# Ley 8396: Permuta de terrenos para nueva escuela en Villa Ligia

- Página: https://elcenso.com/leyes/8396
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACION DE LA ESCUELA VILLA LIGIA, DE PÉREZ ZELEDÓN, Y A LA EMPRESA MADERAS DEL SUR S.A. PARA QUE PARA QUE PERMUTEN UNA PROPIEDAD
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia de Pérez Zeledón a cambiar su terreno por uno más grande de Maderas del Sur S.A., para construir la nueva escuela, sin pagar derechos registrales ni impuesto de traspasos.

## A quién le toca

- La Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia queda autorizada para permutar su terreno.
- La empresa Maderas del Sur S.A. entrega su terreno de 6.988,96 m² y recibe el de la Junta.
- Los estudiantes de Villa Ligia tendrán una nueva escuela en el terreno recibido.

## A quién beneficia

- La Junta de Educación no paga derechos registrales, impuesto de traspasos ni timbres en la inscripción.
- La comunidad de Villa Ligia obtiene un terreno destinado a la nueva escuela.

## Qué cambia

- El terreno recibido solo puede usarse para construir la nueva Escuela de Villa Ligia.
- La permuta cambia un terreno de 3.280,93 m² por uno de 6.988,96 m².

## Cláusulas a revisar

- **Exoneración de impuestos para una empresa privada** (3): La ley exime del impuesto de traspasos y timbres la inscripción de las dos propiedades, incluida la que recibe la empresa privada. Texto: "Exonérase del pago de derechos registrales y del impuesto de traspasos y timbres, la inscripción de las propiedades objeto de esta permuta."

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza un cambio de terrenos entre la Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia y la empresa Maderas del Sur S.A. ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)). La Junta entrega un terreno de 3.280,93 m² en el distrito 3º Daniel Flores, cantón XIX Pérez Zeledón, inscrito con matrícula Nº 499.424-000. Recibe a cambio un terreno de 6.988,96 m² según el Registro, o 6.905,39 m² según el plano catastrado Nº SJ-496.260-98, con matrícula Nº 264248-000.

El terreno que recibe la Junta se usará solo para construir la nueva Escuela de Villa Ligia ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)). La ley exime del pago de derechos registrales, del impuesto de traspasos y de timbres la inscripción de las dos propiedades ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)). Rige desde su publicación.

### A quién le toca

A la Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia, cédula de persona jurídica 3-008-117629, que queda autorizada para hacer la permuta ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)). A la empresa Maderas del Sur S.A., cédula de persona jurídica 3-101-030687, dueña del terreno que se entrega a la Junta. A los estudiantes y familias de Villa Ligia, porque el terreno recibido se destinará a la nueva escuela ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente y tiene una sola versión, la 1 de 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1). SINALEVI no registra observaciones de la Procuraduría. El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado: no hay versiones distintas que comparar.

### Frente a la Constitución

El artículo 78 de la Constitución dice que la educación preescolar, general básica y diversificada son obligatorias y gratuitas en el sistema público ([Constitución, art. 78](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley usa un terreno para construir una escuela pública, lo que va en esa dirección ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)).

El artículo 45 protege la propiedad y permite privar a alguien de ella solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación: hay una permuta autorizada por ley entre dos dueños, con un terreno a cambio de otro ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)). El Censo no encontró un choque con ese artículo.

