Alajuela puede donar un lote al Taller Protegido
La ley autoriza a la Municipalidad de Alajuela a donar un inmueble de 2 115,22 m² a la Asociación Taller Protegido de Alajuela, con uso exclusivo para ese taller.
Título oficial AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA PARA QUE DONE UN INMUEBLE A LA ASOCIACIÓN TALLER PROTEGIDO DE ALAJUELA
Atención: La ley autoriza donar un inmueble municipal de 2 115,22 m² a una asociación con cédula propia, y el dossier no dice si la Contraloría revisó la donación.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.
A quién le sirve: Asociación Taller Protegido de Alajuela, cédula 3-002-051613
La ley nombra a una única asociación como beneficiaria de la donación del inmueble municipal.
La beneficiaria de esta donación será la Asociación Taller Protegido de Alajuela, cédula de persona jurídica N° 3-002-051613.
1, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- La Municipalidad de Alajuela, que queda autorizada para donar el inmueble de la matrícula N° 308693-000
- La Asociación Taller Protegido de Alajuela, cédula 3-002-051613, que recibe el inmueble
- La Notaría del Estado, que debe otorgar la escritura de traspaso
- Quienes usan el Taller Protegido, porque el lote solo puede destinarse a ese taller
A quién beneficia
- La Asociación Taller Protegido de Alajuela recibe un inmueble de 2 115,22 m² en el cantón Central de Alajuela
- El taller puede operar en un lote propio si la municipalidad hace la donación
Qué cambia
- El lote donado no se puede usar para otra cosa que la operación del Taller Protegido
- La municipalidad conserva la decisión de donar, porque la ley la autoriza y no se lo ordena
- La Notaría del Estado tiene que hacer la escritura de traspaso
La explicación completa
Qué cambia
La ley autoriza a la Municipalidad de Alajuela a donar un inmueble al Taller Protegido de Alajuela. El inmueble está inscrito en el Registro Público de la Propiedad, sistema de Folio Real, matrícula N° 308693-000, partido de Alajuela (art. 1).
El terreno mide 2 115,22 m² según el plano catastrado N° A-504836-98. El registro indica un área de 3.202,29 m² (art. 1). Está en el distrito 1º, cantón Central, provincia de Alajuela. Colinda al norte con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, al sur con Antonio Rodríguez Ruiz, al este con calle pública y al oeste con la acequia El Barranco.
La beneficiaria es la Asociación Taller Protegido de Alajuela, cédula de persona jurídica N° 3-002-051613 (art. 1).
El lote donado solo se puede usar para operar el Taller Protegido (art. 2).
La Notaría del Estado queda autorizada para hacer la escritura de traspaso (art. 3).
La ley se firmó en la Presidencia de la República el 13 de mayo de 1991. El dossier no incluye la fecha de publicación en La Gaceta.
A quién le toca
A la Municipalidad de Alajuela, que queda autorizada para hacer la donación del inmueble descrito (art. 1).
A la Asociación Taller Protegido de Alajuela, cédula 3-002-051613, que recibe el inmueble como beneficiaria (art. 1).
A la Notaría del Estado, que debe otorgar la escritura de traspaso (art. 3).
A quienes usen el Taller Protegido, porque el lote solo puede destinarse a la operación de ese taller (art. 2).
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la versión 1 de 1, y no anota observaciones de la Procuraduría 2.
El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el texto aprobado que aparece en el dossier. No hay una segunda versión que muestre un texto distinto 2.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
La Constitución dice que "Las corporaciones municipales son autónomas" Constitución, art. 170. La ley no le ordena a la Municipalidad de Alajuela donar: la autoriza. Esa diferencia importa, porque la municipalidad conserva la decisión de hacer o no la donación (art. 1).
La Constitución también dice que "La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal" Constitución, art. 169. El destino del lote, la operación del Taller Protegido, es un asunto local del cantón Central de Alajuela (art. 2).
