Costa Rica aprobó un préstamo de 400 mil florines para su embajada en La Haya
La ley 8240 aprueba el crédito con ABN AMRO para comprar la sede de la embajada en Países Bajos, con garantía del Banco Central y del Estado.
Título oficial APROBACIÓN DEL EMPRÉSTITO CONTRATADO POR EL GOBIERNO CENTRAL Y EL ABN AMRO BANK PARA ADQUIRIR LA SEDE DE LA EMBAJADA DE COSTA RICA EN LA HAYA, PAISES BAJOS
Atención: El artículo 2 traslada al Estado costarricense una garantía de NLG 400.000,00 sin fijar un techo en colones ni la partida de donde saldría el pago.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
Alguien queda pagando algo que el título no menciona.
A quién le sirve: Estado costarricense y contribuyentes
El artículo 2 asigna al Estado la garantía de NLG 400.000,00, pero el texto no dice de qué partida presupuestaria saldría el pago ni cómo se cubriría un incumplimiento.
debe considerarse que, en lo referente a garantías y estipulaciones establecidas en el contrato de crédito, la garantía de NLG 400.000,00 le corresponderá al Estado costarricense.
2, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- El Estado costarricense asume la garantía de NLG 400.000,00 según el artículo 2
- El Banco Central de Costa Rica dio una garantía de NLG 400.000,00 por 20 años desde marzo de 1999
- La República de Costa Rica debe pagar 240 cuotas mensuales de NLG 2.751,55
- El Ministerio de Relaciones Exteriores emitió la traducción oficial del contrato
A quién beneficia
- Costa Rica adquiere el edificio de su embajada en La Haya con un préstamo a 20 años
- El contrato queda sujeto a la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas según el artículo 3
Qué cambia
- La garantía del Estado puede convertirse en gasto público si Costa Rica no paga el crédito
- La tasa de interés se fija de nuevo el 1 de marzo del 2004, lo que puede cambiar las cuotas
- El préstamo se pactó en florines neerlandeses, una moneda que ya no circula
La explicación completa
Qué cambia
La ley 8240 aprueba un préstamo que Costa Rica firmó con el ABN AMRO Bank para comprar el edificio de su embajada en La Haya. El monto es de NLG 400.000,00, es decir, 400 mil florines neerlandeses (art. 1).
El préstamo se pactó a 20 años. Se paga en 240 cuotas mensuales de NLG 2.751,55 cada una, que incluyen principal e intereses (art. 1).
La tasa de interés es de 5,5% anual. Además hay una comisión inicial de NLG 4.000,00 (art. 1).
El desembolso debía hacerse a más tardar el 1 de marzo de 1999. La primera cuota vencía el 1 de abril de 1999. La tasa se fija de nuevo el 1 de marzo del 2004 (art. 1).
El contrato se firmó en La Haya el 8 de febrero de 1999 (art. 1).
La garantía es una hipoteca renovable de NLG 400.000, más 40% de intereses y costos, sobre la propiedad en Laan Copes van Cattenburch 46, en La Haya (art. 1).
También hay una garantía de NLG 400.000,00 del Banco Central de Costa Rica, válida por 20 años a partir de marzo de 1999 (art. 1).
El artículo 2 aclara que, por la renegociación, la garantía de NLG 400.000,00 le corresponde al Estado costarricense (art. 2).
El artículo 3 dice que el contrato queda sujeto a las normas de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas, Ley Nº 3394, de 24 de setiembre de 1964. Eso aplica al fuero diplomático que protege a Costa Rica frente a otros Estados (art. 3).
La ley rige desde su publicación, el 18 de abril del 2002 (art. 3).
A quién le toca
Al Estado costarricense, que asume la garantía de NLG 400.000,00 según el artículo 2 (art. 2).
Al Banco Central de Costa Rica, que dio una garantía de NLG 400.000,00 válida por 20 años desde marzo de 1999 (art. 1).
A la República de Costa Rica como prestataria del crédito, con la obligación de pagar 240 cuotas mensuales de NLG 2.751,55 (art. 1).
Al Ministerio de Relaciones Exteriores, que emitió la traducción oficial del contrato por medio de la traductora Norma Sáenz Carbonell (art. 1).
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley 8240 sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no anota observaciones de la Procuraduría 2.
El texto consolidado que publica SINALEVI es el mismo que se aprobó. No hay una versión distinta que mostrar 2.
La Ley 3394, la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas que menciona el artículo 3, también sigue vigente 3.
Frente a la Constitución
El artículo 121 de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la atribución de dictar las leyes Constitución, art. 121. La aprobación de este empréstito por ley calza con esa atribución.
El artículo 140, inciso 10, permite al Presidente y al Ministro de Gobierno celebrar convenios y tratados, y ejecutarlos una vez aprobados por la Asamblea Legislativa Constitución, art. 140. El contrato de crédito pasó por aprobación legislativa, así que sigue ese camino.
El artículo 180 dice que el presupuesto es el límite para usar los recursos del Estado y que solo se modifica por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo Constitución, art. 180. La garantía del Estado que fija el artículo 2 toca fondos públicos, y la ley que la respalda existe.
El artículo 18 dice que los costarricenses deben contribuir para los gastos públicos Constitución, art. 18. La garantía estatal puede terminar en gasto público si Costa Rica no paga.
El Censo no encontró un choque directo entre el texto de la ley 8240 y los artículos revisados de la Constitución. La duda estaría en el alcance de la garantía del Estado y del Banco Central, porque el texto no fija un techo en colones ni explica cómo se cubriría un incumplimiento.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto del Estado viola un derecho suyo por este crédito o su garantía, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.
El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22.
El recurso se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos guía, p. 22.
