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Ley 8152: el MEP y el MICITT organizan las Olimpiadas de Matemáticas

La Ley 8152 creó las Olimpiadas de Matemáticas para estudiantes de primaria y secundaria, y dejó su organización al MEP y al MICITT, pero su artículo 4 ya fue derogado.

Título oficial FINANCIAMIENTO PERMANENTE PARA LA ORGANIZACION Y EL DESARROLLO DE LAS OLIMPIADAS COSTARRICENSES DE MATEMATICAS

Atención: El artículo 4 de la Ley 8152 ya fue derogado por la Ley 10695 del 6 de mayo de 2025, según el texto vigente de SINALEVI.

La letra pequeña

Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • A quién le sirve: Personas que consulten la Ley 8152

    El artículo 4 aparece derogado por el artículo 5 de la Ley 10695 del 6 de mayo de 2025. Quien lea la ley debe saber que ese artículo ya no rige.

    ARTÍCULO 4.- (Derogado por el artículo 5° de la Ley Financiamiento permanente para la organización y el desarrollo de las olimpiadas científicas costarricenses, N° 10695 del 6 de mayo de 2025)
    4, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Estudiantes de primaria y secundaria de centros públicos y privados del país
  • Estudiantes con interés y aptitud para la matemática
  • Ministerio de Educación Pública
  • Ministerio de Ciencia y Tecnología
  • Sector privado que quiera participar en la organización
  • Sector público que celebre convenios con los ministerios

A quién beneficia

  • Los estudiantes de primaria y secundaria pueden participar en las Olimpiadas de Matemáticas
  • Los estudiantes con aptitud matemática reciben atención especial
  • Los ministerios pueden usar figuras contractuales de la Ley de Contratación Administrativa

Qué cambia

  • El artículo 4 de la ley ya está derogado por la Ley 10695 de 2025
  • La organización queda en manos del MEP y del MICITT
  • La ley no fija un monto ni un plazo de financiamiento en su texto vigente

La explicación completa

Qué cambia

La Ley 8152 creó las Olimpiadas de Matemáticas como competiciones para estudiantes con interés y aptitud en esa materia (art. 1). El texto ordena que se fomente la participación de estudiantes de primaria y secundaria de todos los centros educativos del país, públicos y privados, a nivel nacional e internacional (art. 2).

El Poder Ejecutivo, por medio de los Ministerios de Educación Pública y de Ciencia y Tecnología, es el responsable de planear y desarrollar las Olimpiadas (art. 3). Esos ministerios pueden usar las figuras contractuales vigentes de la Ley de Contratación Administrativa para que participe el sector privado. Con el sector público pueden celebrar convenios, siempre que los autorice el Derecho Público.

El artículo 4 está derogado. Lo derogó el artículo 5 de la Ley 10695 del 6 de mayo de 2025, llamada Financiamiento permanente para la organización y el desarrollo de las olimpiadas científicas costarricenses (art. 4).

La ley rige a partir de su publicación (art. 4).

A quién le toca

A los estudiantes de primaria y secundaria de centros educativos públicos y privados del país. La ley ordena fomentar y estimular su participación en las Olimpiadas, a nivel nacional e internacional (art. 2).

A los estudiantes que manifiesten interés por la matemática y aptitud intelectual hacia ella. Para ellos se crearon las competiciones, con el fin de estimularlos y darles atención especial (art. 1).

Al Ministerio de Educación Pública y al Ministerio de Ciencia y Tecnología. El texto les pone la responsabilidad de planear y desarrollar las Olimpiadas (art. 3).

Al sector privado y al sector público que quieran participar. Los ministerios pueden usar figuras contractuales de la Ley de Contratación Administrativa con el sector privado, y celebrar convenios con el sector público autorizados por el Derecho Público (art. 3).

Lo que se dijo en la Asamblea

La Comisión de Educación dictaminó de forma positiva el expediente 24164, sobre financiamiento permanente para las olimpiadas científicas costarricenses 00:00:10. Ese proyecto deroga la Ley 8152, que da financiamiento a las olimpiadas de matemáticas 00:00:24.

