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Ley8195Vigente
Ley

El MEP debe incluir el Día de la Tolerancia en el calendario escolar

La ley 8195 obliga al Ministerio de Educación Pública a celebrar el 16 de noviembre el Día Internacional de la Tolerancia en todas las escuelas del país.

Título oficial INCORPORACION AL CALENDARIO ESCOLAR DE LA CELEBRACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA TOLERANCIA

A quién le toca

  • El Ministerio de Educación Pública debe aplicar la ley.
  • Las escuelas del país son el lugar donde se celebra y divulga el 16 de noviembre.
  • Los estudiantes reciben formación en tolerancia según el texto.

A quién beneficia

  • Los estudiantes tienen una fecha fija en el calendario escolar dedicada a la tolerancia.
  • La celebración se divulga en todas las escuelas del país.

Qué cambia

  • La fecha queda fija cada 16 de noviembre.
  • La ley no fija montos, multas ni plazos de implementación.
  • SINALEVI no registra observaciones de la Procuraduría.

La explicación completa

Qué cambia

La ley 8195 manda al Ministerio de Educación Pública (MEP) a meter en el calendario escolar la celebración del Día Internacional de la Tolerancia (art. 1). El propósito que fija el texto es educar a los estudiantes en un concepto amplio de tolerancia.

La fecha es fija: el 16 de noviembre de cada año (art. 2). La ley autoriza al MEP a celebrar y divulgar ese día en todas las escuelas del país. El texto atribuye la fecha a la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La aplicación de la ley le corresponde al MEP (art. 3). La ley rige desde su publicación.

El texto no fija montos, multas ni plazos de implementación. Tampoco dice cómo debe ser el acto en cada escuela.

A quién le toca

Al Ministerio de Educación Pública le toca aplicar la ley (art. 3). También le toca celebrar y divulgar la fecha en todas las escuelas (art. 2).

A los estudiantes les toca recibir esa formación. La ley habla de educarlos en un concepto amplio de tolerancia (art. 1).

A las escuelas del país les toca ser el lugar donde se celebra y divulga el 16 de noviembre (art. 2).

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 2.

SINALEVI no anota observaciones de la Procuraduría General de la República sobre esta ley 2.

El texto que muestra SINALEVI es el mismo que se aprobó. No hay una versión anterior distinta que comparar 2.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y la Constitución del dossier.

El artículo 1 de la Constitución define a Costa Rica como una República "multiétnica y pluricultural" Constitución, art. 1. La ley usa esas mismas palabras para justificar la enseñanza de la tolerancia (art. 1). Ahí calzan.

El artículo 78 dice que la educación preescolar, general básica y diversificada son obligatorias Constitución, art. 78. La ley trabaja dentro de ese sistema educativo público (art. 1).

El artículo 79 garantiza la libertad de enseñanza Constitución, art. 79. La ley no obliga a los centros privados; habla de las escuelas del país y de la aplicación por el MEP (art. 2) (art. 3).

El artículo 121 inciso 1 da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes Constitución, art. 121. Esta ley salió de la Asamblea Legislativa (art. 1).

El artículo 140 inciso 3 pone en manos del Presidente y del Ministro respectivo sancionar, promulgar y ejecutar las leyes Constitución, art. 140. La aplicación de esta ley queda en el MEP (art. 3).

Qué puede hacer usted

Si un acto concreto del MEP o de una escuela viola un derecho suyo o de un estudiante, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo guía, p. 22.

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación.

En el escrito debe poner con claridad el hecho o la omisión, el derecho que considera violado y el nombre del servidor u órgano autor guía, p. 23. No hace falta citar la norma constitucional infringida.

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No se necesita ese caso pendiente cuando se defienden intereses difusos o colectivos.

Si el problema es el mal funcionamiento del servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.

Si lo que quiere es cambiar la ley, existe la iniciativa popular. El proyecto debe tramitarse por los procedimientos legislativos ordinarios guía, p. 26. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa da asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas escuelas celebraron la fecha ni desde qué año se aplica.

El dossier no incluye el decreto o reglamento del MEP que detalle cómo se hace el acto en cada escuela.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 8195 y los artículos de la Constitución del dossier. La ley usa el mismo lenguaje de sociedad multiétnica y pluricultural del artículo 1 y trabaja dentro del sistema educativo público del artículo 78.

  1. Constitución, art. 1"Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural."
    Esta ley, art. 1"con el propósito de educar y formar a los estudiantes dentro de un concepto amplio de tolerancia, fundamentado en una auténtica convivencia y en la formación de actitudes diferentes, valores diversos y opciones alternas dentro de la diversidad existente en una sociedad multiétnica y pluricultural."

    Sin choque aparente La Constitución describe al país como multiétnico y pluricultural. La ley usa esas mismas palabras para justificar la enseñanza de la tolerancia. Calzan.

  2. Constitución, art. 78"La educación preescolar , general básica y diversificada son obligatorias y, en el sistema público , gratuitas y costeadas por la Nación ."
    Esta ley, art. 1"El Ministerio de Educación Pública (MEP) incorporará al calendario escolar la celebración del Día Internacional de la Tolerancia"

    Sin choque aparente La ley trabaja dentro del sistema educativo público que la Constitución declara obligatorio. No crea un sistema aparte.

  3. Constitución, art. 79"Se garantiza la libertad de enseñanza. No obstante, todo centro docente privado estará bajo la inspección del Estado."
    Esta ley, art. 2"Autorízase al MEP para celebrar y divulgar en todas las escuelas del país el Día Internacional de la Tolerancia, el 16 de noviembre de cada año"

    Sin choque aparente La ley habla de las escuelas del país y de la aplicación por el MEP. No impone una obligación directa a los centros privados. El Censo no ve choque con la libertad de enseñanza.

  4. Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones;"
    Esta ley, art. 1"LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA decreta:"

    Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes. Esta ley salió de la Asamblea Legislativa.

  5. Constitución, art. 140"Sancionar y promulgar las leyes, reglamentarlas, ejecutarlas y velar por su exacto cumplimiento;"
    Esta ley, art. 3"La aplicación de esta Ley le corresponderá al MEP."

    Sin choque aparente La Constitución pone en manos del Presidente y del Ministro respectivo ejecutar las leyes. La ley encarga la aplicación al MEP, que es parte del Poder Ejecutivo. Calzan.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 8195: INCORPORACION AL CALENDARIO ESCOLAR DE LA CELEBRACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA TOLERANCIA Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 8195 en SINALEVI: Incorporación al Calendario Escolar de la Celebración del Día Internacional de la Tolerancia (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 18/12/2001
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 8195

Incorporación al Calendario Escolar de la Celebración del Día Internacional de la Tolerancia

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8195

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

decreta:

INCORPORACIÓN AL CALENDARIO ESCOLAR DE LA

CELEBRACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA TOLERANCIA

Artículo 1°—El Ministerio de Educación Pública (MEP) incorporará al calendario escolar la celebración del Día Internacional de la Tolerancia, con el propósito de educar y formar a los estudiantes dentro de un concepto amplio de tolerancia, fundamentado en una auténtica convivencia y en la formación de actitudes diferentes, valores diversos y opciones alternas dentro de la diversidad existente en una sociedad multiétnica y pluricultural.

Artículo 2°—Autorízase al MEP para celebrar y divulgar en todas las escuelas del país el Día Internacional de la Tolerancia, el 16 de noviembre de cada año, así declarado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Artículo 3°—La aplicación de esta Ley le corresponderá al MEP.

Rige a partir de su publicación.

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