# Ley 8171: Esparza puede donar un terreno de 10.000 m² para un liceo

- Página: https://elcenso.com/leyes/8171
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE ESPARZA PARA QUE SEGREGUE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD Y LO DONE AL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=47849&param2=50838&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Esparza a separar un terreno de su propiedad y donarlo al MEP para construir el Liceo Emiliano Odio Madrigal.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Esparza, que queda autorizada a segregar el terreno y donarlo al MEP
- El Ministerio de Educación Pública, que recibe el terreno para construir el Liceo Emiliano Odio Madrigal
- Los vecinos de Marañonal, en el distrito de Macacona, donde está el terreno

## A quién beneficia

- El Ministerio de Educación Pública recibe un terreno de 10.000,00 m² para construir un liceo
- La comunidad de Marañonal, en Macacona, tendría un centro educativo en el terreno donado

## Qué cambia

- La Municipalidad de Esparza debe hacer la segregación del terreno con matrícula Nº 6118666-000
- La donación queda atada a un solo propósito: construir el Liceo Emiliano Odio Madrigal
- El terreno tiene plano catastrado Nº P-699237-2001 y un frente de 59,04 m

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza a la Municipalidad de Esparza a separar un terreno suyo y donarlo al Ministerio de Educación Pública. El terreno está inscrito en el Registro Público, partido de Puntarenas, con matrícula Nº 6118666-000 (art. único).

La donación tiene un solo propósito: construir el Liceo Emiliano Odio Madrigal (art. único).

El terreno mide 10.000,00 m² y está en Marañonal, distrito 3º, Macacona, cantón II, Esparza, provincia de Puntarenas (art. único). Linda al norte con Norman Abarca Córdoba y al sureste con Pilar Peraza Solórzano. Al este y al oeste linda con la Municipalidad de Esparza.

Tiene un frente de 59,04 m y plano catastrado inscrito en el Catastro Nacional bajo el Nº P-699237-2001 (art. único).

La ley rige desde su publicación (art. único).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Esparza: la ley la autoriza a segregar el terreno y a donarlo al MEP (art. único).

Al Ministerio de Educación Pública: recibe el terreno en donación para construir el Liceo Emiliano Odio Madrigal (art. único).

A los vecinos de Marañonal, en el distrito de Macacona: el terreno que se dona está en esa comunidad (art. único).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=47849&param2=50838&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado: un artículo único con la autorización, la descripción del terreno y el destino de la donación (art. único).

### Frente a la Constitución

La Constitución protege la propiedad y permite privarse de ella por interés público comprobado, con indemnización previa conforme a la ley ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación forzosa: la propia Municipalidad, dueña del terreno, decide donarlo, y la ley solo la autoriza (art. único).

La Constitución dice que la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón está a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley encaja con esa regla porque la autorización recae sobre un bien municipal y la ejecuta la propia Municipalidad de Esparza (art. único).

La Constitución también reconoce autonomía a las corporaciones municipales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no les impone una obligación: les da permiso para hacer la segregación y la donación (art. único).

El destino del terreno es construir un centro educativo, y la Constitución organiza la educación pública como un proceso integral ([Constitución, art. 77](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El Censo no encontró choque entre esta ley y los artículos revisados de la Constitución.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la Municipalidad de Esparza o del MEP viola un derecho suyo en relación con este terreno, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

En el escrito debe expresar con claridad el hecho o la omisión, el derecho que considera violado, el nombre del servidor u órgano autor y las pruebas de cargo. No requiere otras formalidades ni autenticación ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si considera que esta ley infringe la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para interponerla debe existir un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en el procedimiento para agotar la vía administrativa, donde invoque esa inconstitucionalidad como medio razonable de amparar su derecho. No hace falta ese caso pendiente cuando no exista lesión individual y directa, o se trate de la defensa de intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la segregación o la donación, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza los fondos públicos y revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le da un mal servicio relacionado con este terreno, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

La Defensoría no puede investigar casos que estén a la espera de una resolución judicial ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice en qué fecha se publicó la ley ni cuándo se hizo la segregación o la donación.

El dossier no dice si el Liceo Emiliano Odio Madrigal ya existe o si está construido en ese terreno.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley autoriza a una municipalidad a donar un bien propio para construir un centro educativo. El Censo no encontró choque con los artículos revisados de la Constitución.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Exprese con claridad el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano autor y las pruebas de cargo. No requiere otras formalidades ni autenticación. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8171: AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE ESPARZA PARA QUE SEGREGUE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD Y LO DONE AL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8171 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad del Cantón de Esparza para que segregue un terreno de su propiedad y lo done al Ministerio de Educación Pública (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 17/12/2001. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=47849&param2=50838&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8171

Autorización a la Municipalidad del Cantón de Esparza para que segregue un terreno de su propiedad y lo done al Ministerio de Educación Pública

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Nº 8171

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Decreta:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN

DE ESPARZA PARA QUE SEGREGUE UN TERRENO

DE SU PROPIEDAD Y LO DONE AL MINISTERIO

DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Artículo único.—Autorízase a la Municipalidad de Esparza para que segregue un terreno de su propiedad, inscrito en el Registro Público, partido de Puntarenas, bajo el sistema de folio real matrícula Nº 6118666-000, y lo done al Ministerio de Educación Pública, con el exclusivo propósito de construir el Liceo Emiliano Odio Madrigal. El terreno está situado en Marañonal, distrito 3º, Macacona, cantón II, Esparza, provincia de Puntarenas; mide 10.000,00 m² y linda al norte con Norman Abarca Córdoba; al sureste, con Pilar Peraza Solórzano; al este y al oeste, con la Municipalidad de Esparza; tiene un frente de 59,04 m y posee plano catastrado debidamente inscrito en el Catastro Nacional bajo el Nº P-699237-2001.

Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8171). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.