pagan impuestos, tasas, sobretasas, timbres ni derechos de aduana al importar
- La exoneración cubre todo tipo de gravámenes de importación vigentes

## Qué cambia

- El Estado deja de recaudar los gravámenes que estas tres organizaciones habrían pagado al importar
- La ley no fija un monto máximo ni un plazo para la exoneración

## Cláusulas a revisar

- **Exoneración solo para tres organizaciones con cédula jurídica propia** (1): La ley nombra a tres organizaciones específicas con sus cédulas jurídicas y números de inscripción. No es una exoneración general para fundaciones o asociaciones. Texto: "Exonérase del pago de impuestos, tasas, sobretasas, timbres, derechos de aduana y todo tipo de gravámenes de importación vigentes, a la Fundación para el Rescate y Protección del Patrimonio de la Casa Presidencial, cédula jurídica Nº 3-006-165525"
- **Sin límite de monto ni de plazo** (1): La ley no fija un monto máximo de exoneración ni un plazo. La exoneración cubre "todo tipo de gravámenes de importación vigentes" sin techo. Texto: "todo tipo de gravámenes de importación vigentes"

## Explicación

### Qué cambia

La ley exonera a tres organizaciones del pago de impuestos, tasas, sobretasas, timbres, derechos de aduana y todo tipo de gravámenes de importación vigentes (art. 1).

Las tres organizaciones son: la Fundación para el Rescate y Protección del Patrimonio de la Casa Presidencial, cédula jurídica Nº 3-006-165525; la Fundación Ayúdenos para Ayudar, cédula jurídica Nº 3-006-109117-31; y la Asociación pro Hospital Nacional de Niños, cédula jurídica Nº 3-002-045191-17 (art. 1).

La ley tiene un solo artículo. No fija montos, plazos ni límites a la exoneración (art. 1).

La norma rige desde su publicación (art. 1).

### A quién le toca

A las tres organizaciones nombradas en el artículo único, que dejan de pagar los gravámenes de importación (art. 1).

A la Fundación para el Rescate y Protección del Patrimonio de la Casa Presidencial, inscrita en el Registro Público, Sección Personas, tomo 127, folio 153, asiento 446 (art. 1).

A la Fundación Ayúdenos para Ayudar, inscrita en el Registro Público, Sección Personas, tomo 99, folio 228, asiento 726 (art. 1).

A la Asociación pro Hospital Nacional de Niños, inscrita en el Registro de Asociaciones, tomo 49, folio 91 y asiento 197 (art. 1).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=46067&param2=48594&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea: un artículo único con la exoneración para las tres organizaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=46067&param2=48594&param3=1) (art. 1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier.

El artículo 121 inciso 1 dice que le corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 8095 fue aprobada por la Asamblea Legislativa, según el encabezado del texto (art. 1).

El artículo 18 dice que los costarricenses deben "contribuir para los gastos públicos" ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Una exoneración reduce esa contribución para tres organizaciones específicas. El dossier no permite saber si eso genera una duda constitucional, porque no incluye jurisprudencia sobre exoneraciones ni el texto de la Ley 7293 que regula las exoneraciones vigentes [\[4\]](https://www.icnl.org/research/library/costa-rica_leyreg/).

### Qué puede hacer usted

Si usted dirige una de las tres organizaciones y le cobran un impuesto de importación que la ley exonera, puede presentar un recurso de amparo. El amparo procede contra actos de servidores públicos que violen derechos fundamentales, y cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Paso a paso: escriba un memorial con el hecho que lo motiva, el derecho que considera violado, el nombre del servidor u órgano que causó el agravio y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)). No necesita citar la norma constitucional infringida.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley misma tiene un problema de fondo, puede presentar una acción de inconstitucionalidad contra leyes que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para eso necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo que se trate de intereses difusos.

Si sospecha que una de estas organizaciones usa la exoneración de forma irregular con fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa presupuestos de "Fondos públicos que administran privados (como transferencias a fundaciones)" ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se presentan en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025.

Si una institución pública le da mal servicio relacionado con esta exoneración, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero deja de recaudar el Estado por esta exoneración.

El dossier no incluye la Ley 7293 completa, que regula las exoneraciones en Costa Rica, más allá de una referencia [\[4\]](https://www.icnl.org/research/library/costa-rica_leyreg/).

El dossier no incluye el decreto o reglamento que aplica esta exoneración en la práctica aduanera.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 8095 y los artículos constitucionales del dossier. La Asamblea tiene potestad para dictar leyes y la ley fue aprobada por ella. El dossier no incluye jurisprudencia sobre exoneraciones que permita evaluar si hay una duda de fondo.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Presente un memorial con el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. No necesita citar la norma constitucional. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes que infrinjan la Constitución. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo que se trate de intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela personalmente en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o llame al 2501-8025. La Contraloría revisa fondos públicos que administran privados, como transferencias a fundaciones. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8095: EXONERACION PARA LA FUNDACION PARA EL RESCATE Y PROTECCION DEL PATRIMONIO DE LA CASA PRESIDENCIAL, LA FUNDACION AYUDENOS PARA AYUDAR Y LA ASOCIACION PRO HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8095 en SINALEVI: Exoneración para la Fundación para el Rescate y Protección del Patrimonio de la Casa Presidencial, La Fundación Ayudenos a Ayudar y la Asociación Pro-Hospital Nacional de Niños (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 15/03/2001. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=46067&param2=48594&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Law 7293 Regulating Exonerations in Force, Repeals and Exceptions. www.icnl.org. https://www.icnl.org/research/library/costa-rica_leyreg/
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8095

Exoneración para la Fundación para el Rescate y Protección del Patrimonio de la Casa Presidencial, La Fundación Ayudenos a Ayudar y la Asociación Pro-Hospital Nacional de Niños

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8095

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

EXONERACIÓN PARA LA FUNDACIÓN PARA EL RESCATE Y

PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO DE LA CASA PRESIDENCIAL,

LA FUNDACIÓN AYÚDENOS PARA AYUDAR Y LA ASOCIACIÓN

PRO HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

ARTÍCULO ÚNICO.- Exonérase del pago de impuestos, tasas, sobretasas, timbres, derechos de aduana y todo tipo de gravámenes de importación vigentes, a la Fundación para el Rescate y Protección del Patrimonio de la Casa Presidencial, cédula jurídica Nº 3-006-165525, inscrita en el Registro Público, Sección Personas, en el tomo 127, folio 153, asiento 446, la Fundación Ayúdenos para Ayudar, cédula jurídica Nº 3-006-109117-31, inscrita en el Registro Público, Sección Personas, en el tomo 99, folio 228, asiento 726, y a la Asociación pro Hospital Nacional de Niños, cédula jurídica Nº 3-002-045191-17, inscrita en el Registro de Asociaciones, en el tomo 49, folio 91 y asiento 197.

Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8095). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.