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Santo Domingo puede donar un terreno para el Liceo del Este

Una ley autoriza a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia a donar una finca de 13 756,87 m2 a la Junta Administrativa del Liceo del Este, en San Miguel, para construir sus instalaciones.

Título oficial AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO DEL ESTE SAN MIGUEL DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA DESTINADO A LA CONSTRUCCION DE SUS INSTALACIONES

A quién le toca

  • La Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, que puede donar la finca (art. único).
  • La Junta Administrativa del Liceo del Este, de San Miguel, que recibe el terreno (art. único).
  • Los estudiantes y la comunidad del Liceo del Este, porque el terreno se destina a sus nuevas instalaciones (art. único).

A quién beneficia

  • La Junta Administrativa del Liceo del Este recibe una finca de 13 756,87 m2 (art. único).
  • El Liceo del Este obtiene un terreno destinado a albergar sus nuevas instalaciones (art. único).

Qué cambia

  • La municipalidad deja de ser dueña de la finca una vez hecha la donación (art. único).
  • El terreno queda destinado a las nuevas instalaciones del liceo (art. único).
  • La ley rige desde su publicación, el 27 de agosto de 2003 (art. único).

La explicación completa

Qué cambia

La Municipalidad de Santo Domingo de Heredia queda autorizada para donar una finca de su propiedad a la Junta Administrativa del Liceo del Este, en San Miguel de Santo Domingo de Heredia (art. único). La donación se hace a título de donación y el terreno pasa a esa junta, con cédula de persona jurídica Nº 3-008-244922.

La finca está en la provincia de Heredia, cantón III, Santo Domingo, distrito 3°, San Miguel (art. único). Está inscrita en el Registro de la Propiedad bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 47072-000, según el plano catastrado Nº 293197-95.

El terreno mide 13 756,87 m2 (art. único). Limita al norte con Cornelia Ltda. y calle pública; al sur y al oeste con Cornelia Ltda.; y al este con Angelina Villalobos González y Griselda González viuda de Villalobos.

El destino del terreno es albergar las nuevas instalaciones del liceo correspondiente (art. único). La ley rige a partir de su publicación.

La ley se aprobó el 14 de agosto de 2003 y se ejecutó el 27 de agosto de 2003 (art. único). La firmó Mario Redondo Poveda como Presidente, Francisco Sanchún Morán como Segundo Secretario y Carlos Avendaño Calvo como Primer Prosecretario.

A quién le toca

A la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, que es la que puede hacer la donación del terreno (art. único).

A la Junta Administrativa del Liceo del Este, de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, que recibe la finca (art. único).

A los estudiantes y la comunidad del Liceo del Este, porque el terreno se destina a las nuevas instalaciones del liceo (art. único).

Lo que se dijo en la Asamblea

La grabación disponible es de la Comisión Especial Provincia de Heredia del 25 de enero de 2022 00:01:32. En esa sesión no se discute la Ley 8383.

La sesión la abre la presidencia a las 12 horas con 35 minutos, con quórum reglamentario, como sesión extraordinaria número 18 00:01:37 00:01:40 00:01:43. Se aprueba una sustitución: el diputado Jonathan Plena Rodríguez es sustituido por la diputada Carmen Chacón Mora 00:02:19 00:02:24.

Sobre el expediente 22.432 se aprueba una moción de dispensa de lectura con cinco votos a favor y cero en contra 00:04:05. Luego se aprueba la moción de fondo 137 con cinco a favor y cero en contra 00:04:53. Se presenta una moción de revisión y se rechaza con cinco en contra y cero a favor 00:05:37.

La moción 137 se rechaza con cinco en contra y cero a favor 00:07:20. La moción de revisión también se rechaza con cinco en contra y cero a favor 00:08:03. La sesión se levanta a las 12 horas con 42 minutos 00:08:19.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente 3. SINALEVI muestra una sola versión de la norma, la versión 1 de 1. No tiene observaciones de la Procuraduría. El texto vigente en SINALEVI coincide con el texto aprobado: no hay reformas ni correcciones.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. La ley autoriza una donación de un bien municipal, y la Constitución reconoce la autonomía de las corporaciones municipales Constitución, art. 170. También les da a las municipalidades la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón Constitución, art. 169.

La Constitución protege la propiedad y permite privar de ella solo por interés público comprobado, con indemnización previa Constitución, art. 45. Aquí no hay privación forzada: la propia municipalidad, por medio de una ley, queda autorizada a donar. La ley no ordena quitarle el terreno a nadie.

La Constitución exige que todo proyecto sea objeto de dos debates, aprobado por la Asamblea y sancionado por el Poder Ejecutivo, y publicado en La Gaceta Constitución, art. 124. El texto indica que se ejecutó y publicó el 27 de agosto de 2003 (art. único).

