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Naranjo dona 12.472,89 m² al Liceo Experimental Bilingüe

La Municipalidad de Naranjo debe segregar y donar un lote de su propiedad al Liceo Experimental Bilingüe para que construya su planta física.

Título oficial AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE NARANJO DE ALAJUELA PARA QUE SEGREGUE UN LOTE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO EXPERIMENTAL BILINGÜE DE NARANJO

Atención: La ley autoriza a la Municipalidad de Naranjo a donar un lote de 12.472,89 m² de un terreno que el texto describe como "terreno para posible construcción de un estadio".

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo

    La ley autoriza donar un lote de 12.472,89 m² a una sola junta administrativa, con cédula N° 3-008-266760.

    El beneficiario de la donación es la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, que la destinará a la construcción de la planta física del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo.
    único, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • La Municipalidad de Naranjo debe segregar y donar un lote de 12.472,89 m².
  • La Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo recibe el terreno.
  • La Notaría del Estado debe inscribir la donación en el Registro Público.
  • Los estudiantes del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo tendrán un lote para su planta física.

A quién beneficia

  • La Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo recibe un lote de 12.472,89 m² libre de anotaciones y gravámenes.
  • El liceo podrá construir su planta física en el lote donado.
  • El lote incluye aulas, patio y espacio para una soda.

Qué cambia

  • La municipalidad se queda con 24.138,59 m² del terreno original.
  • La donación debe quedar libre de anotaciones y gravámenes.
  • La ley no fija plazo para que la municipalidad haga la segregación y la donación.

La explicación completa

Qué cambia

La Municipalidad de Naranjo está autorizada a separar un pedazo de su terreno y donarlo a la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo (art. único). La municipalidad tiene cédula de persona jurídica N° 3-014-042069.

El terreno completo mide 36.611,48 metros cuadrados y está inscrito en el Registro Público con matrícula N° 2-370-820-000 (art. único). Está en San Jerónimo, distrito 5°, cantón VI de Naranjo, provincia de Alajuela. El plano catastrado es el N.A 388194-80.

El lote que se dona mide 12.472,89 m², según el plano catastrado N° A-776551-2002 (art. único). Tiene aulas, patio y espacio para construir una soda.

Los linderos son estos. Al norte, el resto de la propiedad municipal. Al sur, calle pública y calle de entrada. Al este, propiedad de Hermanos Barrantes Rodríguez, en parte, el resto reservado por la Municipalidad y una servidumbre de uso agrícola de 7 metros lineales. Al oeste, calle pública (art. único).

La Municipalidad se reserva el resto del terreno, que mide 24.138,59 m² (art. único).

La Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo recibe la donación con cédula de persona jurídica N° 3-008-266760 (art. único). Debe destinar el lote a la construcción de la planta física del liceo.

La donación debe hacerse libre de anotaciones y gravámenes (art. único). La inscripción en el Registro Público queda a cargo de la Notaría del Estado.

La ley rige desde su publicación (art. 3).

Qué pasa con el terreno

La donación no es automática. La ley autoriza a la municipalidad a hacer la segregación y la donación (art. único). El texto no fija un plazo para que la municipalidad cumpla.

El lote donado queda amarrado a un uso: la planta física del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo (art. único). El texto no dice qué pasa si el liceo no construye.

A quién le toca

A la Municipalidad de Naranjo: debe segregar el lote de 12.472,89 m² y donarlo (art. único).

A la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo: recibe el terreno y debe usarlo para la planta física del liceo (art. único).

A la Notaría del Estado: le toca inscribir la donación en el Registro Público (art. único).

A los estudiantes y la comunidad del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo: el texto menciona el espacio para construir una soda y las aulas existentes en el lote (art. único).

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente 2. SINALEVI muestra una sola versión de la norma, la versión 1 de 1. No tiene observaciones de la Procuraduría.

El texto de SINALEVI y el texto aprobado coinciden en lo esencial: la autorización, las medidas, los linderos y el destino del lote (art. único) 2.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y la Constitución del dossier. La ley autoriza una donación de un bien municipal a una junta administrativa de un liceo (art. único).

El artículo 45 de la Constitución dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" Constitución, art. 45. Aquí no hay privación forzosa: la propia municipalidad, dueña del terreno, es la que dona (art. único).

El artículo 169 dice que "La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal" Constitución, art. 169. La ley le ordena a la municipalidad disponer de un bien propio, lo cual calza con esa competencia municipal (art. único).

El artículo 170 dice que "Las corporaciones municipales son autónomas" Constitución, art. 170. La ley no le impone a la municipalidad una decisión sobre un bien ajeno: le autoriza a donar el suyo (art. único).

El artículo 175 dice que los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General Constitución, art. 175. La ley no toca el presupuesto municipal (art. único).

El artículo 124 exige dos debates y la sanción del Poder Ejecutivo para que un proyecto sea ley Constitución, art. 124. El dossier no incluye el trámite legislativo de esta ley, así que no se puede verificar ese punto.

Qué puede hacer usted

Si vive en Naranjo y quiere saber en qué va la donación, puede pedir información a la Municipalidad de Naranjo sobre el estado de la segregación y la inscripción (art. único).

