# Ley 8406: El IFAM dona 37 millones a la Municipalidad de Santa Bárbara

- Página: https://elcenso.com/leyes/8406
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL ( IFAM ) PARA QUE DONE TREINTA Y SIETE MILLONES DE COLONES A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52607&param2=57141&param3=1

## En resumen

Una ley de 2004 autoriza al IFAM a dar por una única vez 37 millones de colones a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia para gastos operativos.

## A quién le toca

- El IFAM queda autorizado a donar 37 millones de colones por una única vez
- La Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia recibe el dinero para gastos operativos del programa N° 1
- La Contraloría General de la República debe refrendar el presupuesto municipal para el giro

## A quién beneficia

- La Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia recibe 37 millones de colones
- El dinero cubre gastos operativos del presupuesto municipal

## Qué cambia

- La donación se hace por una única vez, no es recurrente
- El giro depende del refrendo de la Contraloría al presupuesto municipal
- El dinero se destina al programa N° 1, gastos operativos

## Cláusulas a revisar

- **Donación a un solo cantón** (único): La ley autoriza 37 millones de colones solo para la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, no para otras municipalidades. Texto: "Autorízase al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done, por una única vez, la suma de treinta y siete millones de colones (¢37.000.000,00) a la Municipalidad de Santa Bárbara"

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza al IFAM a donar 37 millones de colones a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia. La donación se hace por una única vez (art. único).

El dinero se destina a gastos del presupuesto municipal, programa N° 1, gastos operativos. La ley dice que se gira desde el momento en que se agotó el presupuesto de la Municipalidad (art. único).

La ley también autoriza a la Contraloría General de la República para que otorgue el refrendo del presupuesto que remita la Municipalidad para ese efecto (art. único).

La norma rige desde su publicación. El texto está fechado en San José, el 18 de marzo de 2004 (art. único).

### A quién le toca

Al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), que queda autorizado a donar 37 millones de colones (art. único).

A la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, que recibe el dinero para gastos operativos de su presupuesto (art. único).

A la Contraloría General de la República, que debe dar el refrendo del presupuesto municipal para que el dinero se gire (art. único).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no anota observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52607&param2=57141&param3=1).

El texto vigente en SINALEVI coincide con el aprobado: autoriza la donación de 37 millones de colones por una única vez y pide el refrendo de la Contraloría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52607&param2=57141&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

La ley pide el refrendo de la Contraloría antes de girar el dinero. Eso calza con el artículo 184, que ordena visar todo gasto contra fondos del Estado ([Constitución, art. 184](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) (art. único).

La Constitución reconoce la autonomía municipal y fija un mínimo de transferencia a todas las municipalidades ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley suma una donación extra a un solo cantón. Eso deja una duda sobre el trato igualitario entre municipalidades, aunque el Censo no ve un choque directo (art. único).

La Asamblea tiene la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta norma fue aprobada por la Asamblea, así que calza con esa atribución (art. único).

### Qué puede hacer usted

Puede pedir cuentas a la Contraloría sobre el uso de esos 37 millones. La Contraloría fiscaliza los fondos públicos y revisa los presupuestos de las municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si sospecha un manejo irregular del dinero, presente una denuncia ante la Contraloría. Puede ir a la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, usar el portal de Denuncia Electrónica o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

También puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes por mal funcionamiento de una institución pública. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la donación ya se giró ni en qué se gastó el dinero.

El dossier no incluye el presupuesto municipal de Santa Bárbara ni el refrendo de la Contraloría.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la ley y los artículos de la Constitución del dossier. La ley autoriza un gasto y pide el refrendo de la Contraloría, lo que calza con el artículo 184.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presente la denuncia en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, llame al 2501-8000 o al 2501-8025, use el portal de Denuncia Electrónica o escriba a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por mal funcionamiento de una institución pública (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Fuentes

1. Ley 8406: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL ( IFAM ) PARA QUE DONE TREINTA Y SIETE MILLONES DE COLONES A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8406 en SINALEVI: Autoriza al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done suma de treinta y siete millones de colones a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 18/03/2004. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=52607&param2=57141&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8406

Autoriza al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done suma de treinta y siete millones de colones a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia


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Nº 8406

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL (IFAM) PARA QUE DONE TREINTA Y SIETE MILLONES DE COLONES A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA

Artículo único.—Autorízase al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que done, por una única vez, la suma de treinta y siete millones de colones (¢37.000.000,00) a la Municipalidad de Santa Bárbara, los cuales serán destinados a gastos del presupuesto municipal, programa N° 1, gastos operativos, desde el momento en que se agotó el presupuesto de la Municipalidad.

Además, se autoriza a la Contraloría General de la República para que otorgue el respectivo refrendo del presupuesto que remitirá para tal efecto, la Municipalidad de Santa Bárbara.

Rige a partir de su publicación.

Ejecútese y publíquese

Dado en la Presidencia de la República

San José, a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil cuatro.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8406). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.