# Ley 8344: El ICE dona 31 lotes a vecinos de Loaiza de Cachí

- Página: https://elcenso.com/leyes/8344
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA QUE SEGREGUE TERRENOS DE SU PROPIEDAD Y LOS DONE A LOS VECINOS DE LOAIZA DE CACHÍ, EN PARAÍSO DE CARTAGO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50017&param2=53625&param3=1

## En resumen

La ley 8344 autoriza al ICE a separar 31 lotes de su finca y donarlos a 29 vecinos con nombre y a la Asociación de Desarrollo, sin impuestos ni honorarios de notario.

## A quién le toca

- Los 29 vecinos nombrados uno por uno en el artículo 1, que reciben un lote cada uno
- La Asociación de Desarrollo Integral de Loaiza de Cachí, que recibe dos lotes para fines públicos
- El ICE, que separa los lotes y se queda con el resto de la finca
- La Notaría del Estado o el Departamento Legal del ICE, que formalizan las escrituras sin honorarios

## A quién beneficia

- Cada vecino nombrado recibe un lote con su cédula escrita en la ley
- La Asociación de Desarrollo Integral recibe dos lotes para fines públicos
- Las escrituras quedan exentas de impuestos, timbres y derechos de Registro
- Las escrituras quedan exentas del pago de honorarios de notario

## Qué cambia

- El trámite de escrituración no tiene costo de impuestos ni de notario para quien recibe el lote
- La donación queda atada a los nombres y cédulas que el texto escribe, no a un sorteo ni a una lista abierta

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio con nombre y cédula** (1): El artículo 1 no reparte por sorteo ni por lista abierta. Escribe el nombre y la cédula de cada persona que recibe un lote. Texto: "Este lote se adjudicará al señor Oscar Sáenz Segura, cédula Nº 3-252-780."
- **Exención total de impuestos y notario** (2): El artículo 2 exime las escrituras de todo tipo de impuestos, timbres y derechos de Registro, y también del pago de honorarios de notario. Texto: "Las escrituras entregadas al amparo de esta Ley, estarán exentas del pago de todo tipo de impuestos, timbres y derechos de Registro."
- **Lote quince repetido** (1): El artículo 1 lista dos lotes distintos con el mismo número quince y los asigna a dos personas distintas. El texto no aclara cuál es el error. Texto: "Este lote se adjudicará a Ana Lorena Salazar Chinchilla, cédula Nº 3-358-979."

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza al ICE a separar 31 lotes de una finca suya y donarlos. Veintinueve lotes van para vecinos que viven en la Urbanización Loaiza de Cachí. Dos lotes van para fines públicos y se donan a la Asociación de Desarrollo Integral de Loaiza de Cachí, cédula jurídica N° 3-002-078262-24 (art. 1).

La finca madre está en el distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago.

El artículo 1 lista cada lote con su número, sus colindancias, su área y el nombre de la persona que lo recibe.

Después de separar los lotes, el ICE se queda con el resto de la finca.

El artículo 2 exime del pago de todo tipo de impuestos, timbres y derechos de Registro a las escrituras que se entreguen con base en esta ley. También exime del pago de honorarios de notario. La Notaría del Estado o el Departamento Legal del ICE debe formalizar las escrituras ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50017&param2=53625&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50017&param2=53625&param3=1)).

### A quién le toca

A los 29 vecinos nombrados uno por uno en el artículo 1. Cada uno recibe un lote específico con su cédula escrita en el texto (art. 1).

A la Asociación de Desarrollo Integral de Loaiza de Cachí, cédula jurídica N° 3-002-078262-24. Recibe dos lotes para fines públicos (art. 1).

Al ICE. Se le autoriza a separar los lotes y a donarlos, y se queda con el resto de la finca (art. 1).

A la Notaría del Estado o al Departamento Legal del ICE. Les toca formalizar las escrituras sin cobrar honorarios de notario ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50017&param2=53625&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no anota observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50017&param2=53625&param3=1). El texto consolidado que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea, sin reformas ni correcciones posteriores.

### Frente a la Constitución

El artículo 45 de la Constitución protege la propiedad. Dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí el ICE es dueño de la finca y la ley lo autoriza a donar. No hay privación forzosa de un particular, así que el Censo no ve choque en ese punto.