Si considera que la ley 8240 choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.
La acción de inconstitucionalidad requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se trate de intereses difusos guía, p. 24.
Puede denunciar ante la Contraloría General de la República un hecho que se presuma irregular en el manejo de recursos públicos. La denuncia se presenta en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025 guía, p. 68.
También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le da mal servicio o actúa de forma irregular. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja guía, p. 71.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto se pagó en total por el préstamo ni cuánto falta por pagar.
El dossier no indica si la embajada sigue en el edificio de Laan Copes van Cattenburch 46.
El dossier no explica cómo se ejecutó la garantía del Estado ni si el Banco Central tuvo que pagar algo.
El dossier no trae el texto original en inglés del contrato, solo la traducción oficial.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
La aprobación legislativa del empréstito calza con las atribuciones de la Asamblea y del Poder Ejecutivo. La duda está en el alcance de la garantía estatal, que el texto no limita en colones.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones;"
Esta ley, art. 1"Apruébase, en todos los extremos, el empréstito contratado por el Gobierno Central de la República de Costa Rica y el ABN AMRO BANK."
Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea la potestad de dictar leyes. La ley 8240 es una ley que aprueba el contrato, así que entra en esa atribución.
Constitución, art. 140"Celebrar convenios, tratados públicos y concordatos, promulgarlos y ejecutarlos una vez aprobados por la Asamblea Legislativa o por una Asamblea Constituyente, cuando dicha aprobación la exija esta Constitución."
Esta ley, art. 1"Apruébase, en todos los extremos, el empréstito contratado por el Gobierno Central de la República de Costa Rica y el ABN AMRO BANK."
Sin choque aparente El Poder Ejecutivo firmó el contrato y la Asamblea lo aprobó por ley. Ese es el camino que pide la Constitución.
Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo."
Esta ley, art. 2"debe considerarse que, en lo referente a garantías y estipulaciones establecidas en el contrato de crédito, la garantía de NLG 400.000,00 le corresponderá al Estado costarricense."
Hay dudas La garantía estatal compromete recursos públicos. El texto no fija un techo en colones ni dice de qué partida saldría el pago si hay incumplimiento. Eso deja una duda sobre el control presupuestario.
Constitución, art. 18"Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos."
Esta ley, art. 2"debe considerarse que, en lo referente a garantías y estipulaciones establecidas en el contrato de crédito, la garantía de NLG 400.000,00 le corresponderá al Estado costarricense."
Hay dudas Si el Estado tiene que pagar la garantía, ese dinero sale de los gastos públicos que cubren los costarricenses. La ley no detalla cómo se haría ese pago.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 8240: APROBACIÓN DEL EMPRÉSTITO CONTRATADO POR EL GOBIERNO CENTRAL Y EL ABN AMRO BANK PARA ADQUIRIR LA SEDE DE LA EMBAJADA DE COSTA RICA EN LA HAYA, PAISES BAJOS
- Ley 8240 en SINALEVI: Aprobación del Emprésito Contratado por el Gobierno Central y el ABN AMRO BANK para adquirir la sede de la Embajada de Costa Rica en la Haya, Holanda (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Ley 3394: Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (Vigente)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 8240
Aprobación del Emprésito Contratado por el Gobierno Central y el ABN AMRO BANK para adquirir la sede de la Embajada de Costa Rica en la Haya, Holanda
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Nº 8240
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL EMPRÉSTITO CONTRATADO POR EL GOBIERNO CENTRAL Y EL ABN AMRO BANK PARA ADQUIRIR LA SEDE DE LA EMBAJADA DE COSTA RICA EN LA HAYA, PAÍSES BAJOS
Artículo 1.—Apruébase, en todos los extremos, el empréstito contratado por el Gobierno Central de la República de Costa Rica y el ABN AMRO BANK. El texto es el siguiente
"APROBACIÓN DEL EMPRÉSTITO CONTRATADO POR EL GOBIERNO CENTRAL PARA ADQUIRIR LA SEDE DE LA EMBAJADA DE COSTA RICA EN LA HAYA, PAÍSES BAJOS
Yo, Norma Sáenz Carbonell, cédula de identidad número 1-515-087, Traductora Oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores, nombrada por acuerdo No. 51 del 26 de enero de 1984, CERTIFICO POR ESTE MEDIO: que el documento adjunto a traducir en idioma español dice lo siguiente:
Contrato de Crédito
Los subscritos
-
La República de Costa Rica, establecida en La Haya, a la que en lo sucesivo se hará referencia como "la Prestataria"
-
ABN AMRO Bank N. V., con su oficina registrada en Amsterdam, los Países Bajos, al que en lo sucesivo se hará referencia como "ABN AMRO"...................................
han acordado lo siguiente:.............................
De conformidad con la información suministrada a ABN AMRO, se le otorga a la Prestataria un préstamo a 20 años de conformidad con los términos y condiciones, y las tasas y cargos establecidos en este contrato y en su apéndice. El préstamo es otorgado para comprar el edificio en La Haya, en Laan Copes van Cattenburch 46................................
Monto del préstamo: NLG 400.000,00.....................
Desembolso..............................................
En una cantidad, a más tardar el 1° de marzo de 1999.....
Pago del principal......................................
En 240 cuotas mensuales consecutivas, incluyendo tanto principal como intereses.................................
Tasas y cargos.........................................
-
Intereses: 5,5% anual.............................
-
Comisión Inicial: NLG 4.000,00.....................
Tasa fija...............................................
Los intereses y el principal serán pagados en 240 cuotas mensuales consecutivas de NLG 2.751,55 cada una, incluyendo tanto principal como intereses. La primera cuota deberá pagarse el 1 de abril de 1999. La tasa de interés será fijada de nuevo el 1 de marzo del 2004, después de lo cual las cuotas serán calculadas de nuevo de acuerdo a la nueva tasa de interés ......:::........
