# Ley 8514: Dos fideicomisos del Estado borran la deuda de Tierra Blanca

- Página: https://elcenso.com/leyes/8514
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PARA QUE CONDONEN LA DEUDA DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCACIÓN DE PRODUCTORES DE TIERRA BLANCA DE CARTAGO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1

## En resumen

La ley 8514 autoriza a dos fideicomisos del MAG y del MTSS a perdonar capital, intereses y gastos a los miembros de la Asociación de Productores de Tierra Blanca de Cartago.

## A quién le toca

- Los miembros de la Asociación de Productores de Tierra Blanca de Cartago, que dejan de deber capital, intereses y gastos.
- El Ministerio de Agricultura y Ganadería, que puede ordenar el perdón del fideicomiso 05-99-MAG-PIPA/Bancrédito.
- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que puede ordenar el perdón del fideicomiso 02-99 MTSS-PRONAMYPE/Banco Popular.
- El Banco Crédito Agrícola de Cartago y el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, que deben tramitar la condonación.

## A quién beneficia

- Los miembros de la asociación no pagan el capital que debían a los dos fideicomisos.
- Tampoco pagan los intereses corrientes ni los moratorios causados hasta la aprobación de la ley.
- Se cancelan las letras de cambio de los créditos Nº 8471-00 y Nº 379-DL-00.

## Qué cambia

- Los dos fideicomisos del Estado dejan de recibir el dinero de esas deudas.
- El fideicomiso decide quién califica para el perdón mediante un estudio legal.
- La ley no fija un plazo para hacer el estudio ni para ejecutar la condonación.

## Cláusulas a revisar

- **Perdón solo para un grupo con nombre** (1): La ley no crea un programa general de condonación. Beneficia solo a los miembros de esa asociación, que el título identifica por nombre. Texto: "condone el pago del total del capital adeudado por los miembros de la Asociación de Productores de Tierra Blanca a este"
- **El fideicomiso decide quién califica** (1): La ley no fija criterios ni plazo. Deja que el fideicomiso determine mediante estudio legal qué sujetos tienen derecho al perdón. Texto: "El fideicomiso 05-99 MAG-PIPA/Bancrédito determinará, mediante estudio legal, cuales sujetos tienen derecho a esta condonación."
- **El Estado deja de cobrar intereses y gastos** (1): El perdón no cubre solo el capital. También borra intereses corrientes, moratorios y gastos procesales, sin que el dossier diga el monto. Texto: "así como todos los intereses corrientes y moratorios y los gastos procesales adeudados hasta la aprobación de esta Ley"

## Explicación

### Qué cambia

La ley 8514 permite que dos fideicomisos del Estado perdonen toda la deuda de los miembros de la Asociación de Productores de Tierra Blanca de Cartago. El perdón cubre capital, intereses corrientes, intereses moratorios y gastos procesales causados hasta que se aprobó la ley ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

El primer perdón sale del fideicomiso 05-99-MAG-PIPA/Bancrédito. El Ministerio de Agricultura y Ganadería es el fideicomitente, es decir, quien pone el dinero y da la orden ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)). La ley también autoriza al MAG para ordenar al fiduciario que actúe.

El segundo perdón sale del fideicomiso 02-99 MTSS-PRONAMYPE/Banco Popular. Ahí el fideicomitente es el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

En los dos casos, el fideicomiso decide quién tiene derecho al perdón. Lo hace mediante un estudio legal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

El Banco Crédito Agrícola de Cartago y el Banco Popular y de Desarrollo Comunal son los fiduciarios. La ley los autoriza a hacer los trámites de condonación que les ordenen los ministerios ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

Cuando se haga el perdón, se cancelan las letras de cambio que firmaron los miembros de la asociación. Esas letras garantizaban dos créditos: el Nº 8471-00 con el fideicomiso 05-99-MAG-PIPA/Bancrédito y el Nº 379-DL-00 con el fideicomiso 02-99-MTSS-PRONAMYPE/Banco Popular ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

La ley rige desde su publicación. El texto dice que se dio en San José el 16 de mayo de 2006 ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

### A quién le toca

A los miembros de la Asociación de Productores de Tierra Blanca de Cartago. Ellos son los deudores y los que reciben el perdón ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

Al Ministerio de Agricultura y Ganadería. La ley le da la potestad de ordenar el perdón del fideicomiso 80-99 y de pedir que se determine quién califica ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

Al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La ley le da la misma potestad sobre el fideicomiso 02-99 (Ley 2).

Al Banco de Costa Rica y al Banco Popular, como fiduciarios. La ley les ordena tramitar la condonación cuando se lo pidan ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1).

El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea. No hay una versión distinta que aplicar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 121 dice que a la Asamblea Legislativa le toca dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley salió de la Asamblea y se publicó, así que calza con esa atribución.