El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa la atribución de "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 8344 es una ley dictada por la Asamblea, así que calza con esa atribución.

El artículo 50 manda que el Estado procure "el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza" ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La donación de lotes a vecinos puede leerse dentro de ese fin. El Censo no encontró un choque directo entre el texto y la Constitución del dossier.

### Qué puede hacer usted

Si usted es uno de los vecinos nombrados y la escritura no aparece, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o el órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación. Si la violación ya cesó, tiene hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

En el escrito debe expresar con claridad el hecho que lo motiva, el derecho que considera violado, el nombre del servidor u órgano autor y las pruebas. No hace falta citar la norma constitucional infringida ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que la ley misma tiene un problema de fondo, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para presentarla necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo. No hace falta ese caso pendiente cuando se defienden intereses difusos o colectivos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos del ICE en este trámite, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa presupuestos de empresas públicas como el ICE ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal institucional ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le falla en este trámite, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por mal funcionamiento de una institución pública ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice en qué fecha se publicó la ley 8344 en La Gaceta.

El dossier no dice si las escrituras ya se firmaron ni en qué estado está cada trámite.

El dossier no explica por qué el lote quince aparece dos veces en la lista, con dos personas distintas (art. 1).

El dossier no aclara el área del lote seis, que el texto escribe como "doscientos catorce once con sesenta y tres decímetros cuadrados" (art. 1).

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre la ley 8344 y los artículos de la Constitución del dossier. La ley autoriza al ICE a donar terrenos propios y la Asamblea tiene atribución para dictar leyes.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor u órgano que aparece como presunto autor del agravio. En el escrito se pone el hecho, el derecho violado, el nombre del autor y las pruebas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea contra leyes que infrinjan alguna norma o principio constitucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Personalmente en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, o por el portal institucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8344: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA QUE SEGREGUE TERRENOS DE SU PROPIEDAD Y LOS DONE A LOS VECINOS DE LOAIZA DE CACHÍ, EN PARAÍSO DE CARTAGO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8344 en SINALEVI: Ley de Autorización al Instituto Costarricense de Electricidad para que segrege terrenos de su propiedad y los done a los vecinos de Loaiza de Cachí en Paraíso de  Cartago. (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 04/02/2003. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50017&param2=53625&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8344

Ley de Autorización al Instituto Costarricense de Electricidad para que segrege terrenos de su propiedad y los done a los vecinos de Loaiza de Cachí en Paraíso de Cartago.

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Nº 8344

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Decreta:

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA QUE
SEGREGUE TERRENOS DE SU PROPIEDAD Y LOS DONE A LOSVECINOS DE LOAIZA DE CACHÍ,EN PARAÍSO
DE CARTAGO.

Artículo 1ºAutorízase al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para
que segregue veintinueve lotes de una finca de su propiedad y los done a los vecinos que
habitan en la Urbanización Loaiza de Cachí; asimismo, para que segregue de la misma
finca, para fines públicos, dos lotes y los done a la Asociación de Desarrollo Integral
de Loaiza de Cachí, cédula jurídica N° 3-002-078262-24, cantón de Paraíso, provincia
de Cartago. La finca madre está inscrita en el Registro Público, provincia de Cartago,
bajo el Sistema de Folio Real matrícula número tres-sesenta y ocho mil trescientos
cincuenta y uno-cero cero cero, situada en el distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso,
provincia de Cartago. Linda al norte con el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE);
al sur con camino público, escuela y otro; al este con el ICE, la Escuela de Loaiza de
Cachí y otro, y al oeste, con el ICE y la Escuela de Loaiza de Cachí; mide: ochenta mil
seiscientos tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Los lotes citados se
describen de la siguiente manera:

1) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote cero, sito en el
distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago. Linda al norte; al
oeste, y al sur con el ICE, y al este con calle pública. Mide: trescientos sesenta y
nueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-ochocientos noventa y siete mil ciento noventa y cuatro-noventa, inscrito desde el 11 de
mayo de 1990. Este lote se adjudicará al señor Oscar Sáenz Segura, cédula Nº
3-252-780.