La comisión inicial será cobrada al desembolsarse el préstamo..............................................
Garantía y estipulaciones..............................
-
Hipoteca renovable de NLG 400.000, más 40% de intereses y costos, sobre la propiedad ubicada en Laan Copes van Catterbuch 46 en La Haya. Se incluirán más detalles en la escritura de hipoteca..........................
-
Garantía de NLG 400.000,00 del Banco Central de Costa Rica, válida por un plazo de 20 años a partir de marzo de 1999.....................................................
Otras disposiciones....................................
- Las Disposiciones Generales sobre Crédito de ABN AMRO que se adjuntan, de fecha enero de 1999, se aplicarán. Al firmar este Contrato de Crédito, la Prestataria declara que ha recibido copia de dichas Disposiciones Generales sobre Crédito y conoce a cabalidad su contenido....................
Firma:....................................
La Haya, 8 de febrero de 1999......................
ABN AMRO Bank N.V..................................
Sucursal (ilegible)................................
(firma ilegible)...................................
La Haya, … de febrero de 1999......................
República de Costa Rica: (firma ilegible).........
En fe de lo cual, expido la presente traducción oficial, del inglés al español, cuyo original comprende dos páginas, y firmo en San José, a los seis días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Agrego y cancelo los timbres de ley.............................
NOTA El texto original en inglés, consta en el expediente...................
Yo, Norma Sáenz Carbonell, cédula de identidad número 1-515-087, Traductora Oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores, nombrada por acuerdo No. 51 del 26 de enero de 1984, CERTIFICO POR ESTE MEDIO: que el documento adjunto a traducir en idioma español dice lo siguiente:......................................
ABN-AMRO Disposiciones Generales de Crédito..........
las cuales consisten en:.............................
I.—Disposiciones generales...........................
II.—Disposiciones generales que rigen los servicios de sobregiro y pasivos contingentes.......................
III.—Disposiciones generales que rigen los préstamos....
(Enero de 1999).........................................................................................
I.—Disposiciones generales..........................
- Definiciones......................................
En estas Disposiciones Generales del ABN AMRO, las siguientes expresiones tendrán los siguientes significados:..
"Prestatario" significará la persona o personas físicas o jurídicas, tanto conjunta como individualmente,
a quien se les ha otorgado o se les otorgará crédito;..................
b. "ABN AMRO" significará ABN AMRO Bank N. V.;.......
c. "Contrato de Crédito" significará el contrato subscrito entre el Prestatario y ABN AMRO en el que se ha estipulado que se aplican estas Disposiciones Generales de Crédito de ABN AMRO;.............................
d. "Crédito" significará los servicios de sobregiro y/o los servicios de pasivos contingentes y/o los préstamos otorgados al Prestatario de conformidad con el Contrato de Préstamo...
Disponibilidad.........................................
El Crédito no será puesto a disposición del Prestatario hasta que se hayan suministrado todas las garantías, estipulaciones, documentos e información que se indica en el Contrato de Crédito y se hayan cumplido los demás términos y condiciones estipulados en el Contrato de Crédito en relación con la disponibilidad del Crédito...........................
- Garantía y estipulaciones.......................
3.1 Contratos y prioridad..........................
Cualquier garantía y estipulaciones que se den servirán para garantizar todo el endeudamiento presente del Prestatario con ABN AMRO bajo cualquier título, y serán documentadas usando los contratos que serán determinados por ABN AMRO o en el Contrato de Crédito. Cualquier costo incurrido correrá por cuenta del Prestatario. A menos que se indique otra cosa, las garantías a favor de ABN AMRO deberán tener prioridad sobre otros cargos...............
3.2 Hipoteca..................
Si se da una hipoteca, además de las disposiciones contenidas en la escritura hipotecaria, también se aplicarán los Términos y Condiciones Generales para Hipotecas (Algemene Bepalingen voor Hypotheekstelling). Se creará una garantía hipotecaria con respecto a diferentes propiedades inscritas por medio de hipotecas separadas con respecto a cada propiedad individualmente, en cada caso por el monto completo del principal más intereses y costos...................................
3.3 Revelación......................................
El Prestatario acepta que si hay terceros que han dado garantías o han hecho estipulaciones, ABN AMRO puede darle a los terceros información sobre su posición financiera y hechos relativos al crédito que puedan ser de importancia para los terceros..................
- Varios prestatarios/responsabilidad solidaria.......
Si el Prestatario está compuesto de diferentes personas físicas o jurídicas, cada uno de ellos será solidariamente responsable de manera irrevocable ante ABN AMRO por todo el endeudamiento presente o futuro de cualquiera o todos ellos con ABN AMRO a cuenta del Crédito o por otro motivo, sea como parte de negocios bancarios regulares u otra causa. A menos que se indique otra cosa, las notificaciones y comunicaciones al Prestatario nombrado de primero en el Contrato de Crédito serán consideradas como dadas o hechas a todas las personas solidariamente responsables. Esta disposición no se aplicará si el Prestatario es solidariamente responsable ante ABN AMRO de conformidad con un contrato por separado subscrito al efecto...................
- Garantía negativa.....................
En tanto el Prestatario le deba a ABN AMRO cualquier suma por cualquier motivo que sea, o de alguna manera llegue a adeudarle a ABN AMRO como resultado de obligaciones presentes o futuras, el Prestatario no deberá traspasar ni prometer traspasar los derechos de propiedad a cualquiera de sus activos, excepto cuando tal traspaso forme parte de su negocio regular, ni gravar o prometer gravar todos o cualquiera de sus activos a favor de un tercero, a menos que haya obtenido el consentimiento previo por escrito de ABN AMRO...............................................
