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Ley

IFAM dona ¢10 millones a Turrubares para gastos operativos

Una ley vigente autoriza al IFAM a donar diez millones de colones por única vez a la Municipalidad de Turrubares para cubrir gastos operativos de su presupuesto.

Título oficial AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL PARA QUE DONE DIEZ MILLONES DE COLONES A LA MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES

Atención: La ley entrega ¢10.000.000,00 de una institución pública a una municipalidad específica, por única vez, y la gente de Turrubares debería vigilar en qué se gasta.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Municipalidad de Turrubares

    La ley beneficia a un solo cantón con diez millones de colones y no a las demás municipalidades del país.

    Autorízase al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done la suma de diez millones de colones (¢10.000.000,00) por única vez a la Municipalidad de Turrubares
    único, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • El IFAM, que queda autorizado a donar diez millones de colones por única vez
  • La Municipalidad de Turrubares, que recibe el dinero para gastos operativos del programa Nº 1
  • La Contraloría General de la República, que autoriza el refrendo del presupuesto municipal

A quién beneficia

  • La Municipalidad de Turrubares recibe ¢10.000.000,00 por única vez
  • El dinero cubre gastos operativos del programa Nº 1 del presupuesto municipal

Qué cambia

  • La donación es por única vez, no un aporte permanente
  • El giro se hace desde el momento en que se agotó el presupuesto municipal
  • La Contraloría debe refrendar el presupuesto municipal respectivo

La explicación completa

Qué cambia

La ley autoriza al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) a donar diez millones de colones a la Municipalidad de Turrubares. La donación es por única vez (art. único).

El dinero se destina a gastos del presupuesto municipal, programa Nº 1, gastos operativos. La ley dice que se gira "desde el momento en que se agotó el presupuesto de la Municipalidad" (art. único).

La Contraloría General de la República autoriza el refrendo del presupuesto que la Municipalidad de Turrubares remitió para ese efecto (art. único).

La ley rige desde su publicación (art. único).

A quién le toca

Al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), que queda autorizado a entregar los diez millones de colones (art. único).

A la Municipalidad de Turrubares, que recibe la donación y la usa en gastos operativos del programa Nº 1 de su presupuesto (art. único).

A la Contraloría General de la República, que autoriza el refrendo del presupuesto municipal respectivo (art. único).

Lo que se dijo en la Asamblea

La grabación disponible no trata sobre esta ley. Es una sesión del 31 de enero de 2013 sobre trámites para licencias de construcción 00:00:10.

En esa sesión, representantes del IFAM y del Colegio de Ingenieros y Arquitectos explicaron una propuesta de digitalización de trámites municipales 00:00:19. Juan Rafael Quirós, presidente del IFAM y ministro de Descentralización y Desarrollo Local, dijo que las municipalidades tramitan permisos en siete días y que el máximo es 30 días 00:00:50.

Quirós también dijo que la propuesta había sido acogida por 27 gobiernos locales 00:01:13. Nada de esto se refiere a la donación de la ley 8138.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones 3.

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado: un artículo único con la autorización de donación 3 (art. único).

Frente a la Constitución

El artículo 121, inciso 1, de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes Constitución, art. 121. Esta ley se aprobó por esa vía.

El artículo 175 dice que las municipalidades dictan sus presupuestos y que estos necesitan la aprobación de la Contraloría para entrar en vigencia Constitución, art. 175. La ley recoge ese paso al mencionar el refrendo de la Contraloría (art. único).

El artículo 184, inciso 2, encarga a la Contraloría examinar y aprobar los presupuestos de las municipalidades Constitución, art. 184. La ley no altera esa función.

El artículo 170 reconoce la autonomía municipal y fija un mínimo de transferencia del 10% de los ingresos ordinarios Constitución, art. 170. La donación de esta ley es un monto fijo y por única vez, distinto de esa transferencia.

El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos revisados de la Constitución.

