# Ley 8429: El IFAM dona a Matina para pagar deuda con el IFAM

- Página: https://elcenso.com/leyes/8429
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL PARA QUE DONE QUINCE MILLONES DE COLONES A LA MUNICIPALIDAD DE MATINA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=54062&param2=59103&param3=1

## En resumen

Una ley vigente autoriza al IFAM a condonar por única vez una deuda de la Municipalidad de Matina con el propio IFAM, y a la Contraloría a refrendar el presupuesto municipal para ese pago.

## A quién le toca

- El IFAM queda autorizado a donar quince millones de colones por única vez (art. único).
- La Municipalidad de Matina recibe la donación y solo puede usarla para pagar o amortizar deudas con el IFAM (art. único).
- La Contraloría General de la República queda autorizada a refrendar el presupuesto que Matina remita para ese pago (art. único).

## A quién beneficia

- La Municipalidad de Matina recibe quince millones de colones para bajar su deuda con el IFAM (art. único).

## Qué cambia

- El destino del dinero está limitado por ley: pagar o amortizar deudas con el IFAM (art. único).
- El pago pasa por el refrendo de la Contraloría al presupuesto municipal (art. único).

## Cláusulas a revisar

- **La donación solo sirve para una deuda con el mismo IFAM** (único): El dinero no es libre para la municipalidad: por ley solo puede pagar o amortizar lo que Matina deba al IFAM. Texto: "que será exclusivamente para pagar o amortizar las deudas que esta Municipalidad mantenga con el IFAM"

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) a hacer una donación a la Municipalidad de Matina.

El dinero tiene un solo destino: pagar o amortizar las deudas que la Municipalidad de Matina mantenga con el IFAM (art. único).

La misma ley autoriza a la Contraloría General de la República para que otorgue el refrendo al presupuesto que la Municipalidad de Matina le remitirá para ese efecto (art. único).

La ley rige a partir de su publicación. El texto está fechado en San José, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil cuatro (art. único).

### A quién le toca

Al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), que queda autorizado a donar los quince millones de colones por única vez (art. único).

A la Municipalidad de Matina, que recibe la donación y solo puede usarla para pagar o amortizar sus deudas con el IFAM (art. único).

A la Contraloría General de la República, que queda autorizada a dar el refrendo al presupuesto que Matina le remita para ese pago (art. único).

### Lo que se dijo en la Asamblea

La grabación disponible no trata sobre esta ley. Es una comparecencia del 31 de enero de 2013 en la comisión de asuntos internacionales, sobre trámites municipales para licencias de construcción ([video, 00:00:16](https://www.youtube.com/watch?v=UTkPTs6OwCw&t=16s)).

En esa grabación se escucha a Juan Rafael Quirós, presentado como presidente del IFAM y ministro de descentralización y desarrollo local ([video, 00:00:25](https://www.youtube.com/watch?v=UTkPTs6OwCw&t=25s)). Habla de una propuesta de digitalización de trámites y dice que "las municipalidades están tramitando en tiempo permisos en siete días en 30 días" ([video, 00:00:50](https://www.youtube.com/watch?v=UTkPTs6OwCw&t=50s)).

Nada de esa grabación se refiere a la donación a Matina ni a la deuda con el IFAM.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no le pone observaciones [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=54062&param2=59103&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el título oficial: autoriza al IFAM a donar quince millones de colones a la Municipalidad de Matina [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=54062&param2=59103&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 121 de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la atribución de dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es una ley dictada por la Asamblea, así que calza con esa atribución.

El artículo 175 dice que las municipalidades dictan sus presupuestos y que estos necesitan la aprobación de la Contraloría General para entrar en vigencia ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley sigue esa línea cuando pide el refrendo de la Contraloría al presupuesto de Matina (art. único).

El artículo 184 enumera entre los deberes de la Contraloría examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las municipalidades ([Constitución, art. 184](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El refrendo que pide la ley encaja con ese deber.

El artículo 170 declara autónomas a las corporaciones municipales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El Censo no encontró un choque entre esa autonomía y una donación que la propia municipalidad recibe y destina a una deuda suya.

### Qué puede hacer usted

Si vive en Matina y quiere ver en qué se gastó la donación, puede pedir información a la Municipalidad de Matina. La guía no detalla un trámite específico para pedir cuentas a una municipalidad.

Si sospecha que el dinero no se usó para pagar la deuda con el IFAM, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República. La guía indica que la Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se puede presentar personalmente en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025.

También puede escribir al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr o enviarla por el portal institucional de denuncia electrónica ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. La Defensoría protege los derechos e intereses de todas las personas que habitan en Costa Rica ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto debía la Municipalidad de Matina al IFAM al momento de la ley.

El dossier no dice si la donación ya se giró ni en qué fecha.

El dossier no dice si la Contraloría ya refrendó el presupuesto de Matina para ese pago.

El dossier no incluye el expediente legislativo ni la votación con que se aprobó la ley.

## Frente a la Constitución

La ley calza con la atribución de la Asamblea de dictar leyes y con el control de la Contraloría sobre presupuestos municipales. El Censo no encontró un choque con la autonomía municipal.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela por escrito o verbalmente en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Fuentes

1. Ley 8429: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL PARA QUE DONE QUINCE MILLONES DE COLONES A LA MUNICIPALIDAD DE MATINA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. AGILIZAN TRÁMITES PARA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2013-01-31. https://www.youtube.com/watch?v=UTkPTs6OwCw
3. Ley 8429 en SINALEVI: Autoriza al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal para que done quince millones de colones a la Municipalidad de Matina (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 30/11/2004. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=54062&param2=59103&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8429

Autoriza al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal para que done quince millones de colones a la Municipalidad de Matina

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8429

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA

MUNICIPAL PARA QUE DONE QUINCE MILLONES DE
COLONES

A LA MUNICIPALIDAD DE MATINA

Artículo único.—Autorízase al Instituto de
Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) para que, por única vez, done a la
Municipalidad de Matina la suma de quince millones de colones (¢l5.000.000,00),
que será exclusivamente para pagar o amortizar las deudas que esta
Municipalidad mantenga con el IFAM.

Asimismo, se autoriza a la Contraloría General
de la República para que otorgue el respectivo refrendo al presupuesto que la
Municipalidad de Matina le remitirá para tal efecto.

Rige a partir de su publicación.

Presidencia de la República.—San José, a los
treinta días del mes de noviembre del dos mil cuatro.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8429). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.