# Ley 8358: Moravia regala un lote a la Iglesia para un templo

- Página: https://elcenso.com/leyes/8358
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE MORAVIA PARA QUE TRASPASE A TITULO DE DONACIÓN UN LOTE A LAS TEMPORALIDADES DE LA ARQUIDIÓCESIS DE SAN JOSÉ
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Moravia a donar un terreno de 1 577,86 m2 a la Iglesia católica para construir un templo, sin pagar impuestos de inscripción.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Moravia, que debe traspasar el lote y sacarlo del dominio público.
- Las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, que recibe el terreno para un templo católico.
- La Notaría del Estado, que formaliza la donación.
- Los vecinos de La Trinidad de Moravia, por el cambio de uso del terreno.

## A quién beneficia

- Las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José recibe un lote de 1 577,86 m2 sin pagar impuestos de inscripción ni honorarios.
- La comunidad católica de La Trinidad de Moravia obtiene un terreno para construir su templo.

## Qué cambia

- El terreno deja de ser un bien municipal de uso público.
- El municipio no recibe pago por el lote.
- La donación no paga derechos ni impuestos de inscripción.

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio directo a una organización religiosa** (1): La ley dona un lote municipal a una organización religiosa específica, sin pago y sin impuestos de inscripción. Texto: "Autorízase a la Municipalidad de Moravia para que done el lote de su propiedad inscrito bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 1-460129-000, en el partido de San José; cantón XIV, Moravia; distrito 3°, La Trinidad, a las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, cédula jurídica Nº 3-010-0455158-25."
- **El municipio no recibe pago por el terreno** (1): La ley no prevé indemnización ni compensación para el municipio por el lote que deja de ser bien público. Texto: "Para los efectos de esta Ley, la propiedad por donar se desafecta del uso y dominio públicos."

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Moravia puede regalar un terreno suyo a la Iglesia católica. La Asamblea Legislativa la autorizó a donar el lote inscrito con la matrícula Nº 1-460129-000, en el distrito 3°, La Trinidad, del cantón de Moravia ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

El terreno mide 1 577,86 m2 y es rectangular, para construir. Linda al norte, al este y al oeste con propiedad del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, y al sur con avenida UNEMOPT ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

El beneficiario es las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, cédula jurídica Nº 3-010-0455158-25 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)). El fin es que construya el templo católico para la comunidad.

La ley saca ese terreno del uso y dominio públicos. Es decir, deja de ser un bien municipal de uso general y pasa a manos de la Iglesia ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

La donación no paga derechos ni impuestos de inscripción, ni honorarios. La formaliza la Notaría del Estado ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

La ley rige desde su publicación. Se ejecutó el 24 de junio de 2003 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Moravia, que queda autorizada a traspasar el lote y a sacarlo del dominio público ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

A las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, que recibe el terreno y se compromete a construir un templo católico para la comunidad ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

A la Notaría del Estado, que debe formalizar la donación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

A los vecinos de La Trinidad de Moravia, porque el terreno linda con propiedad del Banco Popular y con avenida UNEMOPT, y el destino del lote cambia ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no le pone observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1).

El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea. No hay una versión distinta que aplicar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier. Hay dudas sobre dos puntos.

La Constitución dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no habla de indemnización porque es una donación, no una expropiación. Queda la duda de si sacar el lote del dominio público sin pago compensa al cantón.

La Constitución también protege la libertad de conciencia y de religión ([Constitución, art. 19](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley destina un bien municipal a un templo católico. Eso podría leerse como un trato preferencial hacia una religión. Es una duda, no una conclusión: la Sala Constitucional no se ha pronunciado en este dossier.

El artículo 170 dice que las corporaciones municipales son autónomas ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Asamblea puede autorizar el traspaso, pero la decisión de donar queda en manos del municipio.

### Qué puede hacer usted

Si cree que la donación viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional. Lo puede hacer cualquier persona, sin abogado, y debe explicar el hecho, el derecho violado y las pruebas ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Necesita un caso pendiente o que se trate de un derecho colectivo ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha que la donación no siguió los procedimientos o que hubo manejo irregular de fondos públicos, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República.

Si cree que la Municipalidad de Heredia no respetó sus derechos, puede acudir a la Defensoría de los Habitantes, que atiende quejas de cualquier persona que viva en Costa Rica ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Qué no dice la ley

La ley no dice cuándo debe construirse el templo ni qué pasa si no se construye.

La ley no menciona indemnización para el municipio por sacar el lote del dominio público.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro, pero hay dudas sobre la falta de indemnización al municipio y sobre el trato preferencial a una religión.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Presente el recurso ante la Sala Constitucional. Explique el hecho, el derecho violado y las pruebas. No necesita abogado. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Preséntela ante la Sala Constitucional. Necesita un caso pendiente o que se trate de un derecho colectivo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en persona, por teléfono al 2523-2000, por correo o por el sitio web de la Contraloría. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Preséntela ante la Defensoría. Puede hacerlo cualquier persona que viva en Costa Rica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8358: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE MORAVIA PARA QUE TRASPASE A TITULO DE DONACIÓN UN LOTE A LAS TEMPORALIDADES DE LA ARQUIDIÓCESIS DE SAN JOSÉ. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8358 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Moravia para que Traspase a Título de Donación un Lote a las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José. (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 24/06/2003. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=50998&param2=54991&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8358

Autorización a la Municipalidad de Moravia para que Traspase a Título de Donación un Lote a las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José.

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Nº 8358

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

PARA QUE TRASPASE A TÍTULO DE DONACIÓN UN LOTE

A LAS TEMPORALIDADES DE LA ARQUIDIÓCESIS DE SAN JOSÉ

Artículo 1º—Autorízase a la Municipalidad de Moravia para que done el lote de su propiedad inscrito bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 1-460129-000, en el partido de San José; cantón XIV, Moravia; distrito 3°, La Trinidad, a las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, cédula jurídica Nº 3-010-0455158-25. El terreno por donar se describe así: es terreno de forma rectangular para construir; linda al norte, al este y al oeste, con propiedad del Banco Popular y de Desarrollo Comunal; y al sur con avenida UNEMOPT. Mide 1 577,86 m2, según el plano catastrado Nº SJ-0339383-1996. El fin de esta donación es que la beneficiaria construya el templo católico para la comunidad. Para los efectos de esta Ley, la propiedad por donar se desafecta del uso y dominio públicos.



Artículo 2º—La donación estará libre del pago de derechos e impuestos de inscripción así como del pago de honorarios. La formalización estará a cargo de la Notaría del Estado, de conformidad con el inciso c) del artículo 3 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Nº 6815, de 27 de setiembre de 1982.

Rige a partir de su publicación.

Comunícase al Poder Ejecutivo

Asamblea Legislativa.—San José, a los dos días del mes de junio del dos mil tres.—Mario Redondo Poveda, Presidente.—Gloria Valerín Rodríguez, Primera Secretaria.—Francisco Sanchún Morán, Segundo Secretario.

Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil tres.

Ejecútese y publíquese

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8358). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.