El artículo 121 reserva a la Asamblea Legislativa la facultad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta autorización la dio la Asamblea mediante una ley, que es el instrumento que la Constitución le asigna ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1)). El Censo no encontró choque en ese punto.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la Junta o de una institución pública viola un derecho suyo en este proceso, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando se defienden intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la permuta o en la construcción, puede denunciar ante la Contraloría General de la República por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le da un mal servicio relacionado con este proceso, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes, que protege los derechos e intereses de quienes habitan en Costa Rica ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice en qué fecha se publicó la ley ni cuándo se hizo la permuta.
El dossier no indica si la nueva escuela ya se construyó.
El dossier no explica por qué el área del terreno de Maderas del Sur difiere entre el Registro (6.988,96 m²) y el plano (6.905,39 m²).
El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley usa un terreno para una escuela pública, lo que calza con el artículo 78, y la permuta no priva a nadie de su propiedad sin indemnización, como pide el artículo 45. El Censo no encontró choque.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Llame al 2501-8000 o al 2501-8025, use el portal de denuncia electrónica o escriba a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8396: AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACION DE LA ESCUELA VILLA LIGIA, DE PÉREZ ZELEDÓN, Y A LA EMPRESA MADERAS DEL SUR S.A. PARA QUE PARA QUE PERMUTEN UNA PROPIEDAD. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8396 en SINALEVI: Autoriza a la Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia de Pérez Zeledón permutar terreno de su propiedad ubicado en el Cantón XIX Pérez Zeledón (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 17/11/2003. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52055&param2=56430&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8396

Autoriza a la Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia de Pérez Zeledón permutar terreno de su propiedad ubicado en el Cantón XIX Pérez Zeledón

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Nº 8396

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA VILLA LIGIA, DE PÉREZ
ZELEDÓN, Y A LA EMPRESA MADERAS DEL SUR S. A., PARA QUE PERMUTEN UNA PROPIEDAD

Artículo 1º— Autorización . Autorízase a la Junta de
Educación de la Escuela Villa Ligia, de Pérez Zeledón, cédula de persona
jurídica número 3-008-117629, para que permute un terreno de su propiedad,
ubicado en el distrito 3º Daniel Flores; cantón XIX Pérez Zeledón; provincia 1
San José. Dicho terreno está destinado a
la Escuela Villa Ligia, de Pérez Zeledón; mide tres mil doscientos ochenta
metros cuadrados con noventa y tres decímetros cuadrados (3.280,93 m²) según el
plano catastrado Nº SJ-493690-1998. Está inscrito en el Registro Nacional de la
Propiedad bajo el sistema de Folio Real del partido de San José, matrícula Nº
499.424-000, y sus linderos son los siguientes: al norte, la carretera
Interamericana; al sur, calle pública, Óscar Zúñiga Marín, Ólger Elizondo Mora,
Nicolaza Villalta Rodríguez y Germán Valverde Chavarría; al este, calle
pública, y al oeste, Carlos Alvarado Castañeda, Leana Barquero Villalobos, Ana
Cecilia Beita Villanueva y Dora María Fonseca Rivera.

El terreno descrito será
permutado por el inmueble propiedad de la empresa Maderas del Sur S. A., cédula
de persona jurídica Nº 3-101-030687, ubicado en el distrito 3º Daniel Flores;
cantón XIX Pérez Zeledón; provincia 1 San José; es terreno de patio de maderas
con un galerón; posee una superficie total de seis mil novecientos ochenta y
ocho metros cuadrados con noventa y seis decímetros cuadrados (6.988,96 m²),
según el informe registral inscrito en el Registro Nacional de la Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real del partido de San José, matrícula Nº 264248-000
y, según el plano catastrado NºSJ-496.260-98, mide seis mil novecientos cinco
metros con treinta y nueve decímetros cuadrados (6.905,39 m²) y sus linderos
son los siguientes: al norte, al sur, al este y al oeste, calle pública.



Artículo 2º— Destino del inmueble . El terreno que la
Junta de Educación de la Escuela Villa Ligia, de Pérez Zeledón, adquirirá por esta
permuta, se destinará exclusivamente a la construcción de la nueva Escuela de
Villa Ligia, de Pérez Zeledón.



Artículo 3º— Exoneraciones . Exonérase del pago de
derechos registrales y del impuesto de traspasos y timbres, la inscripción de
las propiedades objeto de esta permuta.

Rige
a partir de su publicación.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8396). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.