El ICE dona un lote en Turrúcares a la asociación de Cebadilla
Una ley vigente obliga al ICE a separar 2.567,74 m² de su finca y donarlos a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares.
Título oficial AUTORIZACION AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA QUE SEGREGUE UN LOTE Y LO DONE A LA ASOCIACION DE DESAROLLO ESPECIFICO DE CEBADILLA DE TURRUCARES DE ALAJUELA
Atención: La ley dona un terreno público de 2.567,74 m² del ICE a una asociación con cédula jurídica propia, y el dossier no trae un criterio de la Contraloría sobre esa donación (art. único).
La letra pequeña
Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.
A quién le sirve: Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica N° 3-002-147197
La ley nombra a una única asociación como dueña del terreno que se segrega de la finca del ICE.
segregue un terreno de su propiedad y lo done a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica N° 3-002-147197.
único, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- El ICE, que debe segregar el lote y levantar y catastrar el plano (art. único).
- La Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica 3-002-147197, que recibe el terreno (art. único).
- Los vecinos de Cebadilla de Turrúcares, donde se construirán un salón multiuso, áreas de recreación y un lugar de capacitación (art. único).
A quién beneficia
- La Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares recibe un terreno de 2.567,74 m² (art. único).
- En el lote se construirán un salón multiuso y áreas de recreación (art. único).
- También habrá un lugar para capacitar a los miembros de la asociación (art. único).
Qué cambia
- El ICE debe levantar y catastrar el plano para inscribir la propiedad en el Registro Público (art. único).
- La ley rige desde su publicación (art. único).
- SINALEVI registra la ley como vigente, en su versión 1 de 1, sin observaciones.
La explicación completa
Qué cambia
La ley autoriza al ICE a separar un pedazo de su finca y regalarlo a una asociación de vecinos. El terreno mide 2.567,74 m² y está en Turrúcares de Alajuela (art. único).
El artículo único da la autorización. La finca está inscrita en el Registro de la Propiedad, partido de Alajuela, tomo 1636, folio 320, número 119.112, asiento 1 (art. único).
El terreno va para la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica 3-002-147197 (art. único).
En ese terreno se construirán un salón multiuso y áreas de recreación. También un lugar para capacitar a los miembros de la asociación (art. único).
Los linderos están en el texto. Al norte, con el ICE. Al sur, con el ICE y calle pública con 26,35 m de frente. Al este, con calle pública con 48,82 m de frente. Al oeste, con el ICE (art. único).
El ICE se compromete a levantar y catastrar el plano. Eso sirve para inscribir la propiedad en el Registro Público (art. único).
La ley rige desde su publicación (art. único).
A quién le toca
Al ICE. La ley lo autoriza a segregar el lote y lo compromete a levantar y catastrar el plano para inscribirlo (art. único).
A la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica 3-002-147197. Es la que recibe el terreno (art. único).
A los vecinos de Cebadilla de Turrúcares. El texto dice que en el lote se construirán un salón multiuso, áreas de recreación y un lugar de capacitación (art. único).
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma, la 1 de 1, y no registra observaciones 2.
El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea. No hay una versión distinta que aplicar 2.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
La Constitución dice que la potestad de legislar reside en el pueblo y que este la delega en la Asamblea Legislativa Constitución, art. 105. Esta ley salió de la Asamblea, así que calza con esa regla.
El artículo 121 le da a la Asamblea la atribución de dictar leyes Constitución, art. 121. La autorización al ICE para donar el lote entra en esa atribución.
El artículo 89 manda al Estado garantizar el derecho a la recreación Constitución, art. 89. El texto de la ley dice que en el lote habrá áreas de recreación (art. único). Eso va en la misma dirección.
El artículo 50 habla del mayor bienestar y del más adecuado reparto de la riqueza Constitución, art. 50. La donación de un bien público a una asociación comunal podría mirarse bajo esa idea. El Censo no ve aquí un choque, pero tampoco hay en el dossier un análisis de la Contraloría sobre esta donación.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto del ICE o de la asociación viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.
El amparo se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio guía, p. 22. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.
Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional guía, p. 24.
Para esa acción hace falta, por regla general, un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo. No se necesita cuando no hay lesión individual y directa, o cuando se defienden intereses difusos guía, p. 24.
Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en esta donación, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza el uso de los fondos públicos y revisa los presupuestos de empresas públicas como el ICE guía, p. 68.
La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos relacionados con los servicios que brindan las instituciones públicas guía, p. 71.
Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar esa queja si una institución pública o sus funcionarios la maltrataron en sus derechos guía, p. 71.
Si quiere cambiar esta ley, existe la iniciativa popular. Un grupo de ciudadanos puede proponer un proyecto y llevarlo a la Asamblea guía, p. 26.
La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto y seguir el procedimiento guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no dice si el ICE ya segregó el lote ni si el plano ya está inscrito.
El dossier no dice si el salón multiuso y las áreas de recreación ya se construyeron.
El dossier no incluye un criterio de la Contraloría ni de la Procuraduría sobre esta donación.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró un choque claro entre la autorización al ICE y los artículos constitucionales del dossier.
Constitución, art. 105"La potestad de legislar reside en el pueblo, el cual la delega en la Asamblea Legislativa por medio del sufragio."
Esta ley, art. único"Autorízase al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para que, de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad, partido de Alajuela, tomo 1636, folio 320, N° 119.112, asiento 1, segregue un terreno de su propiedad y lo done a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica N° 3-002-147197."
Sin choque aparente La ley salió de la Asamblea, que es donde el pueblo delega la potestad de legislar. No hay choque con este artículo.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones;"
Esta ley, art. único"Autorízase al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para que, de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad, partido de Alajuela, tomo 1636, folio 320, N° 119.112, asiento 1, segregue un terreno de su propiedad y lo done a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica N° 3-002-147197."
Sin choque aparente La Asamblea tiene la atribución de dictar leyes. Esta autorización entra en esa atribución.
Constitución, art. 89"Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación. El Estado garantizará este derecho, promoverá su universalización como medio eficaz para mejorar la salud y la calidad de vida de la población y apoyará el desarrollo de las distintas disciplinas deportivas en todos los niveles."
Esta ley, art. único"En dicho terreno, se construirán un salón multiuso y áreas de recreación, así como un lugar para capacitar integralmente a los miembros de dicha Asociación."
Sin choque aparente La Constitución manda garantizar la recreación. El texto de la ley dice que en el lote habrá áreas de recreación. Van en la misma dirección.
Constitución, art. 50"El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza."
Esta ley, art. único"segregue un terreno de su propiedad y lo done a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica N° 3-002-147197."
Hay dudas La donación de un bien público a una asociación comunal podría mirarse bajo la idea del mayor bienestar. El Censo no ve un choque, pero el dossier no trae un análisis de la Contraloría sobre esta donación.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 8144: AUTORIZACION AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA QUE SEGREGUE UN LOTE Y LO DONE A LA ASOCIACION DE DESAROLLO ESPECIFICO DE CEBADILLA DE TURRUCARES DE ALAJUELA
- Ley 8144 en SINALEVI: Autorización al Instituto Costarricense de electricidad para que segregue un lote y lo done a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrucares de Alajuela (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 8144
Autorización al Instituto Costarricense de electricidad para que segregue un lote y lo done a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrucares de Alajuela
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LEYES
Nº 8144
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA QUE SEGREGUE UN LOTE Y LO DONE A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO ESPECÍFICO
DE CEBADILLA DE TURRÚCARES DE ALAJUELA
Artículo único.— Autorización . Autorízase al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para que, de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad, partido de Alajuela, tomo 1636, folio 320, N° 119.112, asiento 1, segregue un terreno de su propiedad y lo done a la Asociación de Desarrollo Específico de Cebadilla de Turrúcares de Alajuela, cédula jurídica N° 3-002-147197. En dicho terreno, se construirán un salón multiuso y áreas de recreación, así como un lugar para capacitar integralmente a los miembros de dicha Asociación.
El lote se describe así: terreno de potrero, situado en el distrito 11º, Turrúcares, cantón I, Alajuela, provincia de Alajuela, con una extensión de 2.567,74 m²; linda al norte con el ICE; al sur, con el ICE y calle pública con 26,35 m de frente; al este, con calle pública con 48,82 m de frente, y al oeste, con el ICE.
Una vez aprobada esta autorización legislativa, el ICE se compromete a levantar y catastrar el plano de la propiedad para la inscripción en el Registro Público.
Rige a partir de su publicación.