- Seguros........................................
El Prestatario deberá en todo momento proporcionar seguros suficientes y adecuados contra los riesgos generales de negocios así como los riesgos específicos que se refieren a su línea de negocios............
- Cláusula de reestructuración (únicamente para compañías)..
El Prestatario deberá notificarle a ABN AMRO sin demora cualquier cambio en la estructura de su compañía y cualquiera de sus subsidiarias o compañías del grupo, incluyendo cambios en la persona o personas de cualquier accionista del Prestatario y cualquiera de sus subsidiarias o compañías del grupo...................
- Costos y gastos.................................
Todos los costos y gastos incurridos en relación con el Contrato de Crédito, incluyendo impuestos que deban ser pagados por ABN AMRO (excluyendo los impuestos sobre utilidades netas) así como cualesquiera costos y gastos razonables incurridos por ABN AMRO en relación con el incumplimiento del Prestatario de cualquiera de sus obligaciones de conformidad con el Contrato de Crédito al momento y de la manera requerida, incluyendo cargos de cobro, honorarios de consultores legales y otros expertos y los costos de los procesos, independientemente de quien los haya entablado, correrán por cuenta del Prestatario y serán pagados por el Prestatario a la primera demanda en ese sentido de ABN AMRO............................
- Información...........................
9.1 Cuentas anuales.............................
El Prestatario deberá enviarle a ABN AMRO dos copias de su balance general, su estado de ganancias y pérdidas y las notas para ellos del año financiero anterior inmediatamente luego de su conclusión, pero en cualquier caso a más tardar seis meses después del cierre de su año financiero..........
9.2 Detalles....................................
El Prestatario deberá suministrarle a ABN AMRO, tanto a la primera demanda de éste como sin que medie solicitud, detalles de su posición financiera y de los eventos de negocios que puedan tener un efecto substancial en su posición financiera........................
- Condiciones generales
Todas las relaciones entre el Prestatario y ABN AMRO se regirán por las Condiciones Generales (Algemene Voorwaarden) de ABN AMRO. Con la firma del Contrato de Crédito, el Prestatario declara que ha recibido copia de dichas Condiciones Generales.........................
II.—Disposiciones generales que rigen los servicios de sobregiro y pasivos contingentes......................
- Servicios............................
1.1 Servicio de sobregiro.....................
Se puede usar un servicio de sobregiro para pedir dinero prestado sobre una cuenta corriente, y si es convenido explícitamente, para adquirir pasivos contingentes con un plazo máximo de un año, tal como los que se deriven de la emisión de garantías, la emisión de cartas de crédito, el descuento de letras y cualquier otro efecto indicado en el Contrato de Crédito..........................
1.2 Servicio de pasivos contingentes...............
Se puede usar un servicio de pasivos contingentes para el efecto indicado en el Contrato de Crédito...........
- Exposición/porción no usada del servicio………
1.1 Servicio de sobregiro.…………………………
El límite de un servicio de sobregiro será siempre reducido en el monto de las obligaciones del Prestatario con ABN AMRO a cuenta de:.…………………….
-
el saldo de débito de la cuenta corriente (incluyendo comisiones e intereses acumulados);…………………….
-
los pasivos contingentes, tales como los que surjan de obligaciones que haya asumido ABN AMRO contra terceros por cuenta y riesgo del Prestatario, a menos que tales obligaciones puedan ser cargadas a un servicio de pasivos contingentes otorgado al Prestatario. Si el Prestatario mantiene diferentes cuentas corrientes, el saldo de débito de la cuenta corriente deberá ser el monto neto de los saldos de débito y crédito combinados (incluyendo comisiones e intereses acumulados) de tales cuentas corrientes. La porción no usada del servicio de sobregiro que quede luego de la deducción de las exposiciones indicadas arriba quedará a disposición del Prestatario.…………………………
2.2 Servicio de pasivos contingentes…………….
El límite de un servicio de pasivos contingentes será siempre reducido en el monto de las obligaciones del Prestatario con ABN AMRO que surjan del uso de tal servicio de crédito, de conformidad con el propósito indicado en el Contrato de Crédito, hasta el grado que tales obligaciones todavía no sean exigibles y pagaderas. La porción no usada del servicio de pasivos contingentes que quede luego de la deducción de las exposiciones indicadas arriba quedará a disposición del Prestatario………………………………………….
- Intereses y comisiones………………………………………….
3.1 Base de cálculo de intereses de débito.…………………….
Al calcular intereses sobre saldos de débito en monedas de la EMU (Unión Monetaria Europea) (las que se entenderá que incluyen el euro) hasta el límite convenido del servicio de sobregiro, ABN AMRO deberá aplicar la Tasa Base del Euro de ABN AMRO. Hasta que haya otra notificación en ese sentido, la Tasa Base del Euro de ABN AMRO será la tasa principal de recompra (la tasa de la Operación Principal de Refinanciamiento) determinada de tiempo en tiempo por el Banco Central Europeo (ECB) más un sobrecargo de intereses sobre el débito, sujeto a la tasa base mínima indicada en el Contrato de Crédito. La Tasa Base del Euro de ABN AMRO deberá ser aumentada en un margen individual indicado en el Contrato de Crédito. Tan pronto como el ECB cambie la tasa de la Operación Principal de Refinanciamiento, o ABN AMRO cambie el sobrecargo de intereses sobre el débito, o altere la composición o el método de cálculo de la Tasa Base del Euro de ABN AMRO, la tasa de intereses sobre el débito deberá ser ajustada según corresponda. Al fijar la Tasa Base del Euro de ABN AMRO, la tasa de la Operación Principal de Refinanciamiento será redondeada al 0.10% más cercano. Las tasas que terminen con exactamente 0.05% serán redondeadas hacia arriba.…………………….