El artículo 176 pide que la gestión pública sea sostenible, transparente y responsable ([Constitución, art. 176](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no crea un gasto nuevo en el presupuesto. Solo autoriza a dos fideicomisos a dejar de cobrar una deuda que ya existía. El efecto sobre las finanzas públicas no se puede medir con el dossier.

El artículo 50 dice que el Estado procurará el mayor bienestar y organizará la producción ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley busca aliviar a un grupo de productores agrícolas. Esa relación es de apoyo, no de choque.

### Qué puede hacer usted

Si usted es uno de los deudores y cree que el fideicomiso no le aplicó el perdón, puede pedir por escrito al MAG o al MTSS que revise su caso. La guía explica que el derecho de petición se viola si pasan diez días hábiles sin respuesta ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si un acto concreto de un banco o un ministerio le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, y se presenta contra el funcionario o el órgano que causó el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier momento mientras dure la violación. Si se trata de un derecho patrimonial, tiene dos meses desde que se enteró del hecho ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley misma tiene un problema de fondo, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Para eso necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo que defienda intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un mal manejo de fondos públicos en estos fideicomisos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La denuncia se puede hacer en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le da un mal servicio en este trámite, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que viva en Costa Rica puede presentar la queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero se condona ni cuántos miembros tiene la asociación.

El dossier no dice si los fideicomisos ya hicieron el estudio legal para decidir quién califica.

El dossier no dice si el perdón ya se ejecutó o si sigue pendiente.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la ley 8514 y los artículos de la Constitución del dossier. La ley calza con la atribución de la Asamblea de dictar leyes y con el fin del Estado de apoyar la producción.

## Qué puede hacer usted

- Derecho de petición ante el MAG o el MTSS: Presente una solicitud por escrito. Si pasan diez días hábiles sin respuesta, se entiende violado el derecho de petición. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Recurso de amparo: Lo puede presentar cualquier persona, contra el funcionario o el órgano que causó el agravio. Se hace por memorial o telegrama, sin otras formalidades. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo que defienda intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que viva en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8514: AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PARA QUE CONDONEN LA DEUDA DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCACIÓN DE PRODUCTORES DE TIERRA BLANCA DE CARTAGO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8514 en SINALEVI: Autoriza al Ministerio de Agricultura y Ganadería y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que Condonen la Deuda de los miembros de la Asociación de Productores de Tierra Blanca de Cartago (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 16/05/2006. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57411&param2=62991&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8514

Autoriza al Ministerio de Agricultura y Ganadería y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que Condonen la Deuda de los miembros de la Asociación de Productores de Tierra Blanca de Cartago

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Nº 8514

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

D ECRETA :

AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y

GANADERÍA Y AL MINISTERIO DE
TRABAJO

Y SEGURIDAD SOCIAL PARA QUE
CONDONEN

LA DEUDA DE LOS MIEMBROS DE LA

ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE

TIERRA BLANCA DE CARTAGO

Artículo 1º—Autorizase al
Ministerio de Agricultura y Ganadería, como fideicomitente del fideicomiso
05-99-MAG-PIPA/Bancrédito, para que este fideicomiso condone el pago del total
del capital adeudado por los miembros de la Asociación de Productores de Tierra
Blanca a este, así como todos los intereses corrientes y moratorios y los
gastos procesales adeudados hasta la aprobación de esta Ley; asimismo, se le
autoriza para que ordene al fiduciario actuar de conformidad.

El fideicomiso 05-99
MAG-PIPA/Bancrédito determinará, mediante estudio legal, cuales sujetos tienen
derecho a esta condonación.



Artículo 2º—Autorízase al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, como fideicomitente del fideicomiso
02-99 MTSS-PRONAMYPE/Banco Popular, para que este fideicomiso condone el pago
del total del capital adeudado por los miembros de la Asociación de Productores
de Tierra Blanca a este, así como todos los intereses corrientes y moratorios y
los gastos procesales adeudados hasta la aprobación de esta Ley; asimismo, se le
autoriza que ordene al fiduciario actuar de conformidad.

El fideicomiso
02-99-MTSS-PRONAMYPE/Banco Popular determinará, mediante estudio legal, cuales
sujetos tienen derecho a esta condonación.



Artículo 3º—Autorizase al
Banco Crédito Agrícola de Cartago y al Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
en su calidad de fiduciarios de los fideicomisos 05-99 PIPA/Bancrédito y
02-99-MTSS-PRONAMYPE/Banco Popular, respectivamente, para que efectúen los
trámites de condonación que les ordenen los fideicomitentes indicados en esta
Ley.



Artículo 4º—Efectuada la
condonación, serán canceladas las letras de cambio libradas por los miembros de
la Asociación de Productores de Tierra Blanca para garantizar las operaciones
de crédito Nº 8471-00 con el fideicomiso 05-99-MAG-PIPA/Bancrédito y la Nº
379-DL-00 con el fideicomiso 02-99-MTSS-PRONAMYPE/Banco Popular.

Rige a partir de su
publicación.

Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil seis.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8514). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.