La parlamentaria Rocío Alfaro cuestionó la propuesta. Dijo que el texto sustitutivo "no eh logra corregir los elementos mencionados" 00:00:57. También señaló que el texto "excluye a cuarto y quinto año o sexto año en colegios técnicos" de la participación en las olimpiadas de matemática 00:01:16.

El legislador Jason Valverde mostró reservas. Dijo que es "una buena iniciativa" y que si la trabajan juntos podrían sacar un proyecto que no sea inconstitucional 00:01:45.

Según la grabación, las olimpiadas científicas estarían bajo responsabilidad de los ministerios de Educación y Ciencia y Tecnología, en colaboración con las universidades públicas 00:02:15. Para su financiamiento, el Ejecutivo destinaría una partida de menos de 850 salarios mensuales base de un oficinista, suma que ronda los 390 millones de colones anuales 00:02:26.

Cómo está hoy según SINALEVI

La Ley 8152 está vigente. SINALEVI registra la versión 2 de 2 de la norma y no le pone observaciones 3.

El texto consolidado que publica SINALEVI muestra el artículo 4 derogado por el artículo 5 de la Ley 10695 del 6 de mayo de 2025 (art. 4).

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 8152 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 78 dice que la educación preescolar, general básica y diversificada son obligatorias y, en el sistema público, gratuitas y costeadas por la Nación Constitución, art. 78. La ley ordena fomentar la participación de estudiantes de primaria y secundaria de centros públicos y privados (art. 2). Esa orden calza con el mandato educativo del artículo 78.

El artículo 79 garantiza la libertad de enseñanza y pone todo centro docente privado bajo la inspección del Estado Constitución, art. 79. La ley incluye a los centros privados en las Olimpiadas (art. 2). No se ve choque en ese punto.

El artículo 182 ordena que los contratos para obras públicas y las compras con fondos de esas entidades se hagan mediante licitación, de acuerdo con la ley Constitución, art. 182. La ley remite a la Ley de Contratación Administrativa para usar figuras contractuales con el sector privado (art. 3). Esa remisión sigue el mismo camino que pide el artículo 182.

Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de los ministerios viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22. El recurso se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo se puede interponer en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos guía, p. 22.

Si cree que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra las leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.

Para presentar una acción de inconstitucionalidad se requiere, por regla general, un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en el procedimiento para agotar la vía administrativa guía, p. 24. No se necesita ese caso pendiente cuando no exista lesión individual y directa, o se trate de la defensa de intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de los fondos públicos de las Olimpiadas, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La denuncia se presenta de forma escrita o verbal guía, p. 68. Las vías son la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, los teléfonos 2501-8000 y 2501-8025, el portal de Denuncia Electrónica o el correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si el mal funcionamiento de un servicio público le afecta, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero recibe hoy la Ley 8152 ni de qué partida sale.

El dossier no permite saber si la Ley 10695 ya está publicada y en qué estado quedaron las olimpiadas de matemáticas tras la derogatoria del artículo 4.

El dossier no incluye el texto completo de la Ley 10695.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 2 de 2Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 8152 y los artículos constitucionales del dossier. La ley ordena fomentar la participación educativa y remite a la Ley de Contratación Administrativa, en línea con los artículos 78, 79 y 182.

  1. Constitución, art. 78"La educación preescolar , general básica y diversificada son obligatorias y, en el sistema público , gratuitas y costeadas por la Nación ."
    Esta ley, art. 2"En las Olimpiadas de Matemáticas se fomentará y estimulará la participación de los estudiantes de primaria y secundaria de todos los centros educativos del país, públicos y privados, a nivel nacional e internacional."

    Sin choque aparente La Constitución manda atender la educación básica y diversificada. La ley ordena fomentar la participación de esos mismos estudiantes en las Olimpiadas.

  2. Constitución, art. 79"Se garantiza la libertad de enseñanza. No obstante, todo centro docente privado estará bajo la inspección del Estado."
    Esta ley, art. 2"En las Olimpiadas de Matemáticas se fomentará y estimulará la participación de los estudiantes de primaria y secundaria de todos los centros educativos del país, públicos y privados, a nivel nacional e internacional."