ABN AMRO deberá anunciar los cargos en el sobrecargo de intereses sobre el débito así como cualquier alteración en la composición o el método de cálculo de la Tasa Base del Euro de ABN AMRO en por lo menos tres periódicos diarios nacionales con una gran circulación en los Países Bajos. Los intereses sobre saldos de débito en monedas no EMU serán pagados a una tasa que será determinada por ABN AMRO……
3.2 Intereses sobre sobregiros que superen el límite convenido……………………..
Sin prejuicio de las disposiciones del inciso 2.1 anterior, una compensación que deberá ser determinada por ABN AMRO deberá ser pagada con respecto al monto por el cual el saldo de débito del Prestatario supere el límite del servicio de sobregiro…………………………………………………
3.3 Pago de comisiones e intereses sobre el débito……….
Las comisiones e intereses sobre el débito que deban ser pagados por el Prestatario serán cargados a su cuenta corriente de la siguiente manera:……………………………………
-
los intereses sobre el débito cada trimestre;…………..
-
las comisiones en los momentos que sean especificados por ABN AMRO…………………………………………..
Si el Prestatario mantiene diferentes cuentas corrientes con ABN AMRO, ABN AMRO tendrá el derecho a cargar las comisiones e intereses sobre débito a una de estas cuentas..
- Cancelación…………………………………………………….
Tanto el Prestatario como ABN AMRO pueden cancelar un servicio de sobregiro o un servicio de pasivos contingentes en cualquier momento………………………………………………………
III.—Disposiciones generales que rigen los préstamos………
- Disponibilidad……………………………………………………
Lo siguiente se aplicará además de las disposiciones del punto 2 de las Disposiciones Generales:………………….
-
ABN AMRO no estará obligado a poner a disposición el monto del préstamo si se produce cualquiera de los eventos mencionados en el punto 5 siguiente;…………………………
-
Si el monto del préstamo no es o no ha sido girado en su totalidad para la última fecha de giro convenida, ABN AMRO, a su discreción y sin haber recibido instrucciones adicionales del Prestatario, estará facultado para poner la porción no girada del préstamo a disposición del Prestatario en esa fecha.……………………………………
-
Cálculo de intereses…..………………………
Los intereses serán calculados de acuerdo a un año de 360 días y el número efectivo de días transcurridos en cualquier mes
- Nueva fijación de intereses.……………………
3.1 Si se ha convenido en una tasa fija de interés, ABN AMRO, a más tardar dos semanas antes de una fecha de nueva fijación de la tasa de interés convenida, deberá notificarle al Prestatario por escrito la tasa de interés propuesta –fija o variable- para el siguiente período de tasa fija, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el inciso 3.3 abajo. Deberá llegarse a un acuerdo a más tardar una semana antes de la fecha de nueva fijación de la tasa de interés. Si el Prestatario no respondiese a dicha notificación de ABN AMRO a más tardar una semana antes de la fecha de nueva fijación de la tasa de interés, se considerará que el Prestatario ha optado por la tasa de interés aplicable al período de tasa fija más corto que se indique en dicha notificación. Si ABN AMRO no diese dicha notificación dentro del período indicado, quedará en libertad sin embargo de hacerlo en fecha posterior. ABN AMRO deberá entonces ofrecerle al Prestatario la tasa de interés que hubiese sido publicada de acuerdo a sus tasas de interés prevalecientes si tal notificación hubiese sido dada a tiempo, o, en caso de que hubiese sido más baja, la tasa de interés que pueda publicar de acuerdo a sus tasas de interés prevalecientes al momento de tal notificación posterior. Deberá llegarse a un acuerdo sobre la tasa de interés dentro de las dos semanas siguientes al recibo por parte del Prestatario de tal notificación de ABN AMRO.……………………………
3.2 Si se ha convenido en una tasa de interés variable, la tasa de interés aceptada por el Prestatario durante los primeros dos meses de un trimestre calendario se aplicará hasta el primer día del trimestre calendario siguiente, y la tasa de interés aceptada por el Prestatario durante el tercer mes de un trimestre calendario se aplicará hasta el primer día del segundo trimestre calendario siguiente. A partir de allí, esta tasa de interés, o la tasa de interés fijada de nuevo posteriormente, de conformidad con las siguientes disposiciones, deberá aplicarse siempre por un período de tres meses. Durante el resto del plazo del préstamo, ABN AMRO deberá fijar de nuevo la tasa de interés cuando, en su opinión, con respecto a eventos en los mercados de capitales y de dinero, la tasa de interés al quinceavo día calendario en el tercer mes de cualquier trimestre calendario, o si ABN AMRO no está abierto para negocios en ese día, la tasa de interés del día anterior, se diferencie un 0.25% o más de la tasa de interés aplicable en ese momento de conformidad con el Contrato de Crédito. La tasa de interés así fijada deberá surtir efectos a partir del primer día del siguiente trimestre calendario. ABN AMRO deberá notificarle tal nueva fijación al Prestatario por escrito por lo menos once días antes del primer día del trimestre calendario. Si el Prestatario no está de acuerdo con la tasa de interés fijada, el Prestatario deberá informárselo a ABN AMRO a más tardar una semana antes de la fecha de fijación de la tasa de interés. Si el Prestatario no responde a la notificación por escrito de ABN AMRO a más tardar una semana antes de la fecha de fijación de la tasa de interés, se considerará que el Prestatario ha aceptado la tasa de interés comunicada. Si el Prestatario así lo solicitará a más tardar dos semanas antes del primer día del siguiente trimestre calendario o en la fijación de la tasa de interés, ABN AMRO deberá convertir, a partir del primer día del trimestre calendario posterior, tal préstamo con tasa variable a un préstamo con tasa fija, a la tasa de interés de ABN AMRO que esté vigente en ese momento
3.3 Si un préstamo no es denominado en una moneda de la EMU (las que se entenderá que incluyen el euro), el Prestatario deberá hacer contacto con ABN AMRO por teléfono antes de las 10,00 a.m. (hora de Amsterdam) dos días hábiles antes de la fecha convenida de nueva fijación de la tasa de interés. Día hábil significará un día en el que las instituciones bancarias en los Países Bajos y en el país donde la moneda en la que el préstamo está denominado es la unidad nacional, están abiertas para hacer negocios. Durante o inmediatamente después de tal llamada telefónica, ABN AMRO deberá estipular la tasa de interés para el período posterior con una tasa fija. Si ABN AMRO y el Prestatario no llegan a un acuerdo, ABN AMRO deberá confirmar la tasa de interés al Prestatario por escrito. Si el Prestatario no hiciese contacto con ABN AMRO antes de la hora indicada arriba, ABN AMRO tendrá el derecho de volver a fijar la tasa de interés por un período de tasa fija de un año.……………………………………….