El artículo 175 de la Constitución somete los presupuestos municipales a la aprobación de la Contraloría General Constitución, art. 175. Una donación de un bien municipal puede tener efecto patrimonial, así que la municipalidad tendría que revisar ese trámite con la Contraloría. El dossier no dice si la Contraloría aprobó algo en este caso.
Qué puede hacer usted
Si vive en Alajuela y quiere saber en qué estado está la donación, pida la información a la Municipalidad de Alajuela. La guía explica que la Contraloría General fiscaliza el uso de los fondos públicos de las municipalidades guía, p. 68.
Si cree que hubo un manejo irregular del bien municipal, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General. Se puede hacer en persona en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica, por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr, por apartado postal 1179-1000 San José, o por fax al 2501-8100 guía, p. 68.
Si una institución pública le maltrata un derecho o le da un mal servicio relacionado con este tema, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.
Si un acto concreto de una autoridad pública viola un derecho suyo, existe el recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22.
Si quiere cambiar esta ley, la vía es una iniciativa popular. Un proyecto de iniciativa popular debe votarse en la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de dos años guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no dice si la donación ya se hizo ni si la escritura de traspaso ya se otorgó.
El dossier no incluye la fecha de publicación de la ley en La Gaceta.
El dossier no dice si la Contraloría General revisó o aprobó esta donación.
El dossier no explica por qué el plano catastrado dice 2 115,22 m² y el registro dice 3.202,29 m².
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
La ley autoriza a una municipalidad a donar un bien propio, y la Constitución reconoce la autonomía municipal. El Censo no encontró un choque directo con los artículos del dossier.
Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
Esta ley, art. 1"Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que done el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula N° 308693-000, partido de Alajuela."
Sin choque aparente La ley no le impone la donación a la municipalidad: la autoriza. La municipalidad mantiene la decisión sobre un bien propio, y eso calza con la autonomía municipal.
Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal"
Esta ley, art. 2"El lote cuya donación se autoriza será destinado exclusivamente a la operación del Taller Protegido."
Sin choque aparente El destino del lote es un asunto local del cantón Central de Alajuela. La ley fija ese destino y lo deja en manos del gobierno municipal.
Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
Esta ley, art. 1"Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que done el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula N° 308693-000, partido de Alajuela."
Hay dudas Una donación de un bien municipal puede tener efecto en las cuentas de la municipalidad. La municipalidad tendría que revisar con la Contraloría el trámite que corresponda. El dossier no dice si eso se hizo.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 8438: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA PARA QUE DONE UN INMUEBLE A LA ASOCIACIÓN TALLER PROTEGIDO DE ALAJUELA
- Ley 8438 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Alajuela para que Done un Inmueble a la Asociación Taller Protegido de Alajuela (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 8438
Autorización a la Municipalidad de Alajuela para que Done un Inmueble a la Asociación Taller Protegido de Alajuela
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Nº 8438
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
PARA QUE DONE UN INMUEBLE A LA ASOCIACIÓN
TALLER PROTEGIDO DE ALAJUELA
Artículo 1º—Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que done el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula N° 308693-000, partido de Alajuela. Según las especificaciones del plano catastrado N° A-504836-98, el inmueble se describe así: está situado en el distrito 1º, cantón Central, provincia de Alajuela; mide 2 115,22 m²; según registro, el área es de 3.202,29 m², y colinda al norte, con Banco Popular y de Desarrollo Comunal; al sur, con el señor Antonio Rodríguez Ruiz; al este, con calle pública, y al oeste, con la acequia El Barranco. La beneficiaria de esta donación será la Asociación Taller Protegido de Alajuela, cédula de persona jurídica N° 3-002-051613.
Artículo 2º—El lote cuya donación se autoriza será destinado exclusivamente a la operación del Taller Protegido.
Artículo 3º—Autorízase a la Notaría del Estado para que otorgue la correspondiente escritura de traspaso.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los trece días del mes de abril del dos mil cinco.
Ejecútese y publíquese.