    Sin choque aparente La ley incluye a los centros privados en las Olimpiadas. La Constitución permite la inspección estatal de esos centros, así que no se ve choque.

  3. Constitución, art. 182"Los contratos para la ejecución de obras públicas que celebren los Poderes del Estado, las Municipalidades y las instituciones autónomas, las compras que se hagan con fondos de esas entidades y las ventas o arrendamientos de bienes pertenecientes a las mismas, se harán mediante licitación, de acuerdo con la ley en cuanto al monto respectivo."
    Esta ley, art. 3"Para tales efectos, estos Ministerios, de conformidad con la Ley de Contratación Administrativa, podrán usar cualquiera de las figuras jurídicas contractuales vigentes para que participe el sector privado."

    Sin choque aparente La Constitución pide licitación según la ley para los contratos públicos. La ley remite a la Ley de Contratación Administrativa, que es el mismo camino.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:24

    "la iniciativa derroga la ley 8152 que le da financiamiento a las olimp de matemáticas"

    Avanza proyecto de Olimpiadas Científicas Costarricenses

  • 00:00:57

    "el texto sustitutivo no eh logra corregir los elementos mencionados"

    Rocío Alfaro · Avanza proyecto de Olimpiadas Científicas Costarricenses

  • 00:01:16

    "excluye a cuarto y quinto año o sexto año en colegios técnicos"

    Rocío Alfaro · Avanza proyecto de Olimpiadas Científicas Costarricenses

  • 00:01:45

    "es una buena iniciativa que que yo creo que si la trabajamos juntos este Podríamos sacar un proyecto bastante bonito"

    Jason Valverde · Avanza proyecto de Olimpiadas Científicas Costarricenses

  • 00:02:26

    "para su financiamiento El Ejecutivo destinará una partida en el meb de menos de 850 salarios mensuales base de un oficinista"

    Avanza proyecto de Olimpiadas Científicas Costarricenses

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 8152: FINANCIAMIENTO PERMANENTE PARA LA ORGANIZACION Y EL DESARROLLO DE LAS OLIMPIADAS COSTARRICENSES DE MATEMATICAS Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Avanza proyecto de Olimpiadas Científicas Costarricenses Asamblea Legislativa Costa Rica, 2024-09-04
  3. Ley 8152 en SINALEVI: Financiamiento permanente para la organización y el desarrollo de las Olimpiadas Costarricenses de Matemáticas (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 14/11/2001
  4. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 8152

Financiamiento permanente para la organización y el desarrollo de las Olimpiadas Costarricenses de Matemáticas

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N° 8152

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

FINANCIAMIENTO PERMANENTE PARA LA ORGANIZACIÓN

Y EL DESARROLLO DE LAS OLIMPIADAS

COSTARRICENSES DE MATEMÁTICAS

ARTÍCULO 1.- Créanse las Olimpiadas de Matemáticas, como competiciones que procuran estimular y brindar atención especial a los estudiantes que manifiesten interés por esta área del saber y aptitud intelectual hacia ella.

ARTÍCULO 2.- En las Olimpiadas de Matemáticas se fomentará y estimulará la participación de los estudiantes de primaria y secundaria de todos los centros educativos del país, públicos y privados, a nivel nacional e internacional.

ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo, por medio de los Ministerios de Educación Pública y de Ciencia y Tecnología, será el responsable de planear y desarrollar las Olimpiadas de Matemáticas. Para tales efectos, estos Ministerios, de conformidad con la Ley de Contratación Administrativa, podrán usar cualquiera de las figuras jurídicas contractuales vigentes para que participe el sector privado. Con el sector público, podrán celebrar convenios siempre que sean autorizados por el Derecho Público.

ARTÍCULO 4.- (Derogado por el artículo 5° de la Ley Financiamiento permanente para la organización y el desarrollo de las olimpiadas científicas costarricenses, N° 10695 del 6 de mayo de 2025)

Rige a partir de su publicación.

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