Qué puede hacer usted

Si vive en Santo Domingo de Heredia y quiere saber en qué va la donación del terreno, puede pedir información a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia. La guía explica que las municipalidades son parte del sector público y que la Defensoría de los Habitantes protege a cualquier persona ante el mal funcionamiento de una institución pública guía, p. 71.

Puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes si considera que la municipalidad o la junta administrativa no cumplen con el destino del terreno guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar esa queja.

Puede denunciar ante la Contraloría General de la República un posible uso irregular de recursos públicos, porque la Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades guía, p. 68. Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional, o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si un acto concreto de la municipalidad o de la junta viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

Lo que no sabemos

El dossier no dice si la donación ya se inscribió en el Registro de la Propiedad.

El dossier no dice si el liceo ya se construyó en el terreno.

El dossier no dice cuánto vale la finca.

El dossier no dice si la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia aprobó la donación en sesión del concejo.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley autoriza una donación de un bien municipal y la Constitución reconoce la autonomía municipal y la protección de la propiedad. El Censo no encontró un choque directo con los artículos del dossier.

  1. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
    Esta ley, art. único"Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia para que, a título de donación, traspase a la Junta Administrativa del Liceo del Este, de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, cédula de persona jurídica Nº 3-008-244922, la finca de su propiedad"

    Sin choque aparente La Constitución reconoce que las municipalidades son autónomas. La ley autoriza a la municipalidad a donar un bien propio, no le impone quitarle nada a un tercero.

  2. Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal"
    Esta ley, art. único"La finca por donar será destinada a albergar las nuevas instalaciones del liceo correspondiente."

    Sin choque aparente El destino del terreno es un servicio local de educación en el cantón. La ley deja la decisión en manos de la municipalidad, que administra los intereses locales.

  3. Constitución, art. 45"La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley."
    Esta ley, art. único"Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia para que, a título de donación, traspase a la Junta Administrativa del Liceo del Este"

    Sin choque aparente La Constitución protege la propiedad. Aquí la municipalidad dona un bien propio por medio de una autorización legal, así que no hay privación forzada ni falta de indemnización a un particular.

  4. Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
    Esta ley, art. único"Rige a partir de su publicación."

    Sin choque aparente La Constitución pide dos debates, aprobación, sanción y publicación. El texto indica que se ejecutó y publicó el 27 de agosto de 2003, y que rige desde su publicación.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:01:40

    "iniciamos la sesión extraordinaria"

    Comisión Especial Provincia de Heredia, martes 25 enero 2022

  • 00:02:52

    "autorización a la municipalidad"

    Comisión Especial Provincia de Heredia, martes 25 enero 2022

  • 00:04:53

    "5 diputados presenten 5 a favor 0 en contra la moción ha sido aprobada"

    Comisión Especial Provincia de Heredia, martes 25 enero 2022

  • 00:08:19

    "horas con 42 minutos levantamos la sesión"

    Comisión Especial Provincia de Heredia, martes 25 enero 2022

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 8383: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO DEL ESTE SAN MIGUEL DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA DESTINADO A LA CONSTRUCCION DE SUS INSTALACIONES Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Comisión Especial Provincia de Heredia, martes 25 enero 2022 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-01-25
  3. Ley 8383 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia para que Done un Terreno de su Propiedad a la Junta Administrativa del Liceo del Este, San Miguel, Santo Domingo de Heredia, Destinado a la Construcción de sus Instalaciones. (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 27/08/2003
  4. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 8383

Autorización a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia para que Done un Terreno de su Propiedad a la Junta Administrativa del Liceo del Este, San Miguel, Santo Domingo de Heredia, Destinado a la Construcción de sus Instalaciones.

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Nº 8383

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO DEL ESTE, SAN MIGUEL, SANTO DOMINGO DE HEREDIA, DESTINADO A LA CONSTRUCCIÓN DE SUS INSTALACIONES

Artículo único.—Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia para que, a título de donación, traspase a la Junta Administrativa del Liceo del Este, de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, cédula de persona jurídica Nº 3-008-244922, la finca de su propiedad ubicada en la provincia de Heredia, cantón III, Santo Domingo; distrito 3°, San Miguel; inscrita en el Registro de la Propiedad bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 47072-000, según el plano catastrado Nº 293197-95; dicha finca mide 13 756,87 m2 y limita al norte con Cornelia Ltda., y calle pública; al sur y al oeste, con Cornelia Ltda., y al este, con Angelina Villalobos González y Griselda González viuda de Villalobos. La finca por donar será destinada a albergar las nuevas instalaciones del liceo correspondiente.

Rige a partir de su publicación.

Comunícase al Poder Ejecutivo

Asamblea Legislativa.—San José, a los catorce días del mes de agosto del dos mil tres.—Mario Redondo Poveda, Presidente.—Francisco Sanchún Morán, Segundo Secretario.—Carlos Avendaño Calvo, Primer Prosecretario.

Presidencia de la República.—San José, a los veintisiete días del mes de agosto del dos mil tres.

Ejecútese y publíquese

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