Si cree que un acto concreto de la municipalidad o de la junta administrativa viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo. Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación guía, p. 22. Si se trata de derechos patrimoniales, debe presentarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que usted tuvo noticia fehaciente de la violación.

Si lo que quiere es atacar la ley misma por inconstitucionalidad, la vía es la acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional.

La acción de inconstitucionalidad requiere, por regla general, un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en la vía administrativa guía, p. 24. No se necesita ese caso pendiente cuando no exista lesión individual y directa, o se trate de la defensa de intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en la donación o en la construcción, puede denunciar ante la Contraloría General de la República guía, p. 68. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades.

Las denuncias ante la Contraloría se presentan de forma personal en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club guía, p. 68. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025. Por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si una institución pública le falla en un servicio relacionado con este tema, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.

Lo que no sabemos

El dossier no dice si la segregación y la donación ya se hicieron.

El dossier no dice cuándo se publicó la ley en La Gaceta.

El dossier no incluye el trámite legislativo ni los debates de esta ley.

El dossier no dice qué uso le dará la Junta Administrativa al resto del lote ni cuándo empezará la construcción.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley autoriza a la municipalidad a donar un bien propio a una junta administrativa de un liceo. El Censo no encontró un choque claro con los artículos del dossier.

  1. Constitución, art. 45"La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley."
    Esta ley, art. único"Autorízase a la Municipalidad de Naranjo, Alajuela, cédula de persona jurídica N° 3-014-042069, para que, de su propiedad inscrita en el Registro Público, provincia de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N° 2-370-820-000, la cual es terreno para posible construcción de un estadio, situada en San Jerónimo, distrito 5°, San Jerónimo, cantón VI, Naranjo y mide 36.611,48 metros cuadrados, según el plano catastrado N.A 388194-80, segregue un terreno y lo done a la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, cédula de persona jurídica N° 3-008-266760."

    Sin choque aparente La Constitución protege la propiedad y exige interés público e indemnización para privar a alguien de lo suyo. Aquí la dueña del terreno es la propia municipalidad, que lo dona. No hay privación forzosa a un particular.

  2. Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley."
    Esta ley, art. único"La Municipalidad de Naranjo se reserva el resto, cuya área es de 24.138,59 m²."

    Sin choque aparente La Constitución pone los intereses locales en manos del gobierno municipal. La ley le ordena a esa municipalidad disponer de un bien propio, lo cual entra en esa competencia.

  3. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
    Esta ley, art. único"El beneficiario de la donación es la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, que la destinará a la construcción de la planta física del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo."

    Sin choque aparente La autonomía municipal protege a la municipalidad de decisiones ajenas sobre sus bienes. La ley no le quita el terreno a la municipalidad: la autoriza a donarlo.

  4. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. único"La donación deberá realizarse libre de anotaciones y gravámenes."

    Sin choque aparente La Constitución somete los presupuestos municipales a la Contraloría. La ley no toca el presupuesto municipal ni el control de la Contraloría.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 8497: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE NARANJO DE ALAJUELA PARA QUE SEGREGUE UN LOTE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL LICEO EXPERIMENTAL BILINGÜE DE NARANJO Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 8497 en SINALEVI: Autoriza a la Municipalidad de Naranjo de Alajuela para que Segregue un Lote de su Propiedad y lo Done a la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 28/04/2006
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-07. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 8497

Autoriza a la Municipalidad de Naranjo de Alajuela para que Segregue un Lote de su Propiedad y lo Done a la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo

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N° 8497

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE NARANJO

DE ALAJUELA PARA QUE SEGREGUE UN LOTE

DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LA JUNTA ADMINISTRATIVA

DEL LICEO EXPERIMENTAL BILINGÜE DE NARANJO

Artículo único.—Autorízase a la Municipalidad de Naranjo, Alajuela, cédula de persona jurídica N° 3-014-042069, para que, de su propiedad inscrita en el Registro Público, provincia de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N° 2-370-820-000, la cual es terreno para posible construcción de un estadio, situada en San Jerónimo, distrito 5°, San Jerónimo, cantón VI, Naranjo y mide 36.611,48 metros cuadrados, según el plano catastrado N.A 388194-80, segregue un terreno y lo done a la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, cédula de persona jurídica N° 3-008-266760.

El lote por segregar se describa de la siguiente manera: mide 12.472,89 m², según plano catastrado N° A-776551-2002; es terreno con aulas, patio y espacio para construir una soda; está situado en el cantón VI, Naranjo, distrito 5°, San Jerónimo, provincia de Alajuela. Colinda al norte, con el resto de propiedad municipal; al sur, con calle pública y calle de entrada; al este, con propiedad de Hermanos Barrantes Rodríguez, en parte, el resto reservado por la Municipalidad y una servidumbre de uso agrícola con un ancho de 7 metros lineales, y al oeste, con calle pública. La Municipalidad de Naranjo se reserva el resto, cuya área es de 24.138,59 m².

El beneficiario de la donación es la Junta Administrativa del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, que la destinará a la construcción de la planta física del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo.

La donación deberá realizarse libre de anotaciones y gravámenes.

La inscripción en el Registro Público estará a cargo de la Notaría del Estado.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil seis.

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