3.4 Si ABN AMRO y el Prestatario no llegan a un acuerdo o se considera que no han llegado a un acuerdo sobre la tasa de interés para el siguiente período de tasa fija así como sobre la duración de tal período, el Prestatario estará obligado en tal fecha de fijación de la tasa de interés a pagar todas las sumas debidas a ABN AMRO de conformidad con el Contrato de Crédito. El Prestatario no será responsable de pagar una compensación por las pérdidas sufridas y los ingresos perdidos con respecto a tal pago anticipado.……………………
3.5 Con la expiración de un período de no menos de tres meses a partir de la fecha del Contrato de Crédito, ABN AMRO, independientemente de las disposiciones anteriores, tendrá derecho a su discreción a volver a fijar la tasa de interés convenida si:…………………………………
a. el costo para ABN AMRO de financiar o continuar financiando el préstamo está por encima del nivel al momento en que el Contrato de Crédito fue celebrado; y…………
b. tal aumento es consecuencia de restricciones de crédito, cambios en los requisitos para que el capital sea adecuado o en otras reglas y reglamentos (incluyendo pautas, cuya observancia es solicitada) del banco central de los Países Bajos o de las autoridades monetarias holandesas, extranjeras o internacionales…………
- Pago anticipado.……………………
4.1 Si un préstamo es denominado en una moneda de la EMU (las que se entenderá que incluyen el euro), el Prestatario tendrá derecho a hacer pagos anticipados sin compensación por pérdidas sufridas o ingresos perdidos, siempre y cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:……………………
a. el Prestatario le ha dado a ABN AMRO una notificación previa con por lo menos un mes de anticipación por medio de carta registrada, indicando el monto y la fecha del pago anticipado propuesto;……………………………………..
b. el pago anticipado deberá coincidir con una fecha de pago contractual o con una fecha de pago de intereses convenida
c. el monto pagado anticipadamente será de por lo menos EUR 500 (o su equivalente en cualquier otra moneda de la EMU, cuando corresponda), sujeto a un máximo en cualquier año calendario de un 5% del monto original de principal del préstamo;…………………………………….
d. el Prestatario deberá demostrar a satisfacción de ABN AMRO que está haciendo tal pago anticipado con sus propios recursos. En todos los demás casos, el Prestatario deberá pagar una compensación según lo determinado de conformidad con las disposiciones del siguiente punto 4.2……….
4.2 Si el Prestatario desea hacer un pago anticipado de una manera diferente a la indicada en el punto 4.1, o por un monto superior al allí indicado, deberá pagarle a ABN AMRO una compensación por las pérdidas sufridas y los ingresos perdidos junto con tal pago anticipado. En caso de que sea aplicable una tasa de interés variable, esta compensación será de un 1% del monto pagado con anticipación, de una manera que no sea la convenida o que supere el máximo convenido. En caso de que sea aplicable una tasa de interés fija, esta compensación será la diferencia entre:……
a. la suma total de los valores actuales de los pagos de intereses que, de conformidad con el Contrato de Crédito, ABN AMRO hubiese recibido con respecto al monto previamente pagado de una manera que no sea la convenida o que supere el máximo convenido en el período desde la fecha de pago previo y hasta la fecha del pago final o la siguiente fecha de fijación de la tasa de interés (lo que suceda primero) si tal pago previo no se hubiera hecho;………………
b. la suma total de los valores actuales de los pagos de intereses que ABN AMRO podría recibir sobre préstamos interbancarios en los que el monto del principal sea comparable al monto previamente pagado de una manera que no sea la convenida o que supere el máximo convenido; y en los que el plazo sea comparable al período al que se hace referencia en el inciso 4.2 a. de este documento,…………..
pero en cualquier evento de no menos de un 1% del monto previamente pagado de una manera que no sea la convenida o que supere el máximo convenido. El valor actual de los pagos de intereses serán calculados a la tasa interbancaria aplicable en la fecha del pago anticipado. ABN AMRO deberá dar notificación con la suficiente anticipación al Prestatario sobre el monto de la compensación…………….