Qué puede hacer usted

Si vive en Turrubares y quiere saber en qué se gastó el dinero, puede pedir información a la Municipalidad. La Contraloría fiscaliza el uso de fondos públicos y recibe denuncias por escrito o verbalmente guía, p. 68.

Puede denunciar ante la Contraloría si sospecha un manejo irregular de esos recursos. Las vías son la plataforma de servicios en Sabana Sur, los teléfonos 2501-8000 o 2501-8025, el portal de denuncia electrónica o el correo contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.

También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le falla en un servicio guía, p. 71.

Si un acto concreto viola un derecho suyo, cabe un recurso de amparo. Cualquier persona puede presentarlo guía, p. 22.

Para cambiar esta ley, la vía es una iniciativa popular. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto guía, p. 26.

Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación de la ley.

El dossier no indica si la donación ya se giró.

El dossier no detalla en qué se gastó el dinero en Turrubares.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley usa la potestad legislativa del artículo 121 y respeta el control de la Contraloría sobre presupuestos municipales de los artículos 175 y 184. El Censo no encontró choque con los artículos revisados.

  1. Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones;"
    Esta ley, art. único"Autorízase al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done la suma de diez millones de colones (¢10.000.000,00) por única vez a la Municipalidad de Turrubares"

    Sin choque aparente La Asamblea aprobó esta autorización usando su potestad de dictar leyes.

  2. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. único"La Contraloría General de la República autoriza el refrendo del presupuesto respectivo que, para tal efecto, ha remitido la Municipalidad de Turrubares."

    Sin choque aparente La ley mantiene el paso por la Contraloría antes de que el presupuesto municipal rija.

  3. Constitución, art. 184"Examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las Municipalidades e instituciones autónomas, y fiscalizar su ejecución y liquidación;"
    Esta ley, art. único"La Contraloría General de la República autoriza el refrendo del presupuesto respectivo que, para tal efecto, ha remitido la Municipalidad de Turrubares."

    Sin choque aparente La ley deja en manos de la Contraloría el control del presupuesto municipal donde entra la donación.

  4. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas. En el Presupuesto Ordinario de la República, se les asignará a todas las municipalidades del país una suma que no será inferior a un diez por ciento (10%) de los ingresos ordinarios calculados para el año económico correspondiente."
    Esta ley, art. único"Autorízase al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done la suma de diez millones de colones (¢10.000.000,00) por única vez a la Municipalidad de Turrubares"

    Sin choque aparente La donación es un monto fijo y por única vez. No sustituye la transferencia del 10% que fija la Constitución.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:50

    "las municipalidades están tramitando en tiempo permisos en siete días en 30 días el máximo es 30 días"

    Juan Rafael Quirós · AGILIZAN TRÁMITES PARA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

  • 00:01:13

    "quirós externo que de momento la propuesta ha sido acogida por 27 gobiernos locales"

    Juan Rafael Quirós · AGILIZAN TRÁMITES PARA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 8138: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL PARA QUE DONE DIEZ MILLONES DE COLONES A LA MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. AGILIZAN TRÁMITES PARA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS Asamblea Legislativa Costa Rica, 2013-01-31
  3. Ley 8138 en SINALEVI: Autorización al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal para que done diez millones de colones a la Municipalidad de Turrubares (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 01/10/2001
  4. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 8138

Autorización al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal para que done diez millones de colones a la Municipalidad de Turrubares

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LEYES

Nº 8138

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Decreta:

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL PARA QUE DONE DIEZ MILLONES DE COLONES

A LA MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES

Artículo único.—Autorízase al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done la suma de diez millones de colones (¢10.000.000,00) por única vez a la Municipalidad de Turrubares, los cuales serán destinados a gastos del presupuesto municipal, programa Nº 1, gastos operativos, desde el momento en que se agotó el presupuesto de la Municipalidad.

La Contraloría General de la República autoriza el refrendo del presupuesto respectivo que, para tal efecto, ha remitido la Municipalidad de Turrubares.

Rige a partir de su publicación.

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