2) Terreno para construir, identificado como lote uno, sito en el distrito 4°, Cachí,
cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte; al sur, y al oeste con el ICE,
y al este con calle pública. Mide: trescientos cuarenta y siete metros con veintinueve
decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-ochocientos noventa y seis mil
cero diecisiete-noventa, inscrito desde el 7 de mayo de 1990. Este lote se adjudicará a
la señora María Cecilia Rodríguez Araya, cédula Nº 3-135-871.

3) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote dos, sito en el
distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al oeste; al
norte, y al sur con el ICE, y al este con acera. Mide: doscientos setenta y siete metros
con veinte decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-setecientos
veinticuatro mil seiscientos ochenta y tres-dos mil uno, inscrito desde el 26 de julio del
2001. Este lote se adjudicará a María Espedita Machado Machado, cédula Nº 3-094-418.

4) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote tres, sito en el
distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al oeste con el ICE, y al este con calle pública. Mide: doscientos quince metros con
ochenta y ocho decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-ochocientos
noventa y cinco mil quinientos cuarenta-noventa, inscrito desde el 7 de mayo de 1990. Este
lote se adjudicará a Lisímaco Cortés Arbustini, cédula Nº 3-175-402.

5) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote cuatro, sito en el
distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte; y al sur
con el ICE; al este con acera, y al oeste con el ICE y con quebrada sin nombre. Mide:
doscientos veintiún metros con veinticuatro decímetros cuadrados, según el plano
catastrado número C-ochocientos noventa y cinco mil quinientos cuarenta y uno-noventa,
inscrito desde el 7 de mayo del 2001. Este lote se adjudicará a Alberto Vega Araya,
cédula Nº 3-281-376.

6) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote cinco, sito en el
distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte, y al sur
con el ICE; al este con acera, y al oeste con el ICE y quebrada sin nombre. Mide: ciento
noventa y ocho metros con siete decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-ochocientos noventa y siete mil doscientos setenta y seis-noventa, inscrito desde el 14
de mayo de 1990. Este lote se adjudicará a Estrella Badilla Gamboa, cédula Nº
3-152-996.

7) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote seis, sito en el
distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte, y al sur
con el ICE; al este con calle pública, y al oeste con el ICE y quebrada sin nombre. Mide:
doscientos catorce once con sesenta y tres decímetros cuadrados, según el plano
catastrado número C-ochocientos noventa y siete mil doscientos setenta y ocho-noventa,
inscrito desde el 14 de mayo de 1990. Este lote se adjudicará a Jorge Luis Valerín
Valladares, cédula Nº 3-290-668.

8) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote siete, sito en el
distrito 4°, Cachí, cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte, y al sur
con el ICE; al este con calle pública, y al oeste con el ICE y quebrada sin nombre. Mide:
doscientos catorce metros con setenta decímetros cuadrados, según el plano catastrado
número C-ochocientos noventa y ocho mil cero sesenta y dos-noventa, inscrito desde el 16
de mayo de 1990. Este lote se adjudicará a Wálter Machado Segura, cédula Nº 3-289-804.

9) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote ocho, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte con el
ICE y quebrada sin nombre; al sur, y al oeste con el ICE, y al este con acera. Mide:
ciento ochenta metros con diecinueve decímetros cuadrados, según el plano catastrado
número C-ochocientos noventa y ocho mil cero sesenta y uno-noventa, inscrito desde el 16
de mayo de 1990. Este lote se adjudicará a Martín Machado Sandoval, cédula Nº
3-332-899.

10) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote nueve, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte con el
ICE y quebrada sin nombre; al sur, y al oeste con el ICE, y al este con acera. Mide:
doscientos cincuenta y seis metros con veinte decímetros cuadrados, según el plano
catastrado número C-novecientos treinta y siete mil seiscientos catorce-noventa; inscrito
desde el 30 de noviembre de 1990. Este lote se adjudicará a Moisés Machado Cortés,
cédula Nº 3-146-276.

11) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote diez, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte con el
ICE y quebrada sin nombre; al sur, y al oeste con el ICE, y al este con calle pública.
Mide: doscientos veinte metros con setenta decímetros cuadrados, según el plano
catastrado número C-novecientos treinta y siete mil seiscientos quince-noventa, inscrito
desde el 30 de noviembre de 1990. Este lote se adjudicará a José Francisco Céspedes
Arce, cédula Nº 3-135-282.

12) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote once, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte y al sur
con el ICE; al este con calle pública, y al oeste con el ICE y quebrada sin nombre. Mide:
doscientos veintidós metros con veinte decímetros cuadrados, según el plano catastrado
número C-ochocientos noventa y nueve mil doscientos ochenta y nueve-noventa, inscrito
desde el 22 de mayo de 1990. Este lote se adjudicará a Zoila Valladares Valladares,
cédula Nº 3-126-395.

13) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote doce, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte con el
ICE; al sur y este con un solar, y al oeste con calle pública. Mide: seiscientos treinta
y seis metros con treinta y un decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-novecientos seis mil cero setenta y nueve-noventa, inscrito desde el 22 de junio de
1990. Este lote se adjudicará a Juan Valerín Quesada, cédula Nº 3-274-716.

14) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote trece, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte y al sur
con el ICE, y al este y al oeste con calle pública. Mide: cuatrocientos siete metros con
sesenta y seis decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-novecientos
treinta y siete mil novecientos veinticinco-noventa, inscrito desde el 3 de diciembre de
1990. Este lote se adjudicará a Rosaura Boza Sáenz, cédula Nº 3-130-669.

15) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote quince, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte y al sur
con el ICE, y al este y al oeste con calle pública. Mide: quinientos ochenta y un metros
con siete decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-ochenta y un mil
seiscientos veintiocho-noventa y dos, inscrito desde el 9 de noviembre de 1992. Este lote
se adjudicará a Ana Lorena Salazar Chinchilla, cédula Nº 3-358-979.

16) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote quince, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: quinientos sesenta y dos metros
con sesenta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-novecientos
treinta y siete mil novecientos veintiséis-noventa, inscrito desde el 10 de diciembre de
1990. Este lote se adjudicará a José Enrique Salazar Moya, cédula Nº 3-131-167.

17) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote dieciséis, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: trescientos sesenta y ocho
metros con noventa y seis decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-novecientos treinta y siete mil novecientos veintisiete-noventa, inscrito desde el 3 de
diciembre de 1990. Este lote se adjudicará a Gerardo Cortés Segura, cédula Nº
3-190-311.

18) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote diecisiete, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: trescientos dieciséis metros
con cuarenta y cinco decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-setecientos dieciséis mil ochocientos cuarenta y dos-dos mil uno, inscrito desde el 22
de julio del 2001. Este lote se adjudicará a Damaris Solano Moya, cédula Nº 3-199-1383.

19) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote dieciocho, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón al, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: trescientos treinta y siete
metros con noventa y nueve decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-novecientos seis mil cero ochenta-noventa, inscrito desde el 22 de junio de 1990. Este
lote se adjudicará a Antonio Hernández Calderón, cédula Nº 3-193-1172.

20) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote diecinueve, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: doscientos sesenta y cinco
metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-setecientos veinticuatro mil cero veintisiete-dos mil uno, inscrito desde el 6 de agosto
del 2001. Este lote se adjudicará a Maritza Machado Segura, cédula Nº 3-254-926.

21) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veinte, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE, y al oeste con acera. Mide: doscientos sesenta y un metros con
cincuenta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-setecientos
veintiséis mil setecientos veintiocho-dos mil uno, inscrito desde el 6 de agosto del
2001. Este lote se adjudicará a María Isabel Loaiza Barboza, cédula Nº 3-221-354.

22) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veintiuno, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE y al oeste con acera. Mide: doscientos cincuenta y ocho metros con
ochenta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-novecientos mil
novecientos veintitrés-noventa, inscrito desde el 29 de mayo de 1990. Este lote se
adjudicará a Marvin Machado Solano, cédula Nº 3-329-223.

23) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veintidós, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al este con el ICE, y al oeste con acera. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con
doce decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-novecientos treinta y
siete mil novecientos veinticuatro-noventa, inscrito desde el 3 de diciembre de 1990. Este
lote se adjudicará a Bolívar Serrano Segura, cédula Nº 3-129-529.

24) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veintitrés, sito en
el distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al
sur, y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: doscientos treinta y tres
metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-novecientos treinta y siete mil seiscientos doce-noventa, inscrito desde el 30 de
noviembre de 1990. Este lote se adjudicará a Bolívar Sáenz Arce, cédula Nº 3-102-744.

25) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veinticuatro, sito en
el distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al
sur, y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: doscientos veintisiete
metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-ochocientos noventa y nueve mil doscientos noventa-noventa, inscrito desde el 1° de
junio de 1990. Este lote se adjudicará a Álvaro Torres Zúñiga, cédula Nº 3-326-491.

26) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veinticinco, sito en
el distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al
sur, y al este con el ICE, y al oeste con acera. Mide: ciento ochenta y siete metros con
cincuenta y nueve decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-setecientos
veinticinco mil doscientos sesenta y uno-dos mil uno, inscrito desde el 6 de agosto del
2001. Este lote se adjudicará a Katherine Araya Machado, cédula Nº 3-356-188.

27) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veintiséis, sito en
el distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al
sur, y al este con el ICE, y al oeste con calle pública. Mide: ciento ochenta y siete
metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-setecientos veinticinco mil doscientos cincuenta y ocho-dos mil uno, inscrito desde el 6
de agosto del 2001. Este lote se adjudicará a Marcel Céspedes Sáenz, cédula Nº
3-357-780.

28) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veintisiete, sito en
el distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al
sur, y al oeste con el ICE, y al este con calle pública. Mide: doscientos cuarenta y ocho
metros con noventa y dos decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-setecientos veinticuatro mil seiscientos ochenta y dos-dos mil uno, inscrito desde el 26
de julio del 2001. Este lote se adjudicará a Carlos Boza Rodríguez, cédula Nº
3-242-781.

29) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veintiocho, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte; al sur,
y al oeste con el ICE, y al este con acera. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con
noventa y dos decímetros cuadrados, según el plano catastrado número C-setecientos
veinticinco mil doscientos sesenta-dos mil uno, inscrito desde el 6 de agosto del 2001.
Este lote se adjudicará a Julio Serrano Coto, cédula Nº 3-315-386.

30) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote veintinueve, sito en
el distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte, y al
sur con el ICE; al este con acera, y al oeste con la Junta de Educación Escolar de
Loaiza. Mide: trescientos cuarenta y ocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados,
según el plano catastrado número C-setecientos veinticuatro mil cero dieciocho-dos mil
uno, inscrito desde el 6 de agosto del 2001. Este lote se adjudicará a la Asociación de
Desarrollo Integral de Loaiza de Cachí, cédula jurídica Nº 3-002-078262-24.

31) Terreno para construir, con una casa, identificado como lote treinta, sito en el
distrito 4°, Cachí; cantón II, Paraíso; provincia de Cartago; linda al norte, y al
este con el ICE; al sur con espaldón, y al oeste con acera. Mide: ciento setenta y ocho
metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, según el plano catastrado número
C-setecientos veinticinco mil doscientos cincuenta y nueve-dos mil uno, inscrito desde el
6 de agosto del 2001. Este lote se adjudicará a la Asociación de Desarrollo Integral de
Loaiza de Cachí, cédula jurídica Nº 3-002-078262-24.

Una vez segregados los lotes descritos, el ICE se reservará el resto de la finca, que
se describe así: terreno para potrero y charrales; situado en el distrito 4°, Cachí;
cantón II, Paraíso, provincia de Cartago; linda al norte con el ICE; al sur con camino
público, escuela y otro; al este con el ICE, la Escuela de Loaiza de Cachí y otro, y al
oeste con el ICE y la Escuela de Loaiza de Cachí. Mide: setenta y un mil quinientos
sesenta y cinco metros con sesenta y un decímetros cuadrados.



Artículo 2º—Las escrituras entregadas al amparo de esta Ley, estarán exentas del pago de todo tipo de impuestos, timbres y derechos de Registro. La escritura correspondiente estará exenta del pago de honorarios de notario; la Notaría del Estado o el Departamento Legal del ICE deberá proceder a la formalización de las escrituras.

Rige a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8344). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.