4.3 Al dar notificación de un pago anticipado propuesto, el Prestatario estará obligado a hacer tal pago anticipado……
4.4 Los pagos anticipados serán aplicados a la reducción de los pagos contractuales en orden inverso al de sus fechas de vencimiento.……………………
4.5 Si el préstamo es pagado mediante pago de cuotas con un componente de intereses que se va reduciendo y un componente de principal que va aumentando, ABN AMRO deberá fijar de nuevo el plazo restante del préstamo, de manera tal que en el grado de lo posible las cuotas originales sigan siendo las mismas.……………………
- Eventos de incumplimiento.……………………
5.1 El saldo pendiente de pago o el monto del principal del préstamo junto con los intereses acumulados y cualquier otra suma que deba pagar el Prestatario de conformidad con el Contrato de Préstamo será pagadera de inmediato a ABN AMRO en su totalidad sin que se requiera demanda de pago o notificación de incumplimiento:……………………
a. si el Prestatario no cumple o satisface, al momento y de la manera requeridos, cualquier obligación con ABN AMRO, sea derivada del Contrato de Crédito o de otra manera;
b. si el Prestatario no cumple o satisface, al momento y de la manera requeridos, cualquier obligación de conformidad con cualquier otro préstamo o arreglo de financiamiento con terceros o cualquier garantía con terceros;……………………
c. si el Prestatario decide dejar de practicar su profesión o manejar su negocio, descontinuar, vender, arrendar o traspasar la propiedad de todo o parte de su negocio o práctica, o es suspendido, removido o despedido de su profesión, oficina o función; si una licencia, un permiso o una inscripción que el Prestatario necesita para practicar su profesión o manejar su negocio vence o es rechazada o retirada; si la naturaleza de la profesión o el negocio del Prestatario en opinión de ABN AMRO es modificada de manera substancial; si el Prestatario decide trasladar al extranjero la práctica de su profesión o la operación de su negocio; si el Prestatario actúa de manera contraria a regulaciones legales con respecto a su profesión o negocio; si el Prestatario deja de perseguir los objetivos corporativos actuales indicados en la escritura constitutiva y estatutos o pierde su condición legal;……………………
d. si el contrato de sociedad (maatschaps of vennootschapscontract) se da por terminado, o si llega o se va uno o más socios, o si hay una disolución o liquidación (liquidatie) o una decisión o una intención obvia de disolver o liquidar;……………………
e. si el Prestatario muere, le es nombrado un curador o de otra manera pierde su capacidad legal; si traslada su residencia al extranjero, o cambia los términos de su acuerdo prematrimonial, si lo hay, si cualquier régimen de propiedad matrimonial que rija al Prestatario es disuelto; si los activos del Prestatario son colocados en todo o en parte bajo supervisión (bewind);……………………
f. si el Prestatario o uno de sus socios solicita una moratoria u otra posposición judicial de pago de deudas, presenta una petición para ser declarado en quiebra o para su liquidación, es declarado en quiebra o liquidado, propone un arreglo extrajudicial o un arreglo con sus acreedores, o, cuando fuese insolvente, traspasa cualquiera de sus activos a sus acreedores (boedelafstand), o solicita un arreglo de reestructuración de deuda;……………………
g. si la totalidad o, en opinión de ABN AMRO, una parte substancial de los activos del Prestatario es tomada para ejecución o embargada como garantía, y tal embargo no es levantado o rechazado dentro de los 30 días siguientes a haber sido efectuado; si la totalidad o, en opinión de ABN AMRO, una parte substancial de las propiedades del Prestatario es vendida, gravada, expropiada, confiscada, perdida o dañada;……………………
h. si la estructura legal del Prestatario es cambiada y/o el Prestatario se fusiona o se asocia con uno o más terceros o si, en opinión de ABN AMRO, se ha producido un cambio significativo, sea o no como consecuencia del traspaso de acciones, en el control del negocio o la práctica del Prestatario o si la escritura constitutiva o los estatutos o las reglas o reglamentos del Prestatario han sido, en opinión de ABN AMRO, reformadas a un grado significativo;……………………
i. si el Prestatario, sin el consentimiento previo por escrito de ABN AMRO, libera a sus accionistas de la responsabilidad en cuanto a opciones de compra sobre acciones parcialmente pagadas, si compra sus propias acciones, redime sus acciones o hace una distribución de sus reservas, lo que incluirá una decisión o la obvia intención de hacerlo;……………………
j. si se produce cualquiera de las circunstancias mencionadas en los incisos del b. al i. (inclusive) con respecto a cualquier fiador, garante o deudor solidariamente responsable o una persona que le haya proporcionado a ABN AMRO cualquier otro tipo de garantía para el préstamo; si el fiador o el garante cancela o retira un bono de garantía u otra garantía expedida por él a favor de ABN AMRO en representación del Prestatario; si un tercero que ha suministrado o ha prometido suministrarle a ABN AMRO una garantía para el préstamo incumple cualquier obligación con respecto a la garantía suministrada o prometida;……………………
k. si se produce cualquiera de las circunstancias mencionadas en los incisos del b. al i. (inclusive) con respecto a uno o más negocios o compañías que están incluidos en el balance general consolidado del Prestatario, o con respecto a uno o más negocios o compañías que tienen una participación de control en el Prestatario, o si tal negocio o compañía no cumple cualquier obligación con ABN AMRO en relación con los servicios de crédito y/o garantía otorgados por ABN AMRO;………………
l. (en el caso de una hipoteca sobre cualquier propiedad inscrita a la que no se haga referencia en el inciso m. abajo) si la totalidad o cualquier parte de la propiedad hipotecada es embargada, expropiada, declarada inadecuada para ocupación, registrada como un monumento nacional, redividida (opneming in rullverkaveling), demolida, perdida o dañada, si un derecho arrendatario (erfpachtsrecht), un derecho a un edificio (opstalrecht) o un derecho a usar un apartamento (gebrulksrecht van het appartement) es perdido, terminado o cancelado en todo o en parte, si las condiciones que rigen un derecho arrendatario o un derecho a un edificio son alteradas; la subdivisión (splitsing) de la propiedad hipotecada se da por terminada o se reforma la escritura o las regulaciones correspondientes; si el tenedor del derecho arrendatario o el derecho al edificio no cumple o actúa de manera contraria a las disposiciones legales con respecto a las condiciones que rigen tal derecho, si el propietario u ocupante de un apartamento no cumple o actúa de manera contraria a las disposiciones legales con respecto al derecho a usar un apartamento o a cualquier disposición contenida en el contrato para subdivisión o las regulaciones;……………………
m. (en el caso de una hipoteca sobre un barco) si la totalidad o cualquier porción del barco hipotecado está embargada, o el barco es clasificado en una categoría inferior, pierde su inscripción nacional o la cambia, es requisado, es objeto de abandono, se pierde, es dejado de lado, es separado, naufraga o es dañado;……………………
n. si todos o cualquiera de los bienes, las propiedades y otros activos (goederen) suministrados a ABN AMRO como garantía para el préstamo excluyendo a los que se hace referencia en l. y en m. se pierden, son destruidos o dañados o expiran por cualquier razón que sea;……………………
o. si el Prestatario le ha dado a ABN AMRO información incorrecta o ha retenido información sin dársela a ABN AMRO que se considere significativa en relación con la conclusión del Contrato de Préstamo;……………………
p. si el préstamo no es usado para el propósito para el que fue otorgado, o si, en opinión de ABN AMRO, está claro que el propósito para el que el préstamo fue otorgado no se ha logrado o no se logrará totalmente o a un grado significativo;……………………
q. si cualquier legislación o su interpretación es modificada o se toma una medida gubernamental que afecte o pueda afectar el Contrato de Crédito y/o la garantía suministrada y/o su valor, y la Prestataria y ABN AMRO, dentro de un período razonable que será determinado por ABN AMRO, no llegan a un acuerdo por escrito ajustando las disposiciones del caso y/o la garantía de tal manera que, en opinión de ABN AMRO, la posición de ABN AMRO no se vea negativamente afectada……………………
5.2 El Prestatario deberá notificarle de inmediato a ABN AMRO el acaecimiento de cualquiera de los eventos mencionados en el punto 5.1, incisos b. a n. (inclusive)………
5.3 Si ABN AMRO demanda el pago del préstamo de conformidad con las disposiciones anteriores, el Prestatario deberá pagarle de inmediato a ABN AMRO una compensación en una sola suma por las pérdidas sufridas y los ingresos perdidos. Tal compensación deberá ser pagada con respecto al monto total que debe pagarse y será determinada siguiendo el mismo método y los mismos principios especificados en el punto 4.2. Tal compensación no deberá pagarse si la demanda de pago es el resultado de la muerte del Prestatario……….
- Fechas de vencimiento del pago………………………….
6.1 Si ABN AMRO no ha recibido alguna suma que se le deba de conformidad con el Contrato de Crédito en la fecha de pago convenida, el Prestatario deberá pagarle a ABN AMRO intereses moratorios sobre el monto vencido a partir de la fecha de vencimiento, sin perjuicio de los demás derechos de ABN AMRO. Tales intereses moratorios deberán ser pagados de inmediato. Los montos con relación a los cuales no se hayan estipulado fechas de vencimiento específicas en el Contrato de Crédito deberán ser pagadas para efectos de las disposiciones anteriores en la fecha estipulada por ABN AMRO para pago…
6.2 La tasa de interés moratorio será de tres puntos porcentuales por encima de la tasa de interés contractual anual aplicable al préstamo. Los intereses moratorios serán calculados mensualmente, siendo parte de un mes contado como un mes completo. En cuanto al pago del principal, la tasa de interés moratorio, a partir de la fecha de vencimiento de tal monto de principal, reemplazará la tasa de interés contractual aplicable en ese momento al préstamo…………
- Pagos………………………
7.1 El Prestatario deberá realizar todos los pagos a ABN AMRO sin costo alguno para ABN AMRO y sin ninguna deducción o compensación. Estos pagos deberán hacerse en las fechas de vencimiento de pago en la sucursal de ABN AMRO donde el préstamo es administrado; a menos que ABN AMRO le haya notificado al Prestatario otra dirección para el pago.......
7.2 ABN AMRO tendrá derecho, pero no obligación, a debitar los montos que deban ser pagados por el Prestatario a ABN AMRO de conformidad con el Contrato de Crédito de la cuenta corriente del Prestatario en ABN AMRO en las fechas de vencimiento convenidas. El Prestatario será responsable de asegurar que este débito no supere el monto disponible para pagos y retiros en tal cuenta
7.3 Los pagos serán imputados de la siguiente manera: primero, a los costos y gastos incurridos, segundo, a la compensación por pérdidas sufridas, ingresos perdidos e intereses moratorios, tercero, a derechos, comisiones e intereses, y cuarto, al principal……………….
En fe de lo cual, expido la presente traducción oficial, del inglés al español, cuyo original comprende seis páginas, y firmo en San José, a los dos días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. Agrego y cancelo los timbres de ley……………………………
NOTA: El texto original en inglés consta en el expediente."
Artículo 2º—De conformidad con la documentación oficial que da fe de la renegociación efectuada, debe considerarse que, en lo referente a garantías y estipulaciones establecidas en el contrato de crédito, la garantía de NLG 400.000,00 le corresponderá al Estado costarricense.
Artículo 3º—Interprétase que el contrato de préstamo quedará sujeto a las normas técnicas establecidas en la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas, Ley Nº 3394, de 24 de setiembre de 1964, en relación con el fuero diplomático que protege al Estado costarricense en sus relaciones con terceros Estados.
Rige a partir de su publicación.
Presidencia de la República.- San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil dos.